De conformidad con lo establecido en los artículos 6, apartado h), y 7, apartado 1, del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, formarán parte del mismo un número determinado de Consejeros, representantes de la Administración educativa del Estado, designados por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte.
Asimismo, según dispone el artículo 9, apartado 1.c), del referido Real Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del Consejo Escolar del Estado por revocación del mandato conferido por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, cuando se trate de representantes de la Administración educativa del Estado.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, dispongo:
El nombramiento como Consejero sustituto del Consejo Escolar del Estado, por el grupo de representantes de la Administración educativa del Estado, del siguiente representante:
Consejero sustituto del Consejero titular don Marco Aurelio Rando Rando: Don José María Cabello Sáenz de Santamaría.
El mandato del Consejero nombrado por la presente orden finalizará según lo previsto en el artículo 7, apartado 2, y artículo 10, apartado 1, del Real Decreto 694/2007.
Madrid, 28 de septiembre de 2017.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo y Montojo.
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