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Documento BOE-A-2011-2850

Resolución de 26 de enero de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Regeneración socioambiental de espacios libres en el Ejido del Común de Vecinos, término municipal de San Silvestre de Guzmán, Huelva.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2011, páginas 16125 a 16130 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-2850

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Regeneración socioambiental de espacios libres en el Ejido del Común de Vecinos, término municipal de San Silvestre de Guzmán (Huelva) se encuentra en este supuesto por poder afectar al lugar Natura 2000 LIC ES6150010 Andévalo Occidental.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

El ámbito geográfico afectado por el proyecto, se ubica en una zona concreta de la comarca del Andévalo (Huelva), en el Andévalo Occidental, en el paraje del Ejido del Común de Vecinos y en el entorno del Centro del Agua, del término municipal de San Silvestre de Guzmán.

Las actuaciones incluidas en este proyecto responden a la necesidad de adecuar y regenerar ambientalmente el entorno del Ejido del Común de los Vecinos, ya que se encuentra en mal estado debido a la ausencia de vegetación arbórea y arbustiva, y a la existencia de escombros que contribuyen a deteriorar la calidad ambiental de este espacio. Otra de las necesidades a la que responde el proyecto es la escasez de dotaciones necesarias para el aprovechamiento del Centro del Agua, destacando el mal estado en el que se encuentra el camino de acceso al mismo desde el núcleo urbano y la falta de una zona de regulación de tránsito de vehículos.

El proyecto se encuentra en su totalidad dentro del LIC ES6150010 Andévalo Occidental.

El promotor y órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 28 de junio de 2010, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental del proyecto. Con fecha 17 de septiembre de 2010, se remitieron las consultas a los organismos relacionados en el siguiente cuadro, marcándose con una «X» aquellos que emitieron respuesta:

Relación de consultados

Respuestas
recibidas

Ayuntamiento de San Silvestre de Guzmán

X

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía

X

Delegación del Gobierno en Andalucía

X

Ecologistas en Acción de Andalucía

SEO

Con fecha 25 de octubre de 2010, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, un oficio remitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, al que se adjuntaba la declaración de la Autoridad responsable del seguimiento de la red Natura 2000 de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el que se manifestaba que no es probable que el proyecto tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000.

Con fecha 29 de octubre, la Delegación Provincial de Cultura de Huelva de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, informa de la necesidad de incluir una serie de modificaciones en el documento ambiental, aún entendiendo que las actuaciones planteadas no representan riesgo de afección patrimonial.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se le ha sugerido al promotor que incluya una serie de modificaciones en el documento ambiental propuestas por la Delegación Provincial de Cultura de Huelva de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía: Se recogerán los bienes patrimoniales incluidos en la Carta Arqueológica de Beturia, tanto en la memoria como su representación gráfica, se incluirá un apartado donde se exponga el marco legal en relación con la legislación sectorial de aplicación en materia de Patrimonio Histórico, y se reflejará que en todo caso se evitará la afección por parte de las actuaciones proyectadas sobre los bienes patrimoniales incluidos en el ámbito de actuación.

Estas modificaciones han sido aceptadas expresa e íntegramente por el promotor, según acredita su documentación de fecha 16 de diciembre de 2010, y que pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la sección 1ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.

Características del proyecto. El proyecto contempla el desarrollo de las siguientes actuaciones:

Actuaciones en el Centro del Agua:

1. Acondicionamiento de camino de acceso: Se adecuará el camino de acceso que conecta el Centro del Agua, con el casco urbano, debido al mal estado en el que se encuentra. Dicha adecuación que abarca una longitud de 116,84 metros, se llevará a cabo mediante firme de hormigón impreso. Para ello se planifican las siguientes acciones:

Excavación de cunetas con retroexcavadora.

Construcción de la explanación mejorada, aporte de 15 cm de zahorra y construcción de subbase.

Instalación de bordillo de jardinería de hormigón prefabricado de hormigón.

Colocación de pavimento de hormigón impreso.

2. Adecuación de zona de limitación de acceso de vehículos: Contará con una superficie de 647,92 m2. Construida con firme de zahorra, y cercado con 70 m de bordillo de madera tratada, contribuirá a la ordenación de vehículos y transporte público que llegue hasta el centro. Para ello se planifican las siguientes actuaciones:

Explanación de la zona con motoniveladora.

Construcción de sub-base con zahorra natural y compactación posterior.

Colocación de bordillo de madera tratada, fijado mediante zapata de hormigón no estructural y acero corrugado.

Regeneración socioambiental en el Ejido del Común de Vecinos:

1. Recogida de escombros: Se llevará a cabo la limpieza de una zona del paraje en la que aparecen vertidos incontrolados de escombros. Estas labores se van a realizar previamente a la regeneración ambiental del paraje. Los restos serán retirados con pala cargadora para ser posteriormente trasladados a vertedero autorizado.

2. Acondicionamiento de senderos peatonales y zona de usos múltiples: Se procederá a la adecuación para uso peatonal de cuatro senderos existentes en el paraje de El Ejido del Común de los Vecinos, así como la construcción de una zona de usos múltiples. La anchura de los senderos será de 1 m, teniendo como máximo una longitud de 326 m aproximadamente. Para ello se realizarán las siguientes actuaciones:

Explanación, nivelación y compactación del terreno, realizando pequeños desmontes y terraplenes para conseguir una correcta nivelación de la zona.

Acondicionamiento de la capa superficial del área mediante el aporte de zahorra artificial.

En el caso de la zona de usos múltiples, se construirá una base o firme con albero estabilizado con cal al 12%, mediante mezcla, extendido, perfilado, riego y compactación.

3. Adecuación de zona de uso social y dotación de equipamientos de uso público: Se procederá a la adecuación de una zona de uso social en el paraje del Ejido del Común de Vecinos, con una superficie de 1334,92 m2. Se delimitará la zona mediante la instalación de una valla de madera rústica. Para ello se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

Regeneración del estrato arbóreo y arbustivo con especies de marcado carácter mediterráneo. Se plantean cuatro tipo de plantaciones: Ajardinada (especies ornamentales por ser la zona próxima al núcleo urbano como Celtis australis, Melia azederach, Jacaranda mimosifolia, y Prunus pissardi), monte mediterráneo (especies mediterráneas, con una densidad de 300 pies/ha para árboles y de 600 pies/ha para arbustos), hidrófila, y en las zonas comunes la plantación se realizará en la zona de limitación de acceso a vehículos con pies de Pinus pinea y una plantación lineal de Populus alba. La plantación se realizará en hoyos de 60 × 60 × 60 cm para arbustos y de 100 × 100 × 100 cm, para árboles. Para ello se empleará la apertura mecanizada con retroexcavadora.

Se dotará la zona con el equipamiento necesario para el fomento de su uso social, como mesas rústicas, contenedor para recogida de basura, cartel informativo y juegos infantiles.

Ubicación del proyecto. El ámbito geográfico afectado por el proyecto, se ubica en la comarca del Andévalo del Andévalo Occidental, más concretamente se corresponde con el paraje del Ejido del Común de Vecinos y el entorno del Centro del Agua, del término municipal de San Silvestre de Guzmán (Huelva). La zona de ubicación del proyecto se caracteriza por ser una zona de superficies construidas y alteradas como cultivos agrícolas.

El proyecto se encuentra en su totalidad dentro del LIC ES6150010 Andévalo Occidental. Los Habitat de Interés Comunitario, que se encuentran en las proximidades del proyecto son el 6310. Bosques esclerófilos de pastoreo de Quercus suber y Quercus ilex y el 92D0. Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nero-Tamaicetea y Securinegion tinctoriae).

Este espacio se considera importante para el lince ibérico, estando además incluido en el área de dispersión de individuos de águila imperial nacidas en Doñana.

Uno de los tramos de la vía pecuaria Colada de la Espada o del Camino de San Silvestre de Guzmán a Villanueva de los Castillejos, cruza con el camino que se va a habilitar para acceder al centro del agua desde el casco urbano.

Los usos del suelo más frecuentes en el entorno de la zona de actuación son residencial, forestal, agrícola y ganadero.

Características del potencial impacto. La compactación del suelo en la fase de obras, es uno de los efectos que se puede producir, así como la alteración de las propiedades del suelo. Para evitar estos efectos el promotor se compromete a no realizar el mantenimiento de los vehículos en las obras, y se establece un protocolo de actuación en el caso de producirse algún vertido. Para evitar una compactación indebida, la maquinaria no circulará fuera de los caminos.

La emisión de partículas a la atmósfera y el aumento de la contaminación acústica pueden hacerse más patente en la fase de ejecución de las obras sobre la calidad del aire. Para evitar estos efectos el promotor propone que los vehículos mantengan una velocidad adecuada a las características del entorno, y se cumplan los límites de emisión fijados por la legislación vigente.

Durante la fase de ejecución de los trabajos, podrían producirse alternaciones en la calidad de las aguas superficiales y subterráneas como consecuencia de vertidos accidentales. El promotor propone restringir las obras que invadan algún cauce en el periodo estival, así como no impedir en ningún momento la libre circulación de las aguas.

El tránsito de vehículos y camiones por la zona de actuación, y la contaminación debida al arrastre de partículas, puede ocasionar daños sobre la vegetación.

El funcionamiento de la maquinaria a emplear y la posible existencia de vertidos accidentales pueden ocasionar potenciales impactos negativos sobre las comunidades faunísticas existentes en el entorno, produciendo efectos negativos especialmente durante los periodos de reproducción, así como sobre las pautas de comportamiento de tipo reproductor y trófico.

El promotor considera que con la aplicación de las medidas propuestas con anterioridad, se evitarán las posibles afecciones que se pueda producir sobre la flora y la fauna.

Durante la fase de ejecución, el paisaje se verá afectado por la presencia de elementos ajenos al entorno natural (maquinaria, acopio de los materiales…). Sus efectos son compatibles y están limitados al periodo de ejecución de la obra. Para reducir este impacto, se prestará atención al emplazamiento y disposición ordenada de las instalaciones, de forma que se reduzca su repercusión en la estética del paisaje.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, no es previsible que el proyecto Regeneración socioambiental de espacios libres en el Ejido del Común de Vecinos, término municipal de San Silvestre de Guzmán (Huelva), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª de dicha Ley.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 26 de enero de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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