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Documento BOE-A-2017-12270

Resolución de 20 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de dos captadores solares, fabricados por Solahart Industries Pty Ltd.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 26 de octubre de 2017, páginas 102865 a 102868 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2017-12270

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de Renovación de Certificación de los Captadores Solares Térmicos presentada por:

Titular: Comercial Saclima S.L.

Domicilio Social: Pol. Ind. Els Mollons, c/ Torners, 21, 46970 - Alaquàs, Valencia/València.

Fabricante: Solahart Industries Pty Ltd.

Lugar de Fabricación: Australia.

De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y la fecha de resolución que se relaciona a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha Resolución

Solarhart KF

NPS-21815

10/09/2015

Solarhart J

NPS-21915

10/09/2015

Conforme a los ensayos emitidos por:

Laboratorio Emisor

Clave

Institut für Thermodynamik und Wármetechnik

04 COL 341

Laboratorio Emisor

Clave

Institut für Thermodynamik und Wärmetechnik

08 COL 733

Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014 de 11 de diciembre sobre exigencias técnicas de los paneles solares.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

Solarhart KF

NPS-19217

Solarhart J

NPS-19317

Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la resolución definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación

Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2.

Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente renovación y no cumpliesen las citadas Normas.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.

Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

1. Modelo con contraseña NPS-19217

Identificación:

Fabricante: Solahart Industries Pty Ltd.

Nombre comercial: Solarhart KF.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2003.

Dimensiones:

Longitud: 1936 mm.

Ancho: 1022 mm.

Alto: 80 mm.

Área de apertura: 1,86 m2.

Área de absorbedor: 1,86 m2.

Área total: 1,98 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 42 kg.

Presión de funcionamiento máximo: 0,8 bar.

Fluido de transferencia de calor: hartgard.

Resultados del ensayo

• Rendimiento térmico:

η0

0,799

a1

3,8

W/m2K

a2

0,018

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura.

• Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1000 W/m2

10

520

966

1412

30

352

798

1244

50

157

603

1049

2. Modelo con contraseña NPS-19317

Identificación:

Fabricante: Solahart Industries Pty Ltd.

Nombre comercial: Solarhart J.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2008.

Dimensiones:

Longitud: 1941 mm.

Ancho: 1023 mm.

Alto: 80 mm.

Área de apertura: 1,86 m2.

Área de absorbedor: 1,86 m2.

Área total: 1,99 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 46 kg.

Presión de funcionamiento máximo: 2 bar.

Fluido de transferencia de calor: hartgard.

Resultados del ensayo

• Rendimiento térmico:

η0

0,835

a1

6,254

W/m2K

a2

0,028

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura.

• Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1000 W/m2

10

621

834

1300

30

368

538

1004

50

73

202

668

Madrid, 20 de septiembre de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, M.ª Teresa Baquedano Martín.

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