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Documento BOE-A-2016-7855

Resolución de 27 de julio de 2016, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es inversor o empresa con participación extranjera y que sustituye a las anteriores Resoluciones en esta materia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 12 de agosto de 2016, páginas 59613 a 59738 (126 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-7855
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/07/27/(2)

TEXTO ORIGINAL

Las inversiones extranjeras en España y las inversiones españolas en el exterior están reguladas por el Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores y la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización. Estas normas establecen las disposiciones aplicables a la tramitación y declaración de dichas inversiones disponiendo la utilización a estos efectos de determinados modelos cuya aprobación se remite a una norma de rango inferior.

La Orden, en su disposición final segunda, faculta a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones para aprobar los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.

En aplicación de lo anterior, la Dirección General de Comercio e Inversiones, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, publicó la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 1 de julio de 2010, por la que se aprueban los modelos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a las anteriores Resoluciones en esta materia.

La Resolución anterior fue parcialmente modificada por la Resolución de 24 de enero de 2013, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se modifican los modelos de declaración D-5A, D-5B y D-6 que sustituyen a los modelos anteriores.

El Real Decreto 1823/2011 de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, el Real Decreto 1887/2011 de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, El Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011 y el Real Decreto 226/2014, de 4 de abril, por el que se modifican el Real Decreto 1887/2011 y el Real Decreto 345/2012, establecen que la competencia en esta materia corresponde a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones del Ministerio de Economía y Competitividad.

La aprobación de la presente Resolución se justifica, en primer lugar, por la necesidad de ajustar y seleccionar los datos solicitados a la explotación útil de los mismos, adaptándose al mismo tiempo a las recomendaciones de los organismos internacionales (FMI y OCDE) sobre las estadísticas de inversiones directas, ampliando la información aportada, suprimiendo información innecesaria y corrigiendo algunas expresiones en el enunciado de determinados casilleros de los modelos y en las instrucciones para su cumplimentación. Por último, la necesidad de facilitar al ciudadano el cumplimiento de la normativa vigente, aconseja la fusión de todas las Resoluciones en esta materia, dando lugar a una única Resolución que recoja tanto los nuevos cambios como aquellos que fueron introducidos en las Resoluciones anteriores.

En su virtud, haciendo uso de las autorizaciones conferidas en la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, dispongo:

Primero.

Se aprueban los modelos normalizados para la declaración de inversiones extranjeras en España y para inversiones españolas en el exterior, junto con las correspondientes instrucciones para su cumplimentación, cuyos modelos se publican como Anexo I y Anexo II de la presente Resolución.

El Anexo I: Inversiones extranjeras en España, consta de los siguientes modelos:

DP-1: Declaración previa de inversión extranjera procedente de paraísos fiscales en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

DP-2: Declaración previa de inversión extranjera procedente de paraísos fiscales en bienes inmuebles.

D-1A: Declaración de inversión extranjera en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-1B: Declaración de liquidación de inversión extranjera en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-2A: Declaración de inversión extranjera en bienes inmuebles.

D-2B: Declaración de liquidación de inversión extranjera en bienes inmuebles.

D-4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales.

El Anexo II: Inversiones españolas en el exterior, consta de los siguientes modelos:

DP-3: Declaración previa de inversión española en paraísos fiscales en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión

DP-4: Declaración previa de inversión española en paraísos fiscales en bienes inmuebles.

D-5A: Declaración de inversión española en sociedades extranjeras no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-5B: Declaración de liquidación de inversión española en sociedades extranjeras no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-6: Declaración de titulares de inversión española en el exterior en valores negociables.

D-7A: Declaración de inversión española en bienes inmuebles.

D-7B: Declaración de liquidación de inversión española en bienes inmuebles.

D-8: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior.

Segundo.

Caso de resultar insuficientes los espacios previstos en los modelos para declarar la información solicitada, o se precise incorporar otro tipo de información, ésta se declarará en el modelo de hoja adicional del Anexo III.

Tercero.

Para cumplimentar los modelos anteriores deberán seguirse las instrucciones de cumplimentación relativas a cada modelo y utilizarse los códigos indicados en las instrucciones y en las tablas que se incorporan como Anexo IV de la presente Resolución.

Cuarto.

Para efectuar las declaraciones, solamente podrán emplearse los formularios preimpresos, disponibles en el Registro General del Ministerio de Economía y Competitividad y en las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio o los programas informáticos de ayuda que la Subdirección General de Comercio Internacional de Servicios e Inversiones pone a disposición de los usuarios, a través de la Sede electrónica de la Secretaría de Estado de Comercio (https://sede.comercio.gob.es), en el apartado de Procedimientos y Servicios Electrónicos->Descarga de programas de ayuda.

Quinto. Cláusula derogatoria.

Quedan derogadas las siguientes Resoluciones:

Resolución de 1 de julio de 2010, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se aprueban los modelos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a las anteriores Resoluciones en esta materia.

Resolución de 24 de enero de 2013, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se modifican los modelos de declaración D-5A, D-5B y D-6, que sustituyen a los modelos anteriores.

Sexto.

La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2016.

Madrid, 27 de julio de 2016.–El Director General de Comercio Internacional e Inversiones, P.S. (Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero), el Subdirector General de Política Comercial de la Unión Europea, y Comercio Internacional de Productos Industriales, Alberto Sanz Serrano.

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/07/2016
  • Fecha de publicación: 12/08/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 01/09/2016
  • Fecha de derogación: 21/02/2024
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
Referencias anteriores
Materias
  • Comercio exterior
  • Estadística
  • Formularios administrativos
  • Información
  • Inversiones
  • Inversiones extranjeras

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