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Documento BOE-A-2012-8659

Resolución de 13 de junio de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Ampliación del abastecimiento de agua a la Mancomunidad del Algodor, Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 2012, páginas 46040 a 46055 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-8659

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado n, del grupo 9, del anexo II, del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, por resolución del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 5 de julio de 2006, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor del proyecto es Aguas de las Cuencas del Sur (ACUASUR) y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

El proyecto tiene por objeto solucionar las deficiencias que actualmente presentan los sistemas de abastecimiento de agua potable a los municipios de la Mancomunidad del Algodor, relativas tanto a la cantidad de agua suministrada como a la regularidad y alcance del servicio. Este proyecto se incluye en la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

La Mancomunidad del Algodor abastece de agua potable a 34 municipios, beneficiándose del suministro cerca de 80.000 habitantes. Además, otros 11 municipios pertenecientes a la Mancomunidad, utilizan sus propios recursos hídricos, puesto que la red de suministro no llega todavía a ellos o lo ha hecho muy recientemente. Considerando estos municipios, se elevan a 152.000 los habitantes beneficiados por este proyecto.

El ámbito de actuación se ubica en la Mancomunidad del Algodor, provincia de Toledo, en la comunidad autónoma de Castillla-La Mancha. Los términos municipales por los que discurrirá la conducción y el resto de instalaciones proyectadas son los siguientes: Ajofrín, Almonacid de Toledo, Cabañas de Yepes, Cabezamesada, Camuñas, Chueca, Ciruelos, Consuegra, Corral de Almaguer, Dosbarrios, El Toboso, El Romeral, Huerta de Valdecarábanos, La Guardia, Lillo, Los Yébenes, Madridejos, Manzaneque, Marjaliza, Mascaraque, Mazarambroz, Miguel Esteban, Mora, Noblejas, Ocaña, Ontígola, Orgaz, La Puebla de Almoradiel, Quero, Quintanar de la Orden, Sonseca, Tembleque, Turleque, Urda, Villa de Don Fabrique, Villacañas, Villafranca de los Caballeros, Villaminaya, Villamuelas, Villanueva de Alcardete, Villanueva de Bogas, Villarrubia de Santiago, Villasequilla, Villatobas y Yepes.

En la actualidad, los recursos propios de la red de abastecimiento de la Mancomunidad del Algodor provienen, a la espera de la conexión con el sistema Almoguera-Algodor actualmente en construcción, del embalse de Finisterre, de sondeos de la vega del Tajo y de tres pozos. La red de conducciones, en su mayor parte de fibrocemento, se compone aproximadamente de 420 km de tuberías y se divide en 5 sectores.

Para solucionar las deficiencias de abastecimiento, y poder emplear de forma indistinta los recursos de Finisterre o de Almoguera, se proyecta una tubería perimetral, desde el bombeo de cabecera de Ocaña, para mallar los sectores 1, 2 y 5. El diámetro de la tubería se irá modificando en función de las necesidades de cada tramo y se proyectan ramales hacia localidades no conectadas con la Mancomunidad como Consuegra y Urda, asimismo se proyecta la incorporación de diversos elementos de riego para la mejora de la red, como bombeos, depósitos e incremento de diámetro en ramales existentes.

Para el sector 3 se proyectan tres nuevos bombeos, se incrementa el diámetro de la conducción a Sonseca, así como la conducción entre Manzaneque y Los Yébenes, y se conecta el municipio de Marjaliza con la red de abastecimiento. Asimismo, es necesario construir la conducción desde Ajofrín hasta Chueca. En el sector 4 únicamente se diseña un nuevo ramal de acometida de 207 m al depósito de Mora.

La longitud de las nuevas tuberías proyectadas para el mallado de los cinco sectores existentes alcanza un total de 270,1 km.

Respecto al almacenamiento, se produce un incremento del mismo, de 22.280 m3 a 60.000 m3, asegurando que los depósitos de municipios dentro de la red mallada tengan autonomía para un día de consumo, mientras que en municipios con sólo un ramal de abastecimiento la autonomía será mayor.

Se procederá al enganche de los depósitos y de las estaciones de bombeo a las líneas eléctricas existentes en las cercanías de la zona de obras, mediante líneas subterráneas de alta tensión, con una longitud total de 1.900 m.

En cuanto a las alternativas, el estudio de impacto ambiental ha considerado dos alternativas al origen del abastecimiento, los embalses de Finisterre y Almoguera, que se emplearán indistintamente, en función de los recursos disponibles de cada uno.

Respecto al trazado de las conducciones, aunque no para el total del recorrido puesto que hay tramos comunes, se establecen dos alternativas (alternativas 1 y 2) y cinco variantes de trazado dentro de esas alternativas (1.1, 1.2, 2.1, 2.2 y 2.3), que se valoran en función de variables económicas, ambientales y de funcionamiento hidráulico. Como resultado de dicho análisis, el estudio de impacto ambiental (EsIA) considera que todas las alternativas presentan una similar afección ambiental, por lo que se considera que la opción más favorable es el trazado 1.2, por ser el trazado de menor coste económico. Del mismo modo, el EsIA plantea trece variaciones puntuales para evitar las afecciones al patrimonio cultural.

Se proponen tres variantes en el término municipal de Ontígola con distinta afección a la zona de la Microrreserva de flora Área Crítica de Vella pseudocitysus ssp. pseudocitysus. Las variantes propuestas son las denominadas variante 0, variante 1 y variante 2. Tras las alegaciones e informes recibidos de administraciones consultadas con el EsIA, durante la fase de información pública del expediente, el promotor acepta la selección de la variante 2, que es modificada ligeramente, discurriendo en la última parte del tramo Ocaña-Ontígola por el olivar existente en la parcela 1 del polígono 17 del término municipal de Ontígola, hasta el camino de acceso al depósito.

Las distintas alternativas contempladas en el proyecto, así como la descripción de la alternativa seleccionada, se recogen en el apartado 4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas de la presente declaración.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

La superficie sobre la que se localizan las actuaciones de la Mancomunidad del Algodor es una zona eminentemente agrícola, con presencia de cultivos de cereal de secano, olivar y viñedo. Además, se dan usos forestales, ganaderos y cinegéticos.

Hidrología e hidrogeología. El río Cigüela, con su principal afluente, el Riánsares, constituye el principal colector de las aguas superficiales del sistema. En la zona de estudio aparecen zonas húmedas de gran importancia ecológica, como las lagunas de Alcázar de San Juan, de la Veguilla, del camino de Villafranca, de las Yeguas, de Villafranca de los Caballeros, de Villacañas, de Quero, de Lillo, de Villa de Don Fabrique y las lagunas de Miguel Esteban. El área de actuación se localiza sobre las unidades hidrogeológicas 04.02 Lillo-Quintanar y 04.03 Consuegra-Villacañas, que forman acuíferos de aguas generalmente duras.

Vegetación y usos del suelo. La vegetación natural existente se presenta formando pequeñas manchas de taray, sauces y álamos, de matorral mediterráneo y de formaciones halonitrófilas. Dentro de la vegetación natural existente, destaca la especie Vella pseudocitysus subsp. pseudocitysus, especie catalogada en Castilla-La Mancha como en peligro de extinción.

Fauna. En las zonas agrícolas afectadas se localizan especies amenazadas como la avutarda común (Otis tarda), el sisón común (Tetrax tetrax) o el aguilucho cenizo (Circus pygargus), catalogadas como vulnerables en el Libro Rojo de las Vertebrados Amenazados en España. Asimismo, las actuaciones coinciden con zonas de importancia para el buitre negro y zonas de importancia para el águila imperial ibérica. En las riberas de ríos y otras zonas húmedas destaca la presencia de especies como el avetoro (Botaurus stellaris), la malvasía común (Oxyura leucocephala), el aguilucho pálido (Circus cyaenus) o el aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), así como la presencia de la nutria (Lutra lutra) en varios tramos del río Cigüela.

Espacios naturales protegidos. El trazado proyectado coincide con diversos espacios de la Red Natura 2000, como el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES4250009 Yesares del Valle del Tajo, así como con el LIC ES4250010 Humedales de La Mancha, que también es Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000091 con el mismo nombre. En las proximidades del trazado también se localiza el LIC/ZEPA ES4250005 y ES0000093 Montes de Toledo. Además, a lo largo del trazado se localizan numerosos hábitats de interés comunitario, según la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tres de ellos prioritarios: estepas salinas mediterráneas (Limonietalia) (1510*), vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia) (1520*) y zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea (6220*), así como matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosi) (1420), brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090), galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (92D0) y bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia (9340).

Además, en la zona de actuación se ubican varias Áreas Importantes para las Aves (IBAs), como la IBA 193 Tarancón-Ocaña-Corral de Almaguer, IBA 194 Llanos de Tembleque-La Guardia, IBA 195 Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan, IBA 196 Complejo Lagunar de Pedro Muñoz-Manjavacas y la IBA 204 Montes de Toledo-Cabañeros. Respecto a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Castilla-La Mancha, el trazado discurre por zonas de importancia para el buitre negro, zonas de importancia para el águila imperial ibérica y zonas de importancia para el lince ibérico, así como por la Microrreserva de Vellapseudocitysus subsp. Pseudocitysus. El trazado discurre próximo a varios refugios de fauna y a las Reservas Naturales de Complejo lagunar de Alcázar de San Juan y Laguna de Salicor.

Patrimonio histórico-cultural y vías pecuarias. En las proximidades del trazado se encuentran diversos elementos arqueológicos de interés, entre los que se destaca el Bien de Interés Cultural (BIC) Cerro Calderico. Asimismo, cercanas a las obras se encuentran las siguientes vías pecuarias, sobre las que se esperan afecciones de tipo temporal: Cañada Real Soriana, Cañada Real de Alcázar, Cañada Real Vereda de Sevilla y Cañada de las Merinas, así como una colada, dos cordeles y una vereda sin nombre específico.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

3.1.1 Entrada documentación inicial. Con fecha 7 de junio de 2005, tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el documento inicial del proyecto Ampliación del abastecimiento de agua a la Mancomunidad del Algodor (Toledo) para iniciar el procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 19 de abril de 2006, se inicia el periodo de consultas a organismos y entidades. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Organismos consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente

X

Diputación provincial de Toledo

Subdelegación del Gobierno en Toledo

Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Facultad de Ciencias del Medio Ambiente de la Universidad de Castilla-La Mancha

ADENA

SEO/BirdLife

Ecologistas en Acción

Greenpeace

Amigos de la Tierra

Asociación Castellano-Manchega Defensa del Patrimonio Cultural (ACMADÉN)

Ayuntamiento de Ajofrín (Toledo)

Ayuntamiento de Almonacid de Toledo (Toledo)

Ayuntamiento de Cabañas de Yepes (Toledo)

Ayuntamiento de Cabezamesada (Toledo)

Ayuntamiento de Camuñas (Toledo)

Ayuntamiento de Chueca (Toledo)

Ayuntamiento de Ciruelos (Toledo)

Ayuntamiento de Consuegra (Toledo)

Ayuntamiento de Corral de Almaguer (Toledo)

Ayuntamiento de Dosbarrios (Toledo)

Ayuntamiento de El Toboso (Toledo)

Ayuntamiento de El Romeral (Toledo)

Ayuntamiento de Huerta de Valdecarábanos (Toledo)

Ayuntamiento de La Guardia (Toledo)

Ayuntamiento de Lillo (Toledo)

Ayuntamiento de Los Yébenes (Toledo)

X

Ayuntamiento de Madridejos (Toledo)

Ayuntamiento de Manzaneque (Toledo)

Ayuntamiento de Marjaliza (Toledo)

Ayuntamiento de Mascaraque (Toledo)

Ayuntamiento de Mazarambroz (Toledo)

Ayuntamiento de Miguel Esteban (Toledo)

Ayuntamiento de Mora (Toledo)

Ayuntamiento de Noblejas (Toledo)

Ayuntamiento de Ocaña (Toledo)

Ayuntamiento de Ontígola (Toledo)

Ayuntamiento de Orgaz (Toledo)

Ayuntamiento de La Puebla de Almoradiel (Toledo)

Ayuntamiento de Quero (Toledo)

Ayuntamiento de Quintanar de la Orden (Toledo)

Ayuntamiento de Sonseca (Toledo)

Ayuntamiento de Tembleque (Toledo)

X

Ayuntamiento de Turleque (Toledo)

Ayuntamiento de Urda (Toledo)

Ayuntamiento de la Villa de Don Fadrique (Toledo)

Ayuntamiento de Villacañas (Toledo)

Ayuntamiento de Villafranca de los Caballeros (Toledo)

Ayuntamiento de Villaminaya (Toledo)

Ayuntamiento de Villamuelas (Toledo)

Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete (Toledo)

Ayuntamiento de Villanueva de Bogas (Toledo)

Ayuntamiento de Villarrubia de Santiago (Toledo)

Ayuntamiento de Villasequilla (Toledo)

Ayuntamiento de Villatobas (Toledo)

Ayuntamiento de Yepes (Toledo)

El contenido más destacable de las respuestas recibidas se resume a continuación:

Vegetación. La Dirección General de Calidad Ambiental indica que la mayor parte de la superficie por la que discurre el trazado es zona de cultivos, sin embargo, existen zonas de vegetación natural ocupadas por pino carrasco y matorral mixto gipsófilo (de Ocaña a Tembleque), encinares, coscojares y quejigares (en Villafranca y Villatobas), donde se indica que se deberán respetar los ejemplares y rodales sobresalientes de especies arbóreas.

Espacios naturales protegidos. La Dirección General para la Biodiversidad del entonces Ministerio de Medio Ambiente y la Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Castilla-La Mancha, informan que el trazado coincide con los LICs Yesares del Valle del Tajo, Humedales de La Mancha, Montes de Toledo y las ZEPAs Humedales de La Mancha y Montes de Toledo, y de forma indirecta podría afectar a la ZEPA Área esteparia de La Mancha Norte. Además, la Dirección General para la Biodiversidad menciona la existencia de hábitats de interés comunitario fuera de la Red Natura 2000 que pueden resultar potencialmente afectados, siendo los siguientes prioritarios: estepas salinas mediterráneas (1510)*, vegetación gipsícola ibérica (1520)* y zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea (6220)*.

La Dirección General de Calidad Ambiental informa que el tramo que atraviesa el término municipal de Ontígola, transcurre en algunas áreas por el Espacio Natural Protegido Microrreserva del Área Crítica de Vella pseudocytisus subsp. Pseudocytisus. En este sentido, la Dirección General de Evaluación Ambiental y la Dirección General de Medio Natural ambas de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, consideran que la conducción discurrirá por la Microrreserva de Vellapseudocytisus subs. pseudocytisus durante 3.807 m, así como por el LIC y ZEPA Humedales de la Mancha durante 1.800 m y el LIC Yesares del Tajo durante 900 m.

Fauna. La Dirección General para la Biodiversidad destaca la potencial afección del proyecto a especies animales en peligro de extinción según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, como es el caso de la malvasía cabeciblanca (Oxyura leucocephala), el avetoro (Botaurus stellaris) y el lince ibérico (Lynx pardinus).

La Dirección General de Calidad Ambiental indica que se producirán afecciones sobre especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. Asimismo, en los tramos de Sonseca a Chueca, de Marjaliza a Los Yébenes y de Urda al depósito de Madridejos, la conducción discurre por una zona de importancia de águila imperial (Aquila adalberti) y buitre negro (Aegypius monachus), ambas especies clasificadas en peligro de extinción. Entre Marjaliza y Manzaneque se ubica una zona de importancia de cigüeña negra (Ciconia nigra) catalogada en peligro de extinción, mientras que la zona de importancia del lince (Lynx pardinus) catalogado en peligro de extinción, abarca los términos municipales de Sonseca, Orgaz, Los Yébenes, Consuegra y Madridejos.

Patrimonio. La Delegación Provincial de Cultura de Toledo perteneciente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, indica que las actuaciones se localizan en un área de alta susceptibilidad de afección al patrimonio histórico, debiendo el promotor realizar un estudio de valoración de afecciones al patrimonio histórico.

Afección Ambiental. La Dirección General para la Biodiversidad considera que las afecciones más significativas son las derivadas del desbroce de la vegetación y las excavaciones para las conducciones y los depósitos, así como las molestias sobre la avifauna durante las obras. Asimismo, indica que se deberá analizar en mayor profundidad la afección a la Red Natura 2000 y hábitats naturales de interés comunitario ubicados fuera de dicha red. Se deberá analizar igualmente la potencial afección sobre las aguas subterráneas, principalmente en las proximidades del LIC Humedales de La Mancha. Por otro lado, se deben tener en consideración las molestias sobre la avifauna, especialmente sobre las aves esteparias o aquellas que emplean las lagunas de la zona como área de refugio, invernada, nidificación y/o descanso.

La Dirección General de Calidad Ambiental considera necesario cambiar el trazado en Ontígola para evitar la afección que se puede producir sobre la especie Vellapseudocytisus subs. pseudocytisus, e indica que el trazado modificado deberá mantener una franja de 10 metros a las áreas con presencia de esta especie y en el seguimiento se verificará que no se afecta a ningún ejemplar. También estima aconsejable introducir especies gipsófilas en zonas de sustrato yesoso, durante las tareas de revegetación.

Alternativas. La Dirección General para la Biodiversidad expone que no se proponen alternativas de trazado a excepción del tramo que afecta a la Microrreserva de flora Vella pseudocitysus subsp. pseudocitysus y consideran que no está justificada la elección de la alternativa 0, por ser la que mayor afección produce sobre esta zona.

Respeto a las alternativas de trazado presentadas para el tramo Ocaña-Ontígola, la Dirección General de Evaluación Ambiental y la Dirección General de Medio Natural, ambas pertenecientes a la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, concluyen que la alternativa más adecuada es la alternativa A2 con una longitud total de tramo de 3.910 m, puesto que prácticamente la totalidad del trazado discurre por caminos, alejándose del área crítica para la especie Vellapseudocytisus subs. Pseudocytisus, que únicamente resulta afectada en un tramo de 50 m en las inmediaciones de un depósito existente, aunque esta afección se minimizaría aprovechando el camino que lleva a esa infraestructura y posteriormente llevando la tubería a través del olivar colindante.

Medidas ambientales. La Dirección General para la Biodiversidad considera que será imprescindible un calendario de obras debido a la numerosa avifauna presente en la zona, evitando trabajar durante los periodos críticos de los taxones presentes en las ZEPAs afectadas por el proyecto.

La Dirección General de Medio Natural indica que cuando la traza discurra por caminos próximos a la especie Vellapseudocytisus subs. Pseudocytisus, se disponga de cerramientos temporales, así como del jalonamiento de todos los ejemplares de especies protegidas que se encuentren.

La Dirección General de Calidad Ambiental estima necesario que el proyecto se someta al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, ya que ejerce una afección considerable sobre el medio.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

Con fecha 5 de julio de 2006, se emite Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del entonces Ministerio de Medio Ambiente, por la que se adopta la decisión de someter a evaluación del impacto ambiental el proyecto, promovido entonces por la Confederación Hidrográfica del Tajo, dándose traslado de las contestaciones recibidas e indicando los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

3.2.1 Recepción del estudio de impacto ambiental y expediente de información pública. Con fecha 13 de mayo de 2011, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente de información pública, que comprendía el estudio de impacto ambiental, así como las alegaciones y los informes de las administraciones públicas consultadas durante ese período.

3.2.2 Información pública. Resultado. Con fecha de 19 de octubre de 2010, se publicó el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre la información pública del proyecto y estudio de impacto ambiental de ampliación del abastecimiento de agua a la Mancomunidad del Algodor (Toledo) en el Boletín Oficial del Estado, número 253, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, número 243, de 22 de octubre de 2010.

Transcurrido el plazo de 30 días siguientes para la presentación de alegaciones, que fija la resolución anteriormente mencionada, se han recibido 13 escritos de alegación o informes. El expediente de información pública recibido incluye una copia del informe de Abogacía del Estado en Madrid, el cual indica que el expediente se ha tramitado correctamente, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

3.2.3 Consulta a administraciones ambientales afectadas. Resultado. Durante el proceso de información pública, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, se consultó a las administraciones públicas afectadas que fueron previamente consultadas.

Con fecha 25 de octubre de 2011, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental requirió al promotor la correcta aplicación del artículo 9.5 de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, debiendo el promotor tomar en consideración lo indicado en los informes recibidos y dar respuesta a todas y cada una de las cuestiones planteadas en los mismos. La mencionada documentación solicitada fue enviada por la Sociedad Estatal de Aguas de las Cuencas del Sur (ACUASUR), y recibida con fecha 21 de noviembre de 2011.

Los aspectos ambientales más significativos de dichos informes recibidos, así como de las alegaciones efectuadas, se exponen a continuación:

Espacios naturales protegidos. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal considera que el trazado coincide en varios puntos con los LIC Yesares del Valle del Tajo, Humedales de La Mancha, y la ZEPA Humedales de La Mancha y que algunos tramos se localizan sobre hábitats de interés comunitario. Asimismo, resultará afectada la Microrreserva de flora Vella pseudocitysus subsp. pseudocitysus, especie vulnerable según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha, aunque indica que la alternativa seleccionada, minimiza la afección a la zona crítica de dicha especie.

La Dirección General de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha informa de una posible afección sobre las Lagunas y albardinales del Cigüela en trámite de declaración, además de sobre las comunidades gipsícolas, las galerías fluviales arbóreas y arbustivas del tipo alamedas blancas y las galerías fluviales arbóreas y arbustivas del tipo tarayales, declaradas hábitats de protección especial por la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha.

Paisaje. La Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente en Toledo propone retranquear, siempre que sea posible, la ubicación de las instalaciones y el trazado de las conducciones aprovechando corredores humanizados para minimizar la afección. Asimismo, indica que se deberá prestar atención a la integración paisajística y cromática de las infraestructuras previstas.

Vías pecuarias. La Dirección General de Evaluación Ambiental indica que hay afecciones numerosas a dichas vías, por lo que deberán solicitarse las correspondientes autorizaciones de ocupación.

Residuos. La Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de Castilla-La Mancha, recuerda la legislación vigente en la materia, e indica que los residuos de construcción y demolición, como opción prioritaria, deben ser reutilizados en la propia obra.

La Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente en Toledo considera que se evitará la ubicación de cualquier actuación en zonas de erosión o escorrentía, y que se asegurará el aislamiento del suelo en aquellas zonas que puedan tener contacto con residuos y vertidos susceptibles de provocar infiltraciones en el terreno, como balsas de decantación, almacenamiento de combustibles, lavado de hormigoneras, parque de maquinaria, etc. En este sentido, se indica que todos los residuos generados, independientemente del origen, deberán cumplir toda la normativa relativa a residuos.

Afección ambiental. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, indica que la principal afección esperada sobre el entorno del LIC/ZEPA Humedales de La Mancha será el riesgo de contaminación de las aguas subterráneas como consecuencia de las excavaciones. Se destaca además la afección directa a la Microrreserva de flora Área crítica de Vella pseudocitysus subsp. pseudocitysus, a pesar de reducir la banda de ocupación temporal de 21 a 8 m. En cuanto a la fauna, se considera que puede resultar afectada por el incremento del ruido ambiental y la destrucción de hábitats faunísticos.

Medidas ambientales. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal considera que se deberán disponer las instalaciones auxiliares fuera de las zonas con algún tipo de figura de protección, impermeabilizándolas para evitar cualquier vertido de sustancias contaminantes, y los accesos se deben realizar por caminos existentes. Con objeto de proteger la fauna del lugar se localizarán nidos y refugios de fauna, previo al inicio de las obras, se establecerá un adecuado calendario de obra y se establecerán sistemas de escape de las zanjas para los pequeños vertebrados. Se solicita que la franja de ocupación de las obras sea de 8 m en el trazado que afecte al LIC Yesares del Valle del Tajo y el LIC/ZEPA Humedales de La Mancha, además de las áreas críticas o de importancia para especies faunísticas.

La Dirección General de Evaluación Ambiental indica que cualquier afección a la vegetación natural de matorral o arbolado, o cualquier actuación que modifique la composición o estructura de la vegetación de las orillas y márgenes, así como la extracción de plantas acuáticas, quedarán sujetas a la autorización de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Asimismo, la mencionada Dirección General recuerda la aplicación de la legislación vigente en Castilla-La Mancha en materia de incendios forestales.

La Dirección General de Evaluación Ambiental con objeto de evitar la afección al Área crítica de la Vella pseudocitysus subsp. Pseudocitysus en el ramal Ocaña-Ontígola, considera que la tubería deberá discurrir por el olivar existente (parcela 1; polígono 17; Ontígola) a través del camino de acceso al depósito. Asimismo, se deberán evitar las afecciones a las formaciones gipsícolas en la parcela 43, del polígono 22 de Ontígola, situando las obras en las tierras agrícolas fuera de la parcela. En los tramos que colindan con el área crítica de la especie protegida anteriormente mencionada, las obras se reducirán a la servidumbre de la infraestructura, que generalmente coincide con el ancho de 5 m del camino, eliminando las ocupaciones temporales y trasladando las tierras excavadas fuera de la Microrreserva. En aquellos puntos donde el ancho del camino sea menor de 5 m, se ocuparán los terrenos donde no haya vegetación protegida. El tránsito de la maquinaria se restringirá a los caminos existentes. Los trabajos deberán estar supervisados por el agente medioambiental de la zona y por los técnicos del Servicio de Áreas Protegidas y Biodiversidad, a los que se deberá comunicar el inicio y calendario de los trabajos, así como el señalamiento y replanteo de los pies de arbolado.

La Dirección General de Evaluación Ambiental indica respecto al plan de restauración, que dichos trabajos incluirán la remodelación del terreno y la recuperación de las formaciones vegetales, incluyendo todos los terrenos afectados por las obras con cubierta vegetal natural, dentro o fuera de la Red Natura 2000. Los aportes de tierra vegetal procederán, a ser posible, de la propia obra y se emplearán especies autóctonas presentes en la zona de forma natural. Asimismo, se establecen una serie de criterios para la restauración: ampliar la densidad de plantación a 200 pies/ha para el caso de la encina y en la zona de dispersión del águila imperial o con presencia significativa de conejo de monte, la plantación se realizará formando bosquete de encina; se descarta el empleo del brezo en las repoblaciones de matorrales mediterráneos y eriales; en cuanto a la vegetación de ribera se acepta el uso de chopos y taray, pero indican que deberá descartarse el sauce, espino negro o madreselva, especialmente en el río Cigüela en el entorno del LIC/ZEPA Humedales de La Mancha; en cuanto a la vegetación gipsófila y halonitrófila, se optará por la colonización natural de los terrenos a partir de las especies representadas en el banco de semillas del suelo y de los propágulos provenientes de las áreas vecinas no alteradas. Por lo tanto, en terrenos con estas formaciones, coincidentes con los tramos Ocaña-Ontígola, Yepes-Huerta de Valdecarábanos y Huerta de Valdecarábanos-Villasequilla, se recuperará la topografía original del terreno, y se empleará tierra vegetal en la superficie de las zanjas y zonas con movimientos de tierra con la capa de suelo de 30-40 cm retirado al inicio de las obras. Además, se compactarán ligeramente los terrenos para dificultar el acceso de especies ruderales invasoras y en zonas con pendiente se tomarán las medidas adecuadas para proteger el suelo.

La Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente en Toledo considera adecuadas las medidas propuestas, aun así se indica que se deberá comunicar a dicha Delegación el inicio y finalización de los trabajos, cuando se prevea afección a recursos naturales protegidos.

Medidas complementarias. La Dirección General de Evaluación Ambiental propone la adquisición y donación a la administración medioambiental de una superficie de 1 ha de terreno adecuado para fomentar la mejora de las Áreas o Recursos Naturales Protegidos. Respecto a los terrenos a adquirir, se propone que sean polígonos, parcelas o recintos pertenecientes al Área Potencial de la Microrreserva de la Vella pseudocytisus subsp. pseudocytisus o en las inmediaciones del río Cigüela. Además, considera muy adecuada la adopción de medidas preventivas en las labores de siega y la adecuación de los calendarios de siembra a las épocas de nidificación de las especies esteparias.

Seguimiento. La Dirección General de Evaluación Ambiental considera que se deberá incluir la evaluación del porcentaje de marras de las repoblaciones o el porcentaje de superficie y grado de cobertura herbácea en los terrenos donde estuviera prevista la revegetación natural. En caso de no haberse obtenido lo previsto, se deberán analizar las causas del fracaso y tomar medidas al respecto.

3.2.4 Modificaciones introducidas por el promotor en el proyecto. Con fecha 21 de noviembre de 2011, el promotor envía escrito en el que informa que se incluyen en los proyectos constructivos las consideraciones ambientales establecidas en los informes recibidos, incluido el enviado por la Dirección General de de Evaluación Ambiental, recibido con posterioridad. Con ello el promotor indica que, para el enlace con el camino de la Angostura, ubicará las obras fuera de la parcela 43 del polígono 22 (T.M. Ontígola), donde se encuentran las formaciones gipsícolas protegidas. En el resto del tramo, se intentará restringir las obras al camino, evitando las ocupaciones temporales a los lados del mismo y trasladando los excedentes a parcelas fuera de la Microrreserva. En aquellos tramos donde el ancho del camino resulte insuficiente, se ocuparán temporalmente las parcelas sin vegetación protegida. En todo caso, el promotor indica que se procederá al jalonamiento y tendrán tratamiento de zonas restringidas las parcelas del catastro de rústica de Ocaña siguientes: 49, 217, 229, 230 (subparcelas a, b y c), 357 y 361, del polígono 17.

Asimismo, el promotor acepta el trazado propuesto de la variante 2 para el ramal de Ocaña-Ontígola, y modifica el trazado de la tubería para que discurra a través del camino de acceso al depósito, atravesando hasta ese punto por el olivar existente en la parcela 1 del polígono 17 del término municipal de Ontígola, tal como indica el siguiente croquis:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Croquis representando la última parte del tramo Ocaña-Ontígola

Asimismo, el promotor indica que, dentro del plan de restauración incluido en el estudio de impacto ambiental, se adoptarán los criterios de restauración establecidos por la Dirección General de Evaluación Ambiental, y el seguimiento de los resultados de dichas actuaciones, será convenientemente incluido en el programa de vigilancia ambiental.

El promotor indica que comprará y donará una superficie de 1 hectárea contigua a parcelas o recintos pertenecientes al Área Potencial de la Microreserva de la Vella pseudocytisussubsp. pseudocytisus o en las inmediaciones del río Cigüela, tal como ha sido solicitado.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. El estudio de impacto ambiental establece dos posibles alternativas para el trazado de las conducciones, la alternativa 1 que busca el mallado de la red de abastecimiento y la alternativa 2, que considera la falta de presión de localidades ubicadas fuera del ámbito del sector 1. Dentro de estas alternativas se han considerado cinco variantes de trazado (opciones 1.1, 1.2, 2.1, 2.2 y 2.3) ideadas para minimizar las afecciones sobre espacios naturales protegidos, hábitats de interés comunitario, LICs y ZEPAs y para aproximar la traza a infraestructuras lineales existentes. Estas alternativas sólo se plantean para una parte del trazado, puesto que el 66,55 % de la red discurre por ramales comunes.

A continuación se muestra un croquis con las alternativas planteadas:

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La valoración ambiental de las cinco alternativas se fundamenta en las posibles afecciones de cada alternativa sobre el suelo, la vegetación, la fauna, el dominio público hidráulico, los espacios protegidos, los hábitats de interés comunitario, el paisaje y el consumo energético, estos dos últimos durante la fase de explotación. De la valoración realizada se desprende que todas las alternativas se consideran prácticamente compatibles en cuanto a afección ambiental. La alternativa seleccionada 1.2., es la que menor repercusión ambiental presenta en el análisis realizado, además de minimizar el coste total.

Además, se realizan trece variaciones puntuales, concretamente en los tramos 1, 5, 6, 7, 11, 14, 23, 28, 29, 30, 31, 37 y 39 de los sectores 1, 2 y 5, para minimizar la afección sobre el patrimonio cultural existente.

Asimismo, para el trazado de las conducciones por la Microrreserva de flora Área Crítica de Vella pseudocitysus ssp. pseudocitysus, se plantean tres variantes:

Variante 0: Similar a la alternativa del trazado original, adaptándose al camino de Ocaña a Ontígola. Con una longitud de 3.690 m, de los cuales 2.226 m discurren por la zona potencial de la especie, 302 m por la zona crítica y 1.162 m en la divisoria entre zona potencial y zona crítica.

Variante 1: Se apoya en caminos existentes, con una longitud de 4.015 m; 3.129 m por la zona potencial, 788 m en la divisoria entre zona potencial y crítica y 98 m por zona crítica.

Variante 2: Variante intermedia que discurre por tierras de labor, con una longitud de 3.910 m de los que 3.530 m discurren por el interior de la zona potencial, 330 m por zona divisoria y 50 m por zona crítica, que se corresponde con la conexión del depósito existente.

De estas tres variantes planteadas se selecciona la variante 2, puesto que es la opción que minimiza las afecciones sobre la Microrreserva de flora, con las variaciones realizadas por el Servicio Provincial de Toledo de Áreas Protegidas y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas y correctoras previstas por el Promotor. Seguimiento ambiental.

A continuación se recogen los impactos más significativos, así como las medidas protectoras y correctoras diseñadas en el estudio de impacto ambiental y las que han sido integradas por el promotor tras el proceso de información pública.

Calidad atmosférica y ruido. La principal afección se producirá como consecuencia del aumento del polvo y del ruido en la zona derivado de los movimientos de tierra y de maquinaria. El promotor señala en el estudio de impacto ambiental que se realizarán periódicamente operaciones de riego sobre los caminos de rodadura, se revisará la maquinaria para reducir los niveles sonoros y las obras se ejecutarán durante el día.

Suelo. Según el estudio de impacto, debido a los movimientos de tierra, los suelos afectados quedarán desprotegidos de vegetación, incrementando los riesgos de erosión, para lo que se propone un diseño de sistemas de drenajes en los taludes generados, además de limitar la apertura de nuevos viales de obra. Asimismo, el promotor ubicará las instalaciones auxiliares sobre terrenos agrícolas sin protección.

No se prevé una alteración de la geomorfología ni de la estabilidad de los suelos, pero es posible que se produzca una compactación de los mismos. Para evitar estas afecciones se señalizarán las zonas de paso de maquinaria, parques de maquinaria y las de acopio de materiales, para que se realicen siempre en los mismos lugares. Además se delimitarán zonas de limpieza y mantenimiento de maquinaria, impermeabilizadas, con sistemas de recogida y desbaste de aguas.

Hidrología. Se prevé una posible afección a la calidad de las aguas por el incremento de las partículas en suspensión y posibles vertidos accidentales, así como una alteración de los cauces. Para evitarlo no se depositarán materiales sobrantes en los cauces ni en sus márgenes, localizando los parques de maquinaria e instalaciones auxiliares alejados de los cursos de agua y de las zonas de recarga de acuíferos.

Vegetación y usos del suelo. El estudio de impacto ambiental señala que se producirá una pérdida de vegetación natural consecuencia del desbroce en toda la banda de expropiación de las conducciones, los depósitos y los accesos necesarios. El trazado planteado en el estudio, y posteriormente modificado según el punto 3.2.4, minimiza los posibles impactos sobre la Microrreserva para la protección de Vella pseudocytisus subsp. pseudocytisus.

Para minimizar la afección a la vegetación existente el promotor pretende jalonar las formaciones vegetales de mayor interés, como las formaciones gipsícolas incluidas dentro de la Microrreserva de Vella pesudocytisus subsp. pesudocytisus. En este sentido, el promotor tratará como zonas protegidas y jalonará las parcelas 49, 217, 229, 230 (subparcelas a, b y c), 357 y 361, del polígono 17 del término municipal de Ocaña y la parcela 43 del polígono 22 del término municipal de Ontígola. También jalonará las manchas de encinar bien desarrollado, las formaciones de vegetación de ribera y las zonas con presencia de hábitats de interés comunitario. Asimismo, el promotor respetará el arbolado existente, especialmente las especies autóctonas y de ribera, potenciando el trasplantado frente a la tala. En las operaciones de desmonte se retirará la tierra vegetal del suelo, colocándola en acopios de altura no superior a 1,5 m de altura y manteniéndola húmeda.

Red Natura 2000. El estudio propone la restauración ambiental de las áreas ocupadas por la zanja que alberga la tubería en el interior del LIC Yesares del Valle del Tajo y el LIC y ZEPA Humedales de La Mancha, mediante siembras de especies herbáceas y plantaciones de especies arbóreas y arbustivas propias de cada zona. Para esta restauración el promotor utilizará los criterios de restauración propuestos por la Dirección General de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, y se realizarán en coordinación con la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Se realizarán estudios previos para la detección de zonas de cría de las principales especies de fauna, y la detección de especies de flora de especial interés. Asimismo, las obras se ejecutarán fuera del periodo de cría de las especies de fauna y fuera del periodo de estancia de las especies migratorias más representativas.

El promotor está de acuerdo, tal como indica la Dirección General de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, con llevar a cabo la adquisición y donación a la administración medioambiental de una superficie de 1 ha de terreno adecuado para fomentar la mejora de las Áreas o Recursos Naturales Protegidos. Respecto a los terrenos a adquirir, la mencionada Dirección General ha propuesto que sean polígonos, parcelas o recintos pertenecientes al Área Potencial de la Microrreserva de la Vella pseudocytisus subsp. pseudocytisus o en las inmediaciones del río Cigüela.

Fauna. Tal como indica el estudio de impacto ambiental, al tratarse de una conducción de agua potable soterrada, las afecciones sobre la permeabilidad al paso de fauna son prácticamente nulas, esperándose pequeñas afecciones temporales durante la fase de ejecución de las obras y el inicio de la fase de explotación, como consecuencia directa del aumento de la presencia humana y del incremento de los niveles de ruidos y vibraciones, especialmente sobre las especies más sensibles como la avutarda.

Para reducir las molestias a la fauna, el promotor informa que se realizarán las tareas más molestas fuera de las épocas de reproducción de las principales especies existentes, en las zonas de cruce de las conducciones con el LIC Yesares del Valle del Tajo, el LIC/ZEPA Humedales de la Mancha y la zona situada al oeste de Consuegra, de importancia para el águila imperial ibérica y el buitre negro. Además, el promotor adoptará calendarios de siembra y recogida en los cultivos aledaños, de manera que se tengan en cuenta los periodos críticos para las aves esteparias que nidifican en dichos campos de cultivo. Se establece un cronograma con limitaciones temporales a respetar para cada tramo de actuación, garantizando la protección de las poblaciones animales de mayor relevancia y sensibilidad presentes en el entorno de las actuaciones.

Como medida preventiva, el EsIA indica que en las labores de siega mecanizada de los terrenos cultivados, se tratará de localizar las nidadas, se marcará un círculo de protección alrededor, y se dejará ese punto sin cosechar.

Paisaje. El principal impacto durante la fase de ejecución de las obras se produce debido a los movimientos de tierras y al desbroce y eliminación de vegetación para la ejecución de accesos, zanja de conducciones y para la construcción de las infraestructuras asociadas. La presencia de las obras y de las instalaciones producirá una intrusión visual que alterará la calidad paisajística de la zona.

El promotor destaca que los residuos generados serán retirados lo antes posible para reducir el impacto visual de los mismos. Para reducir el impacto de los depósitos y las estaciones de bombeo durante la fase explotación, se emplearán pantallas de vegetación y construcciones acordes con el entorno y la arquitectura de la zona.

Asimismo, los acopios de materiales de construcción y de tierra vegetal, así como las instalaciones auxiliares de obra se ubicarán de manera que su visibilidad, desde puntos sensibles, sea reducida.

Vías pecuarias. Las afecciones previstas sobre las vías pecuarias serán de tipo puntual y fácilmente recuperables. El estudio considera la adecuada reposición del dominio público pecuario.

Patrimonio. La posible afección se produce durante la fase de construcción debido al movimiento de tierras y de la maquinaria, ya que cabe la posibilidad de afectar a varios yacimientos arqueológicos.

El EsIA indica que se han integrado en el proyecto de construcción, todas y cada una de las prescripciones señaladas por la Consejería de Cultura de Castilla-La Mancha, así como los resultados de la campaña de prospecciones arqueológicas realizadas sobre toda la superficie de actuación. En consecuencia, se han planteado variantes de trazado al objeto de proteger yacimientos arqueológicos inventariados y sus entornos de exclusión. Se realizará vigilancia arqueológica durante los movimientos de tierra, control arqueológico directo y permanente de la cubierta superficial de 15 ámbitos de interés arqueológico, y se realizará delimitación, caracterización estratigráfica y peritación arqueológica de 3 yacimientos arqueológicos y un hallazgo aislado. Asimismo, se ha modificado la ubicación del depósito de Consuegra, para evitar afecciones directas o indirectas sobre el BIC Cerro Calderico y su entorno de exclusión.

Seguimiento ambiental. Tal como indica el EsIA, previo al inicio de las obras se establecerá un protocolo de coordinación que rija las relaciones informativas entre la constructora y la Dirección de Obra, bajo la supervisión de la Dirección Ambiental de la Obra. Durante la construcción se realizará el seguimiento del correcto replanteo de las obras, trabajos de desbroce y excavación, control de emisiones de polvo y ruido y afecciones a suelos, calidad de aguas subterráneas, gestión de tierras sobrantes, residuos y la no realización de vertidos, seguimiento y protección de los hábitats terrestres y las poblaciones animales, control de siembras y plantaciones, control de afecciones al patrimonio cultural y vías pecuarias, y la correcta limpieza de los restos de obra al finalizar la misma. Durante la fase de explotación se realizará un seguimiento de las medidas de revegetación, así como de las medidas preventivas en las labores de siega y la adecuación de los calendarios de siembra a las épocas de nidificación de las especies esteparias.

5. Condiciones al proyecto

Con el fin de complementar las medidas preventivas y correctoras establecidas por el promotor, y garantizar la conservación de los elementos del medio, el proyecto constructivo deberá incluir los siguientes condicionantes:

5.1 Con objeto de evitar la afección al Área crítica de la Vella pseudocitysus subsp. Pseudocitysus en el ramal Ocaña-Ontígola, se considera que la variante 2 deberá discurrir en la última parte del tramo, por el olivar existente (parcela 1; polígono 17; Ontígola) a través del camino de acceso al depósito. Asimismo, se deberán evitar las afecciones a las formaciones gipsícolas en la parcela 43, del polígono 22 de Ontígola, situando las obras en las tierras agrícolas fuera de la parcela. En los tramos que colindan con el área crítica de la especie protegida anteriormente mencionada, las obras se reducirán a la servidumbre de la infraestructura, que generalmente coincide con el ancho de 5 m del camino, eliminando las ocupaciones temporales y trasladando las tierras excavadas fuera de la Microrreserva. En aquellos puntos donde el ancho del camino sea menor de 5 m, se ocuparán los terrenos donde no haya vegetación protegida. El tránsito de la maquinaria se restringirá a los caminos existentes. Los trabajos deberán estar supervisados por el agente medioambiental de la zona y por los técnicos del Servicio de Áreas Protegidas y Biodiversidad, a los que se deberá comunicar el inicio y calendario de los trabajos, así como el señalamiento y replanteo de los pies de arbolado. Todo tal como ha indicado por la Dirección General de Evaluación Ambiental.

5.2 Tal como propone la Dirección General de Evaluación Ambiental, el promotor realizará la adquisición y donación a la administración medioambiental de una superficie de 1 ha de terreno adecuado para fomentar la mejora de las Áreas o Recursos Naturales Protegidos. Respecto a los terrenos a adquirir, se propone que sean polígonos, parcelas o recintos pertenecientes al Área Potencial de la Microrreserva de la Vella pseudocytisus subsp. pseudocytisus o en las inmediaciones del río Cigüela.

5.3 Cualquier afección a la vegetación natural de matorral o arbolado, o su roturación, requerirá autorización de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, tal y como indica la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.

5.4 Tal como indica la Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial de Castilla-La Mancha, queda sujeta a autorización de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, cualquier actuación que modifique la composición o estructura de la vegetación de las orillas y márgenes en las zonas de servidumbre de las aguas públicas, embalses, cauces y canales de derivación y riego, así como la extracción de plantas acuáticas.

5.5 Se deberán contemplar las medidas de prevención de incendios establecidas en la legislación vigente en Castilla-La Mancha en materia de incendios forestales.

5.6 Antes de comenzar las obras, se llevarán a cabo recorridos visuales en la zona de actuación y áreas anejas asociadas a la obra, a fin de localizar nidos y refugios de fauna. Se establecerá un calendario con la planificación de las obras, en función de las épocas de reproducción y cría de la fauna presente. Durante las obras se establecerán a lo largo de las zanjas, sistemas de escape para pequeños vertebrados.

5.7 Se solicitarán las autorizaciones de ocupación de vías pecuarias a la Sección de Vías Pecuarias de la Delegación de Toledo de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, y se deberá atender a lo establecido en la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.

5.8 La Dirección General de Evaluación Ambiental establece una serie de criterios señalados en el apartado 3.2.3 Medidas ambientales, en relación al plan de restauración, que serán tenidos en cuenta en el mismo.

5.9 Durante la fase de explotación se realizará un seguimiento de las medidas de revegetación, teniendo en cuenta el porcentaje de marras en las repoblaciones, o porcentaje de superficie y grado de cobertura herbácea en el caso de la revegetación natural. Asimismo, se realizará un adecuado seguimiento de las medidas preventivas establecidas en las labores de siega y de la adecuación de los calendarios de siembra a las épocas de nidificación de las especies esteparias.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Ampliación del abastecimiento de agua a la mancomunidad del Algodor (Toledo), concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Madrid, 13 de junio de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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