Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-8616

Resolución de 23 de julio de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SAU la modificación del tramo entre los apoyos 7 y 11 de la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, denominada "Tordesillas - Galapagar", en la provincia de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 9 de agosto de 2014, páginas 63957 a 63959 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2014-8616

TEXTO ORIGINAL

Red Eléctrica de España, SAU, con domicilio en Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitó autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación que se cita. El expediente fue incoado en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de Castilla y León.

El expediente se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes.

Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Tordesillas en el que manifiesta que no existe inconveniente urbanístico para la ejecución de la modificación de la instalación.

Se ha recibido contestación de Iberdrola Distribución Eléctrica, SAU, en la que se muestra conformidad con el cruzamiento de una instalación eléctrica de su propiedad, estableciendo la necesidad del cumplimiento de las distancias mínimas reflejadas en el proyecto y establecidas en la reglamentación vigente. Se da traslado al peticionario que toma acuse de recibo de la contestación.

Se recibe respuesta de la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, S.A., en la que establece una serie de condicionados técnicos para el cruzamiento de un oleoducto de su titularidad. Se da traslado al peticionario que toma acuse de recibo de la contestación.

No se ha recibido contestación del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de Castilla y León, tras la reglamentaria reiteración, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La petición de Red Eléctrica de España, SAU, fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no habiéndose recibido alegaciones.

La Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León emitió en fecha 28 de febrero de 2014 informe favorable al proyecto.

Por otra parte, el artículo 10.2 del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista, que establece que «hasta la aprobación por parte del Consejo de Ministros de una nueva planificación de la red de transporte de energía eléctrica queda suspendida el otorgamiento de nuevas autorizaciones administrativas para instalaciones de transporte competencia de la Administración General del Estado».

La exposición de motivos del mencionado Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, se infiere que el objetivo de la revisión de la Planificación es evitar la entrada en el sistema de instalaciones adicionales innecesarias con los niveles actuales de demanda y las previsiones para los próximos años, y que la construcción de nuevas infraestructuras eléctricas deberá limitarse exclusivamente a aquellas infraestructuras imprescindibles para asegurar el funcionamiento del sistema en condiciones de seguridad, a la vista del nuevo escenario de demanda previsto para los próximos años y a las interconexiones con los sistemas eléctricos de los estados limítrofes.

La modificación objeto de esta resolución se solicita al amparo de lo establecido en el artículo 154 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre variación del tendido de la línea como consecuencia de proyectos o planes aprobados por la Administración, en el que se señala que:

1. En la elaboración por parte de las distintas Administraciones públicas de proyectos o planes que puedan variar el tendido de una línea ya existente, se dará audiencia a la entidad titular de la línea, con objeto de que formule las alegaciones pertinentes sobre los aspectos técnicos, económicos y de cualquier otro orden respecto a la variación que se proyecte.

2. En el expediente a que se refiere el apartado anterior deberá emitir informe la Dirección General de Política Energética y Minas o el órgano autonómico que resulte competente.

3. La Administración competente sobre el proyecto o plan del que derive la necesidad de variación de la línea, una vez que éste haya sido aprobado, abonará al titular de la línea el coste de la variante y los perjuicios ocasionados.

Por lo anteriormente señalado, se considera que la modificación objeto de la presente resolución, al no suponer un coste para el sistema, no está incluida dentro de las limitaciones a las que hacer referencia el artículo 10.2 del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, anteriormente mencionado.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Autorizar a Red Eléctrica de España, SAU, la modificación del tramo entre los apoyos 7 y 11 de la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, denominada Tordesillas -Galapagar, en la provincia de Valladolid.

Las características principales de la modificación del referido tramo de la línea son:

• Sistema: corriente alterna trifásica.

• Tensión: 400 kV.

• Número de circuitos: Uno.

• Conductores por fase: Dos.

• Tipo de conductor: CARDINAL AW.

• Capacidad térmica de transporte: 1829 MVA/circuito.

• Cables de tierra: Dos.

• Apoyos: Torres metálicas de celosía.

• Aislamiento: Aisladores de vidrio U-160.

• Cimentaciones: Zapatas individuales.

• Puestas a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

• Término municipal afectado: Tordesillas en la provincia de Valladolid.

• Longitud afectada: 607 m.

La modificación de la instalación, solicitada a Red Eléctrica de España, SAU, por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de Castilla y León, tiene como objetivo la compactación de la referida instalación eléctrica con la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, denominada «Tordesillas-Segovia», entre los apoyos del 8 al 10 de esta última, siendo por ello un tramo de triple circuito, sustentándose en apoyos de cuádruple circuito. Realizada la compactación, se desmontará la línea eléctrica «Tordesillas-Galapagar» entre el apoyo 7 y el 11.

La finalidad de la modificación de la instalación es la ampliación del área recreativa de Valdegalindo y el uso público del monte 68 del C.U.P., reduciéndose la fragmentación del LIC Riberas del río Duero y afluentes.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el señor Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 23 de julio de 2014.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez-Lucas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid