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Documento BOE-A-2012-12363

Resolución de 10 de septiembre de 2012, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones de la Modalidad A del subprograma de estancias de movilidad de profesores e investigadores extranjeros en centros españoles, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2012, páginas 70340 a 70342 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-12363

TEXTO ORIGINAL

Resolución de 10 de septiembre de 2012, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones de la Modalidad A del subprograma de estancias de movilidad de profesores e investigadores extranjeros en centros españoles, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria.

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 2008) se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha Orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

Por otra parte, en el artículo 7 de la Resolución de 17 de marzo de 2009 de la Secretaría de Estado de Universidades («BOE» de 2 de abril) y de la Orden EDU/1456/2010, de 26 de mayo («BOE» de 4 de junio) por la que se convocan subvenciones del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, se indica que las entidades a las que se adscriban los beneficiarios de las citadas convocatorias asumirán la condición de entidad colaboradora.

Al respecto y de conformidad con dicha normativa, las universidades y organismos receptores de beneficiarios de subvenciones de «Estancias de profesores e investigadores extranjeros, de acreditada experiencia, en régimen de año sabático en centros españoles» vienen suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración, en el que se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución de la Secretaría General de Universidades.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para «Estancias de profesores e investigadores extranjeros, de acreditada experiencia, en régimen de año sabático en centros españoles» y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en ciento veinticinco euros por beneficiario y año.

2. La compensación referida al ejercicio 2011, por un importe de 14.125.00 euros, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.01 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2012.

3. En el anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios activos en el ejercicio 2011, habiéndose minorado de dicha cuantía la abonada como anticipo por tal concepto, en la Resolución de 24 de diciembre de 2010, para beneficiarios cuyas estancias se extendían al citado ejercicio. Asimismo, a aquellos organismos que se han incorporado como entidades colaboradoras en el ejercicio 2011, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en el inicio de la gestión, se les abona 3.000,00 euros.

Madrid, 10 de septiembre de 2012.–La Secretaria General de Universidades, María Amparo Camarero Olivas.

ANEXO
Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de beneficiarios con estancias en 2011 de movilidad de profesores e investigadores extranjeros, de acreditada experiencia, en régimen de año sabático en centros españoles

Organismo

N.º total beneficiarios activos en 2011

N.º de beneficiarios no incluidos en la Resolución de 24-12-2010 cuya aportación se efectúa con cargo a esta Resolución

Cuantía total por gestión de beneficiarios

Cuantía por inicio como entidad colaboradora

Total a abonar por gastos de gestión

Centro de Tecnología Aeroespacial

1

1

125,00

3.000,00

3.125,00

Centro Internacional de Métodos Numéricos en Ingeniería

1

1

125,00

0,00

125,00

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

21

14

1.750,00

0,00

1.750,00

Consorci Centre de Recerca Matemática

2

2

250,00

0,00

250,00

Fundació Privada Institut de Recerca de l’Energía de Catalunya (IREC)

1

1

125,00

3.000,00

3.125,00

Fundació Privada Institut d’Investigació Biomédica de Bellvitge (IDIBELL)

1

1

125,00

0,00

125,00

Instituto de Astrofísica de Canarias

2

2

250,00

0,00

250,00

Instituto de Salud Carlos III de Madrid

2

2

250,00

0,00

250,00

Universidad Autónoma de Barcelona

3

2

250,00

0,00

250,00

Universidad Autónoma de Madrid

3

2

250,00

0,00

250,00

Universidad Carlos III

2

1

125,00

0,00

125,00

Universidad Complutense de Madrid

4

4

500,00

0,00

500,00

Universidad de Alcalá de Henares

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Alicante

1

0

0,00

0,00

0,00

Universidad de Barcelona

6

6

750,00

0,00

750,00

Universidad de Cantabria

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Granada

1

0

0,00

0,00

0,00

Universidad de las Islas Baleares

1

0

0,00

0,00

0,00

Universidad de León

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Málaga

2

2

250,00

0,00

250,00

Universidad de Murcia

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Oviedo

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Salamanca

2

2

250,00

0,00

250,00

Universidad de Santiago de Compostela

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Sevilla

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Valencia/Estudi General

5

3

375,00

0,00

375,00

Universidad de Valladolid

2

1

125,00

0,00

125,00

Universidad de Vigo

1

0

0,00

0,00

0,00

Universidad de Zaragoza

2

1

125,00

0,00

125,00

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

3

2

250,00

0,00

250,00

Universidad Politécnica de Cataluña

1

0

0,00

0,00

0,00

Universidad Politécnica de Madrid

1

0

0,00

0,00

0,00

Universidad Politécnica de Valencia

4

3

375,00

0,00

375,00

Universidad Pompeu Fabra

2

2

250,00

0,00

250,00

Universidad Pública de Navarra

1

1

125,00

0,00

125,00

Universidad Rey Juan Carlos

2

1

125,00

0,00

125,00

Universidad Rovira i Virgili

1

0

0,00

0,00

0,00

Universitat Jaume I de Castelló

1

1

125,00

0,00

125,00

Total

89

65

8.125,00

6.000,00

14.125,00

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