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Documento BOE-A-2016-6249

Orden JUS/1034/2016, de 17 de junio, por la que se dispone la entrada en funcionamiento del Juzgado de Paz de Játar (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 28 de junio de 2016, páginas 46220 a 46220 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2016-6249
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2016/06/17/jus1034

TEXTO ORIGINAL

La configuración de la planta judicial que establece la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, prevé una serie de mecanismos para facilitar su constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia y acercarla al ciudadano.

El artículo 99.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone que en cada municipio donde no exista juzgado de primera instancia e instrucción y con jurisdicción en el término correspondiente habrá un juzgado de paz.

Por su parte la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, establece en su artículo 4.3 que, la modificación de los límites de los municipios actuales comporta la adaptación automática de la demarcación judicial a la nueva delimitación geográfica. Concretamente la letra a) de dicho artículo dispone que cuando se constituya un nuevo municipio por segregación de otro, continuará perteneciendo al mismo partido judicial.

Y el artículo 5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, establece que los juzgados de paz tienen jurisdicción en el término municipal respectivo, del que toma su nombre.

En consecuencia, al haberse creado el nuevo municipio de Játar (Granada), mediante Decreto 65/2015, de 3 de febrero, por el que se aprueba la creación del municipio de Játar por segregación del término municipal de Arenas del Rey (Granada), para constituirse como nuevo municipio con la denominación de Játar, con capitalidad en el núcleo de población Játar, la presente orden tiene por objeto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, establecer la fecha de entrada en funcionamiento del juzgado de paz del nuevo municipio.

La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, regula en los artículos 49, 50, 51 y 52 distintos aspectos de los juzgados de paz. En virtud de lo dispuesto en el artículo 51.3 de la misma ley las instalaciones y medios instrumentales estarán a cargo del Ayuntamiento de Játar.

En su virtud, oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 99 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 4.3 y 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, el objeto de esta orden consiste en disponer la fecha de entrada en funcionamiento del Juzgado de Papz de Játar (Granada), al haberse creado el municipio de Játar mediante Decreto 65/2015, de 3 de febrero, por el que se aprueba la creación del municipio de Játar por segregación del término municipal de Arenas del Rey (Granada), para constituirse en nuevo municipio, con la denominación de Játar y con capitalidad en dicho núcleo de población.

Artículo 2. Entrada en funcionamiento del Juzgado de Paz de Játar.

El Juzgado de Paz del nuevo municipio de Játar (Granada) con jurisdicción en dicho término municipal y sede en el núcleo de población de Játar entrará en funcionamiento el 1 de octubre de 2016.

Madrid, 17 de junio de 2016.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/06/2016
  • Fecha de publicación: 28/06/2016
  • Entrada en funcionamiento : el 1 de octubre de 2016.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 4.3 y 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
    • el art. 99.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Demarcación judicial
  • Granada
  • Juzgados de Paz

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