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Documento BOE-A-2014-1683

Acuerdo 13/2014, de 16 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Atalaya de la Veruela, en Caltojar (Soria), bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2014, páginas 15256 a 15257 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2014-1683

TEXTO ORIGINAL

Durante el siglo X, el impulso repoblador de los condes castellanos hacia el sur, ocupado por los musulmanes, supuso el establecimiento de una nueva frontera en torno al Duero. La respuesta del Califato será el reforzamiento de los sistemas defensivos mediante la construcción de fortificaciones, adecuándolas a la nueva situación de frontera.

La Atalaya de la Veruela, en Caltojar (Soria), es una torre de vigilancia situada sobre una mesa rocosa a media ladera en el paraje denominado los Pilones. De planta circular y un diámetro interior de dos metros, conserva una altura de nueve metros, dividida en tres pisos, en el piso segundo se sitúa la puerta, único vano de toda la construcción. En su cara norte conserva como singularidad, el arranque de un muro integrado en la construcción, que se entiende como una construcción rectangular anexa a la torre.

Se encuentra afectada por el Decreto de 22 de abril de 1949, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de mayo 1949, y, en consecuencia, en aplicación de la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y de la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, está considerado Bien de Interés Cultural.

La Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 23 de mayo de 1983, acordó incoar procedimiento de declaración de monumento histórico artístico a favor de la citada Atalaya.

Con fecha 29 de marzo de 1985, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, y con fecha 15 de julio de 2013, el Centro de Estudios Sorianos (C.S.I.C.), informan favorablemente la pretendida declaración.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, no se presentan alegaciones al expediente.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar la Atalaya de la Veruela, en Caltojar (Soria), como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de enero de 2014, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Declarar la Atalaya de la Veruela, en Caltojar (Soria), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por la declaración:

El punto de inicio se sitúa en el vértice del límite de la parcela 10366 con las subparcelas 841a y 841b, sigue en sentido oeste por el límite de separación entre las subparcelas 10366a y 10366e hasta el encuentro con la parcela 5143. Desde ese punto une con el vértice noreste de las parcelas 844 y 845. Continúa en dirección noroeste por los límites este de las parcelas 845 a 853. Sigue en sentido norte por el límite de la parcela 15144 hasta el punto de encuentro con el camino que asciende hasta la atalaya, continuando en sentido oeste por el borde sur del camino hasta el vértice n.º 66 (521992,87; 4582469,59). Desde este punto se une por una línea imaginaria en sentido sur con el vértice más cercano de la parcela 5137 (n.º 67: 522008,62; 4582444,15). Continúa por el límite noreste de las parcelas 5137, 5138, 5139 y 5140 hasta el vértice n.º 85 (522041,38; 4582338,78). Desde este punto se une con la punta noreste de la parcela 841, siguiendo después en sentido suroeste por el límite de las subparcelas 841a y 841b hasta el punto de inicio.

Coordenadas en Referencia UTM ERTS89 Huso 30N

Motivacion:

En la delimitación del entorno de protección, se han tenido en cuenta la condición de las atalayas como edificios destinados a la ocupación y estructuración del territorio, y en este sentido, su dominio sobre un amplio territorio y su intervisibilidad determinan el establecimiento de un entorno de protección amplio orientado a proteger las líneas visuales tanto desde la atalaya hacia el territorio circundante como en sentido inverso.

En el caso de la Atalaya de la Veruela, en la delimitación de su entorno de protección se ha tenido en cuenta su ubicación, a media ladera en la entrada del valle del río Torete, que parece indicar una función de control de entradas y salidas del mismo, paso importante en dirección a Barahona y Medinaceli, así como su intervisibilidad con la atalaya de la Ojaraca de Caltojar y con el castillo de Berlanga de Duero.

La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 16 de enero de 2014.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

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