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Documento BOE-A-2017-11656

Resolución 420/38230/2017, de 28 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración con la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo, durante el año 2017, de diversas actividades relacionadas con la Seguridad y la Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 11 de octubre de 2017, páginas 99111 a 99116 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-11656

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 26 de julio de 2017 el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Rey Juan Carlos para el desarrollo, durante el año 2017, de diversas actividades relacionadas con la seguridad y la defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 28 de septiembre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Rey Juan Carlos para el desarrollo, durante el año 2017, de diversas actividades relacionadas con la seguridad y la defensa

En Madrid, a 26 de julio de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el General de Ejército don Fernando Alejandre Martínez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, nombrado por el Real Decreto 288/2017, de 24 de marzo, actuando en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en uso de la competencia delegada por el titular del Departamento prevista en el apartado primero.a de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, don Francisco Javier Ramos López, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, nombrado por el Decreto 22/2017, de 28 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como el artículo 81.1.b) de los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos, aprobados mediante el Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, posteriormente modificados mediante el Decreto 28/2010, de 20 de mayo, emanado de idéntico órgano, en nombre y representación de la misma, domiciliada en Móstoles (Madrid) CP 28933, calle Tulipán, s/n y con NIF Q2803011B.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que «el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin».

Por su parte, el apartado 3 de la Directiva de Defensa Nacional 2012, de julio de 2012, dispone que las líneas generales de la política de defensa española se dirigirán, entre otras, a acentuar el esfuerzo en el desarrollo de una comunicación estratégica de la defensa que tendrá como finalidad fomentar una conciencia de defensa de España y, en más profundidad, una cultura de la defensa, debiendo la defensa de España ser asumida por todos los españoles como asunto de indudable trascendencia, ya que una defensa eficaz exige la participación ciudadana, única fórmula para otorgarle continuidad y profundidad a las políticas.

Segundo.

Que la Universidad Rey Juan Carlos tiene entre sus fines la contribución al desarrollo de la ciencia y la cultura, el compromiso con la sociedad y sus organizaciones de desarrollar programas de formación y especialización profesional superior, así como la promoción y desarrollo de programas de formación continua, propios o en colaboración, que faciliten la inserción laboral y la mejor adaptación de los ciudadanos a los cambios que se operan en el mundo profesional.

Que la cláusula primera del Convenio marco entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Rey Juan Carlos, con el objeto de desarrollar actividades docentes y de investigación, suscrito el 7 de agosto de 2012, establece que el objeto de este convenio marco es regular la colaboración entre ambas partes mediante el establecimiento de convenios específicos para el desarrollo de actividades docentes, académicas e investigadoras relacionadas con la Seguridad y la Defensa por medio de la Cátedra de Estudios de la Defensa «Francisco Villamartín», creada por un convenio de colaboración entre ambas partes suscrito el 1 de julio de 2008.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) para el desarrollo, durante el año 2017, de las siguientes actividades, que por parte del Ministerio de Defensa serán ejecutadas por el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN):

a) Organizar un Seminario permanente sobre seguridad y defensa.

b) Organizar una Jornada de estudio sobre seguridad y defensa.

c) Impartir conferencias relacionadas con la seguridad y la defensa dentro del ámbito de los másteres oficiales de la URJC.

d) Participar en la planificación del «Programa Conecta» en las actividades que se realicen relacionadas con la seguridad y la defensa.

e) Otras actividades relacionadas con las anteriores, no especificadas y relacionadas con la seguridad y la defensa.

La docencia correspondiente a estas actividades académicas será impartida por profesores de la URJC y expertos designados por la URJC y el CESEDEN. La responsabilidad de la coordinación y el seguimiento académico recaerá, en todo caso, en el director de la Cátedra «Francisco Villamartín», nombrado por la URJC.

Segunda. Aportaciones de las partes.

1. La URJC se compromete a:

a) Organizar, con la colaboración del CESEDEN, el Seminario permanente sobre Seguridad y Defensa. Este seminario consistirá en un ciclo de conferencias que se impartirán de forma rotatoria en los diversos campus, estructuradas y definidas con un programa que se ofrecerá a los alumnos de la URJC al principio de curso. El seminario llevará el reconocimiento de hasta un máximo de 2 ECTS («European Credit Transfer System») para los alumnos de la URJC. Todos aquellos alumnos que realicen el seminario completo podrán presentar un trabajo final, que podrá ser reconocido con un máximo de 0,5 ECTS.

b) Organizar, junto con el CESEDEN, una jornada de estudio sobre Seguridad y Defensa. Se realizará alternativamente en la URJC y en el CESEDEN, con cargo a sus propios presupuestos.

c) Como complemento a las actividades académicas en la enseñanza de grado, incluir en el desarrollo del «Programa Conecta» conferencias y visitas a instalaciones militares e instituciones relacionadas con la seguridad y la defensa. En este convenio se contemplan las titulaciones siguientes: Grado en Contabilidad y Finanzas, Grado en Marketing, Grado en Administración y Dirección de Empresas, Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual. Llevará el reconocimiento de hasta un máximo de 3 ETCS.

d) Impartir las conferencias y asignaturas relacionadas con la Seguridad y la Defensa dentro del ámbito de los siguientes másteres universitarios de la URJC:

Conferencias en el «Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, FP y Enseñanza de Idiomas».

Asignatura «Democracia Liberal, Seguridad y Modelos de Política Antiterrorista» dentro del «Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo» (6 ECTS).

Actividades relacionadas con las asignaturas del «Máster Universitario en Ingeniería de Sistemas de Decisión» (6 ECTS).

e) Organizar, junto con el CESEDEN y organismos de Defensa, jornadas de estudio sobre temas específicos. Cada una de las jornadas llevará el reconocimiento de hasta un máximo de 0,5 ECTS.

f) El CESEDEN ofertará a los alumnos de la URJC las actividades académicas que se desarrollen durante el curso en este centro, que serán reconocidas por la URJC como reconocimiento académico de créditos hasta un máximo de 0,6 ECTS.

g) El CESEDEN otorgará el Certificado de Formación Continua en Estudios permanentes en Seguridad y Defensa entre aquellos alumnos que, a criterio de la Comisión Mixta de la Cátedra «Francisco Villamartín», se hayan hecho acreedores del mismo, participando en las actividades ofertadas cada año por el CESEDEN y reconocidas por la URJC.

h) Celebración anual de los Premios de la Cátedra «Francisco Villamartín» y concesión de los mismos a alumnos, profesores y colaboradores que, a juicio de la Comisión mixta, sean considerados acreedores de ellos.

i) Participar con profesores e investigadores de la URJC en actividades específicas del CESEDEN que se consideren convenientes.

j) Intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

k) Colaborar en proyectos de investigación.

l) Apoyar con medios económicos y materiales, según se establece en la cláusula tercera de este convenio, cualquier actividad que sea aprobada por la Comisión mixta de seguimiento y que no suponga incremento presupuestario.

2. La aportación del MINISDEF se concretará en:

a) Colaborar con la URJC en la organización de los citados seminarios permanentes sobre Seguridad y Defensa, así como organizar conjuntamente con la URJC visitas a instalaciones militares.

b) Organizar junto con la URJC la jornada de estudio sobre Seguridad y Defensa y las de carácter específico.

c) Participar con profesores del CESEDEN o expertos de otros organismos del MINISDEF en el «Programa Conecta». Gestionar y facilitar las visitas a centros, organismos o instalaciones del MINISDEF dentro de las actividades de las asignaturas relacionadas con ellas.

d) Aportar profesores o conferenciantes para las materias que se impartan en la URJC de temas relacionados de la seguridad y la defensa.

e) Participar con profesores e investigadores del CESEDEN en seminarios, ciclos de conferencias y otras actividades que en el marco de la URJC pudieran organizarse.

f) Cooperar en la elaboración de los contenidos que pudieran formar parte de los planes de estudios y títulos de las distintas escuelas, facultades o institutos universitarios, dentro de las áreas relacionadas con la seguridad y la defensa.

g) Colaborar en proyectos de investigación.

h) Intercambiar publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

i) Apoyar con medios económicos y materiales, según se establece en la cláusula tercera de este convenio.

Tercera. Financiación.

Las actividades amparadas por este convenio serán cofinanciadas con imputación a los presupuestos de gastos de las instituciones firmantes según el siguiente detalle:

a) La URJC cofinanciará el Seminario Permanente, las asignaturas sobre seguridad y defensa y las jornadas de estudio de carácter específico, comprometiéndose en todo caso, a buscar participación, como entidades colaboradoras, de otras instituciones, a los efectos de financiación y apoyo en las condiciones establecidas por la Comisión mixta de seguimiento prevista en la cláusula cuarta.

b) La jornada de estudios CESEDEN/URJC sobre Seguridad y Defensa no tiene dotación económica.

c) La aportación máxima del MINISDEF para este convenio será de once mil doscientos cincuenta euros (11.250 €), imputables al ejercicio económico 2017. La financiación se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.121N1.226.06 correspondiente a cada ejercicio.

d) La forma de pago será previa presentación de factura por actividad realizada, antes del 1 de diciembre de 2017, junto con la memoria económica y memoria docente, a la que se acompañará la certificación de conformidad del MINISDEF con la realización de dichas actividades y según lo expuesto en el siguiente desglose, siendo por parte del MINISDEF la aportación anual máxima por cada concepto:

Conferencias en el «Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, FP y Enseñanza de Idiomas», dotada con mil doscientos cincuenta (1.250 €) euros.

Asignatura «Democracia Liberal, Seguridad y Modelos de Política Antiterrorista» dentro del «Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo», dotada con mil doscientos cincuenta (1.250 €) euros.

Actividades relacionadas con las asignaturas del «Máster Universitario en Ingeniería de sistemas de Decisión», dotada con mil doscientos cincuenta (1.250 €) euros.

Sesiones del Seminario Permanente sobre Seguridad y Defensa.

La realización del Seminario Permanente sobre Seguridad y Defensa, así como las visitas complementarias, serán sufragadas conjuntamente entre el MINISDEF y la URJC. La aportación máxima por parte del MINISDEF para su realización será de cinco mil quinientos (5.500) euros.

Jornada de estudio, dotada con mil (1.000 €) euros.

«Programa Conecta», dotado con mil (1.000 €) euros. Las actividades serán cofinanciadas a partes iguales por ambas instituciones, siendo en cualquier caso este el importe máximo anual correspondiente al MINISDEF, en caso de que se realicen.

Las aportaciones financieras que se comprometan a realizar las partes no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.

Cuarta. Medidas de seguimiento, vigilancia y control.

El seguimiento y control del presente convenio será llevado a cabo por una Comisión mixta de seguimiento, mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por las partes, que estará compuesta por:

Por parte del MINISDEF:

El Director del CESEDEN o persona en quien delegue.

Un analista del CESEDEN encargado de la gestión del convenio.

Por parte de la URJC:

El Director de la Cátedra «Francisco Villamartín».

El Coordinador de la Cátedra «Francisco Villamartín».

Las funciones de esta Comisión mixta serán resolver los problemas de interpretación y cumplimiento de este convenio, así como realizar el control y seguimiento de las actividades que en su aplicación se acuerden. La periodicidad de las reuniones será anual, con carácter ordinario, reuniéndose también, con carácter extraordinario, cuando se considere necesario a criterio de la Comisión mixta. Los acuerdos se tomarán por consenso.

Esta Comisión mixta se responsabilizará, en concreto de:

a) Supervisar, organizar y controlar los detalles de ejecución de las actividades previstas en este convenio.

b) Proponer la relación de actividades a realizar y asignaturas a impartir en el curso siguiente, junto con la programación correspondiente y los profesores, coordinadores y departamentos responsables de los mismos.

c) Proponer el tema, el lugar y la fecha de realización de la jornada de estudio CESEDEN sobre Seguridad y Defensa.

d) Proponer el tema, el lugar y la fecha de realización de las jornadas de estudio de carácter específico.

e) Proponer los temas del Seminario Permanente sobre Seguridad y Defensa, sus fechas y demás detalles de ejecución.

f) Planificar las actividades del «Programa Conecta» relacionadas con seguridad y defensa.

g) Remitir al Vicerrectorado de Ordenación Académica la relación de asignaturas y actividades relacionadas con este convenio para las que se solicita el reconocimiento de créditos.

h) Remitir al Vicerrectorado de Postgrado, Formación Continua, Títulos Propios y Relaciones Internacionales la relación de asignaturas que se solicita incluir en los másteres oficiales.

i) Evaluar y, en su caso, aprobar cualquier tipo de gastos no contemplados en actividades relacionadas con el objeto del convenio y de actividades no reflejadas explícitamente en el convenio siempre que no supongan incremento presupuestario.

El régimen jurídico de esta Comisión mixta será el previsto para los órganos colegiados en el título preliminar, capítulo II, sección 3.ª, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Protección de datos de carácter personal.

Las partes firmantes se comprometen a tratar los datos de carácter personal a los que puedan acceder durante la ejecución del convenio conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el resto de normas aplicables a esta materia.

Sexta. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir como consecuencia de la ejecución del convenio deberán solventase por mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión mixta. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Séptima. Vigencia.

El convenio resultará eficaz según lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.

Octava. Causas de resolución.

Son causas de resolución del convenio:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte cumplidora podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión mixta de seguimiento.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente que fuera de aplicación.

Si concurriera cualquiera de las causas de resolución del convenio, las partes, a propuesta de la Comisión mixta de seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso hasta su finalización en la fecha prevista en el momento de su programación.

El cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.

El convenio se entenderá cumplido cuando su objeto se haya realizado en los términos y a satisfacción de ambas partes, de acuerdo con sus respectivas competencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando Alejandre Martínez.–Por la Universidad de Rey Juan Carlos, el Rector Magnífico, Francisco Javier Ramos López.

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