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Documento BOE-A-2013-12510

Orden HAP/2221/2013, de 19 de noviembre, por la que se convocan becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y especialidades convocados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2013, páginas 95210 a 95213 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-12510

TEXTO ORIGINAL

Por Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio, se aprueban las «bases reguladoras para la concesión de becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y especialidades convocados por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria».

Por otra parte, el Real Decreto 1694/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2012, contempla procesos de promoción interna para el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, Cuerpo Técnico de Hacienda y Cuerpo General Administrativo, Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, procesos que se encuentran convocados, con excepción del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Por ello, en virtud de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, este Ministerio dispone:

Primero. Convocatoria.

Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 48 becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, Cuerpo Técnico de Hacienda y Cuerpo General Administrativo, Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.

Esta convocatoria se rige por lo previsto en la «Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio, por la que se aprueban las correspondientes bases reguladoras para la concesión de becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y Especialidades convocados por el Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Estatal de Administración Tributaria».

Segundo. Objeto.

El objeto de las becas es facilitar la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y Especialidades convocados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Tercero. Número y cuantía de las becas.

1. Las 48 becas se distribuyen por Cuerpos y Especialidades de la siguiente manera:

Subgrupo

Cuerpos y especialidades

Número

becas

A1

Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado

12

A2

Cuerpo Técnico de Hacienda

16

C1

Cuerpo General Administrativo Administración del Estado. Especialidad Agentes Hacienda Pública

20

Total

48

2. La cuantía de la beca se determinará en función de la duración de la licencia o licencias por asuntos propios y se calculará de la siguiente manera:

– Para la preparación de pruebas selectivas para acceso a Cuerpos del Subgrupo A1, la cuantía asciende a 75 € por cada día del periodo de licencia disfrutado.

– Para la preparación de pruebas selectivas para acceso a Cuerpos del Subgrupo A2, la cuantía asciende a 53 €, por cada día del periodo de licencia disfrutado.

– Para la preparación de pruebas selectivas para acceso a Cuerpos del Subgrupo C1, la cuantía asciende a 48 €, por cada día del periodo de licencia disfrutado.

3. La determinación de los periodos de licencias por asuntos propios disfrutados que se considerarán para el cálculo de la cuantía de las becas se realizará de acuerdo con las siguientes reglas:

– No se considerarán las licencias disfrutadas con anterioridad a la publicación de la Oferta de Empleo Público de cada año ni con posterioridad a la realización del último ejercicio de las pruebas selectivas o de aquél que hubiera supuesto la eliminación del adjudicatario de dichas pruebas.

– No se considerarán los periodos que excedan de los tres meses de licencia disfrutada.

4. Las dotaciones económicas de las becas correspondientes al Cuerpo Técnico de Hacienda y Cuerpo General Administrativo, Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública se imputarán a la aplicación presupuestaria 15.01.923M.480.00 de los Presupuestos Generales del Estado para 2013, siendo el importe máximo del coste previsto de 60.500 € para el citado ejercicio presupuestario. En el caso de las becas correspondientes al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado el gasto se imputará al ejercicio presupuestario 2014, siendo el importe máximo del coste previsto de 40.000 €.

Cuarto. Requisitos de los solicitantes.

Los requisitos de los solicitantes y su forma de acreditación son los determinados en las bases segunda y sexta de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio.

Quinto. Procedimiento de concesión de las becas.

1. Presentación de solicitudes.

Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o Agencia Estatal de la Administración Tributaria de las notas del último ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo correspondiente en el modelo de solicitud que se publica como anexo a esta orden (disponible en http://www.minhap.gob.es y http://www.aeat.es), o, si el proceso selectivo hubiera finalizado, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los registros y oficinas previstos el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El solicitante acompañará a la solicitud, certificado de la Subdirección General de Recursos Humanos o unidad equivalente del Departamento, Organismo o Entidad en el que el solicitante desempeñe sus servicios en el que se acrediten los períodos de licencia por asuntos propios disfrutados conforme a lo previsto en el apartado 1.b) de la base Segunda de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio.

En el caso de que la solicitud o documentos presentados no reúnan los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición.

2. Órgano de selección.

La valoración de las solicitudes corresponderá al órgano de selección previsto en el apartado 2 de la base Sexta de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio.

El órgano de selección evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado 3 de la base Sexta de la Orden EHA/1857/2007, de 18 de junio y elaborará la propuesta de resolución conforme a lo previsto en el citado apartado que elevará, a través de la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

3. Resolución.

La Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas resolverá la concesión de las becas en el plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha Resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación ante la Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas o recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses desde la misma fecha.

La resolución de concesión o denegación de las becas se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y transcurrido un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de dicha notificación sin que el beneficiario renuncie expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ha sido aceptada.

Sexto. Recursos.

Contra esta orden podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado o, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha.

Madrid, 19 de noviembre de 2013.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.

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