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Documento BOE-A-2014-6509

Orden FOM/1050/2014, de 17 de junio, por la que se designa al Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias y al Director de Coordinación en los aeropuertos españoles y se establece la fecha para su puesta en funcionamiento efectivo.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 20 de junio de 2014, páginas 48345 a 48346 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2014-6509

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, establece que reglamentariamente se regularán las funciones de coordinación, facilitación y supervisión de franjas horarias, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CEE) n.º 95/93 del Consejo, de 18 de enero, relativo a normas comunes para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos comunitarios. En cumplimiento de lo previsto en dicha norma, se dictó el Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, por el que se completa el régimen jurídico en materia de asignación de franjas horarias en los aeropuertos españoles.

De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, el Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias, único en todo el territorio del Estado, es el responsable, a través de su Director de Coordinación, de asignar las franjas horarias para el aterrizaje y despegue en los aeropuertos coordinados así como de la recomendación de horarios en aquellos aeropuertos designados como facilitados. En el ejercicio de estas funciones el Director de Coordinación actuará sometido a los principios de independencia, imparcialidad, no discriminación y transparencia.

Además, el Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, establece los requisitos que deben reunir el Coordinador y Facilitador de franjas horarias y su Director de Coordinación, atribuyendo la competencia para sus respectivas designaciones al titular del Ministerio de Fomento en sus artículos 5.1 y 15.1.

Iniciado de oficio el procedimiento para la designación del Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias, por acuerdo la Dirección General de Aviación Civil de 19 de marzo, únicamente concurre al procedimiento la Asociación Española para la Coordinación y Facilitación de Franjas horarias (AECFA), constituida actualmente por trece compañías aéreas (Iberia, Iberia Express, Vueling, Air Nostrum, Air Europa, Ryanair, Swiftair, Thomson, Condor, Thomas Cook, Binter Canarias, Naysa y Canair) y un gestor aeroportuario, Aena Aeropuertos S.A. AECFA ha propuesto como Director de Coordinación a don Ignacio Monasterio Díez.

Examinada la documentación aportada, concurren en AECFA y en la persona propuesta como Director de Coordinación los requisitos exigibles conforme al Real Decreto 20/2014, de 17 de enero.

Previa audiencia de las compañías aéreas que utilizan regularmente los aeropuertos coordinados y facilitados, de sus organizaciones representativas, de Aena Aeropuertos, S.A,. y del Comité Estatal de Coordinación de Franjas Horarias, la Dirección General de Aviación Civil ha propuesto la designación de AECFA como Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias e informa favorablemente la designación de don Ignacio Monasterio Díez como Director de Coordinación.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, resuelvo:

Primero. Designación del Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 del Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, por el que se completa el régimen jurídico en materia de asignación de franjas horarias en los aeropuertos españoles, se designa como Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias a la Asociación Española para la Coordinación y Facilitación de Franjas Horarias (AECFA).

Segundo. Designación del Director de Coordinación.

Se designa como Director de Coordinación del Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias a don Ignacio Monasterio Díez, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.1 del Real Decreto 20/2014, de 17 de enero.

Tercero. Inicio de funciones del Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias.

Las funciones del Coordinador y Facilitador de Franjas Horarias se iniciarán el día 15 de septiembre de 2014.

Cuarto. Eficacia.

La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de junio de 2014.–La Ministra de Fomento, Ana María Pastor Julián.

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