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Documento BOE-A-2015-13457

Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio de colaboración con la Generalitat de Catalunya para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón, por la que se actualiza la programación y se modifica la forma y los plazos de financiación inicialmente pactados.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 2015, páginas 116927 a 116931 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-13457

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de octubre de 2008, el Ministerio de Ciencia e Innovación (actualmente Ministerio de Economía y Competitividad) y la Generalitat de Cataluña han suscrito la segunda Adenda al «Convenio de colaboración firmado el 14 de marzo de 2003, entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Generalitat de Catalunya para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón, por la que se actualiza la programación y se modifica la forma y los plazos de financiación inicialmente pactados».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 párrafo tercero de la Ley 20/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, esta Secretaria de Estado dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de noviembre de 2015.–La Secretaria General de Ciencia, Tecnología e Innovación, María Luisa Poncela García.

Segunda adenda al Convenio de colaboración firmado el 14 de marzo de 2003, entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Generalitat de Catalunya para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón, por la que se actualiza la programación y se modifica la forma y los plazos de financiación inicialmente pactados

En Madrid, a 22 de octubre 2008.

De una parte, el Ministerio de Ciencia e Innovación y en su representación la. Sra. doña Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, actuando en el ejercicio de competencias que tiene atribuidas por la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.

De otra, la Generalitat de Catalunya y en su representación el Hble. Sr. Josep Huguet Biosca en su condición de Conseller d’Innovació, Universitats i Empresa, nombrado para dicho cargo por Decreto 423/2006, de 28 de noviembre, actuando en el ejercicio de sus competencias que tiene atribuidas por el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

EXPONEN

I. Que el 14 de marzo de 2003 se firmó el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología (actualmente, Ciencia e Innovación) y la Generalitat de Catalunya para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón (en adelante CELLS). El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado2 y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» el 4 de abril del mismo año.

II. Que en dicho convenio las partes se comprometen a realizar, entre los años 2003-2008, una aportación total para la construcción y equipamiento del laboratorio de luz de sincrotrón que asciende a 163.877.788 euros, de acuerdo con la siguiente distribución

Año/Any

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Total

MCyT

2.633.348

9.581.956

12.459.086

16.898.772

21.371.236

18.994.496

81.938.894

GdC

2.633.348

9.581.956

12.459.086

16.898.772

21.371.236

18.994.496

81.938.894

Total

5.266.696

19.163.912

24.918.172

33.797.544

42.742.472

37.988.992

163.877.788

III. Que en el punto uno de la cláusula tercera del convenio se indica que: «La aportación de cada Administración consorciada podrá efectuarse de cualquiera de las formas siguientes:

a) Transferencias de Capital de los presupuestos respectivos. En el caso del Ministerio su aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 20.10.542M.741. En el Caso de la Generalitat de Catalunya su aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.741.2402.

b) Asignación de recursos procedentes de fondos europeos u otros recursos extrapresupuestarios».

IV. Que con fecha 26 de octubre de 2004, el Consejo Rector del Consorcio, como órgano de gobierno y administración del mismo, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 de sus estatutos, acordó solicitar a las partes que estudiaran una modificación en cuanto al período y a la forma de financiación del proyecto se refiere.

V. Que mediante Real Decreto 652/2004, el Gobierno aprobó la nueva estructura de Departamentos Ministeriales conforme a la cual desaparece el Ministerio de Ciencia y Tecnología cuyas competencias fueron asumidas, en cuanto a este convenio se refiere, por el Ministerio de Educación y Ciencia, cuyo ámbito competencial y estructura se regulan a través del Real Decreto 1553/2004 y actualmente han sido asumidas por el Ministerio de Ciencia e Innovación a través del Real Decreto 432/2008, de 12 de abril.

VI. Que mediante el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, la Generalitat de Catalunya aprobó la nueva estructura departamental conforme a la cual desaparece el Departament d’Universitats, Recerca i Societat de la Informació, cuyas competencias han sido asumidas, en cuanto a este convenio se refiere, por el Departament d’Innovació, Universitats i Empresa, cuyo ámbito competencial y estructura se regulan a través del Decreto 200/2007, de 10 de septiembre.

VII. Que en el año 2004 el CELLS recibió del Ministerio de Educación y Ciencia (actualmente, Ciencia e Innovación) un préstamo reembolsable de 35 millones de euros, y a un interés del 2,3 %, a reintegrar entre los años 2007-2020, ambos inclusive, a razón de 2,5 millones de euros cada año, liquidándose los intereses en el año 2021.

VIII. Como consecuencia del otorgamiento del préstamo reseñado anteriormente, las dos administraciones firmaron el 23 de marzo de 2005 una Adenda al convenio firmado el 14 de marzo de 2003, en que se estableció un nuevo marco de financiación para la construcción del laboratorio de luz de sincrotrón a partir del año 2005, según el siguiente detalle:

Año/any

2005

2006/2019

2020

Total

MEC

1.000.000,00

4.581.572,70

4.581.572,20

69.723.590,00

GdC

1.000.000,00

4.581.572,70

4.581.572,20

69.723.590,00

Total

2.000.000,00

9.163.145,40

9.163.144,40

139.447.180,00

IX. Que, asimismo, en el año 2005 el Ministerio de Educación y Ciencia (actualmente, Ciencia e Innovación) otorgó a CELLS un nuevo préstamo reembolsable por un importe de 80 millones de euros a reintegrar entre los años 2008-2020, ambos inclusive, a razón de 6.153.846 euros entre los años 2008-2019, y 6.153.848 euros en el año 2020.

X. Que con fecha 30 de junio de 2005 el Consejo Rector acordó ampliar la instalación en dos líneas experimentales más, pasando de las cinco líneas inicialmente proyectadas a siete, de acuerdo con la propuesta elevada por la Comisión Ejecutiva de CELLS y conforme a la recomendación elaborada por el Comité Científico Asesor (SAC) del CELLS, resultado de la demanda de la comunidad científica usuaria de la luz de sincrotrón.

XI. Que con fecha 27 de julio de 2006 el Consejo Rector aprobó una nueva programación en la construcción y equipamiento del laboratorio de luz de sincrotrón, en la que se prevé que su construcción se prolongue hasta el final del año 2009, se incorporan en dicha programación las dos líneas experimentales nuevas reseñadas en el punto anterior, y se actualizan los costos de la construcción y equipamiento del laboratorio conforme al siguiente cuadro:

Año/Any

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Total

MEC

408.307

3.297.103

14.962.596

18.374.783

28.842.532

21.804.963

11.947.463

99.637.747

GdC

408.306

3.297.103

14.962.597

18.374.783

28.842.531

21.804.963

11947.463

99.637.747

CELLS

16.646

269.030

469.844

700.000

400.000

265.323

0

2.120.843

Total

833.259

6.863.236

30.395.037

37.449.566

58.085.063

43.875.249

23.894.926

201.396.337

XII. Asimismo, en la sesión del Consejo Rector mencionada en el apartado anterior, respecto a la financiación de los 201.396.337 euros se acordó que el CELLS aportaría con recursos propios la cantidad de 2.120.843 euros, financiándose el resto de 199.275.494 euros a partes iguales entre las dos administraciones signatarias, de los que se han aportado, incluyendo lo establecido para el año 2008, 53.920.044 euros, quedando pendientes de aportar 145.355.450 euros, así como los correspondiente intereses del préstamo del año 2004 a liquidar en el año 2021, que asciende a 6.037.500 euros, y, por último, los gastos de funcionamiento a partir del año 2010, que ascienden a 243.041.027 euros.

XIII. Que por acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 1 de agosto de 2008 se ha autorizado al Ministerio de Ciencia e Innovación a la concesión a CELLS de un nuevo préstamo reembolsable por un importe de 21.917.677 euros en el ejercicio 2008 y de 18.082.322 euros en el ejercicio 2009, a reintegrar entre los años 2010 y 2022, ambos inclusive, a razón de 3.076.923 euros al año.

Y por consiguiente, las partes acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se acuerda modificar el apartado a) de la cláusula única de la primera adenda al Convenio de colaboración de 14 de marzo de 2003 entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología (actualmente, Ciencia e Innovación) y la Generalitat de Catalunya para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón, firmada el 23 de marzo de 2005, y relativa a sus aportaciones a la financiación de la construcción y equipamiento del laboratorio de luz de sincrotrón, en los siguientes términos:

Las aportaciones para la conclusión de la construcción y la posterior fase de operación se realizarán a partes iguales por ambas administraciones.

Los costes totales de construcción, equipamiento y puesta en marcha del laboratorio de luz de sincrotón con siete líneas experimentales durante el periodo 2003-2009 se estiman en doscientos un millones, trescientos noventa y seis mil, trescientos treinta y siete euros (201.396.337 €), quedando por aportar a partir del año 2009 para la conclusión de la construcción y el reembolso de los préstamos previamente concedidos ciento cincuenta y un millones trescientos noventa y dos mil novecientos cuarenta y nueve euros (151.392.949 €).

Para el cómputo de las contribuciones, se reconoce la aportación por el Ministerio de Educación y Ciencia (actualmente, Ciencia e Innovación) a través de fondos FEDER, que una vez justificada, ascenderá a cuatro millones doscientos treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y dos euros (4.233.452 €). Esta contribución justifica que el Ministerio de Ciencia e Innovación disminuya su aportación en la precitada cantidad en el ejercicio 2009.

A estos costes de construcción y puesta en marcha se incorporan en la presente adenda los gastos de la fase de operación, que para el periodo 2010-2022 se estiman en un total de doscientos cuarenta y tres millones, cuarenta y un mil veintisiete euros (243.041.027 €), que sumados a los costes para la conclusión de la construcción y reembolso de préstamos ascienden a un total de trescientos noventa millones, doscientos mil, quinientos veinticuatro euros (390.200.524 €).

Las aportaciones que el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Departament d’Innovació, Universitats i Empresa acuerdan efectuar al Consorcio, se realizarán de acuerdo con la siguiente distribución (en euros):

 

2009

2010

2011

2012

2013

MEC

848.119

13.646.288

13.879.715

14.120.144

14.367.787

Gencat

5.081.571

13.646.288

13.879.715

14.120.144

14.367.787

Total

5.929.690

27.292.576

27.759.430

28.240.288

28.735.574

 

2014

2015

2016

2017

2018

MEC

14.622.859

14.885.584

15.156.190

15.434.914

15.722.000

Gencat

14.622.859

14.885.584

15.156.190

15.434.914

15.722.000

Total

29.245.718

29.771.168

30.312.380

30.869.828

31.444.000

 

2019

2020

2021

2022

Total

MEC

16.017.698

16.322.268

15.327.801

12.632.169

192.983.536

Gencat

16.017.698

16.322.268

15.327.801

12.632.169

197.216.988

Total

32.035.396

32.644.536

30.655.602

25.264.338

390.200.524

La aportación del Ministerio de Ciencia e Innovación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.463B.741.03 o equivalente que la sustituya. En el caso del Departament d’Innovació, Universitats i Empresa, su aportación irá con cargo de las aplicaciones presupuestarias IU0421 D/442000100/5710 y IU0421 D/742000100/5710 o equivalentes que las sustituyan.

El Ministerio de Ciencia e Innovación podrá compensar las cuotas de amortización que el consorcio CELLS debe rembolsar por los préstamos otorgados por este Departamento disminuyendo en la misma cuantía sus aportaciones anuales.

Los pagos anuales serán anticipados con carácter previo a la ejecución, debiendo justificarse mediante la presentación de una memoria técnica y presentación de las cuentas anuales debidamente auditadas por el auditor designado al efecto por el Consejo Rector. Dicha justificación se realizará dentro de los seis meses siguientes a la finalización del periodo correspondiente.

Cada cuatro años, las partes consorciadas analizarán el balance de ingresos, pagos efectuados y gastos realizados. Si de dicho análisis se concluyera un exceso de financiación, se ajustará dicho exceso en el libramiento del año subsiguiente.

A la finalización de las actividades objeto de financiación, el Consorcio presentará, en el plazo de los seis meses siguientes, una memoria detallada de las actividades técnicas realizadas.

Segunda.

Se mantiene la redacción del apartado b) de la cláusula única de la primera Adenda referida, que dice que cualquiera de las partes podrá sustituir uno o varios de los pagos de los que es responsable por aportaciones en especie realizadas a favor del Consorcio. En tal caso, los bienes deberán hallarse libres de cargas y su valor quedar debidamente acreditado a través de la tasación que legalmente proceda. Las aportaciones en especie deberán ser aceptadas expresamente por el Consorcio, que podrá condicionar su aceptación al cumplimiento de requisitos jurídicos o técnicos, si lo estima oportuno.

En todo caso, las aportaciones en especie que pudiera realizar el Ministerio de Ciencia e Innovación habrán de someterse a lo establecido en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Dado que tales aportaciones supondrían una modificación del gasto aprobado, deberán ser autorizadas por el Consejo de Ministros.»

Tercera.

La presente adenda entra en vigor el 1 de enero de 2009 y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE») y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» («DOGC2).

Por todo lo expuesto, las partes deciden suscribir, por triplicado ejemplar, la presente Adenda, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministerio de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal.–El Conseller D´Innovació, Universitats I Empresa, Josep Huguet i Biosca

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