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Documento BOE-A-2013-6197

Resolución de 24 de mayo de 2013, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Actuaciones para el control de la erosión y consolidación de infraestructuras y márgenes fluviales del río Gévora.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2013, páginas 43988 a 43996 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-6197

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Actuaciones para el control de la erosión y consolidación de infraestructuras y márgenes fluviales del río Gévora se encuentra encuadrado en el artículo 3.2.b).

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

El objeto del proyecto es la restauración de la morfología fluvial del río Gévora en determinados puntos de su recorrido, consolidar aquellas infraestructuras que cumplen una función social o ambiental, así como la eliminación de aquellas otras que no cumplen ninguna función y suponen una barrera para la ictiofauna.

A continuación se describen las actuaciones propuestas en el proyecto, así como las circunstancias que las motivan:

En el paraje Carrión: parte de azud existente en la zona de baño se encuentra deteriorado, presentando fugas. Por otro lado, entre el azud y la carretera BA-5001 existen rebrotes de pies de eucalipto que fueron eliminados en una actuación anterior.

Consolidación del azud de Carrión: en primer lugar se realizará la demolición del azud deteriorado, a continuación se construirá el nuevo tramo a base de hormigón en masa y, finalmente, se dispondrá tanto en la coronación como en el paramento aguas abajo una terminación de chapado de pizarra embebido en pedrales prefabricados de hormigón. El nuevo tramo tendrá una longitud de 53,35 m, donde también se incluye el espacio reservado para el estribo del muro, que contará con una longitud de 3,75 m. Para la protección del estribo se instalará escollera de roca tanto aguas arriba como aguas abajo del muro, en una longitud de 20 metros. En la escollera aguas abajo se insertarán 40 estaquillas de sauce para favorecer la consolidación del terreno. En el tramo de muro ya construido se recrecerá el refuerzo situado al extremo y se repondrá el chapado de piedra de pizarra. Aguas arriba del azud se realizarán trabajos de retirada de los sedimentos, en una superficie aproximada de 6.950 m2, mientras que aguas abajo del mismo se realizará la adecuación del cuenco de amortiguación, mediante limpieza y rebaje del terreno en una superficie de 305 m2 y disposición de escollera de roca y hormigón ciclópeo.

Corta y eliminación de rebrotes de eucalipto: se realizará el apeo de árboles (75 ud), tratamiento de tocones con herbicida (150 pies), la preparación de madera y la eliminación de residuos con astilladora.

En el paraje La Changarrilla: el azud construido como zona de refugio para la ictiofauna durante el estiaje, no cumple su función, ya que está completamente colmatado. Asimismo, la escala de peces resulta impracticable debido al desnivel de sus estanques.

Eliminación del azud de La Changarrilla y de su escala de peces: se demolerá el azud existente de hormigón en masa, generándose un volumen de escombros aproximado de 92,32 m3, y la escala de peces existente de hormigón armado, con un volumen aproximado de 58,13 m3 de escombros. Se adecuará la zona mediante la retirada de 1.250 m3 de sedimentos acumulados aguas arriba del muro a lo largo de 180 m, y se llevará a cabo la plantación de 30 pies de fresno (Fraxinus angustifolia).

En el paraje La Pesquera: las crecidas del río Gévora en el año 2010 han dañado el muro del azud destinado al riego, así como al río artificial que servía como paso para la ictiofauna.

Consolidación del azud de La Pesquera: para la realización de los trabajos, se procederá a la construcción de ataguías para la desviación de aguas. Para la impermeabilización del muro y evitar las actuales filtraciones, se establecerá una capa impermeabilizante realizada con arcilla compactada, en la parte del azud comprendido desde la orilla izquierda hasta el paramento del estanque de adaptación de la escala de peces. Desde la escala de peces hasta la salida del río artificial, menos afectado por las filtraciones, se regularizará el paramento con mortero impermeabilizante. Para dar continuación al muro en toda su coronación se dispondrá de una viga de atado de hormigón armado, puesto que actualmente el muro en su parte superior cuenta con diferentes tipos de remate. También se llevará a cabo la adecuación del cuenco de amortiguación y la aplicación de hormigón fluido para los descalces del muro.

Reparación del río artificial: se ha producido desestabilización y desmoronamiento de la escollera lateral que delimita el río, así como descalces en la entrada del mismo, lo que ha derivado en una pérdida de la funcionalidad del mismo. Se plantea la reconstrucción de la escollera que delimita el río artificial, pero con una altura menor, para que en momentos de avenida, no suponga un obstáculo para las aguas.

En el paraje La Chopera: se llevarán a cabo trabajos de acondicionamiento de la masa vegetal mediante rozas y clareos, para favorecer el regenerado autóctono existente. Los residuos vegetales obtenidos serán recogidos y eliminados mediante astilladora.

En la isla de los Seiscientos: se realizarán podas sanitarias sobre el arbolado mediante la retirada de árboles y ramas muertas. En caso que se encuentren afectados por alguna plaga o enfermedad, los residuos serán apilados y eliminados mediante quema.

En las parcelas de Calatravieja: la acumulación de materiales de desecho de antiguas extracciones de áridos ha obligado a que el río transcurra por un espacio muy reducido, formándose en el resto de la superficie del cauce la conocida como Isla de los Seiscientos, lo que está produciendo problemas erosivos en la margen izquierda, afectando a parcelas particulares.

Reapertura de brazo fluvial: se pretende abrir y acondicionar la traza de un cauce de crecidas para facilitar el transcurrir del río en época de aguas altas. Para la ejecución de las obras será precisa la construcción de una ataguía con materiales de préstamo. El brazo del río tendrá una longitud de 130 m y constituirá una zona de aliviadero en época de crecidas, siendo necesario realizar una excavación de 589,20 m3, material que se utilizará para la formación del terraplén de 553 m3. En la parte alta de los taludes creados se plantarán 40 pies de fresnos y 250 estaquillas de sauce en las zonas más bajas, para favorecer la estabilidad de los mismos.

Construcción de muros krainer para consolidación de taludes: se construirán sendos muros krainer, el primero de 43 m y el segundo de 63 m. Previo a la ejecución de los trabajos, será necesaria la instalación de ataguías para la desviación de las aguas, así como la retirada de los cerramientos de las parcelas particulares. A continuación, se retiraran las tierras inestables y se aportará una capa de escollera de 60 cm de altura a modo de zapata. Sobre está base se aportará una capa de 35 cm de material seleccionado, formado por bolos de cantos rodados y grava gruesa. Posteriormente, se levantará la estructura del muro krainer formada por un esqueleto de troncos de madera relleno con tierra vegetal compactada, hasta llegar a una altura de 3 m. Finalmente, se formará la cabeza de talud con el extendido de tierra vegetal y se plantarán diferentes especies según la distancia al cauce. En los extremos de cada uno de los muros se instalará escollera viva a modo de refuerzo y como conexión de los muros con el terreno natural. En la orilla opuesta se construirá una terraza-plataforma, para que una vez alcanzada cierta cota el agua discurra por ella, de modo que se redirija hacia el brazo de alivio del río y se proteja el muro krainer.

Las actuaciones en los parajes de Carrión y La Changarrilla están en el término municipal de Alburquerque, mientras que los parajes de La Pesquera y La Chopera y las parcelas de Calatravieja e Isla de los Seiscientos están en el término municipal de Badajoz, ambos en la provincia de Badajoz en la comunidad autónoma de Extremadura.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural recibe, con fecha 10 de agosto de 2012, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Con fecha 2 de noviembre de 2012, una vez recibidos los ejemplares necesarios, se inició el periodo de consultas a organismos y entidades. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante la fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la documentación ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Confederación Hidrográfica del Guadiana del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Subdelegación del Gobierno en Badajoz

X

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura

X

Diputación Provincial de Badajoz

Ayuntamiento de Alburquerque

Ayuntamiento de Badajoz

X

Sociedad Española de Ornitología (SEO-Birdlife)

Ecologistas en Acción de Extremadura

ADENA

Asociación para la Defensa de la Naturaleza y los Recursos de Extremadura (ADENEX)

Asociación de Pescadores por la Conservación de los Ríos (APCR)

El contenido ambiental más significativo de las respuestas recibidas a las consultas realizadas es el siguiente:

La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura considera que no es probable que la actividad solicitada tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre y cuando se cumplan una serie de medidas. A continuación se incluye un resumen de las citadas medidas preventivas y correctoras:

Deberán cumplirse en todo momento las directrices, así como las medidas preventivas y correctoras establecidas en la documentación ambiental presentada.

Las actuaciones deberán ir encaminadas a favorecer y mejorar la franqueabilidad del río. Deberán ser eliminadas en su totalidad las barreras infranqueables para la fauna piscícola existentes, así como los restos de demolición. Deberá asegurarse en todo momento la estabilidad de los taludes, márgenes y zonas contiguas a la obra, aguas abajo y arriba.

Según determina la Sección de Pesca de la Dirección General de Medio Ambiente:

En el azud de Carrión, la solución planteada mediante la apertura del azud con tablones provisionales puede garantizar la permeabilidad del mismo siempre que estén retirados de la estructura como mínimo entre los meses de febrero a junio ambos incluidos. El promotor deberá establecer quién y como se hará la retirada.

En el azud de la Pesquera, deberá repararse la escala de peces y el río artificial existentes en la actualidad, tal y como se determina en la solución planteada por le promotor.

Se recomienda no realizar trabajos en el periodo primaveral y/o de reproducción biológica de las especies faunísticas presentes. Deberá cumplirse el calendario de ejecución de los trabajos propuesto en el documento ambiental, que contempla no realizar trabajos en el periodo de marzo a junio ambos inclusive.

No se depositarán restos de escombros ni de otros materiales en el cauce del río, procediendo a eliminar la totalidad de residuos generados y depositándolos a centro de tratamiento autorizado. Se recomienda la instalación de dispositivos de retención para evitar arrastres de materiales en el río, así como barreras antiturbidez, en el caso de ser necesario.

Las actuaciones mecanizadas y movimientos de tierras que se generen deberán ser los mínimos imprescindibles, debiendo restituir morfológicamente los terrenos afectados. Se utilizarán caminos e infraestructuras ya existentes.

Previo a la realización de zapatas se apartarán los rollos y cantos del fondo del río, con objeto a depositarlos en el propio cauce para que el río los recoloque de forma natural. La reconstrucción de lechos y taludes con escollera deberán quedar enrasada con el lecho del río, evitando que se produzcan saltos o escalones.

Se recogerá y acumulará la tierra vegetal y substrato edáfico para su utilización posterior en la restauración de superficies. Si fuese necesario se aportaría complementariamente tierra vegetal.

Se llevarán a cabo restauraciones ecológicas con aportes de tierra vegetal estaquillados de sauce y chopo, así como plantación de Fraxinus angustifolia. Se recomienda que para el estaquillado se realicen hoyos de un metro de profundidad.

Se respetará en la medida de lo posible la vegetación autóctona, realizando preferiblemente podas o apostados de dicha vegetación frente a la corta o eliminación. Además se eliminarán preferentemente pies muertos o enfermos frente a los mejor conformados.

Previo al comienzo de los trabajos se contactará con el Coordinador de Agentes del Medio Natural de la zona, para señalar, marcar o jalonar aquellos pies o rozales a respetar.

Se evitará la aparición de procesos erosivos, por lo que no se eliminará la vegetación que se encuentre sujetando cauces.

Todos los elementos de la obra deberán integrarse en el entorno, empleando materiales de la zona. Las escolleras deberán disponerse sobre geotextiles penetrables a los sistemas radiculares y no recibirse con hormigón o mortero.

Para la corta, poda o apostado de arbolado se deberá estar en posesión de la correspondiente autorización.

Los restos y residuos deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustibles en la época de riesgos de incendios como indica la Orden anual del Plan INFOEX.

Se deberá informar a los operarios de este condicionado.

Se tomarán todas las precauciones necesarias para disminuir el riesgo de incendios. Se dispondrá en lugar de actuación, de los medios y herramientas suficientes para atajar de inmediato cualquier inicio de incendio forestal.

En caso de detectar la presencia de especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, se estará a lo dispuesto por la Dirección General de Medio Ambiente, previa comunicación de tal circunstancia.

Deberá confeccionarse un programa de vigilancia ambiental por parte del promotor en el que se verificará el cumplimiento de las medidas propuestas.

La Subdelegación del Gobierno en Badajoz incluye informe técnico del inspector de sanidad vegetal, que indica que estima que no es probable que la ejecución del proyecto tenga repercusiones negativas de tipo medioambiental, siempre que se cumplan las medidas preventivas y correctoras indicadas en el proyecto, complementadas con las que aporta la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía. Junta de Extremadura.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura informa que el proyecto no presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico conocido, por lo que emite informe favorable. No obstante, si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura.

El Ayuntamiento de Badajoz indica que no resulta previsible, en principio, la generación de impactos significativos que no pudieran ser evitados con las medidas propuestas por el promotor.

Con fechas 13 de noviembre de 2012 y 25 de febrero de 2013, se recibieron escritos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana en los que se indica que la Dirección de Obra asumirá las medidas correctoras propuestas por la Comunidad Autónoma.

3. Análisis según los criterios del anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la sección 1.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.

3.1 Características del proyecto: Según el documento ambiental recibido se producirá un excedente de tierras sin contaminar de 14.407 m3, procedente principalmente de la retirada de sedimentos y el material utilizado para la construcción de ataguías. En la medida de lo posible estas tierras serán reutilizadas en la obra, suponiendo una menor generación de residuos, y en caso de existir excedentes se extenderán en las zonas de trabajo o se dará traslado a vertedero. Otros residuos que se generarán durante la ejecución de las obras serán hormigón en masa (162,32 m3) y hormigón armado (76,14 m3), fábricas de sillería (16,60 m3) para la reparación del azud de la Pesquera y materiales de desecho procedentes del acondicionamiento de cuencos de amortiguación (90 m3).

Para evitar la contaminación de suelos y aguas no se realizará mantenimiento de maquinaria en la zona, se exigirá una puesta a punto de vehículos y maquinaria, y se adoptarán las medidas necesarias para impedir cualquier vertido al medio natural.

Como consecuencia de las actuaciones de despeje de las zonas de obras y de los tratamientos que se llevarán a cabo sobre la vegetación se generarán residuos vegetales, los cuales serán eliminados mediante quema y el uso de astilladora. La quema de residuos vegetales se realizará en todo momento siguiendo las obligaciones establecidas en el Plan INFOEX. Las quemas se realizarán, en todo caso, en zonas libres de vegetación y alejadas de la zona de proyección vertical de las copas del arbolado autóctono y de los sistemas radicales, así como fuera de hábitats prioritarios y suficientemente alejados de los cauces. Posteriormente las cenizas se mezclarán con el terreno.

Durante el proceso de demolición, como es el caso del azud de Changarrilla, se eliminarán la totalidad de los residuos depositándolos en vertedero autorizado, instalando barreras antiturbidez, para evitar el arrastre de materiales por el río.

Para evitar una posible contaminación, la aplicación del herbicida sobre los tocones de eucalipto tendrá las siguientes características, será de efecto total y no residual, y sistémico para evitar rebrote, será biodegradable y sin afección a la ictiofauna y a las abejas. Para su aplicación, el documento ambiental recomienda hacerlo mediante brocha directamente sobre el tocón o micro pulverización, disolviendo el producto en agua y reduciendo al máximo su utilización a menos de 15 m de todo curso fluvial. Se contactará con el Coordinador de Agentes del Medio Natural de la zona antes de la aplicación de dicho herbicida.

3.2 Ubicación del proyecto: El río Gévora presenta una longitud total de 75 Km. y una cuenca de 2.184 km2. Discurre por territorio portugués y español, desembocando en el río Guadiana a la altura de la ciudad de Badajoz. Las actuaciones del proyecto se desarrollan en distintos parajes a lo largo del curso del río en los términos municipales de Alburquerque y Badajoz.

Las actuaciones se desarrollan dentro de dos espacios naturales incluidos en la Red Natura 2000, en concreto en los lugares de importancia comunitaria (LIC) río Gévora Alto (ES4310022) y río Gévora Bajo (ES4310020). Como se ha indicado con anterioridad, la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura considera que no es probable que la actividad solicitada tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000.

En la zona de actuación están presentes los hábitats de interés comunitario 92A0 Bosques de galería de Salix alba y Populus alba y 91B0 Bosque de fresnos con Fraxinus angustifolia.

Entre las especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura presentes en el ámbito de estudio destacan las siguientes: garcilla cangrejera (Aredea ralloides) en peligro de extinción; calamón (Porphyrio porphyrio), avetorillo (Ixobrychus minutus), y martinete (Nycticorax nycticorax), sensibles a la alteración de su hábitat. Así mismo se encuentran en la zona las siguientes especies del anexo II de la directiva 92/43/CEE: galápago leproso (Mauremys leprosa), boga del Guadiana (Pseudohondrostoma willkommii), colmilleja (Cobitis paludica) y barbo comizo (Barbus Comizo).

3.3 Características del potencial impacto: En cuanto a la compactación de suelos, según indica la documentación ambiental recibida, se utilizarán accesos y servidumbres ya existentes, restituyéndolos posteriormente.

En lo que respecta a las actuaciones que impliquen modificaciones en el lecho del cauce, el promotor indica que no se utilizará maquinaria de tamaño desproporcionado con respecto a las labores a realizar y se evitará el paso de vehículos, especialmente maquinaria pesada, por el cauce. Asimismo, las actuaciones que tienen afección directa en el cauce se realizarán en periodo de estiaje, construyendo ataguías para desviar las aguas y así trabajar sobre sección seca, y éstas serán retiradas con posterioridad.

El promotor indica que las actuaciones irán encaminadas a favorecer y mejorar la franqueabilidad del río. Por ello, serán eliminadas en su totalidad las barreras infranqueables para la fauna piscícola existentes, así como los restos de demolición. Se mantendrán las condiciones de conductividad o franqueabilidad para peces, de modo que no se generen saltos o pérdidas de calado por reparto de la vena de estiaje (mínimo 25 centímetros). Asimismo se asegurará en todo momento la estabilidad de los taludes, márgenes y zonas contiguas a la obra, aguas abajo y arriba.

Por otro lado, el promotor indica que la retirada de sedimentos no afectará a la morfología del cauce, no superándose la anchura máxima existente y la excavación no podrá ahondar más la actual profundidad del cauce.

Según el documento ambiental el desarrollo de los trabajos respetará al máximo la vegetación natural, para ello se realizará un jalonamiento en el perímetro de la zona de obras colindante con la vegetación natural. Previo al comienzo de los trabajos se contactará con el Coordinador de Agentes del Medio Natural de la zona, para señalar, marcar o jalonar aquellos pies o rozales a respetar.

Las podas fitosanitarias se ejecutarán a ras de tronco y sin dañar éste, en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre y el 1 de marzo. El desbroce de la vegetación de matorral se realizará en las zonas donde sea estrictamente necesario y respetando las especies de mayor valor e interés ecológico. Los clareos irán fundamentalmente dirigidos a eliminar de la masa los árboles dominados, enfermos, que hayan perdido la guía terminal o hermanados, no debiendo sobrepasar esta operación los pies de más de 15 cm de diámetro. Se respetará algún tronco hueco sano, como lugar de reproducción de especies de fauna.

Tal como indica el documento ambiental, en el diseño de las plantaciones se seguirá una distribución natural, sin ser de carácter geométrico, que tienda a disponer las diferentes especies en función de sus requerimientos ecológicos y de las características ambientales de cada enclave. Además, se tendrán en cuenta las fluctuaciones de la lámina de agua y las necesidades hidrológicas de las plantas instauradas. Se asegurará el éxito de la plantación mediante el riego y mantenimiento adecuado, así como con la reposición de marras.

El promotor indica que en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio no se realizarán trabajos, llevando a cabo únicamente el mantenimiento de la obra que no implique la utilización de maquinaria pesada.

El promotor indica que en caso de detectar la presencia de especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura se estará a lo dispuesto por la Dirección General de Medio Ambiente, previa comunicación de tal circunstancia.

Asimismo, el promotor ha tenido en cuenta e integrado en el proyecto las medidas correctoras y protectoras que han sido establecidas por la Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Tal como indica el documento ambiental, como consecuencia de las actuaciones se prevé una afección positiva sobre el medio, ya que se recuperará la funcionalidad de los azudes de Carrión y Pesquera, se recuperará la franqueabilidad para la ictiofauna al restaurar el río artificial del azud de la Pesquera y eliminar el azud de Changarrilla, y se corregirán los fenómenos erosivos que se están produciendo en las parcelas de Calatravieja.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, no es previsible que el proyecto Actuaciones para el control de la erosión y consolidación de infraestructuras y márgenes fluviales del río Gévora, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se notifica al promotor y al órgano sustantivo, haciendo constar que se podrá formular, potestativamente y con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo, requerimiento para la anulación o revocación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 44, en relación con el 46.6, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde la fecha en que se notifique la presente Resolución. Dicho requerimiento previo se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, esta Dirección General no se pronunciase expresamente.

Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, o a aquel en que se notifique el acuerdo sobre el requerimiento previo o el mismo deba entenderse rechazado por ausencia de resolución expresa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1.m) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 24 de mayo de 2013.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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