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Documento BOE-A-2011-2864

Resolución de 17 de enero de 2011, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo General de la Organización Nacional de Ciegos Españoles sobre implantación de dos productos de lotería instantánea y modificación del Texto Refundido del Reglamento Regulador del Juego denominado "Lotería instantánea de boletos de la ONCE".

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2011, páginas 16209 a 16212 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-2864
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/01/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) tiene reconocida legalmente una concesión estatal en materia de juego que se justifica por el interés general de sus fines sociales. En el ejercicio de esta concesión tiene autorizada la explotación de tres modalidades de juego de azar: modalidad de juego Cupón, modalidad juego activo y modalidad lotería instantánea.

En esta materia las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; por el «Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2004-2011», aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 27 de febrero de 2004, modificado parcialmente mediante la Revisión del Acuerdo General aprobada por el Consejo de Ministros el 26 de septiembre de 2009; por el por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, modificado por los Reales Decretos 1200/1999, de 9 de julio, 1359/2005, de 18 de noviembre 1434/2008, de 29 de agosto, y 1041/2009, de 29 de junio, de reordenación de la ONCE.

Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, las condiciones de todas sus modalidades de juego autorizadas para su conocimiento y la verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el Boletín Oficial del Estado como garantía de los consumidores.

Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones a los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de juego, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en Boletín Oficial del Estado, como garantía de los consumidores.

En cumplimiento de las anteriores previsiones, el Consejo General de la ONCE ha adoptado el Acuerdo 4/2010-2.3 de fecha 10 de diciembre de 2010, sobre implantación de dos productos de lotería instantánea y modificación del Texto Refundido del Reglamento Regulador del Juego denominado «Lotería instantánea de boletos de la ONCE», mediante la derogación de dos apéndices y la inclusión de dos nuevos apéndices 1 y 3, texto refundido que fue objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado de 15 de febrero de 2010 por resolución de la Secretaría General de Política Social y Consumo de 28 de enero de 2010, modificado por Resolución de 15 de marzo de 2010 de la Secretaría General de Política Social y Consumo (BOE de 27 de marzo de 2010), por Resolución de 15 de abril de 2010 de la Secretaría General de Política Social y Consumo (BOE de 27 de abril de 2010), por Resolución de 12 de julio de 2010 de la Secretaría General de Política Social y Consumo (BOE 27 de julio de 2010), y por Resolución de 18 de octubre de 2010 de la Secretaría General de Política Social y Consumo (BOE 9 de noviembre de 2010).

La reforma del Texto Refundido del Reglamento regulador del juego denominado «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» ha sido verificada por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión extraordinaria de 14 de enero de 2011, por lo que procede su publicación en el Boletín Oficial del Estado, como garantía de los consumidores, mediante el anexo que se acompaña a esta Resolución. Los vigentes apéndices 1 (productos con mecánica «rasca y gana» a cincuenta céntimos de euro) y 3 (productos con mecánica «tres de seis cantidades» a un euro) del Texto Refundido mencionado se derogan con fecha 14 de marzo de 2011, mientras que los nuevos apéndices, cuyo texto se acompaña como anexo a esta Resolución, entrarán en vigor el día 15 de marzo de 2011.

Madrid, 17 de enero de 2011.—La Secretaria General de Política Social y Consumo, Isabel María Martínez Lozano.

ANEXO

APÉNDICE 1

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 1.

1.º Vigencia.—Las normas reguladas en el presente apéndice tienen vigencia desde el día 15 de marzo de 2011 y tendrán una duración indefinida, en tanto no se derogue el presente apéndice, si bien la fecha de comienzo de comercialización efectiva del producto la determinará el Consejo General de la ONCE y se publicará en la Resolución trimestral de la Secretaría General de Política Social y Consumo, sobre los juegos de la ONCE.

2.º Precio del boleto.—El precio unitario del boleto de los productos de lotería instantánea «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8», clase 1 es de dos euros (2 €).

3.º Emisión.—Cada serie de los productos de lotería instantánea «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 1, consta de un millón quinientos mil boletos (1.500.000), con un valor facial por serie de tres millones de euros (3.000.000 €).

4.º Mecánica de funcionamiento de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 1.

4.1. En el anverso del boleto aparecen impresas las instrucciones con la descripción de la mecánica, así como un área de juego dividida en dos zonas de juego perfectamente delimitadas, la primera denominada «números ganadores» y la segunda «tus números», esta última formada por ocho jugadas independientes.

4.2. El área de juego, cubierta por una capa de látex, viene expresamente delimitada en el boleto; diferenciando además la localización de las zonas de juego «números ganadores» y «tus números» por la existencia de indicativos, por su ubicación y su color.

a) La zona de juego «números ganadores» contiene tres símbolos. Al rascar la zona de juego, bajo cada uno de los símbolos aparece un número expresado en cifras y letras.

b) La zona de juego «tus números» contiene ocho símbolos, uno para cada jugada. Al rascar la zona de juego, bajo cada uno de los símbolos aparece un número expresado en cifras y letras y debajo del mismo un importe en euros expresado en cifras y letras. También puede aparecer en una jugada de cada boleto una figura especial en el lugar del número, y debajo de la misma un premio de 50 euros.

4.3. El sistema para descubrir los premios consiste en rascar la capa de látex que cubre las dos zonas de juego del boleto, de acuerdo con lo siguiente:

a) Si al rascar la zona de juego «tus números», aparece en una jugada la figura especial, se gana el premio de la 4.ª categoría, 50 euros.

b) Si al rascar el área de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.

c) Un mismo boleto podrá contener una jugada premiada, dos jugadas premiadas (categorías 6.ª, 11.ª y 14.ª), cinco jugadas premiadas (categorías 9.ª y 12.ª), seis jugadas premiadas (categoría 7.ª), u ocho jugadas premiadas (categoría 5.ª).

d) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

5.º Volumen global de premios por serie.—Cada serie de los productos de lotería instantánea «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 1, tiene trescientos sesenta y un mil ochocientos veintiún boletos premiados (361.821), con un valor total de un millón setecientos ochenta y seis mil euros (1.786.000 euros), lo que supone un 59,5% del valor facial de la serie.

6.º Estructura de premios:

6.1. La estructura de premios de los productos de lotería instantánea «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 1 consta de 15 categorías.

6.2. Por cada serie (un millón quinientos mil boletos), el número de premios de cada categoría y su importe es el siguiente:

1.ª categoría: Un boleto premiado de cincuenta mil euros (50.000 €).

2.ª categoría: 20 boletos premiados de mil euros (1.000 €) cada uno.

3.ª categoría: 500 boletos premiados de cien euros (100 €) cada uno.

4.ª categoría: 1.500 boletos premiados de cincuenta euros (50 €) cada uno, correspondientes a la figura especial.

5.ª categoría: 500 boletos premiados de cuarenta euros (40 €) cada uno, consistente en 8 jugadas premiadas con 5 euros cada una.

6.ª categoría: 500 boletos premiados de cuarenta euros (40 €) cada uno, consistente en 2 jugadas premiadas con 20 euros cada una.

7.ª categoría: 3.500 boletos premiados de treinta euros (30 €) cada uno, consistente en 6 jugadas premiadas con 5 euros cada una.

8.ª categoría: 4.200 boletos premiados de veinte euros (20 €) cada uno.

9.ª categoría: 9.100 boletos premiados de veinte euros (20 €) cada uno, consistente en 5 jugadas premiadas con 4 euros cada una.

10.ª categoría: 11.000 boletos premiados de diez euros (10 €) cada uno.

11.ª categoría: 8.000 boletos premiados de diez euros (10 €) cada uno, consistente en 2 jugadas premiadas con 5 euros cada una.

12.ª categoría: 8.000 boletos premiados de diez euros (10 €) cada uno, consistente en 5 jugadas premiadas con 2 euros cada una.

13.ª categoría: 40.000 boletos premiados de cinco euros (5 €) cada uno.

14.ª categoría: 80.000 boletos premiados de cuatro euros (4 €) cada uno, consistente en 2 jugadas premiadas con 2 euros cada una.

15.ª categoría: 195.000 boletos premiados de dos euros (2 €) cada uno.

APÉNDICE 3

Normas de los productos «con mecánica supera los goles del rival en tres oportunidades» a un euro

1.º) Vigencia.—Las normas reguladas en el presente apéndice tienen vigencia desde el día 15 de marzo de 2011 y tendrán una duración indefinida, en tanto no se derogue el presente apéndice, si bien la fecha de comienzo de comercialización efectiva del producto la determinará el Consejo General de la ONCE y se publicará en la Resolución trimestral de la Secretaría General de Política Social y Consumo, sobre los juegos de la ONCE.

2.º) Precio del boleto.—El precio unitario del boleto de los productos de lotería instantánea «con mecánica supera los goles del rival en tres oportunidades», es de un euro (1 €).

3.º) Emisión.—Cada serie de los productos de lotería instantánea «con mecánica supera los goles del rival en tres oportunidades» a un euro, consta de un millón de boletos (1.000.000), con un valor facial por serie de un millón de euros (1.000.000 €).

4.º) Mecánica de funcionamiento de los productos «con mecánica supera los goles del rival en tres oportunidades» a un euro.

4.1. En el anverso del boleto aparecen impresas las instrucciones con la descripción de la mecánica y una identificación inequívoca de un área de juego que comprende tres jugadas independientes dispuestas verticalmente denominadas «partidos». Cada «partido» consta de tres elementos dispuestos horizontalmente denominados «tus goles», «goles rival» y premio».

4.2. Tanto el área de juego, cubierta por una capa de látex, como cada uno de los tres «partidos» que lo integran, vendrán expresamente delimitados en el boleto, diferenciándose además, por la existencia de indicativos, por su ubicación y color:

a) El símbolo empleado para la representación de los elementos «tus goles» y «goles rival» es un balón. Una vez rascado el balón aparece un número expresado en cifras y letras.

b) El símbolo empleado para la representación del elemento «premio» es un rectángulo. Una vez rascado este símbolo aparece una cantidad expresada en euros.

4.3. El sistema para descubrir los premios consiste en rascar la capa de látex que cubre el área de juego del boleto. Una vez rascada el área de juego:

a) Si en algún «partido» el número de «tus goles» supera al número de «goles rival» se gana el «premio» correspondiente a dicho «partido».

b) Cada boleto del producto «con mecánica supera los goles del rival en tres oportunidades» a un euro, sólo puede contener un «partido» premiado.

5.º Volumen global de premios por serie.—Cada serie de los productos de lotería instantánea «con mecánica supera los goles del rival en tres oportunidades» a un euro, tiene doscientos dieciocho mil novecientos setenta y seis boletos premiados (218.976), con un valor total de quinientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta euros (578.250 euros), lo que supone un 57,8% del valor facial de la serie.

6.º Estructura de premios.—6.1. La estructura de premios de los productos de lotería instantánea «con mecánica supera los goles del rival en tres oportunidades» a un euro, consta de nueve categorías.

6.2. Por cada serie (1 millón de boletos), el número de premios de cada categoría y su importe es el siguiente:

1.ª categoría: Un boleto premiado de diez mil euros (10.000 €).

2.ª categoría: 25 boletos premiados de doscientos cincuenta euros (250 €) cada uno.

3.ª categoría: 400 boletos premiados de cien euros (100 €) cada uno.

4.ª categoría: 800 boletos premiados de cuarenta euros (40 €) cada uno.

5.ª categoría: 2.750 boletos premiados de veinte euros (20 €) cada uno.

6.ª categoría: 10.000 boletos premiados de diez euros (10 €) cada uno.

7.ª categoría: 15.000 boletos premiados de cinco euros (5 €) cada uno.

8.ª categoría: 70.000 boletos premiados de dos euros (2 €) cada uno.

9.ª categoría: 120.000 boletos premiados de un euro (1 €) cada uno.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/01/2011
  • Fecha de publicación: 14/02/2011
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE los apéndices 1, 3 de la Resolución de 28 de enero de 2010 (Ref. BOE-A-2010-2504).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Juego
  • Organización Nacional de Ciegos

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