Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-11825

Resolución de 5 de septiembre de 2012, del Centro Español de Metrología, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2012, páginas 66510 a 66552 (43 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2012-11825

TEXTO ORIGINAL

La Orden EHA/2045/2011, de 14 julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, establece la obligación de publicar en el Boletín Oficial del Estado la información de las cuentas anuales que determina la Intervención General de la Administración del Estado en Resolución de 28 de mayo de 2012 de acuerdo con el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria.

En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Orden, resuelvo publicar en el Boletín Oficial del Estado el resumen de las cuentas anuales del Centro Español de Metrología para el ejercicio 2011 que se acompaña como anexo de la presente Resolución.

Tres Cantos, 5 de septiembre de 2012.–El Presidente del Centro Español de Metrología, P.D. (Resolución de 14 de febrero de 2003), el Director del Centro Español de Metrología, Fernando Ferrer Margalef.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

PROGRAMA 495C METROLOGÍA

VI.1 ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD:

Norma de Creación de la entidad:

La Constitución española en su artículo 149 atribuye al Estado, entre otras, la competencia exclusiva para legislar en materia de pesas y medidas (metrología). En uso de esta capacidad legislativa se han ido aprobando diferentes disposiciones legales que configuran el marco jurídico para el desarrollo de la actividad metrológica en España.

La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, marca el inicio de esta nueva etapa metrológica y fija los requisitos y actuaciones a llevar a cabo para el ejercicio de esta actividad.

En cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Ley, y por Real Decreto 415/1985, de 27 de marzo, se creó el Centro Español de Metrología (CEM) al que se le encomendaron las tareas que en él se establecen.

Posteriormente, la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, crea el Centro Español de Metrología como Organismo Autónomo de carácter comercial e industrial, dependiente del Ministerio de Fomento, (por Real Decreto 344/2012 se adscribe al Ministerio de Industria, Energía y Turismo) asignándole los siguientes cometidos:

• Custodia y conservación de los patrones nacionales de las unidades de medida.

• Establecimiento y desarrollo de las cadenas oficiales de calibración.

• Ejercicio de las funciones de la Administración del Estado en el control metrológico del Estado y en el control metrológico CEE.

• Habilitación oficial de laboratorios de verificación metrológica.

• Mantenimiento del Registro de Control Metrológico.

• Ejecución de proyectos de investigación y desarrollo en materia metrológica.

• Formación de especialistas en metrología.

De forma simultánea con el ejercicio de estas competencias, el Centro Español de Metrología, en cumplimiento de los acuerdos suscritos por nuestro país, lleva a cabo las actuaciones propias de un Instituto Nacional de Metrología, representando a España ante todas las instituciones metrológicas internacionales.

Actividades:

El proceso de globalización y la consiguiente liberalización en el comercio mundial ha traído como consecuencia un cambio importante en el papel que venían desempeñando hasta ese momento los Institutos Nacionales de Metrología en los países industrializados.

Para poder afrontar este importante reto, se firmó el 19 de octubre de 1999, en París, al amparo del Tratado diplomático de la Convención del Metro, el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo, mediante el cual, los patrones nacionales y los certificados emitidos por los Institutos Nacionales de Metrología que cumplan unos determinados requisitos, serán aceptados internacionalmente.

Dada la importancia de este Acuerdo, el Centro Español de Metrología ha realizado un gran esfuerzo para poder cumplir con los requisitos exigidos y así dotar a nuestro país de un soporte reconocido para todos los procesos de medida que se llevan a cabo en España.

De forma simultánea, nuestra pertenencia a la Unión Europea nos exige el cumplimiento de todas las disposiciones legales que sean aprobadas por las instituciones comunitarias, al objeto de garantizar la libre circulación de mercancías en el seno de la Unión y proteger a los consumidores y usuarios de los posibles fraudes que pudieran darse en las transacciones comerciales o en el control de la salud de los ciudadanos.

Ambos compromisos suponen llevar a cabo las siguientes actividades:

• Obtener, mantener y diseminar los patrones nacionales de las unidades de medida del Sistema Internacional de Unidades, que sirven de referencia para todas las instituciones, laboratorios o entidades que efectúan mediciones, y sin cuyo soporte los resultados no serían aceptados a nivel internacional ni tendrían validez científica.

• Desarrollar y aplicar nuevas tecnologías para la obtención y mantenimiento de los patrones nacionales.

• Realizar las calibraciones que le sean demandadas por los distintos agentes económicos y sociales.

• Participar en las comparaciones internacionales que se programen al efecto, como requisito imprescindible para la aceptación de nuestros certificados.

• Elaborar guías, documentos, manuales y procedimientos que sirvan de orientación y consulta a los laboratorios, instituciones y empresas en las que se realicen actividades de calibración.

• Coordinar y dirigir las comparaciones nacionales que lleven a cabo los laboratorios de calibración acreditados por ENAC, para así garantizar la trazabilidad de las mediciones en nuestro país.

• Coordinar la elaboración de normas nacionales referentes a instrumentos de medida que se redactan en el seno del Comité Técnico de Normalización número 82 de AENOR.

• Ofrecer servicios de asesoramiento y asistencia técnica a los agentes económicos que requieran de esta ayuda.

• Ejercer las actividades de control metrológico que corresponden a la Administración del Estado.

• Realizar los ensayos previstos en las disposiciones legales de carácter metrológico, en apoyo de las distintas Comunidades Autónomas que carezcan de laboratorios adecuados.

• Establecer las directrices para la coordinación de las actuaciones que, en materia de metrología legal, ejecutan las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias.

• Realizar los ensayos que demanden los distintos usuarios de la metrología y expedir los correspondientes Certificados de conformidad.

• Impartir cursos de formación en materia metrológica en el ámbito nacional.

• Establecer Protocolos de colaboración con instituciones públicas y privadas para el mejor desarrollo de la actividad metrológica.

• Mantener el Registro único de alcance nacional creado por el Real Decreto 914/2002, de 6 de septiembre, y su puesta a disposición de las Autoridades de ejecución del control metrológico legal.

• Desarrollar las actividades propias de una Oficina de Transferencia de Resultados de Tecnología (OTRI).

• Elaborar y llevar a cabo proyectos de investigación y desarrollo en materia metrológica en colaboración con otras instituciones nacionales e internacionales.

• Participar en proyectos de cooperación con países iberoamericanos para favorecer la implantación de sistemas nacionales de medida en estos estados.

• Representar a España ante las distintas organizaciones internacionales de metrología.

• Promover y coordinar la realización de seminarios, congresos y jornadas para la difusión y promoción de la metrología.

Fuentes de Ingresos:

Para llevar a cabo las actividades detalladas anteriormente este Organismo cuenta, como fuentes de financiación principales, con los siguientes ingresos:

• Subvenciones corrientes y de capital procedentes del ministerio de adscripción.

• Ingresos procedentes de la facturación realizada, vía precios públicos e ingresos percibidos vía tasas, ya que este Organismo tiene establecida la Tasa de Control Metrológico.

Consideración fiscal:

El Organismo se encuentra exento del Impuesto de Sociedades.

Los ingresos procedentes de precios públicos están sujetos a IVA, por lo que se realizan declaraciones trimestrales de IVA, en Régimen General.

Estructura organizativa:

Tras la publicación del Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología los órganos del Centro son (artículo 5) la Presidencia, el Consejo Rector y el Director. El artículo 12 del Estatuto establece como órganos operativos, dependientes del Director, la División Científica y de Relaciones Institucionales, la División de Metrología Aplicada y Legal y la Secretaría General.

Principales responsables de la entidad:

Los principales responsables de la entidad durante el ejercicio 2011 han sido:

• Presidente: Teresa Santero Quintillá.

• Director: Fernando Ferrer Margalef.

• Director de la División Científica y de Relaciones Institucionales: José Ángel Robles Carbonell.

• Director de la División de Metrología Aplicada y Legal: José Luis Manchado Trugillo.

• Secretario General: Ricardo Robles Montaña.

Los principales responsables de la gestión contable durante el ejercicio 2011 han sido:

• Presidente: Teresa Santero Quintillá.

• Director: Fernando Ferrer Margalef.

• Secretario General: Ricardo Robles Montaña.

• Jefe de Servicio de Gestión Económica: Eva M.ª Mediavilla de María.

• Jefe de Contabilidad: José Miguel Paunero Herrero.

Número medio de empleados durante el ejercicio 2011.

El número medio de empleados en el ejercicio 2011 fue de 105, distribuidos de la siguiente manera:

Funcionarios

Diciembre

Media anual

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

A1

11

9

11

9

A2

8

6

8

6

C1

3

4

3

4

C2

1

9

1

9

 

23

28

23

28

Total funcionarios

51

51

Laborales

Diciembre

Media anual

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

G1

13

6

13

6

G2

1

3

1

3

G3

16

6

16

6

G4

3

4

3

3

G5

1

2

1

2

 

34

21

34

20

TOTAL LABORALES

55

54

VI.2 BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS:

El Centro Español de Metrología constituye una entidad contable centralizada. Las cuentas que rinde tienen carácter unitario y muestran la situación patrimonial y financiera del organismo en su conjunto.

Constituye una unidad contable a la que le es de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por Orden EHA/2045/2011.

La contabilidad del Organismo se lleva por el método de partida doble ajustándose al P.G.C.P. aprobado por Orden EHA/1037/2010.

El registro de las operaciones contables se realiza aplicando los principios contables y normas de valoración establecidos en el mencionado P.G.C.P, así como lo recogido en las instrucciones dictadas por la I.G.A.E. relativas a estos principios y normas.

El ejercicio contable del CEM coincide con el año natural.

La unidad de contabilidad cuenta con SIC3 como herramienta informática puesta a disposición por la I.G.A.E. para dar soporte a los requerimientos establecidos por la normativa contable y avanzar en la homogenización de los procedimientos.

El sistema de información contable muestra, a través de documentos, cuentas y estados la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto.

Todos los actos con repercusión financiera, patrimonial o económica están debidamente acreditados con su correspondiente justificante.

Estos justificantes de las operaciones incorporadas al SIC3 soportados en papel o en instrumentos informáticos se conservan, debidamente ordenados, por la unidad de contabilidad y se encuentran a disposición del Tribunal de Cuentas y de la I.G.A.E. para facilitar las actuaciones de control y verificación de la contabilidad.

Desde la entrada en vigor de la Orden EHA/405/2006, de 10 de Febrero, el CEM obtiene, formula y rinde sus cuentas anuales en soporte informático y por vía telemática, a través de la aplicación RED.coa, de la Intervención General de la Administración del Estado.

La comparación de las cuentas anuales del ejercicio 2011 con las del anterior, puede verse dificultada, en casos puntuales, por el cambio de Plan General de Contabilidad Pública efectuado este ejercicio. Sin embargo se ha procurado facilitar la información necesaria en las cuentas para aclarar las dudas que puedan surgir.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables:

Se han contabilizado en Resultados de ejercicios anteriores (120) 28.385,80 euros que anteriormente aparecían en la cuenta Patrimonio entregado en cesión (108), ya que, previsiblemente, no se va a recuperar el bien cedido.

Parte de las subvenciones cobradas se han registrado en la cuenta (172) Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, de acuerdo con la norma 18.ª de valoración al tratarse de subvenciones prepagables respecto de las que aún no se han cumplido todas las condiciones para su justificación.

VI.3 NORMAS DE VALORACIÓN:

Inmovilizado intangible.

Los diversos elementos comprendidos en el inmovilizado inmaterial se valoran por su precio de adquisición o coste de producción.

La amortización se dota de acuerdo con los cálculos que se obtienen de la aplicación Sorolla, módulo de gestión de Inventario, en la que el Organismo registra su inmovilizado, que a su vez efectúa los cálculos según la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, de 14 de diciembre de 1999.

Los gastos realizados en investigación y desarrollo, que se detallan en el cuadro siguiente, han sido tratados como gastos del ejercicio ya que no se cumplen todas las condiciones que exige la norma 5.ª de valoración para que puedan activarse.

Proyecto

Importe

Ampliación y mejora de las capacidades del laboratorio de acústica, ultrasonidos y vibraciones.

32.043,07

Ampliación, mejora y diseminación de las capacidades de medida laboratorio depresión.

54.358,47

Aplicación de técnicas de separación de errores en la medida de defectos de forma.

32.429,88

Desarrollo de patrones de masa menores del miligramo.

31.739,12

Desarrollo de patrones en el campo de las microfuerzas.

31.739,12

Desarrollo de sistema para la calibración de láser trackers y distanciómetros electrónicos.

26.504,23

Desarrollo y construcción de microscopio metrológico de campo cercano.

32.002,53

Diseño, desarrollo y construcción de una máquina de par de torsión de 10 kNm de carga directa.

53.430,12

Mejora y ampliación de las capacidades del laboratorio de gases de referencia.

47.584,76

Nuevo patrón cuántico para la caracterización de sistemas de medida digitales.

52.719,24

Optimización del punto triple del mercurio para su uso como punto fijo en la escala internacional.

58.805,66

Realización de tensión en CA.

59.694,75

Realización práctica del metro mediante láser de pulsos de femtosegundos.

60.650,34

Sistema de Medida no Criogénico para Resistencia Hall Cuántica.

32.002,53

Sistema de medida patrón de resistencias en CA.

54.024,20

Subproyecto Hiparco.

27.132,16

 

686.860,18

Inmovilizado material:

Los bienes del inmovilizado material se valoran por el precio de adquisición, incluyendo los impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición y los costes directamente relacionados con la compra.

Para la amortización también se utilizan los cálculos obtenidos del programa Sorolla.

Activos y pasivos financieros.

Los activos financieros surgen, fundamentalmente, de las operaciones derivadas de la actividad habitual del Organismo y de las subvenciones recibidas, en su mayor parte, del ministerio de adscripción.

Las operaciones derivadas de la actividad habitual se han registrado por su valor razonable, que es el precio de transacción más los costes directamente atribuibles en el momento de la prestación del servicio. A final del ejercicio 2011 se ha dotado una provisión por el 100 % de las facturas pendientes de cobro anteriores a 1 de enero de 2011.

Las subvenciones se reconocen cuando existe un acuerdo de concesión y se han cumplido las condiciones para recibirlas. En el caso de las del ministerio de adscripción, cuando han sido publicadas en los Presupuestos Generales del Estado.

Dado que los pasivos financieros se pagan en el corto plazo y no llevan tipo de interés contractual, se registran por su valor nominal.

Existencias:

Las únicas existencias del CEM son los productos utilizados por la cafetería, que son consumidos en un plazo corto de tiempo. El criterio de valoración es el precio de adquisición.

Ingresos y gastos.

Los ingresos por operaciones derivadas de la actividad habitual se reconocen en el momento en que se ha prestado el servicio.

Los gastos se registran de acuerdo con el principio de Devengo, siempre que no se contradiga con los de Imagen fiel y Prudencia.

Transferencias y subvenciones:

Las transferencias y subvenciones recibidas se contabilizan como ingreso si existe un acuerdo individualizado de concesión a favor del Organismo, se han cumplido las condiciones establecidas a su disfrute y no existen dudas razonables sobre su percepción.

En caso de haberlas cobrado sin que se cumpla alguna de las condiciones anteriores, se registran como un pasivo.

Si se trata de subvenciones que financian gastos, se imputan a resultados en el ejercicio en que se devenguen los gastos financiados. Las subvenciones para adquisición de activos aparecen en resultados en función de la vida útil del bien.

Las transferencias y subvenciones concedidas se reconocen como gasto en el momento en que se han cumplido las condiciones establecidas para su percepción.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.11 HECHOS POSTERIORES AL CIERRE:

De acuerdo con el Real Decreto 344/2012, el Centro Español de Metrología se adscribe al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, dirigida por don Luis Valero Artola, que es el nuevo presidente del Organismo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid