Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-12241

Orden SSI/2389/2015, de 2 de noviembre, por la que se clasifica la Fundación Terra Mítica y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 12 de noviembre de 2015, páginas 107163 a 107164 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-12241

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Terra Mítica, resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Terra Mítica.

Fines: Los fines de la fundación son la asistencia social, el fomento y la promoción de ayudas destinadas a niños y familias en riesgo de exclusión social y/o en situación de desigualdad por razones físicas, psíquicas, sociales o culturales.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radica en Benidorm (Alicante), en carretera Benidorm-Finestrat, partida El Moralet, s/n., y desarrollará sus actividades en todo el territorio del Estado.

Fundador: La entidad «Ocio y Parques Temáticos, S.L.» Unipersonal.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por la entidad fundadora.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Benidorm, don Juan Antonio Martín Carvajal, el día 20 de marzo de 2015, con el número 310 de orden de su protocolo, rectificada por otra escritura otorgada ante el mismo notario, el día 28 de septiembre de 2015, con el número 1.076 de orden de su protocolo, incorpora el texto íntegro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Georges-Pierre Santa María.

Secretario: Don Joaquín Valera Muñoz.

Vocal: Doña María José Marcos Fuster.

Se acuerda el nombramiento de don Joaquín Valera Muñoz como Director Gerente de la Fundación y se delegan facultades a su favor, en los términos que constan en la precitada escritura de constitución. Dicha inscripción no exime de la necesidad de obtener el acuerdo previo del Patronato ni la autorización del protectorado en aquellos casos en que, de conformidad con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, sea necesario.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Terra Mítica, cuyos fines de interés general son de asistencia social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 03-0089.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato, la aceptación de sus cargos y la delegación de facultades, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 2 de noviembre de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid