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Documento BOE-A-2011-722

Resolución 500/38000/2011, de 4 de enero, de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delega la concesión y el cese en la percepción del complemento de dedicación especial, en su concepto de especial rendimiento.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2011, páginas 4698 a 4700 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2011-722
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/01/04/50038000

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, dispone en su artículo 21.3 que cualquier acto administrativo que implique modificaciones retributivas surtirá efectos económicos a partir del día siguiente a su publicación, salvo que se determine expresamente otra fecha.

Por otro lado, el apartado segundo de la Orden 190/2001, de 10 de septiembre, por la que se dictan normas para la aplicación del complemento de dedicación especial, establece que la concesión o cese en la percepción de algún tipo de dedicación especial (en concepto de especial rendimiento) se comunicará al interesado mediante escrito del Jefe de Estado Mayor del Ejército correspondiente o por el Subsecretario de Defensa en el ámbito de sus competencias, o por las Autoridades en quienes deleguen. Además, dispone en su apartado sexto que los Jefes de Estado Mayor podrán distribuir los créditos fijados por el Subsecretario de Defensa entre las unidades dependientes que consideren oportunas.

Con objeto de favorecer una eficaz apreciación de los criterios fijados en el apartado tercero de la Orden 190/2001, de 10 de septiembre, para la concesión y, en su caso, cese en la percepción del complemento de dedicación especial, es necesario hacer uso de la facultad de delegación de competencias a que hace referencia el párrafo anterior.

Con la entrada en vigor de la nueva estructura orgánica básica del Ejército de Tierra según Resolución Comunicada número 01/2010, de 23 de abril, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, sobre adaptaciones orgánicas del Ejército de Tierra para el año 2010 y la Norma General 02/10 que la desarrolla, se hace necesaria la actualización del listado de autoridades delegadas contempladas en la Resolución 249/2001, de 19 de noviembre, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delega la concesión o el cese en la percepción del complemento de dedicación especial, en su concepto de especial rendimiento, en determinadas autoridades del Ejército de Tierra.

En su virtud, y previa aprobación del Ministro de Defensa, conforme a la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General de Estado, y en el uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero. Delegación.–Delego la competencia y cese en la percepción del complemento de dedicación especial, en su concepto de especial rendimiento, en los Jefes de Unidad, Centro u Organismo que aparecen relacionados a continuación, en el ámbito de sus respectivas competencias, dentro de la dotación de créditos de complemento de dedicación especial que le sean asignados, y de acuerdo con las normas de aplicación que se establezcan.

Segundo. Resoluciones administrativas.–Las resoluciones administrativas que se adopten, en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma «Por delegación», con referencia a esta Resolución y fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», considerándose a todos los efectos dictados por la autoridad delegante.

Tercero. Avocación.–En el momento y mediante acuerdo motivado por el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto de la delegación que se otorga en esta resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1997, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Resolución 500/38054/2008, de 14 de mayo, de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delega la concesión y el cese en la percepción del Complemento de Dedicación Especial, en su concepto de especial rendimiento, en determinadas autoridades del Ejército de Tierra, y todas aquellas otras disposiciones de igual o inferior rengo en lo que se opongan a los dispuesto en esta Resolución.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de enero de 2011.–El Jefe de Estado Mayor del Ejército, Fulgencio Coll Bucher.

RELACIÓN QUE SE CITA

2.º Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra.

Jefe de la Jefatura de los Sistemas de Info. y Telecomunic. y Asistencia Técnica.

Director del Instituto de Historia y Cultura Militar.

Jefe de la Fuerza Terrestre.

Jefe del Mando de Operaciones Especiales.

Jefe del Mando de Artillería de Campaña.

Jefe del Mando de Ingenieros.

Jefe del Mando de Artillería Antiaérea.

Jefe de la Brigada de Transmisiones.

Jefe de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra.

Jefe del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad.

Jefe de las Fuerzas Pesadas.

Jefe de la Brigada Mecanizada «Guzmán el Bueno» X.

Jefe de la Brigada Mecanizada «Extremadura» XI.

Jefe de la Brigada Acorazada «Guadarrama» XII.

Jefe de la Brigada de Caballería «Castillejos» II.

Jefe de las Fuerzas ligeras.

Jefe de la Brigada de la Brigada de Infantería Ligera Paracaidista «Almogávares» VI.

Jefe de la Brigada de Infantería Ligera «Rey Alfonso XIII» II de la Legión.

Jefe de la Brigada de Infantería Ligera Aerotransportable «Galicia» VII.

Jefe de la Jefatura de Tropas de Montaña «Aragón» I.

Jefe de la Brigada de Infantería Ligera «San Marcial» V.

Comandante General de la Comandancia de Baleares.

Comandante General de la Comandancia de Melilla.

Comandante General de la Comandancia de Ceuta.

Jefe del Mando de Canarias.

Jefe de la Brigada de Infantería Ligera Canarias XVI.

Jefe de la Fuerza Logística Operativa.

Jefe de la Brigada Logística.

Jefe de la Brigada de Sanidad.

Jefe del Mando de Personal.

Director de Personal.

Director de Asistencia al Personal.

Director de Sanidad.

Jefe del Patronato de Huérfanos del Ejército.

Jefe del Mando de Apoyo Logístico.

Director de Sistemas de Armas.

Director de Mantenimiento.

Director de Transporte.

Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina.

Director de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación.

Director de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales.

Jefe de la Inspección General del Ejército.

Director de Acuartelamiento.

Jefe de la 2.ª Subinspección General del Ejército.

Jefe de la 3.ª Subinspección General del Ejército.

Jefe de la 4.ª Subinspección General del Ejército.

Jefe de la 5.ª Subinspección General del Ejército.

Director de Infraestructura.

Director de Asuntos Económicos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/01/2011
  • Fecha de publicación: 14/01/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 15/01/2011
  • Fecha de derogación: 01/01/2016
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 29 de diciembre de 2015 (Ref. BOE-A-2016-463).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución 500/38054/2008, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2008-9141).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Orden 190/2001, de 10 de septiembre (BOD núm. 179, del 12).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Estado Mayor del Ejército de Tierra

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