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Documento BOE-A-2014-10700

Decreto 211/2014, de 9 de septiembre, por el que se declara la Plaza de Toros en el término municipal de Almendralejo como bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 21 de octubre de 2014, páginas 85614 a 85618 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2014-10700

TEXTO ORIGINAL

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánico 1/2011, de 28 de enero, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.

Con base en la normativa de aplicación en ese momento, particularmente la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley citada, se dictó la Resolución de 28 de febrero de 1991, publicada en el DOE n.º 21 de fecha 14 de marzo de 1991, y en el B.O.E. n.º 154 de fecha 28 de junio de 1991, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de la Plaza de Toros en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), con la categoría de Monumento.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el art. 4.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. De ellas, se ha recibido informe favorable de la Universidad de Extremadura y de la Real Academia de Extremadura de las Letras. De la misma forma ha obtenido el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz.

La plaza de toros de Almendralejo es una de las más interesantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La plaza original se levantó a mediados del siglo XIX, un momento de gran prosperidad económica vinculada a la vid, el olivo y las industrias de transformación relacionadas con estos cultivos.

El origen de la plaza actual se sitúa en el coso anterior del siglo XIX, pero será en 1912 cuando se remodele la plaza adquiriendo su aspecto actual en estilo neomudéjar. Se construyó la plaza original por los alarifes Pedrera y Tinoco y se inaguró en 1843. El aspecto neoárabe del edificio sigue el modelo de la plaza de toros de Madrid, ya desaparecida, de Rodríguez Ayuso.

La plaza tiene capacidad para 6.000 personas y el coso mide 51 metros de diámetro.

Exteriormente en planta baja se sitúan los accesos a la plaza mediante arcos de herradura. En un segundo cuerpo es visible el balcón corrido citado de metal al que dan gran número de vanos de arcos de herradura enmarcados en alfiz con las enjutas de azulejo. Destacables son también los trabajos de forja con relieves de bustos de torero en los vanos de la plaza inferiores y superiores.

Pero el elemento más destacado es la andanada superior, la cual consta de arquería de hierro fundido, labrada en el mismo estilo neomorisco que el resto de la construcción. Finas columnas de filiación neonazarí y arcos de herradura angrelados de hierro soportan la cubierta de madera y teja árabe. Almenas escalonadas coronan el segundo cuerpo.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado Estatuto de Autonomía de Extremadura y con el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 9 de septiembre de 2014, dispongo:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento

Se declara Bien de Interés Cultural con categoría la Plaza de Toros en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), según la descripción y ubicación que se recogen en el Anexo de este Decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado el presente Decreto, y notificar el mismo al Excmo. Ayuntamiento de Almendrelajo, propietario del bien y al resto de posibles interesados, abriéndose un plazo de información pública por espacio de un mes.

Artículo 3. Inscripción en los Registros.

Inscribir en el Registro de Bienes de interés Cultural de Extremadura y notificar al Ministerio de Educación, Cultura Y Deportes, esta declaración para su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 9 de septiembre de 2014.–El Presidente de la Junta de Extremadura, José Antonio Monago Terraza.–La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate.

ANEXO
Localización geográfica e historia del bien

La plaza de toros de Almendralejo es una de las más interesantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se sitúa junto a la antigua carretera N-630, la calle Santa Marta y el parque de La Piedad. Junto a la plaza se localiza una antigua alcoholera, edificio rehabilitado con destino a Museo del Vino. La plaza de toros se sitúa exenta en un espacio abierto. Junto a la misma es visible un antiguo depósito de agua datable en la mitad del siglo XX. El edificio del coso posee un cerramiento, así como los toriles, en sus lados noreste y este. El edificio es actualmente propiedad del Ayuntamiento de Almendralejo.

Levantada a mediados del siglo XIX, un momento de gran prosperidad económica vinculada a la vid, el olivo y las industrias de transformación relacionadas con estos cultivos. Fruto de este esplendor será la construcción de numerosos edificios en la segunda mitad del siglo XIX y comienzos del XX, como el mercado de abastos, las escuelas públicas, el palacio de justicia, el Teatro Carolina Coronado, el Círculo Mercantil y Agrícola o el edificio del Obrero Extremeño.

El origen de la plaza actual se sitúa en el coso anterior del siglo XIX, reseñado por Pascual Madoz y por Coello.

En el artículo de María del Mar Lozano Bartolozzi y Moisés Bazán de Huerta («Arquitectura pública de Almendralejo, 1840-1940», revista Norba-Arte, 1990) se califica la plaza como un «hito relevante de la arquitectura extremeña». Según esta publicación se construyó la plaza original por los alarifes Pedrera y Tinoco y se inaguró en 1843. Más tarde, en 1881, según Francisco Zarandieta Arenas («Biografía de la Plaza», en «La Plaza de Toros de Almendralejo», VV.AA, Almendralejo, 1993), se efectuaría una reforma de la misma que aumentó el número de localidades. Pero sería en 1912, según una inscripción existente en el graderío próxima a la Puerta de Sombra, cuando se remodela la plaza adquiriendo su aspecto actual en estilo neomudéjar. El aspecto neoárabe del edificio sigue el modelo de la plaza de toros de Madrid, ya desaparecida, de Rodríguez Ayuso. Según Francisco Zarandieta Arenas el proyecto se encargó al sevillano Lorenzo de los Santos.

Descripción del edificio

La plaza tiene capacidad para 6.000 personas y el coso mide 51 metros de diámetro. Está construida mediante mampostería, ladrillo y tapial. La estructura está constituida por arcos apuntados sobre los que apoyan bóvedas que soportan el graderío. Esta galería recibe iluminación exterior a través de numerosos óculos. La galería subterránea se divide en diferentes tramos. Es característico el uso de bodega en esta zona, localizándose en ella numerosos conos de vino, aspecto característico del edificio.

Tal y como se ha indicado, en los lados noreste y este un cerramiento de fábrica y forja y los toriles cierran el recinto. En este espacio acotado existe un pequeño jardín, un pozo de ladrillo visto de curiosa estructura construido mediante arcos apuntados y bóveda de cañón que cobijan un brocal de granito y unas escaleras que permiten el acceso directo a un balcón corrido existente en el exterior de la plaza en su segundo cuerpo. En las escaleras destacan dos columnas de hierro características de la arquitectura de finales del siglo XIX y de comienzos del siglo XX. En el rellano de la escalera, en la fachada de la plaza, es visible un panel de azulejos con representación de la Virgen, bajo un tejadillo cerámico.

Exteriormente en planta baja se sitúan los accesos a la plaza mediante arcos de herradura. En un segundo cuerpo es visible el balcón corrido citado de metal al que dan gran número de vanos de arcos de herradura enmarcados en alfiz con las enjutas de azulejo. Destacables son también los trabajos de forja con relieves de bustos de torero en los vanos de la plaza inferiores y superiores.

Interiormente, además del ruedo, la plaza tiene callejón con cuatro entradas directas y cuatro burladeros de madera a la arena. Existen otros 14 burladeros construidos en mampostería adosados junto a la barrera.

Pero el elemento más destacado es la andanada superior, la cual consta de arquería de hierro fundido, labrada en el mismo estilo neomorisco que el resto de la construcción. Finas columnas de filiación neonazarí y arcos de herradura angrelados de hierro soportan la cubierta de madera y teja árabe. En las enjutas de los arcos es destacable la decoración geométrica. También destacan los motivos taurinos en la barandilla que separa la andanada superior del resto del graderío. La presidencia, lógicamente, adquiere una mayor presencia al ser más alto el palco que el resto de la andanada. Almenas escalonadas coronan el segundo cuerpo.

Aunque el inmueble descrito se encuadra dentro de los cánones histórico-artísticos, la evolución de sus añadidos constructivos más la bodega anexa a la construcción, hacen que a los valores de índole monumental se añadan otros de naturaleza etnográfica dignos de ser reseñados.

Por un lado, las características arquitectónicas de la construcción incluyen materiales y técnicas que habitualmente aparecen o aparecían en la vivienda tradicional de la localidad y comarca –piedra, ladrillo, cal, mampostería– lo cual hace que la construcción deje entrever una arquitectura puramente funcional, con escasa o sobria ornamentación, más conectada con lo vernáculo o tradicional que con lo monumental, antes de las transformaciones que se producen, como ya se ha reseñado a primeros del siglo XX. Desde el punto de vista etnológico, esto es especialmente interesante, pues nos sirve para señalar como, en determinadas ocasiones, inmuebles de corte histórico-monumental toman préstamos de la arquitectura más intuitiva propia de la vivienda o edificios de corte popular existentes en su entorno inmediato.

Interesante es, por otro lado, la citada bodega que aparece anexa a la construcción, la cual conforma unas dependencias asociadas a la explotación vitivinícola de la comarca aún no conectadas con la producción a gran escala del vino en la localidad y comarca que se desarrolló, sobre todo, desde mediados del siglo XX, cuando las grandes explotaciones empezaron a afianzar el típico paisaje cultural almendralejense y fueron dejando de lado la llamada «agricultura promiscua», que entremezclaba la vid y el olivo. En este sentido, la bodega, inserta de forma un tanto insólita en un espacio como una plaza de toros, es un ejemplo de la producción y distribución del vino en el Almendralejo previo a la gran reconversión agraria que se produjo desde mediados y finales de los años cincuenta del siglo XX. Es sabido que el vino se asocia tanto a pequeñas producciones de autoconsumo, como a otras asimilables a la industria. Almendralejo es una referencia de ambas realidades, pues las producciones tradicionales, familiares o de pitara que abundaban por doquier en la localidad fueron dando el salto, en su momento, a la producción a gran escala, la cual ha acabado por imponerse, con los consecuentes cambios, no solo técnicos, sino también asociados a los saberes y cultura del trabajo de los productores locales que experimentaron dicha evolución, de ahí el valor de esta construcción anexa al edificio principal.

Delimitación del bien y del entorno de protección. Limitaciones de uso

La zona en la que se ubican tanto el bien objeto de protección como su entorno se localizan en el casco urbano de Almendralejo, incluyendo las siguientes fincas:

Delimitación del bien

El mismo lo constituye la siguiente finca y referencia catastral:

– CR GIJON-SEVILLA(CR SEVILLA) 84, 6349801QC2864N0001TP

Delimitación del entorno de protección

No se considera necesario que el entorno del bien ocupe una superficie exacta de cien metros perimetrales, tal y como marca la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura en su artículo 39.3 en referencia a los elementos arquitectónicos, dado el entorno urbano muy transformado y consolidado de la calle Santa Marta en la que son habituales construcciones de numerosas plantas. Por ello se entiende como suficiente para proteger el mismo de cualquier posible impacto visual o similar la delimitación de entorno que se plantea, la cual incluye la plazoleta la que se ubica la plaza de toros y el Museo del Vino. Dicha delimitación de entorno es, por tanto, más reducida que la realizada en la incoación original que se llevó a cabo mediante Resolución de la Consejería de Educación y Cultura de 28 de febrero de 1991 publicada en el DOE de 14 de marzo de 1991, la cual incluía edificios de la calle Santa Marta con vistas a la plaza de toros y a la antigua alcoholera.

Dicho entorno está constituido por la siguiente parcela y por todo el espacio público incluido en el entorno delimitado en el plano adjunto, incluidas todas las construcciones y superficie ajardinada del mismo, cuyos límites son: el cerramiento del parque de La Piedad, el Museo del Vino, y la calle Santa Marta y la carretera Nacional 630 (sin incluirlas).

Cl. Santa Marta, 1, 06200 Almendralejo (Badajoz): 248713QC2864N0001HP.

Todo lo cual se expresa en el correspondiente plano.

Los posibles usos que se den a este bien deberán ser compatibles con la conservación del mismo y, en ningún caso, alterarán su valor patrimonial.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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