Visto el expediente de indulto de don Adolfo Roberto Ceres Infantes, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección tercera, en sentencia de 1 de febrero de 2012, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.800 euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 2015,
Vengo en conmutar a don Adolfo Roberto Ceres Infantes la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2015.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
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