A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («BOE» de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos 1/16/2011, 1/19/2011 y 1/35/2011, interpuestos, respectivamente, por la Junta de Galicia; por D. Ralph Roger Scherer y las Sociedades Ceconat Agregación, SL, Ceconat Biosfera, SL y Otros; y por D. Ralph Roger Scherer y las Sociedades Fuente Alamo Fotoparque 1, SLU a Fuente Álamo Fotoparque 50, SLU, Novenergía-Almansa 1, SLU a Novenergía-Almansa XXX, SLU, y Otros; contra el Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial («BOE» de 23 de noviembre de 2010).
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
Madrid, 21 de febrero de 2011.–La Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, Amparo Fernández González.
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