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Documento BOE-A-2014-12262

Resolución de 4 de noviembre de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Valencia, de 26 de marzo de 2008, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 26 de noviembre de 2014, páginas 96570 a 96570 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2014-12262

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado, el fallo de la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de fecha 26 de marzo de 2008, por la que se estiman parcialmente las pretensiones de la parte actora contenidas en su escrito de demanda contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 15 de octubre de 2007.

En los autos de juicio verbal número 43/2008 seguidos en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, promovidos a instancia del titular del Registro Mercantil y de Bienes Muebles III de Valencia, don Carlos Javier Orts Calabuig, representado por la Procuradora de los Tribunales, doña A. B. P., bajo la dirección del letrado, don D. H. G., frente a la Dirección General de los Registros y del Notariado, se ha dictado sentencia, en fecha 26 de marzo de 2008, que contiene el siguiente

FALLO

Que estimando parcialmente el recurso interpuesto por el Procurador Sr./a A. B. P., en nombre y representación del/la titular del Registro Mercantil n.º III de Valencia, D./D.ª Carlos Javier Orts Calabuig, debo declarar la nulidad parcial de la Resolución de la Dirección General de Los Registros y del Notariado de fecha 15 de octubre de 2007, en los términos en los que se expresa el fundamento de Derecho cuarto de esta misma Resolución, confirmando la Resolución ahora recurrida en cuanto al resto de sus pronunciamientos.

Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes personadas, costeando cada una las de su instancia y las comunes por mitad.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Don Fernando Presencia Crespo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia.

Madrid, 4 de noviembre de 2014.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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