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Documento BOE-A-2012-11471

Resolución de 3 de septiembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se nombran funcionarios de carrera en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en el ámbito del extinguido Ministerio de Trabajo e Inmigración y sus organismos autónomos, actualmente Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 11 de septiembre de 2012, páginas 63839 a 63843 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-11471

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAP/821/2011, de 18 de marzo (BOE del día 8 de abril), se convocó proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, mediante el sistema de concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en el ámbito del extinguido Ministerio de Trabajo e Inmigración y sus organismos autónomos, actualmente Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

La gestión del citado proceso selectivo ha sido llevada a cabo por la Subsecretaría del extinguido Ministerio de Trabajo e Inmigración, actualmente Ministerio de Empleo y Seguridad Social, según Acuerdo de encomienda de gestión suscrito por la Secretaría de Estado para la Función Pública y la mencionada Subsecretaría, de fecha 15 de marzo de 2011, hecho público por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia de 23 de marzo de 2011 (BOE del día 2 de abril).

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha comprobado la documentación aportada por los aspirantes aprobados, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria y se ha efectuado la adjudicación de los puestos de acuerdo con las solicitudes de destino de los mismos.

Esta Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público de las personas con discapacidad y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:

Primero.

Nombrar funcionarios de carrera en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos a los aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, con expresión del puesto de trabajo que se les adjudica.

En el anexo II de esta Resolución se indican las localidades de los puestos de trabajo a desempeñar por los aspirantes que en el mismo se indican.

Segundo.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, en la forma prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de su destino en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La formalización de la toma de posesión como funcionario de carrera y la declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para los aspirantes que obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, en su caso, respecto de los funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.

Tercero.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el cese de los funcionarios interinos que desempeñan los puestos de trabajo ofertados en la convocatoria del referido proceso selectivo se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.

Cuarto.

Los funcionarios interinos al servicio de la Administración del Estado que han superado el proceso selectivo y no tomen posesión de la plaza obtenida, cesarán en la plaza que ocupan interinamente, según el Acuerdo de la Comisión Superior de Personal de 17 de julio de 1997 sobre los procesos de consolidación de empleo temporal y las bases de la Convocatoria.

Quinto.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 3 de septiembre de 2012.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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