Mediante Resolución del Director General de Cultura de 18 de noviembre de 2010, se incoó expediente para la declaración, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de zona arqueológica, a favor de los yacimientos del Cueto de Morín, en Villanueva de Villaescusa, término municipal de Villaescusa.
Considerando que la inclusión de inmuebles en el entorno de protección de un bien no afecta, en modo alguno, a la titularidad del mismo ni supone gravamen económico alguno sino que su ejercicio está sujeto al cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 50 y siguientes de la Ley 11/1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria, en lo relativo a los criterios y condiciones de actuación en los entornos de protección, sin minusvaloración patrimonial alguna.
Considerando, igualmente, que el entorno de protección que se delimita mediante este Decreto es el necesario para garantizar la protección del bien.
Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha propuesto la declaración del bien mencionado y, a tal efecto, propone al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.
En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 13 de octubre de 2011, resuelve:
Proceder a la declaración, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de zona arqueológica, a favor de los yacimientos del Cueto de Morín, en Villanueva de Villaescusa, término municipal de Villaescusa. En el anexo del presente acuerdo se detallan la descripción del bien, la delimitación del entorno de protección y la justificación del mismo.
Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a: Servicio de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, interesados y Ayuntamiento afectado.
Santander, 13 de octubre de 2011.–La Secretaria del Consejo de Gobierno, Leticia Díaz Rodríguez.
El Cueto de Morín se localiza entre los núcleos de Obregón y Villanueva, ambos pertenecientes al término municipal de Villaescusa, y se haya en la ribera del río Obregón y subsidiario del río Solía, tiene una superficie total de 72.000 m2. Desde un punto de vista geomorfológico se constituye como un hüm o cerro testigo, formado por la disolución diferencial de las calizas del Cretácico inferior.
El cueto aparece totalmente carstificado con las formas y procesos asociados a este tipo de modelado: lapiaces semidesnudos, desnudos, cubierto, simas, dolinas y sobre todo cavidades en gran parte con comunicación física, por las que circulan en numerosas ocasiones aguas subterráneas y, por tanto, encontrándose en la actualidad en el subsuelo del mazo con niveles activos y fósiles. El hecho de que estas cavidades y galerías posean una conexión física indica que se trata de un solo sistema, en ocasiones interrumpido por derrumbes naturales o actividades humanas.
Se recogen en este cueto un total de 26 yacimientos arqueológicos, el más conocido es la Cueva de Morín, célebre por haberse localizado en ella el enterramiento de un hombre conservado mediante un proceso de transformación natural y que data del período auriñaciense (hace aproximadamente 30.000 años) y de una probable habitación o cabaña rebajada del suelo, con hogar, banco adosado, empalizada, gruesos muros de piedra y túmulos o enterramientos de arcilla interpretados como moldes humanos.
Uno de los principales resultados de las prospecciones realizadas en el Cueto de Morín fue legitimar la primera secuencia estratigráfica completa entre el Paleolítico Medio y el Superior en la península ibérica. El estudio de todos ellos ha sido fundamental para el conocimiento de las costumbres y formas de vida de los pueblos primitivos y anteriores homínidos en la cornisa cantábrica, y en concreto en esta localización, con yacimientos subterráneos pero también epigeos, cuyo piedemonte y zonas de valle (praderías), contaban con excelentes condiciones para el hábitat.
Respecto a la industria lítica y a la producción laminar, cuenta con un alto interés la colección de arpones en hilera o de puntas de chatelperron, cuyo conjunto es el más numeroso localizado en España y utensilios no tan numerosos de variado tipo como colgantes, hendedores, lascas, etc. Fundamentalmente los utensilios están elaborados en silex (blanco y azulado), si bien también aparecen grupos elaborados en cuarcita.
Delimitación del entorno de protección
El entorno de protección delimita toda la superficie del sistema cárstico que, previsiblemente, afecta a la cavidad, y en especial aquellas áreas que, por su permeabilidad, faciliten esa penetración del agua en superficie hacia las corrientes y acuíferos en profundidad.
A continuación se enumeran las coordenadas del perímetro del entorno de protección:
UTM X |
UTM Y |
Z (cota) |
---|---|---|
430502,73 |
4801148,24 |
48,77 |
430489,23 |
4801267,02 |
46,03 |
430477,15 |
4801390,54 |
42,87 |
430553,59 |
4801399,57 |
39,49 |
430657,69 |
4801411,75 |
36,75 |
430731,88 |
4801405,60 |
38,02 |
430755,89 |
4801407,56 |
39,80 |
430786,53 |
4801410,68 |
42,03 |
430793,46 |
4801412,06 |
42,16 |
430796,95 |
4801395,91 |
42,54 |
430799,21 |
4801379,24 |
43,05 |
430800,78 |
4801362,39 |
43,33 |
430801,83 |
4801344,93 |
43,40 |
430802,15 |
4801327,90 |
43,22 |
430801,3 |
4801310,35 |
42,70 |
430798,18 |
4801293,32 |
42,25 |
430798,06 |
4801276,04 |
42,02 |
430800,01 |
4801258,85 |
42,03 |
430800,39 |
4801240,89 |
42,12 |
430802,68 |
4801223,26 |
42,45 |
430807,38 |
4801205,94 |
42,92 |
430814,63 |
4801190,07 |
43,39 |
430822,2 |
4801174,11 |
43,67 |
430828,37 |
4801157,74 |
43,75 |
430834,59 |
4801141,32 |
43,82 |
430840,89 |
4801124,39 |
43,88 |
430843,95 |
4801107,29 |
44,17 |
430842,86 |
4801089,00 |
44,27 |
430840,57 |
4801071,52 |
44,45 |
430833,86 |
4801054,19 |
44,08 |
430816,62 |
4801007,54 |
44,93 |
430811,91 |
4800987,70 |
45,71 |
430808,66 |
4800970,61 |
45,70 |
430796,04 |
4800966,64 |
45,66 |
430779,24 |
4800967,35 |
46,13 |
430757,27 |
4800967,99 |
48,65 |
430735,50 |
4800969,25 |
50,00 |
430713,48 |
4800975,95 |
51,09 |
430692,17 |
4800982,34 |
51,46 |
430672,26 |
4800974,83 |
50,29 |
430651,9 |
4800966,04 |
50,07 |
430635,78 |
4800970,78 |
50,26 |
430615,68 |
4800978,59 |
50,30 |
430593,92 |
4800985,20 |
50,75 |
430571,07 |
4800992,32 |
51,71 |
430547,59 |
4801000,07 |
51,53 |
430530,79 |
4800999,86 |
51,89 |
Justificación del entorno de protección
El Cueto de Morín aparece profundamente carstificado y con abundante presencia de cuevas y galerías, que cuentan con comunicación física. El lecho del río subterráneo principal atraviesa de sur a norte la totalidad del mazo, y, a su vez, existen numerosas galerías que, a modo de subsidiarias de éste, llevan agua desde la superficie al cauce principal.
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