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Documento BOE-A-2015-11629

Resolución 420/38159/2015, de 19 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea para la organización y el desarrollo de unas jornadas sobre paz, seguridad y defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2015, páginas 101923 a 101926 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-11629

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 21 de septiembre de 2015 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea para la organización y el desarrollo de unas jornadas sobre paz, seguridad y defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 19 de octubre de 2015.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea para la organización y el desarrollo de unas jornadas sobre paz, seguridad y defensa

En Madrid, a 21 de octubre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Almirante General don Fernando García Sanchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa de acuerdo con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración, y con domicilio en la calle Vitruvio, número 1, 28071 Madrid.

De otra parte, el Sr. don Carmelo Garitaonaindia Garnacho, Vicerrector del Campus de Bizkaia de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en nombre y representación de la misma, en virtud de las atribuciones conferidas por los Estatutos de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, aprobados por el Decreto 322/2003, de 23 de diciembre, (BOPV núm. 6, de 12 de enero de 2004), y con domicilio en la calle Sarriena, s/n, 48940 Leioa (Bizkaia).

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que «el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa», por lo que, entre sus objetivos, está el de fomentar actividades relacionadas con la paz, seguridad y defensa.

Que el artículo 16.1 del Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, dispone que el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional desarrolla tareas de investigación sobre temas relacionados con la Seguridad y Defensa y contribuye al fomento y difusión de la Cultura de Seguridad y Defensa.

Que la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, como responsable del servicio público de la educación superior, tiene encomendadas en virtud de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de sus Estatutos, entre otras funciones, la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico, tanto nacional como de las comunidades autónomas, y la extensión de la cultura universitaria.

Que el Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, perteneciente al Departamento de Derecho Internacional Público, Relaciones Internacionales e Historia del Derecho de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, está desarrollando una serie de actividades científicas, tales como conferencias, seminarios, programas de investigación y otras actividades relacionadas con cuestiones de actualidad del entorno internacional, incluidas las relacionadas con la paz, seguridad y defensa en sus múltiples dimensiones y facetas.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Este convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, en adelante CESEDEN, y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en adelante UPV/EHU, para el desarrollo de las actividades a continuación detalladas, que por parte del CESEDEN serán ejecutadas por el Instituto Español de Estudios Estratégicos, en adelante IEEE, perteneciente al CESEDEN, y estarán destinadas a todo el colectivo de estudiantes universitarios de grado y postgrado, expertos y académicos, con el objeto principal de debatir y reflexionar acerca de esta dimensión de la seguridad internacional:

a) Una jornada en la Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación del Campus de Leioa, Bizkaia, bajo el título: «La Unión Europea y la seguridad en el Mediterráneo».

b) Una jornada en la Facultad de Derecho del Campus de Donostia-San Sebastián, Guipúzcoa, bajo el título: «Unión Europea y terrorismo yihadista».

Segunda. Aportaciones de la UPV/EHU.

La UPV/EHU se compromete a facilitar los medios materiales y administrativos necesarios con las siguientes condiciones generales:

a) Organizar y desarrollar las actividades objeto de este convenio y asumir los costes generales que se generen en concepto de infraestructura, gestión administrativa, transporte, material informático, audiovisual y cualquier otro que sirva de apoyo para la realización de las jornadas.

b) Entregar al IEEE, perteneciente al CESEDEN, antes del 1 de diciembre de 2015, la factura, la memoria económica y la memoria docente de las actividades objeto de este convenio.

c) Incorporar de forma visible en el material que se utilice para la difusión de las actividades objeto de este convenio el logotipo institucional del CESEDEN y del IEEE.

Conforme se establece en el Manual de Identidad Corporativa de la UPV/EHU, sección 01, apartado 07 –«Convivencia con otras marcas»–, «las otras marcas no deben superar ni la altura máxima ni el ancho máximo de la aplicación de la marca de la UPV/EHU y que nunca deberán predominar sobre la marca de la UPV/EHU».

d) Cualquier publicación (material docente, textos, actas, conferencias, trípticos informativos, carteles anunciadores, carpetas de documentación, etc.) que se realice con motivo de las actividades, tendrá que contar con la previa autorización del CESEDEN y con el acuerdo de las partes en cuanto a contenido y presentación. El coste de las citadas publicaciones se cargará sobre el presupuesto de las actividades.

Tercera. Aportaciones del Ministerio de Defensa-CESEDEN.

El Ministerio de Defensa-CESEDEN, a través del IEEE, para colaborar en la realización de las jornadas objeto de este convenio, se compromete a apoyar a la UPV/EHU con la cantidad máxima de ocho mil euros (8.000 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121.M2.226.06 correspondiente al ejercicio económico 2015.

Cuarta. Financiación.

Por parte del Ministerio de Defensa, a través del CESEDEN, la financiación se llevará a cabo una vez realizadas las actividades, mediante ingreso en la cuenta bancaria que la UPV/EHU tiene abierta en Bilbao Bizkaia Kutxa, cuenta número 2095 0292 92 3239000001, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121.M2.226.06, contra factura acompañada de la memoria económica y la memoria docente, antes del 1 diciembre de 2015. La aportación total por parte del Ministerio de Defensa-CESEDEN será por un importe máximo de ocho mil euros (8.000 €) según el siguiente desglose:

a) Para la jornada en la Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación del Campus de Leioa, Bizkaia, bajo el título: «La Unión Europea y la seguridad en el Mediterráneo», la aportación del Ministerio de Defensa-CESEDEN será por un máximo de cuatro mil euros (4.000 €).

b) Para la jornada en la Facultad de Derecho del Campus de Donostia-San Sebastián, Guipúzcoa, bajo el título: «Unión Europea y terrorismo yihadista», la aportación del Ministerio de Defensa-CESEDEN será por un máximo de cuatro mil euros (4.000 €).

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

Para el desarrollo y seguimiento de este convenio se constituirá una comisión de control y seguimiento, integrada por dos representantes de la UPV/EHU y dos del CESEDEN, pertenecientes al IEEE, con el fin de potenciar y evaluar las acciones derivadas del convenio, así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento de este convenio que pudieran presentarse.

La presidencia de la comisión se desempeñará alternativamente por las partes firmantes de este convenio, con una duración cuatrimestral, asignando a la UPV/EHU el turno inicial de la misma.

La periodicidad de las reuniones será cuatrimestral, con carácter ordinario, y cuando se considere necesario a criterio de la presidencia, con carácter extraordinario. Los acuerdos se tomarán por consenso entre las partes. En todo aquello no previsto en esta cláusula el régimen jurídico de la comisión de seguimiento se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en el título II, capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo dispuesto en su artículo 4.1.c), salvo que, en ejecución del presente convenio, hubieran de suscribirse contratos que, por su naturaleza, estén sujetos al citado texto refundido.

En materia presupuestaria, económica y financiera se atendrá al contenido de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas y lagunas que pudieran plantearse se observarán los principios establecidos en el indicado texto refundido y en el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que pudieran surgir, las partes se someten al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Séptima. Vigencia.

El presente convenio de colaboración estará en vigor desde el momento de su firma hasta el 31 de diciembre de 2015.

Octava. Causas de resolución.

Serán causas de resolución del convenio: el mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad sobrevenida de cumplir el objeto del mismo o el incumplimiento de una de las partes acreditado por la otra.

En tales supuestos, las partes vendrán obligadas a comunicarse recíprocamente por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada para dar por extinguida la relación convencional, con al menos un mes de antelación a la fecha de su efectividad.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.–Por la Universidad del País Vasco/Euskal Herrico Unibertsitatea, el Vicerrector del Campus de Bizkaia, Carmelo Garitaonaindia Garnacho.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/10/2015
  • Fecha de publicación: 29/10/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 275 de 17 de noviembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-12422).

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