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Documento BOE-A-2011-20088

Resolución de 21 de noviembre de 2011, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, para fomentar la innovación, el desarrollo y la cooperación público-privada en áreas tecnológicas estratégicas para el desarrollo económico de Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 23 de diciembre de 2011, páginas 140868 a 140874 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-20088

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con la previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio suscrito entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) y la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), para fomentar la innovación, el desarrollo y la cooperación público-privada en áreas tecnológicas estratégicas para el desarrollo económico de Andalucía, cuyo texto figura a continuación.

Madrid, 21 de noviembre de 2011.–El Presidente del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, Tomás Hernani Burzaco.

CONVENIO ENTRE LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA (IDEA) Y EL CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL (CDTI) PARA FOMENTAR LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO Y LA COOPERACIÓN PÚBLICO-PRIVADA EN ÁREAS TECNOLÓGICAS ESTRATÉGICAS PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE ANDALUCÍA

En Madrid, a 13 de octubre de 2011.

REUNIDOS

De una parte, D. Antonio Valverde Ramos, Director General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA, nombrado por el Consejo Rector de la misma con fecha de 22 de diciembre de 2009, en nombre y representación de este organismo y en uso de las atribuciones que le confieren los Estatutos de la Agencia, aprobados mediante Decreto 26/2007, de 6 de febrero, y

De otra parte: D. Arturo Azcorra Saloña, en su calidad de Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, en adelante CDTI, domiciliado en Madrid, calle Cid 4, Entidad de Derecho Público creada por RDL 8/1983, de 30 de noviembre, actuando a tenor de los poderes que le han sido otorgados en la reunión del Consejo de Administración del CDTI, celebrada el 27 de mayo de 2010 y protocolizados ante el Notario de Madrid, D. Ignacio Paz-Ares Rodríguez, con fecha 1 de junio de 2010, con el número1.060 de protocolo.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), de conformidad con el Decreto 217/2011, de 28 de junio, de adecuación de diversas entidades de derecho público a las previsiones de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía tiene la condición de agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la citada Ley, dotada de personalidad jurídica diferenciada de la Administración de la Junta de Andalucía, patrimonio y tesorería propios, con plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, así como autonomía de gestión y administración, a la que corresponde con carácter general la promoción y desarrollo de la actividad económica de Andalucía y, cuyas funciones se encuentran reguladas en la Ley 3/1987, de 13 de abril, por la que se creó el antiguo Instituto de Fomento de Andalucía y en sus Estatutos, aprobados por Decreto 26/2007, de 6 de febrero. El título competencial tiene su fundamento en el artículo 10.11 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Que, entre otras funciones, la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía tiene delegada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, por Orden de 20 de septiembre de 2011, la competencia para ejecutar dentro del programa de impulso a proyectos de innovación y desarrollo, comprendido en el anexo del Convenio de colaboración entre dicha Consejería y el Ministerio de Ciencia e Innovación relativo a las actuaciones de fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de 20 de septiembre de 2010, la línea de grandes proyectos consorciados a realizar por un mínimo de tres empresas con la participación en al menos un 15% del presupuesto de algún centro público de generación del conocimiento, así como para la ejecución del mismo.

Que para la ejecución de dicha competencia la Agencia puede conveniar con un tercero que realice este tipo de actuaciones siempre que ello redunde en un mayor beneficio para las empresas andaluzas, por el número de proyectos a realizar, la mayor cuantía de los mismos, aisladamente o en el conjunto del programa, o de cualquier otra forma y así pueda demostrarse

Que de conformidad con la legislación vigente y dada la cuantía de la operación el Consejo Rector de IDEA en su sesión de 20 de septiembre de 2011 acordó autorizar el gasto y la firma del presente Convenio y elevar el acuerdo al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para su ratificación. Con fecha 11 de octubre de 2011 el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ratificó el acuerdo.

Segundo.

Que el CDTI es una Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación, encargada de la gestión y desarrollo de la política de innovación tecnológica del citado Ministerio, cuyas funciones se encuentran reguladas en el Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba su Reglamento de actuación.

Entre otras funciones, el CDTI tiene encomendada la promoción del desarrollo tecnológico de las empresas industriales españolas, mediante el impulso de la ejecución de proyectos de desarrollo e implantación de tecnologías, disponiendo de diversos instrumentos de financiación privilegiada de proyectos de I+D desarrollados por empresas y de promoción de la transferencia de tecnología en el ámbito empresarial, así como ostenta la representación de España en diferentes organismos y programas internacionales.

Tercero.

Que el CDTI es el organismo encargado de gestionar una parte importante del presupuesto del Programa Operativo «I+D+i por y para el beneficio de las Empresas-Fondo Tecnológico» que concentra la asignación adicional del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para actividades de I+D+i, que se aprobó para España en las Perspectivas Financieras de la Unión Europea para el periodo 2007-2013. Este Programa asigna sus recursos de acuerdo con unos porcentajes indicativos, aprobados por el Consejo Europeo, de tal manera que el 70% de su presupuesto va dirigido a las regiones del objetivo convergencia, una de las cuales es Andalucía.

Por ello se considera conveniente suscribir el presente convenio, el cual facilitará al CDTI la labor de despliegue de actuaciones de financiación. Estas actuaciones darán lugar a una ejecución en Andalucía de un volumen de Fondo Tecnológico muy elevado, que podría llegar al rango de entre cincuenta y cien millones de euros.

Cuarto.

Que el artículo 149.1.15 de la Constitución, atribuye al Estado la competencia sobre el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.

Quinto.

Que el articulo 6.1 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la Administración General y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de la misma podrán celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias.

Por otra parte el articulo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público dispone la exclusión de su ámbito de aplicación de los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

Sexto.

Que con fecha 7 de junio de 2005 ambas entidades suscribieron un Convenio de colaboración para el fomento y el desarrollo tecnológico en la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyos objetivos son los siguientes:

• Facilitar la transferencia de tecnologías desarrolladas en los Centros Públicos de Investigación y en los Centros de Innovación y Tecnología de Andalucía para la explotación industrial de las mismas.

• Estimular la presentación de propuestas tecnológicas innovadoras a los programas existentes de ayudas públicas, tanto en el ámbito de la propia Andalucía como en el nacional, por parte de las empresas de Andalucía.

• Facilitar la participación de las empresas de Andalucía en los programas internacionales que gestiona CDTI.

• Promover la difusión, valoración y transferencia de tecnologías desarrolladas por las empresas de Andalucía, a través de proyectos financiados por ambas entidades.

Séptimo.

Que, como consecuencia de la colaboración efectiva que se ha desarrollado entre ambas entidades tras la formalización del citado Convenio, la financiación por parte del CDTI de proyectos de Investigación y Desarrollo (I+D) en sus diversas tipologías (desarrollo tecnológico, innovación tecnológica, investigación industrial concertada y neotec) desarrollados en la Comunidad Autónoma de Andalucía se ha incrementado de un modo notable, habiéndose multiplicado la financiación aprobada en el periodo 2008-2010 por 4 respecto del periodo 2005-2007 y por 16 el tramo de subvención.

Octavo.

Que IDEA reconoce la tarea que está llevando a cabo el CDTI en el ámbito de la financiación de la I+D en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reforzando de este modo el tejido empresarial de la Comunidad.

Que CDTI reconoce la labor que está realizando IDEA en el ámbito de la promoción de la I+D en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Noveno.

Que ambas partes son conscientes del reto que supone para los años venideros la transformación de la economía de Andalucía en una economía sostenible basada en el conocimiento y de la necesidad de buscar nuevas vías para el fomento de la colaboración público-privada en las áreas tecnológicas estratégicas para el desarrollo económico de la comunidad autónoma.

Décimo.

Que en fecha 20 de septiembre 2010 el MICINN firmó con la Comunidad Autónoma de Andalucía un convenio de colaboración para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación, por el que el MICINN aportaba doscientos millones de euros para el desarrollo de proyectos de innovación por parte de la Junta de Andalucía.

Undécimo.

Que el eje 4 de la Estrategia Estatal de Innovación establece la cooperación institucional entre las administraciones como un elemento fundamental para el impulso de una economía sostenible basada en el conocimiento.

Decimosegundo.

Que, por todo lo expuesto, ambas partes se encuentran interesadas en profundizar y ampliar la colaboración desarrollada hasta la fecha, mediante la aportación de fondos orientada principalmente al incremento de las labores indicadas en el exponendo anterior, derivadas del aumento de la financiación de proyectos y del desembolso de pagos anticipados, así como para facilitar la financiación de proyectos de Investigación y Desarrollo (I+D) que promuevan directa o indirectamente el avance del conocimiento, que ayuden a elevar el nivel de innovación de las empresas incrementando su competitividad y, de esta forma, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y la generación de renta y de riqueza en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Decimotercero.

Que, de acuerdo con lo expuesto, las dos entidades firmantes están interesadas en cooperar, mediante el presente Convenio de colaboración, para complementar sus actuaciones, lo que llevan a efecto con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las líneas de colaboración entre la Agencia IDEA y el CDTI, con la aportación de fondos de la Agencia IDEA a CDTI, que permitan a éste continuar y profundizar en su labor de promoción y mejora del nivel tecnológico de las empresas andaluzas mediante el fomento de la investigación, el desarrollo y la cooperación público-privada en áreas tecnológicas estratégicas para el desarrollo económico de Andalucía.

En concreto tiene por objeto fijar las condiciones de colaboración entre ambas partes para fomentar el desarrollo de grandes proyectos de I+D+I consorciados por un mínimo de tres empresas y con la participación de centros de generación del conocimiento, y que supongan la concesión de subvenciones a las empresas para la cooperación estable público-privada en investigación y desarrollo (I+D), en áreas de importancia estratégica para el desarrollo económico de Andalucía.

Segunda. Obligaciones de las Partes.

La Agencia IDEA para el desarrollo de las actuaciones previstas aportará al CDTI hasta un máximo de treinta millones de euros (30.000.000,00 €).

Esta aportación de fondos no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y, por tanto, no podrá suponer un mayor endeudamiento para la Comunidad Autónoma.

Por su parte, el CDTI se obliga a reforzar el cumplimiento de sus funciones de fomento y mejora del nivel tecnológico de las empresas andaluzas mediante el ejercicio de sus actividades habituales de promoción, gestión, evaluación, seguimiento y financiación de proyectos de Investigación y Desarrollo (I+D).

El CDTI elaborará y presentará a la Agencia IDEA informes semestrales de ejecución de las actuaciones, que comprenderán tanto el régimen financiero del mismo, como la relación de empresas que participen en el programa, con la certificación de los pagos que se les hayan efectuado y así como la relación de los documentos justificativos de los proyectos aprobados y subvencionados señalando el lugar de custodia de los mismos.

De igual forma el CDTI deberá presentar un informe final que recoja la evaluación del programa y de su ejecución y los beneficios de toda índole que haya podido suponer para el Sistema de Ciencia-Tecnología y Empresa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercera. Compromisos económicos.

Los fondos de la Agencia IDEA serán desembolsados de acuerdo al siguiente calendario de libramientos:

Antes del día 31 de enero de 2013

8.400.000,00 €

Antes del día 31 de enero de 2014

11.100.000,00 €

Antes del día 31 de enero de 2015

10.500.000,00 €

Total

30.000.000,00 €

Este calendario de libramientos podrá ser ajustado año a año, mediante la formalización de una adenda al presente convenio, en función de las actividades realizadas por el CDTI.

Las aportaciones se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta de titularidad del CDTI que éste designe.

Dado que estas aportaciones no están ligadas a actuaciones de promoción tecnológica específicas, en ningún caso la Agencia IDEA certificará al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) las cantidades que aporte al CDTI como consecuencia de este Convenio.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.

Dentro del plazo de noventa días hábiles a contar desde la fecha de la firma de este Convenio deberá constituirse una Comisión de Seguimiento integrada por igual número de representantes de cada una de las partes, con un mínimo de dos representantes por parte.

Esta Comisión de Seguimiento fijará sus propias normas de funcionamiento, debiendo reunirse con carácter ordinario al menos una vez al año o, de forma extraordinaria, cuando lo solicite justificadamente cualquiera de las partes. A estos efectos, serán válidas las reuniones por teleconferencia o videoconferencia.

Además, en dicha Comisión habrá un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 27, 1, b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril.

Quinta. Funciones de la Comisión de Seguimiento.

Corresponde a la Comisión de Seguimiento las siguientes funciones:

(i) Realizar el seguimiento de las acciones de promoción emprendidas por parte del CDTI, así como informar del impacto, en el Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa andaluz, de los proyectos generados, velando por el cumplimiento de lo pactado en el presente Convenio.

(ii) Preparar un informe semestral de todos los proyectos financiados por parte de CDTI en la Comunidad Autónoma Andaluza, que permita una valoración de los resultados de promoción realizados por CDTI.

(iii) Elevar a los órganos competentes de las dos entidades las propuestas de mejora, adaptación o modificación del presente Convenio que se consideren pertinentes, en su caso, a la vista del informe anual y de los criterios de gestión establecidos en cada momento para la ejecución del fondo tecnológico.

Sexta. Vigencia, prórroga y resolución.

El presente Convenio entrará en vigor a su firma por ambas partes y su vigencia se extenderá hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo o mientras subsistan obligaciones de las partes.

No obstante, de común acuerdo las partes podrán prorrogar la vigencia del mismo, acordando nuevas aportaciones o ampliando el objeto del mismo. Estas modificaciones deberán ser formalizadas de mutuo acuerdo por medio de adenda.

Asimismo, y de común acuerdo, las partes podrán determinar la resolución del presente convenio, en cuyo caso deberán acordar los efectos de la resolución sobre las actividades en curso y sobre las aportaciones de fondos realizadas o pendientes de realizar.

Séptima. Difusión y publicidad.

Ambas partes se comprometen a difundir y dar publicidad a las actuaciones que se realicen al amparo del presente convenio, tanto con carácter general como en cada una de ellas, con expresa mención del Ministerio de Ciencia e Innovación, la Junta de Andalucía, el Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial, la Agencia IDEA, y en su caso a los Fondos Europeos. A tal efecto se incluirán los logos correspondientes en los materiales que se elaboren, en las páginas webs, en los anuncios y eventos de lanzamiento, seguimiento y cierre de resultados.

Octava. Tratamiento de datos.

Los datos personales del/los compareciente/s utilizados para la firma del presente Convenio están almacenados en un fichero titularidad del CDTI, y serán tratados con la finalidad de llevar a cabo la gestión, desarrollo, cumplimiento y control de la relación contractual, así como la realización de remisiones de obligado cumplimiento. Los datos serán tratados y protegidos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El/los titular/es de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito al CDTI al domicilio siguiente: C/ Cid, n.º 4, 28001-Madrid.

Novena. Protección de datos.

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos. En este sentido, cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que por este concepto pueda incurrir.

Décima. Confidencialidad.

Las partes garantizan la más absoluta reserva y secreto de la información que obtengan como consecuencia del presente Convenio y responderán del mal uso que de ella se haga.

Por ello, las partes se comprometen a utilizar los medios que fueran precisos para evitar poner en peligro la confidencialidad de la información.

Undécima. Interpretación del Convenio.

Todas las cuestiones que se susciten entre las partes contratantes por la interpretación del presente convenio serán resueltas de común acuerdo entre ellas.

Caso de no ser posible tal acuerdo, se someten, con renuncia expresa del fuero que resultara competente, a los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital).

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Convenio, en ejemplar duplicado, en el lugar y fecha al principio indicados.

Por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), Antonio Valverde Ramos.–Por el Centro para el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, Arturo Azcorra Saloña.

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