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Documento BOE-A-2016-4311

Recurso de inconstitucionalidad nº 1941-2016, contra los artículos 2 (inciso "los hidratos de metano enterrados en el mar"), 3, 5, y 6 (inciso "así como la reposición de la situación alterada a su estado originario") y las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 6/2015, de 30 de junio, de medidas adicionales de protección medioambiental para la extracción de hidrocarburos no convencionales y la fractura hidráulica o "fracking".

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2016, páginas 30132 a 30132 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2016-4311

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de abril actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 1941-2016, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 2 (inciso «los hidratos de metano enterrados en el mar»), 3, 5, y 6 (inciso «así como la reposición de la situación alterada a su estado originario») y las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 6/2015, de 30 de junio, de medidas adicionales de protección medioambiental para la extracción de hidrocarburos no convencionales y la fractura hidráulica o «fracking». Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –11 de abril de 2016–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 26 de abril de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 26/04/2016
  • Fecha de publicación: 05/05/2016
  • Suspende, desde el 5 de mayo de 2016, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 11 de abril, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad del inciso indicado del art. 2, del art. 3 y la disposición transitoria 1, y se desestima en todo lo demás de la Ley 6/2015 de 30 de junio , por Sentencia 8/2018, de 25 de enero (Ref. BOE-A-2018-2464).
  • SE DECLARA el levantamiento de suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, por Auto de 6 de octubre de 2016 (Ref. BOE-A-2016-9237).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con:
    • lo indicado del art. 29.1 de la Ley 1/2006, de 23 de junio, en la redacción dada por el art. 5 de la Ley 6/2015, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2011-17399).
    • el art. 28.7 de la Ley 2/2006, de 30 de junio en la redacción dada por el art. 3 de la Ley 6/2015, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2011-17400).
    • los arts. 3 y 5, los incisos indicados del 2 y 6 y las disposiciones transitorias 1 y 2 de la Ley 6/2015, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2015-8274).
Materias
  • Contaminación de las aguas
  • Hidrocarburos
  • Industria extractiva
  • País Vasco
  • Políticas de medio ambiente
  • Recursos de inconstitucionalidad

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