A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por la Generalidad de Cataluña, contra la Resolución de 3 de junio de 2015, de la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a personas inmigrantes nacionales de terceros países.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Madrid, 24 de noviembre de 2015.–El Director General de Migraciones, Aurelio Miras Portugal.
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