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Documento BOE-A-2011-19013

Resolución de 15 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Restauración de la marisma de Tina Mayor en los términos municipales de Ribadedeva (Asturias) y Val de San Vicente (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 2 de diciembre de 2011, páginas 128687 a 128701 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-19013

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el artículo 3.2, apartado b), del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos por decisión del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 24 de mayo de 2007, procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden ARM/939/2011, de 13 de abril, sobre delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular, por delegación de la Ministra, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

El proyecto objeto de análisis consiste en la restauración de la zona de la marisma de «Tina Mayor», compuesta por un conjunto de playas, marismas y prados de gran interés ambiental. La actuación se localiza en el tramo final de la ría de Tina Mayor, a su paso por los términos municipales de Ribadedeva (Principado de Asturias) y Val de San Vicente (Cantabria).

En la actualidad la marisma de Tina Mayor está aprovechada por prados de siega, siendo la finalidad de la actuación la restauración de dichas áreas, la creación de un itinerario interpretativo y la mejora de la accesibilidad a la playa y la ría, para así mejorar las condiciones de ambas márgenes, actualmente afectada por rellenos y desecado de la marisma.

Las actuaciones previstas se plantean para contribuir a la preservación ambiental de la zona, actuando sobre la degradación de las formaciones vegetales autóctonas y proliferación de las alóctonas, y favoreciendo la accesibilidad a la playa de la ría y la restauración de los humedales costeros de Tina Mayor.

El proyecto contempla las siguientes actuaciones:

– Actuaciones en el Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT):

Retirada de basuras y escombros.

Restauración de humedales costeros: construcción de charcas y apertura de canales de comunicación con el canal principal, adecuando su entorno mediante la creación de caballones permitiendo aislar la zona de lagunas y pasarelas.

Recuperación de la vegetación natural en zonas actualmente aprovechadas como pastizales.

– Creación de un senderos interpretativos autoguiados, facilitando el uso público. Una buena parte de dichos senderos discurre sobre pasarelas de madera, paralelos a los caminos asfaltados elevándose 1 metro sobre el terreno para evitar problemas con las mareas altas y diseñando su recorrido de manera que permita observar la mayor parte de la marisma.

– Instalación de paneles interpretativos y carteles informativos: integrados en los tramos de pasarela.

– Instalación de tres observatorios de fauna

– Recuperación del entorno del molino de marea situado en la desembocadura del arroyo El Curtidor, en las cercanías de Bustío. Conllevará la reconstrucción manual del dique y la del propio edificio del molino.

– Recuperación del antiguo embarcadero. Se llevará a cabo en la margen derecha del río Deva, en la zona de Cantabria, junto con la creación de un aparcamiento público y un área de descanso en su entorno.

– Mejora de la accesibilidad a la playa de la ría conocida como «El Pedreru».

En el estudio de impacto ambiental se plantean dos alternativas, definidas como alternativas 1 y 2, además de la posibilidad de no actuación o «alternativa 0», que consiste en el mantenimiento de la situación actual. Ambas opciones contemplan la adecuación del molino de marea y su entorno, la creación de charcas, la apertura y acondicionamiento de canales, la restauración del viejo embarcadero (incluidas demoliciones), la creación de un aparcamiento y una zona recreativa, y la creación de una senda en el entorno de la ría, aspecto en el que difieren las alternativas 1 y 2 (esta senda tendrá una longitud de unos 5.000 metros para la alternativa 1 y de unos 7.000 metros para alternativa 2). Tras el proceso de selección de alternativas, descrito en el estudio de impacto ambiental, se seleccionó la alternativa 1, de menor longitud de trazado e impacto ambiental global.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

La zona de actuación se localiza en los términos municipales de Ribadedeva (Principado de Asturias) y Val de San Vicente (Cantabria).

Hidrología: Los terrenos objeto de estudio se encuadran en la cuenca hidrográfica del río Deva. El cauce más importante en la zona de actuación es el río Deva, el cual sirve de límite entre Asturias y Cantabria. Esta ría se ensancha en el tramo comprendido entre El Curtidor, Bustio y Unquera, generando dos ensenadas a ambos lados del canal.

Suelo: Las zonas bajas del ámbito de estudio están ocupadas por depósitos de marismas y rías, del Cuaternario, sobre materiales de granulometría muy fina (arcillas, limos y fangos) frecuentemente saturados de agua. El relleno sedimentario que presenta la Ría de Tina Mayor se debe a la amplia cuenca de drenaje y al encajonamiento de los valles al cruzar los Picos de Europa.

Espacios Naturales Protegidos: Los espacios naturales protegidos dentro de la Red Natura 2000 incluidos en el área de proyecto son:

Lugares de Importancia Comunitaria (LIC):

– LIC «Ribadesella-Tina Mayor» (ES0000319). Perteneciente a Cantabria.

– LIC «Río Cares-Deva» (ES1200035). Perteneciente a Cantabria.

– LIC «Rías Occidentales y dunas de Oyambre» (ES1300003). Perteneciente a Asturias.

– LIC «Río Deva» (ES1300008). Perteneciente a Asturias.

Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA):

– ZEPA «Ría de Ribadesella-Ría de Tina Mayor» (ES0000319). Perteneciente a Asturias.

La parte asturiana de la ría pertenece al territorio propuesto como «Paisaje Protegido de la Costa Oriental», dentro de la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos prevista en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias (PORNA, Decreto 38/1994, de 19 de mayo, del Principado de Asturias, de 19 de mayo), debido a sus valores ambientales.

Vegetación: En gran parte del tramo de ría de Tina Mayor objeto de estudio, la vegetación potencial corresponde a comunidades permanentes de marisma, aunque también existen terrenos aprovechados por prados de siembra. Dentro del ámbito de estudio destacan las siguientes unidades de vegetación: los juncales marítimos, los madroñales calcícolas, los madroñales silicícolas, los brezales y las comunidades de roquedos calcícolas.

Por otro lado, en el área de estudio hay que destacar la presencia de seda de mar estrecha (Nanozostera noltii), especie catalogada como «Vulnerable» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, aprobado por Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. Además se localizan numerosas encinas (Quercus ilex), especie catalogada como «de Interés Especial» dentro del Catálogo de las especies de flora amenazada del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 65/1995, de 27 de abril, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora del Principado de Asturias y se dictan normas para su protección

Además, en las zonas del área de estudio que presentan un mayor grado de alteración, aparecen especies como Glaux maritima o Cochlearia aestuaria, asociada a los juncales marítimos asentados sobre suelos limosos de escasa salinidad.

Fauna: La ría acoge algunas especies propias de los ríos que se adaptan a vivir en la desembocadura como la anguila (Anguilla anguilla), que cuenta con un Plan de Gestión en Cantabria, según la Orden DES/59/2010, de 11 de noviembre, por la que se regula la pesca de la angula en aguas interiores de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el salmón atlántico (Salmo salar), especie singular según el Plan de ordenación de los Recursos Naturales de Asturias aprobado por Decreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias, y la lamprea marina (Petromyzon marinus), incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y catalogada como «Vulnerable» tanto por el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias (Aprobado por Decreto 32/90, de 8 de marzo, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias y se dictan normas para su protección), como por el Catalogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria (aprobado por Decreto 120/2008, de 4 de diciembre por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria).

Respecto a los mamíferos de hábitos acuáticos, está presente en la ría de Tina Mayor la nutria (Lutra lutra), especie catalogada como «De interés especial» por el Catálogo Regional Asturiano y que cuenta con un Plan de Manejo que establece directrices y medidas para velar por su conservación, aprobado por Decreto 73/1993, de 29 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo, por el que se aprueba el plan de manejo de la nutria (Lutra lutra) en el principado de Asturias.

En la ría de Tina Mayor se presenta la ranita de San Antonio (Hyla arborea), especie incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y catalogada como «Vulnerable» en los Catálogos Regionales de Asturias y Cantabria, y el sapo partero común (Alytes obstetricans), incluido en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Las praderías y muretes del área de estudio y laderas forestales próximas albergan algunas especies de reptiles como el lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi) o la lagartija roquera (Podarcis muralis), en el especies en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Los carrizales existentes en ambas márgenes de la ría constituyen un hábitat de gran interés para algunas especies de avifauna como el carricero común (Acrocephalusscirpaceus) y el ruiseñor bastardo (Cettia cetti), además de otras especies limícolas como el andarríos chico (Actitis hypoleucos), todas ellas incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Paisaje: La zona presenta un paisaje de alta calidad, debido a la singularidad suponen las llanuras costeras estuarinas no urbanizadas. Sin embargo, la pérdida de naturalidad que han supuesto los relleno parciales y utilización posterior de la zona han disminuido la calidad global del entorno.

Patrimonio cultural: Dentro del ámbito de estudio, y tras proceder a consultar la Carta Arqueológica de los concejos de Ribadedeva, en Asturias, y Val de San Vicente, en Cantabria, se documentan los siguientes yacimientos arqueológicos:

– Cueva de la Barra.

– Cueva´l Burru.

– Cueva del Castru.

– Conchero de Tina.

– Material lítico de la cuesta.

– Yacimiento en superficie de Unquera.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

3.1.1 Entrada documentación inicial: La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 9 de agosto de 2006, la documentación ambiental del proyecto «Restauración de la marisma de Tina Mayor TT.MM. Ribadedeva (Asturias) y Val de San Vicente (Cantabria)».

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones (muy sintético, con extracto de las significativas): El período de consultas previas se inició con fecha 13 de febrero de 2007. En la tabla adjunta se recogen los organismos e instituciones que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe.

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Confederación Hidrográfica del Norte.

X

Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras. Principado de Asturias.

Dirección General de Calidad Ambiental y Obras Hidráulicas. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras. Principado de Asturias.

X

Dirección General de Recursos Naturales y Protección Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Ordenación del Territorio e Infraestructuras. Principado de Asturias.

X

Dirección General de Pesca. Consejería de Medio Rural y Pesca. Principado de Asturias.

Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza. Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca. Comunidad Autónoma de Cantabria.

X

Servicio de Actividades Pesqueras de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca. Comunidad Autónoma de Cantabria.

X

Dirección General de Medio Ambiente. Consejería Medio Ambiente. Comunidad Autónoma de Cantabria.

X

Dirección General de Puertos y Costas. Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo. Comunidad Autónoma de Cantabria.

Ayuntamiento de Ribadedeva (Asturias).

X

Ayuntamiento de Val de San Vicente (Cantabria).

INDUROT (Instituto de Recursos Naturales y Ordenación del Territorio)-Universidad de Oviedo.

Centro Oceanográfico de Santander. Instituto Español de Oceanografía.

X

Coordinadora Ecologista de Asturias.

X

ADENA.

SEO.

X

Greenpeace.

Ecologista en Acción.

Amigos de la Tierra.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas son las siguientes:

La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico informa de la necesidad de realizar una valoración de las afecciones a los LICs, con la cuantificación de los hábitats afectables en superficie, y lo que ello suponga en porcentaje respecto del total de cada hábitat dentro de los LICs correspondientes. Por otro lado, se insta a extremar la precaución durante los movimientos de tierra ya que el potencial de invasión por especies alóctonas como la «Cortaderia selloana» es muy elevado; incluyendo protocolos de manejo de las especie invasoras.

La Dirección General de Recursos Naturales y Protección Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias señala que se deberían tener en cuenta alternativas menos agresivas, como la alternativa 0. En cualquier caso se debería analizar la época y duración de los trabajos, para causar el mínimo impacto sobre el medio, y las afecciones a espacios de la Red Natura 2000.

La Dirección General de Calidad Ambiental y Obras Hidráulicas de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias considera que no es necesario someter el proyecto a la tramitación ambiental, aunque si a un procedimiento de información pública.

La Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria señala que:

Se deberán incluir en el estudio las medidas preventivas y correctivas necesarias para minimizar los impactos derivados de las obras y del uso recreativo posterior (senda peatonal, área recreativa y embarcadero).

La planificación de la obra y el calendario de visitas a los equipamientos recreativos se deberán elaborar respetando los ciclos migratorios, época y lugares de cría de las especies, teniendo especial atención a las aves acuáticas presentes en la zona de estudio. Regulándose la afluencia de visitantes a la zona recreativa, además de contar con un plan de vigilancia.

Se respetarán los ecosistemas intervenidos y se preverá una correcta gestión de los residuos generados.

El Servicio de Actividades Pesqueras de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria La ría de Tina Mayor es una importante cuenca receptora de ejemplares inmaduros de «Anguilla anguilla» en Cantabria. Este organismo hace mención al por entonces en trámite de elaboración «Plan de Gestión para la Recuperación de la Anguila en la Unión Europea», normativa para el establecimiento de un plan de protección para dicha especie.

La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria remite un informe del Servicio de Impactos y Autorizaciones Ambientales, en el que se manifiesta que sobre la zona de actuación aparecen especies asociadas a juncales marítimos como «Glaux maritima» o «Cochlearia aestuaria», que podrían verse afectas por las obras previstas. Por ello consideran necesario que de forma previa a las obras se realice una evaluación de impacto ambiental del proyecto, incluyendo un detallado estudio de la modificación de las condiciones ecológicas que se pudieran producir, así como un replanteo de las zonas sobre las que vaya a operar maquinaria durante la fase de ejecución de las obras, a fin de minimizar su efecto sobre los ecosistemas presentes.

Por último, considera necesario que organismo gestor del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES13000003 Oyambre y Rías Occidentales (la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza del Gobierno de Cantabria) elabore un informe previo al inicio de las obras.

El Ayuntamiento de Ribadedeva (Asturias) considera en su informe que el proyecto objeto de estudio no genera impactos ambientales significativos, por lo que no debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El Centro Oceanográfico de Santander del Instituto Español de Oceanografía indica que la actuación que se llevará acabo escapa a las competencias dicho organismo, aunque estima la conveniencia de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por otro lado, señala que deberá detallarse si durante las obras existen riesgos derivados del uso de materiales de construcción que pudieran afectar a las comunidades piscícolas del área de estudio.

La SEO/BirdLIife no considera conveniente desde un punto ornitológico la eliminación de prados de siega, ya que es ambientalmente inocua y contribuye a la proliferación de especies propias de campiña. Asimismo, se desaconseja la eliminación de los caballones de tierra existentes, ya que implicaría una pérdida de la diversidad faunística. Respecto a la restauración de humedales costeros considera conveniente la creación de una única laguna. En el mismo sentido, se manifiesta que resulta innecesaria la creación o ensanche de charcas en la margen cántabra, resultando preferible la creación de una nueva laguna como ensanche de alguno de los canales secundarios ya existentes.

En cuanto al sendero interpretativo, se considera excesiva su longitud y trazado en la margen asturiana. Por otro lado, se desaconseja la mejora al acceso a la playa por situarse en terrenos frágiles y con tendencia a los desprendimientos, así como el ensanche de la carretera de acceso a El Curtidor debido al mínimo tráfico que soporta.

Se aconseja la plantación de Salix atrocinerea en el perímetro del campo de fútbol (margen cántabra) con objeto de minimizar el impacto visual. Asimismo ejemplares de esta especie, deberían ser plantadas en ambas márgenes de la carretera que une Bustio y El Curtidor. Finalmente, se deberá incluir una limpieza completa del estuario

Por último se sugiere la construcción de dos únicos observatorios de fauna junto a las lagunas artificiales.

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies señala que resulta necesario elaborar un inventario detallado del medio previo a la intervención en la marisma y en el entorno de la ría. También, deberá procederse a la identificación de las comunidades vegetales, catalogación y distribución de las mismas en el espacio considerado. Se considera indispensable establecer un programa de vigilancia y de seguimiento de las obras, así como las medidas necesarias para asegurar el cuidado y mantenimiento de las mismas.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas: Con fecha 12 de junio de 2007, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental comunica al promotor el resultado de las contestaciones a las consultas, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Con fecha 28 de noviembre de 2008 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE), número 287, el anuncio de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar por el que se somete a información pública el proyecto y el estudio de impacto ambiental del proyecto restauración de la marisma de la Ría de Tina Mayor, términos municipales de Ribadedeva (Asturias) y Val de San Vicente (Cantabria).

Debido a que el periodo de alegaciones referido en el anuncio fue de 20 días, este proceso tuvo que repetirse, publicándose con fecha 11 de junio de 2010, en el BOE número 142, el anuncio mediante Resolución de la Dirección General Sostenibilidad de la Costa y del Mar, por la que se rectifica el anuncio sobre información pública del proyecto «Restauración de la marisma de Tina Mayor, TT.MM. Ribadedeva (Asturias) y Val de San Vicente (Cantabria)», ampliando el plazo hasta los treinta días.

Dado que la Demarcación de Costas de Asturias no respetó el plazo fijado para la presentación de alegaciones al proyecto, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental constata, con fecha 21 de febrero de 2011, la necesidad de realizar un nuevo proceso de información pública.

Consecuentemente, con fecha 19 de marzo de 2011, se publicó en el BOE número 67 un nuevo anuncio de la Dirección General Sostenibilidad de la Costa y del Mar, sometimiento al proceso de información pública tanto del Proyecto como su estudio de impacto ambiental, el cual se ha dado como definitivo.

Durante el primer proceso de información pública se recibieron 12 alegaciones (BOE núm. 287, de 28 de noviembre de 2008). El contenido se expone a continuación:

La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico manifiesta que las observaciones al proyecto formuladas en etapas de tramitación anteriores fueron atendidas de forma correcta. Frente a este informe el promotor no opina al respecto.

El Instituto Español de Oceanografía no presenta ninguna objeción a la ejecución del proyecto. Frente a este informe el promotor no opina al respecto.

La Dirección General de Biodiversidad y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias realiza las siguientes demandas:

– Minimizar los tramos de pasarela sobreelevada, acompañándola de pantallas vegetales que minimicen las molestias a la fauna y carteles informativos.

– Construcción de tres observatorios de aves.

– Proporcionar un nuevo emplazamiento a la laguna artificial oeste, con objeto de no afectar la actual vegetación palustre. Asimismo, las charcas deberán mantener una profundidad variable que permita la alimentación de las aves limícolas.

– Tanto las áreas de pastizal como las orillas de las charcas artificiales se realizarán plantaciones de especies palustres en estos espacios

El promotor no considera adecuada la reducción de tramos de pasarela, ya que su función consiste en evitar afecciones sobre las zonas encharcadas y el sistema hídrico de la zona. En cualquier caso, manifiesta su conformidad con el resto de aspectos planteados (instalación de pantallas vegetales y cartelería en las sendas, observatorios de fauna, y ubicación y profundidad de las charcas artificiales).

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias considera adecuadas todas las actuaciones incluidas en el presente proyecto salvo el sendero interpretativo. Respecto a este particular manifiesta que, tal y como contempla el POLA (Plan Especial del Litoral Asturiano), el trazado de los caminos peatonales previstos deberá evitar el paso por zonas sensibles en que existan comunidades vegetales de interés botánico. Del mismo modo, este Plan refleja que la instalación de barandillas deberá limitarse a aquellos puntos en que su uso resulte realmente necesario. Por último, este organismo recuerda que el uso futuro que adopte el molino de marea deberá ser en todo punto compatible con el establecido para la categoría «Suelo No Urbanizable de Costas» fijado en el POLA.

El promotor afirma que el proyecto ya contempla lo reflejado en el POLA respecto a las zonas sensibles y la instalación de barandillas.

La Dirección General de Pesca de la Consejería de Medio Rural y Pesca del Gobierno del Principado de Asturias constata que no se prevén efectos negativos sobre los recursos pesqueros como consecuencia de la ejecución del presente proyecto.

La Dirección General de Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, tras informar favorablemente acerca de la viabilidad ambiental del proyecto, aporta las siguientes consideraciones:

– Se minimizarán los desbroces y podas; además se utilizarán materiales y acabados adecuados en las inmediaciones de la playa del Pedrero.

– La zona de aparcamiento y descanso proyectada en la margen de la ría deberá alejarse lo máximo posible de la propia ría.

– La senda peatonal de la margen derecha de la ría deberá mantener su actual morfología.

– Para la eliminación de especies alóctonas se deberán de seguir los protocolos autonómicos actualmente vigentes.

– Se instalará cartelería informativa en los diferentes espacios naturales afectados.

– Deberá procederse a la retirada inmediata de los residuos y basuras generados.

El promotor por su parte, muestra su conformidad con todos los aspectos planteados por esta Dirección General.

La Subdirección General de Pesca y Alimentación de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, tras mostrar su aquiescencia para con las actividades proyectadas, aconseja que se estime la compatibilidad de éstas con el Plan de Recuperación de la Anguila de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El promotor afirma que de forma previa al comienzo de las obras, se contactará con esta Consejería para consensuar las medidas específicas que pudiera resultar conveniente llevar a cabo.

El Ayuntamiento de Ribadedeva realiza las siguientes consideraciones:

– El recorrido peatonal proyectado deberá ampliar su trazado para dotar de una mayor conectividad a la zona y restaurar la servidumbre de paso actualmente inexistente, además de dar continuidad a las aceras del vial de acceso al Puerto de El Curtidor.

– La eliminación de la línea eléctrica al Puerto de El Curtidor deberá llevarse a cabo independientemente de la opinión de la Compañía Eléctrica Hidrocantábrico.

– En la reconstrucción tanto del molino de mareas como de los diferentes muros que contemple la actuación, se utilizará mortero de cal o coloreado en lugar de mortero gris.

El promotor afirma que las consideraciones acerca de la recuperación de las servidumbres de paso exceden el ámbito del proyecto. Sobre la construcción de aceras en el vial de acceso a El Curtido, el promotor considera que la ampliación de la plataforma de estos viales generaría estimables impactos negativos.

En cuanto a la eliminación de la línea eléctrica, muestra su rechazo por ser la única fuente de alimentación del Puerto de El Curtido. Por otro lado, se muestra favorable al empleo de morteros de cal o coloreados y de balizas de iluminación antivandálicas.

El Ayuntamiento de Val de San Vicente demanda la construcción de una zona de aparcamiento en el acceso a la playa del Pedrero, así como ampliar el recorrido de la senda planteada en la margen derecha de la ría. El promotor considera que la implementación del aparcamiento demandado excede los límites del presente proyecto y que la ampliación del mencionado recorrido peatonal conllevaría afectar zonas de encinar cantábrico y laurel de apreciable valor ecológico.

En el informe remitido por SEO/Birdlife incide en los siguientes aspectos:

– Conservación del uso agrícola existente en la margen asturiana del estuario.

– Limitación de las pasarelas peatonales proyectadas, de tal forma que sólo se ejecuten aquellos que presten acceso al molino de marea.

– Minimización de las charcas artificiales a implementar de forma que sólo se ejecuten aquellas previstas en el entorno del molino de marea.

– Plantación de ejemplares de sauces silvestres en los márgenes del vial de acceso a El Curtidor, con objeto de minimizar las afecciones sobre la avifauna del lugar.

El promotor afirma que actualmente la zona de estudio no presenta usos agrícolas sino ganaderos, y que éstos no se verán comprometidos por las actuaciones propuestas. En cuanto a la limitación en las pasarelas, el promotor se compromete a no construir uno de los tramos de pasarela peatonal inicialmente contemplados. Por su parte, la construcción de charcas se valora como positiva para un gran número de alegantes, por lo que no da lugar la queja de esta organización. Por último, la plantación de ejemplares de sauces se considera adecuada.

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies señala que deberá limitarse en gran medida la construcción de las sendas peatonales proyectadas. Esta organización también reclama la elaboración de un programa de vigilancia ambiental y seguimiento exhaustivo. Además, también reclama la plantación de ejemplares sauces silvestres en los márgenes del vial de acceso a El Curtidor. Por último, se solicita que el presente proyecto contemple la recuperación de la marisma mediante la eliminación de los diques existentes, así como la conservación de las alisedas pantanosas que se sitúan en la cola del arroyo Salceda (inmediaciones de Bustío).

El promotor se muestra favorable a la no ejecución de uno de los tramos de pasarela, así como a la plantación de saucedas planteada. Respecto a la eliminación de diques y conservación de alisedas pantanosas, considera que el proyecto respeta este particular sin necesidad de implementar actuaciones adicionales.

La Agrupación de vecinos de Llanes (Avall) considera necesario reducir la red de senderos sobre pilotes proyectada al mínimo imprescindible. También se muestra partidaria de mantener los cultivos agrícolas situados en el estuario de la ría, que deberá ser objeto de una limpieza completa de materiales artificiales. El promotor se compromete a eliminar uno de los tramos peatonales inicialmente previstos. Sobre el estuario de la ría, el promotor afirma que pese a que no se lleven actividades agrícolas, se mantendrán gran parte de los pastos existentes, tras realizar la demandada limpieza en profundidad del área.

Durante el segundo proceso de información pública no se recibieron alegaciones, mientras que para el tercer proceso de información pública se recibieron 4 alegaciones. 3 de ellas, procedentes de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias y del Ayuntamiento de Ribadedeva, con el mismo contenido que en la primera información pública y una nueva alegación correspondiente a un particular.

La alegación particular de un vecino de Val de San Vicente demanda la continuidad de la senda peatonal en el tramo Unquera-Pedrero con objeto de mejorar el acceso a una playa situada en este último punto. Frente a esta alegación, no hay respuesta del promotor.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. En el estudio de impacto ambiental se contemplan dos alternativas, alternativa 1 y alternativa 2, además de la posibilidad de no actuación o «alternativa 0», que consiste en el mantenimiento, por tanto, de la situación actual.

La alternativa 0 resulta descartada por limitar el desarrollo potencial de las diversas unidades de vegetación de interés. Por otro lado, tras un proceso de valoración y comparación de impactos entre las alternativas 1 y 2, se escoge la alternativa 1, como la más favorable ambientalmente. Ambas alternativas suponen la instauración de medidas destinadas a la restauración, recuperación y mantenimiento de una gestión adecuada en el área de estudio, además tendrán similar diseño y utilización de materiales, si bien la alternativa 2 implica un mayor recorrido del sendero interpretativo e incluye una pasarela metálica, aumentando así su impacto ambiental en la zona del proyecto, lo que justifica la selección de la alternativa 1.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias. Seguimiento ambiental: Se expone a continuación las principales afecciones al medio provocadas por elección y ejecución de la alternativa 1, así como las medidas preventivas y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental para paliarlas, así como tras el resultado de la información pública.

Impactos sobre el medio atmosférico: Durante la fase de construcción los principales impactos generados son los ruidos, la emisión de gases procedentes de los motores de combustión de la maquinaria y la emisión de partículas de polvo en suspensión a la atmósfera como consecuencia del movimiento de tierras y desplazamiento de maquinaria utilizada.

El promotor indica que la maquinaria al aire libre cumplirá los niveles de emisión sonora contenidos en la normativa vigente aplicable. Además, según el estudio de impacto ambiental, se limitará el movimiento y los trabajos a realizar con maquinaria pesada al mínimo imprescindible.

Impactos sobre el medio hídrico: Las diferentes actuaciones que se llevarán a cabo en el entorno de la ría podrán provocar alteraciones en el flujo hídrico de la misma. Asimismo, podrá existir una pérdida de la calidad de las aguas superficiales, derivada del riesgo de contaminación por vertidos accidentales o incontrolados, y por el aumento de la turbidez debida a los movimientos de tierra y los arrastres de tierra generados por las obras.

Para evitar vertidos al estuario, se propone la creación de áreas temporales para la maquinaria en zonas que impidan la llegada de vertidos accidentales, además, se vallará el perímetro de la obra (incluyendo zonas de acopio y préstamo) y se utilizarán los depósitos o cubetas correspondientes para el almacenamiento y manejo de productos de mantenimiento de la maquinaria. El manejo de los residuos peligrosos se realizará a través de un gestor autorizado y la limpieza de cubas de hormigón se llevará a cabo en la propia planta de hormigones y las canaletas de las cubas se adecentarán en una zona habilitada para ello, dentro del mismo parque de maquinaria. Por último, para evitar aporte de materiales térreos, en el recinto de obra se habilitará un sistema de limpieza de ruedas.

Una de las actuaciones a realizar en la ría de Tina Mayor es la construcción de una pasarela peatonal apoyada sobre pilares hincados en el terreno. Además del impacto producido por la propia cimentación de la estructura, esta actuación conlleva otras actividades susceptibles de causar impactos en el sistema hídrico de la ría tales como el transporte de módulos, andamiajes auxiliares de colocación, preparación de terreno, etc.

Pese a que el promotor afirma que la construcción de estas pasarelas es perfectamente compatible con la conservación de un estado hídrico óptimo en el entorno de la ría, se compromete a minimizar la longitud total de estos tramos, planteando la no ejecución del tramo de pasarela más cercano al arroyo Salcea.

Otra de las actuaciones contempladas en el presente proyecto es la construcción de un total de 13 charcas con objeto de restaurar las condiciones naturales de la zona húmeda anexa a la ría. Respecto a su ubicación y morfología, el promotor muestra su conformidad con la demanda de la Dirección General de Biodiversidad y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno de Asturias; éstas consistían en modificar el emplazamiento final de la laguna artificial situada más al oeste de la actuación, así como dotar de profundidad variable a las charcas.

Por otro lado, en el estudio de impacto ambiental se propone la construcción de una zona de aparcamiento y área de descanso en el entorno del antiguo embarcadero.

Respecto a este particular, y tal como propone la Dirección General de Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, se tratará de alejar lo máximo posible estas infraestructuras del cauce de la ría.

Impactos sobre el suelo: Durante la fase de acondicionamiento y construcción del proyecto se producirá una ocupación y alteración del suelo. La ejecución del proyecto conlleva movimientos de tierra y desbroces que creará cierta alteración del relieve y generará volúmenes de materiales sobrantes, incrementando el riesgo de erosión del terreno.

Los excesos de material se llevarán al vertedero autorizado bajo asesoramiento ambiental. Por otro lado, la tierra vegetal a retirar, se acumulará en caballones de una altura no superior a 1,50 m. Sobre ellos, se sembrará una mezcla de semillas de especies propias del entorno. En cuanto a los caminos contemplados en proyecto, tal y como señala la Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, se adaptarán a la tipología de los que actualmente existen en el área de estudio, para de esta forma limitar los impactos que pudieran producirse sobre el terreno.

Por último, para evitar afecciones adicionales sobre la morfología del terreno y limitar los movimientos de tierra, se reducirá al mínimo imprescindible la anchura de la plataforma en los viales proyectados.

Impactos sobre la vegetación: Las principales afecciones derivadas de la ejecución del proyecto se deberán a labores de desbroce, movimientos de tierra, excavaciones y construcción de los canales para las charcas artificiales, así como la posterior ejecución del sendero interpretativo, ocasionando modificaciones en la cobertura vegetal. Además, las labores de desbroce afectarán ejemplares de Quercus ilex.

Para evitar estas afecciones, el promotor afirma que se minimizarán los desbroces y podas necesarios para la ejecución de las obras proyectadas, prestando especial atención a los ejemplares de Quercus ilex. Respecto a las charcas artificiales, el promotor se compromete a variar el emplazamiento de la laguna con una situación más occidental con objeto de no afectar la vegetación palustre del lugar.

En la zona de estudio se presentan numerosas especies alóctonas con un potencial de invasión muy elevado; cabe destacar que con los movimientos de tierras derivados de la ejecución del proyecto, así como con el mismo trasiego de maquinaria, se favorece la expansión y propagación de estas especies. Tal y como demanda la Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, para la eliminación de estas especies se seguirán los protocolos autonómicos vigentes. Además, se seguirán las medidas señaladas en el anexo II: Plan de Control para las especies invasoras, prestando especial atención a la Cortaderia selloana.

Especies como Glaux maritima o Cochlearia aestuaria, asociadas a juncales marítimos de suelos limosos y de escasa salinidad, aparecen en la zona de actuación, por lo que la ejecución del proyecto podría afectar a la correcta conservación de las poblaciones de estas especies, según el Servicio de Impacto y Autorizaciones Ambientales, Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria.

Respecto a las poblaciones de Glaux maritima y Cochleariaaesturaria, entre los meses de mayo y julio, se procederá a la localización de estas especies y al marcaje de sus poblaciones, previa a la asignación de las distintas zonas de la obra. Del mismo modo, se tendrá en cuenta la localización de estas especies para definir la ubicación de los viales, zonas de acopios, casetas e instalaciones auxiliares.

Con carácter previo al inicio de las obras, se realizarán prospecciones para detectar o descartar la presencia en el ámbito de estudio de poblaciones de especies, fundamentalmente aquellas que gocen de alguna figura de protección, cuya aparición resulte probable. En caso de que se localizasen, se procederá a su balizamiento y posterior transplante a lugar adecuado, siempre bajo asesoramiento ambiental. Además, los caminos proyectados evitarán atravesar las formaciones vegetales y áreas más valiosas del área de estudio.

Una vez terminadas las obras, se procederá a la revegetación de aquellas zonas en las que la cubierta vegetal natural haya desaparecido. En estos casos se utilizarán especies correspondientes a las series de vegetación presentes en el ámbito de estudio, siempre bajo asesoramiento ambiental. En las orillas de las charcas artificiales proyectadas se ejecutarán plantaciones de especies palustres.

Impactos sobre la fauna: Las principales afecciones sobre la fauna que se produzcan en la fase de obra, serán consecuencia de la pérdida de hábitat de las especies presentes en el área de estudio o a la alteración en el comportamiento de estas poblaciones; pudiendo verse afectadas por el movimiento de maquinaria y trasiego de operarios necesarios para la ejecución de las obras, generación de ruidos y, ocasionalmente destrucción de los nidos presentes.

Tal y como ha quedado patente en anteriores apartados, el promotor se compromete a minimizar las actividades intrínsecas a la realización del proyecto, limitando las afecciones que éstas pudiesen ocasionar sobre la fauna presente en el área de estudio.

Asimismo, se pueden producir molestias durante la época de cría y nidificación de las especies presentes en el área de estudio. Estas molestias serán más intensas cuando coincidan con el periodo invernal, ya que es la época con mayor número de aves acuáticas presentes en la ría de Tina Mayor. Además, las labores de desbroces pueden conllevar la destrucción de puestas de diversas especies de aves, de realizarse en época de cría.

Para evitar estas afecciones, las labores de desbroce se realizarán fuera del periodo de reproducción de las aves (de abril a agosto, inclusive) para evitar la pérdida de puestas. Además, el promotor se compromete a proporcionar una profundidad variable a las charcas artificiales proyectadas con el fin de facilitar la alimentación de las aves limícolas presentes.

Las actuaciones previstas, en la margen asturiana principalmente, suponen el abandono progresivo del aprovechamiento agrícola, mayormente praderías de siega y cultivos de maíz. Esta circunstancia es perjudicial para la avifauna de la zona, pues supone la detracción de una importante fuente de alimento y de diversificación de hábitat, implicando un empobrecimiento cualitativo y cuantitativo de la avifauna del entorno.

El promotor manifiesta que los citados cultivos poseen en realidad un aprovechamiento ganadero. En todo caso, el promotor asegura que las actividades proyectadas resultan perfectamente compatibles con estos usos, ya que se mantendrán gran parte de los cultivos existentes, tras realizar una limpieza en profundidad de esta área.

La ría de Tina Mayor destaca por tratarse de una importante cuenca receptora de inmaduros de Anguilla anguilla en Cantabria (principalmente durante los meses de invierno) y por la presencia de especies anfibias en las inmediaciones del área de estudio. Todas estas comunidades podrán verse afectadas por la ejecución de las labores proyectadas.

Tal y como demanda la Subdirección General de Pesca y Alimentación del Gobierno de Cantabria, de forma previa al comienzo de las obras el promotor se pondrá en contacto con este organismo con el fin de consensuar aquellas medidas específicas contempladas en el Plan de Recuperación de la Anguila de la Comunidad Autónoma de Cantabria que resulten conveniente adoptar. Además, dada la presencia en el ámbito de proyecto de especies de anfibios protegidas, se prospectará previo al inicio de las obras su presencia o la de sus puestas, bajo asesoramiento ambiental.

Impactos sobre espacios naturales: Las actuaciones propuestas están incluidas dentro de los Lugares de Importancia Comunitaria (LICs): LIC «Ribadesella-Tina Mayor» (ES0000319), LIC «Río Cares-Deva» (ES1200035), LIC «Rías Occidentales y dunas de Oyambre» (ES1300003) y LIC «Río Deva» (ES1300008), los dos primeros pertenecientes al Principado de Asturias y los otros dos a Cantabria, además se encuentran incluidas en la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Ría de Ribadesella-Ría de Tina Mayor» (ES0000319).

Los impactos que las actividades proyectadas pudiesen ocasionar sobre estos espacios serán los producidos por aquellas actuaciones mencionadas anteriormente, tales como desbroces, movimientos de tierras, excavaciones, etc. Estas actividades anteriormente analizadas podrían ocasionar impactos sobre los valores naturales que propician la inclusión de estos espacios dentro de la Red Natura 2000.

En cuanto a las medidas mitigadoras propuestas por el promotor, éstas serán las que han quedado reseñadas para los apartados de «Impactos sobre la hidrología», «Impactos sobre la vegetación» e «Impactos sobre la fauna».

Impacto sobre el patrimonio cultural: Los impactos sobre este elemento se deberán principalmente a los movimientos de tierras previstos que pudieran afectar a yacimientos arqueológicos no inventariados con anterioridad.

En este sentido, el promotor afirma que, de forma previa al inicio de las obras y con la suficiente antelación, se presentará un Programa de Intervención Arqueológica ante la Consejería de Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria. Este Programa deberá contemplar un plan de seguimiento arqueológico adaptado a las características específicas de las obras proyectadas. Asimismo, tal y como se recoge en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria y la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se comunicará a la Administración competente (en este caso la Consejería de Cultura y Turismo del Principado de Asturias y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de Cantabria) cualquier hallazgo arqueológico.

Cabe destacar que, según la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias, los molinos de carácter tradicional quedan sometidos al régimen de los bienes del Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, salvo que el organismo competente en la materia del Gobierno del Principado de Asturias deseche su inclusión.

Respecto a las actuaciones de rehabilitación del molino de marea, se seguirán los dictámenes de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias, por la cual el organismo competente del Gobierno del Principado de Asturias deberá dar su visto bueno al proyecto de rehabilitación.

Impactos sobre el paisaje: Los principales impactos sobre el paisaje en fase de construcción se deberán a la disminución de la calidad visual debida a la presencia de la maquinaria y otros elementos necesarios para la ejecución del proyecto (acopios, instalaciones auxiliares, etc.). Tal y como ha quedado reseñado en apartados anteriores, el promotor asegura que se limitarán al mínimo imprescindible las circulaciones de maquinaria y la presencia de elementos artificiales dentro del área de estudio.

Una vez ejecutadas las obras, los impactos residuales vendrán dados por la presencia de elementos artificiales dentro de la zona de estudio.

Con objeto de minimizar las afecciones producidas por la construcción de la senda peatonal programada, el promotor afirma que se instalarán pantallas vegetales en los tramos de pasarela sobreelevada. Para aquellos tramos que discurran a nivel de suelo en los que resulte necesaria la ejecución de caballones de tierra, éstos se cubrirán con ejemplares de brezo o especies análogas. En los márgenes del vial de acceso a El Curtidor se plantarán ejemplares de sauces silvestres.

Además, se contempla la construcción de tres observatorios de aves y cartelería informativa que contribuyan al aprovechamiento turístico y paisajístico del lugar. Por último, para una mejor integración de las obras proyectadas, se utilizarán morteros de cal o coloreados como recubrimiento de las acciones de reconstrucción del molino de marea.

5. Condiciones al proyecto

El promotor deberá cumplir con las medidas preventivas y correctoras contempladas durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. No obstante, también deberá contemplar las siguientes medidas:

5.1 Hidrología. Con objeto de minimizar posibles alteraciones sobre la calidad del agua durante la ejecución de las obras se incorporarán las siguientes medidas preventivas:

– El método utilizado para la hinca de los pilotes de sustentación de la pasarela proyectada deberá minimizar la dispersión de material fino en aquellas zonas húmedas atravesadas.

– Se implementarán medidas antiturbidez con objeto de preservar la calidad de las aguas de la ría de Tina Mayor durante la fase de ejecución de obras

5.2 Fauna. Deberá establecerse de manera previa al inicio de cualquier actuación en la zona, un completo cronograma de obra, en coordinación con los organismos competentes en la materia del Gobierno del Principado de Asturias y del Gobierno de Cantabria. Este cronograma deberá ser revisado y aprobado, con el fin de evitar la ejecución de las acciones más impactantes en los períodos de cría y nidificación de las especies de fauna existentes en el ámbito de actuación.

5.3 Vegetación. Tal y como señala la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno del Principado de Asturias, se seguirán las directrices del POLA en lo relativo al trazado de los caminos peatonales, es decir, se evitará el paso de éstos por zonas sensibles en las que existan comunidades vegetales de interés botánico. Del mismo modo, siguiendo las condiciones establecidas por el POLA, se instalarán barandillas en aquellos puntos del sendero donde resulte necesario.

5.4 Protección de la atmósfera. Se procederá a la humectación periódica de los caminos de acceso y al cubrimiento de las cajas de los camiones que transporten material fino con objeto de minimizar la emisión de partículas de polvo a la atmósfera.

5.5 Gestión de residuos. Según lo indicado por la Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, tras finalizar la ejecución de las obras proyectadas se procederá a la retirada inmediata de los residuos y basuras generados. Además, los restos de materiales constructivos generados deberán transportarse a vertedero autorizado bajo asesoramiento ambiental.

Además, como aplicación directa del POLA, se insta a que el uso futuro que adopte el molino de marea cuya reconstrucción es objeto del presente proyecto, resulte en todo punto compatible con lo establecido para la categoría de suelo «No Urbanizable de Costas», y se establecerán unos itinerarios de circulación para los vehículos de obra que eviten en la medida de lo posible tanto afecciones adicionales sobre los valores naturales del lugar como molestias a los núcleos de población cercanos.

5.6 Seguimiento ambiental. Además de las medidas señaladas en el programa de vigilancia ambiental incluido en el estudio de impacto ambiental, se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones para el seguimiento ambiental de las obras:

En fase de construcción se prestará especial atención a las zonas sensibles, en lo que respecta a vegetación (con especial atención a los espacios naturales protegidos incluidos en el área de estudio), afectadas por la actuación. Se realizarán informes periódicos de seguimiento que incluyan la identificación de impactos no previstos que hayan podido producirse durante dicha fase.

Durante esta misma fase, se realizará un seguimiento exhaustivo de las especies faunísticas más significativas que se encuentran en el área de estudio, prestando una especial atención a las comunidades de «Anguilla anguilla», especie que cuenta con un Plan de Recuperación específico para la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Deberá establecerse un sistema de seguimiento de la efectividad de los dispositivos antiturbidez a colocar en la ría de Tina Mayor durante la fase de obras. En caso de que estos dispositivos no cumplan su función específica, se adoptarán de manera inmediata las medidas oportunas para detener la dispersión de finos en el entorno de las actividades proyectadas.

Respecto del patrimonio arqueológico que pudiera verse afectado por el desarrollo de las obras, se establecerá un control del posible impacto de las actividades proyectadas sobre este particular, y siempre bajo la supervisión del organismo competente en la materia del Gobierno del Principado de Asturias y del Gobierno de Cantabria.

Conclusión: en consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Restauración de la Marisma de Tina Mayor, TT.MM. Ribadedeva (Asturias) y Val de San Vicente (Cantabria)», concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa 1 y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto,

Madrid, 15 de noviembre de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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