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Documento BOE-A-2012-14293

Orden SSI/2485/2012, de 5 de noviembre, por la que se clasifica la Fundación CISA Central Integral de Servicios Aspanias y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 20 de noviembre de 2012, páginas 80806 a 80807 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-14293

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación CISA Central Integral de Servicios Aspanias resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación CISA Central Integral de Servicios Aspanias.

Fines: La fundación persigue los siguientes fines de interés general:

La inclusión social y laboral de las personas con discapacidad, preferentemente con discapacidad intelectual o del desarrollo, y de otras personas que presenten especiales dificultades de acceso al empleo, como pueden ser las personas con enfermedad mental.

Generar los apoyos y acompañamientos adecuados para cada persona con discapacidad, en un marco de itinerarios profesionales y vitales, que le garanticen la formación, el acceso y el mantenimiento del empleo, como claves para desarrollar su proyecto de vida.

Intervenir en los entornos familiares, vitales y comunitarios, que permitan lograr nuevas oportunidades de participación y la mayor implicación de estos entornos en el desarrollo del proyecto de vida de las personas con discapacidad.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación se establece en la calle Federico Olmeda, número 1, CP 09006, Burgos, y el ámbito de actuación será en todo el territorio del Estado.

Fundadores: La Asociación de Padres y Familiares de Personas con discapacidad intelectual o del desarrollo «ASPANIAS» y la Fundación ASPANIAS Burgos.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por las entidades fundadoras.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Burgos, don Francisco de Borja Romeo Montes, el día 28 de mayo de 2012, con el número 98 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, subsanada mediante diligencia realizada por el mismo Notario el 25 de julio del 2012.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Fulgencio Villafafila Prieto.

Vicepresidente: Doña Amanda Castañeda Sainz.

Secretario: Don Gregorio Camarero Tabera.

Vocales: Don Antonio Tajadura Ortega, doña María de las Mercedes Sánchez Martínez, don Aurelio Ruiz Marmolar, don Ángel Sancho Rodríguez, don Miguel Patón Sánchez- Herrera, don José Luis Arce Sebastián, doña Manuela Díez Nebreda y don José Luis Ortúñez Díez.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación CISA Central Integral de Servicios Aspanias cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 09-0308.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del Patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 5 de noviembre de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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