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Documento BOE-A-2014-13390

Resolución de 2 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio marco con la Generalidad de Cataluña para la implantación de un modelo integrado de atención al ciudadano.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 23 de diciembre de 2014, páginas 104898 a 104900 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-13390

TEXTO ORIGINAL

Que con fecha 5 de julio de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Administración de la Generalidad de Cataluña para la implantación de un modelo integrado de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Cataluña, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 9 de agosto de 2007 y en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña el 27 de julio de 2007.

Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse expresamente por un período igual al de su vigencia, salvo denuncia de los intervinientes antes del fin de su vigencia.

Próxima la finalización de la vigencia del convenio, el 31 de diciembre de 2014, y en virtud de la previsión anterior, mediante Acuerdo de 27 de noviembre de 2014, se acuerda prorrogar hasta el día 6 de junio de 2022 el Convenio suscrito el 5 de julio de 2007, para la implantación de un modelo integrado de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Cataluña.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la cláusula quinta del Acuerdo de Prórroga al Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Administración de la Generalidad de Cataluña para la implantación de un modelo integrado de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Cataluña, esta Secretaría de Estado de Administraciones Publicas dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de diciembre de 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

ACUERDO DE PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN MODELO INTEGRADO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE CATALUÑA

Madrid, a 27 de noviembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Germán Beteta Barreda, Secretario de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 1852/2011, de 23 de diciembre, en nombre y representación de dicho Ministerio, actuando en ejercicio de las competencias que le han sido delegadas por el titular del Departamento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias.

De otra parte, don Jordi Vilajoana i Rovira, Secretario General del Departamento de la Presidencia, en nombre y representación de la Administración de la Generalidad de Cataluña, autorizado, para la firma de este acuerdo de prórroga, por Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 21 de octubre de 2014, por el que se aprueba la prórroga del Convenio Marco, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.1.c) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 5 de julio de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Administración de la Generalidad de Cataluña para la implantación de un modelo integrado de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Cataluña, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 9 de agosto de 2007 y en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña el 27 de julio de 2007.

Segundo.

Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse expresamente por un período igual al de su vigencia, salvo denuncia de los intervinientes antes del fin de su vigencia.

Tercero.

Que las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las Entidades Locales adheridas a dicho Convenio, tal y como se establece en su cláusula décima, se entienden vigentes desde su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña hasta la fecha de la extinción del Convenio Marco o por el transcurso de los plazos establecidos en el mismo.

Cuarto.

Que teniendo en cuenta los instrumentos que ofrece la normativa vigente y, en particular, lo establecido en el artículo 38.4.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, este Acuerdo de Prórroga al mencionado Convenio se suscribe por las partes al amparo de lo dispuesto por los artículos 149.1.18 de la Constitución Española, relativo a la competencia del Estado y 159 y 160 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña relativos a las competencias de Cataluña en materia de procedimiento administrativo y régimen local.

En consecuencia, y a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa a través de las Oficinas Integradas de atención a la ciudadanía, las partes intervinientes suscriben el presente Acuerdo de Prórroga al Convenio de 5 de julio de 2007, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio suscrito con fecha 5 de julio de 2007, para la implantación de un modelo integrado de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Cataluña, cuyos efectos se extenderán desde el día 1 de enero de 2015 hasta el 6 de junio de 2022.

Segunda.

Las Administraciones intervinientes firmantes de este Acuerdo y las Entidades Locales que se hubieran adherido al mencionado convenio, así como aquellas que en un futuro se pudieran adherir, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a la prestación de los servicios integrados que constituyen el objeto del Convenio Marco para la implantación de un modelo integrado de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Cataluña.

Tercera.

Las obligaciones asumidas entre las Administraciones Públicas mencionadas en la cláusula anterior, se entenderán vigentes hasta la extinción del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en las cláusulas novena y décima del precitado Convenio Marco.

Cuarta.

Cualquier referencia contenida en el Convenio suscrito el 5 de julio de 2007, del que este Acuerdo de Prórroga trae causa, al Ministerio de Administraciones Públicas, se entenderá realizada al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a la Secretaria General para la Administración Pública se entenderá hecha al Secretario de Estado de Administraciones Públicas. Asimismo, cualquier referencia contenida en dicho Convenio a la Dirección General de Modernización Administrativa, se entenderá realizada a la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.

Por otra parte, cualquier referencia contenida en el Convenio citado en el párrafo anterior a la Dirección General de Atención Ciudadana del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña, se entenderá realizada a la Dirección General de Atención Ciudadana y Difusión del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña.

Quinta.

El presente Acuerdo de prórroga se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman y rubrican todas las hojas del presente Acuerdo de Prórroga por cuadruplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.–El Secretario General de la Presidencia (Acuerdo de Gobierno de 21 de octubre de 2014), Jordi Vilajoana i Rovira.

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