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Documento BOE-A-2011-7828

Resolución de 4 de abril de 2011, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión suscrito entre el Ministerio de Educación y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la realización del curso Aula de Verano "Ortega y Gasset".

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 2 de mayo de 2011, páginas 44592 a 44594 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-7828

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo han suscrito, con fecha 4 de marzo de 2011, un acuerdo por el que se encomienda a la citada universidad la gestión material del curso Aula de Verano «Ortega y Gasset».

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo de esta Resolución.

Madrid, 4 de abril de 2011.–El Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio Educación a la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la realización del curso aula de verano «Ortega y Gasset»

REUNIDOS

De una parte, don Màrius Rubiralta i Alcañiz, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación, por delegación del Ministro de Educación en virtud del apartado séptimo.3 de la Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio (BOE de 7 de agosto), y en su calidad de Secretario General de Universidades, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 743/2009, de 24 de abril (BOE del 25).

De otra parte, don Salvador Ordóñez Delgado, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por el Real Decreto 118/2011, de 28 de enero (BOE del 29) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12.4 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (BOE del 12).

EXPONEN

Que, dentro de los fines y objetivos propios de cada una de las partes intervinientes, como instituciones del sector público con competencias en el área de la educación superior, tienen un interés común en la realización de un curso de verano dirigido a los jóvenes estudiantes con mejores expedientes en el bachillerato o en el ciclo formativo superior de formación profesional, que vayan a comenzar sus estudios universitarios en el curso académico 2011-2012.

Que, conscientes de los beneficios de la cooperación y de la suma de esfuerzos, iniciativas y recursos para una mejor consecución de sus objetivos, ambas partes, al amparo del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con los artículos 4.1.n) y 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, acuerdan suscribir la presente encomienda de gestión que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.–El Ministerio de Educación y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en adelante, UIMP) acuerdan que la citada universidad lleve a cabo, por razones de eficacia y en atención a su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, la gestión material del curso Aula de Verano «Ortega y Gasset» de iniciación a la universidad, haciéndose cargo de la gestión económica y administrativa que de ello se derive. A estos efectos, la UIMP pondrá a disposición del curso su infraestructura general y los medios técnicos y humanos necesarios para su organización y realización.

El Aula de Verano se desarrollará en la UIMP, en el Palacio de la Magdalena de Santander, en dos sesiones. La primera del 13 al 19 de agosto, y la segunda del 20 al 26 de agosto de 2011. En cada una de las sesiones participarán 50 alumnos.

El Aula de Verano «Ortega y Gasset» contará con la colaboración y la experiencia docente y científica de profesores universitarios y de investigadores de reconocido prestigio, así como de personalidades de la cultura y del arte, a los que se les pedirá un esfuerzo de «síntesis del conocimiento» para mostrar cómo se genera este en el ámbito de su disciplina, al tiempo que se les invitará también a intercambiar con sus colegas de las más diversas especialidades su experiencia como productores y transmisores de conocimiento, funciones ambas que sólo puede proporcionar la Universidad como institución docente e investigadora. Todo ello en un clima de convivencia y comunicación intelectual entre maestros y discípulos, como fue desde sus inicios característico de la institución universitaria.

Segunda.–El Aula se desarrollará de acuerdo con un programa de contenidos diversos y estructurados para cada día lectivo y podrá incluir asimismo actividades y propuestas de ocio y tiempo libre.

Tercera.–De común acuerdo, la Dirección General de Política Universitaria y la UIMP designarán director y secretario del Aula quienes, asimismo, podrán contar con el concurso de un coordinador. La función de este equipo directivo será determinada por ambas instituciones.

Cuarta.–La gestión material que se encomienda se concreta en las siguientes actividades:

a) Puesta a disposición de los locales de la UIMP en Santander para la celebración del curso citado.

b) Contratación y pago de honorarios y gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento a profesores, ponentes, director y secretario del curso y personal de apoyo administrativo.

c) Pago del alojamiento, manutención y desplazamiento de los becarios, así como los gastos derivados de las actividades culturales y de ocio previstas en el programa. Los becarios serán seleccionados, mediante convocatoria pública, por la Dirección General de Política Universitaria.

d) Publicidad del curso y edición de folletos y carteles informativos.

e) Cualquier otra actividad necesaria para la realización del curso objeto de esta encomienda de gestión.

Quinta.–Los gastos originados por la gestión material objeto de esta encomienda, presupuestados en ciento doce mil cincuenta euros (112.050,00 €), correrán a cargo del presupuesto del Ministerio de Educación, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781, y se abonarán a la UIMP una vez que esta presente la justificación de los gastos realizados.

Sexta.–La UIMP presentará al Ministerio de Educación una certificación en la que justifique que la transferencia de los fondos ha sido incorporada a su presupuesto y destinada a la financiación de los objetivos que se detallan en la parte expositiva de este acuerdo.

Séptima.–La UIMP se compromete a justificar los gastos que se derivan de este acuerdo y que se realizan con cargo a la aportación económica del Ministerio de Educación antes del 30 de noviembre de 2011.

Octava.–La justificación se realizará mediante la presentación de una memoria que explique, complete y aclare los datos de los estados contables, en relación con la aplicación de los fondos recibidos, y que informe sobre los resultados obtenidos.

Novena.–En el caso de que no se justifique el total de la ayuda presupuestada, únicamente se librará la cantidad debidamente justificada.

Décima.–Este acuerdo de encomienda de gestión tiene naturaleza administrativa de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.n) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de los principios y criterios en ella contenidos para resolver las dudas que pudieran suscitarse.

Undécima.–El plazo de vigencia de este acuerdo se iniciará el día de su firma y finalizará una vez cumplidos por las partes los compromisos adquiridos y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2011.

Duodécima.–La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Educación.

Decimotercera.–Es responsabilidad del Ministerio de Educación dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda de gestión regulada en este acuerdo.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión en Madrid, el día 4 de marzo de 2011.–Por el Ministerio de Educación, el Secretario General de Universidades, don Màrius Rubiralta i Alcañiz.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, el Rector, don Salvador Ordóñez Delgado.

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