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Documento BOE-A-2011-1811

Resolución de 3 de enero de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la promoción y consolidación de la Vía de la Plata como Itinerario Cultural.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2011, páginas 10677 a 10678 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2011-1811

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Extremadura han suscrito un Acuerdo de prórroga (Adenda) al Convenio de colaboración suscrito el 26 de octubre de 2010 para la promoción y consolidación de la Vía de la Plata como Itinerario Cultural, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 3 de enero de 2011.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Cultura, María Ángeles Fernández Simón.

ANEXO

Acuerdo de prórroga (addenda) al Convenio de colaboración suscrito el 26 de octubre de 2010 entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la promoción y consolidación de la Vía de la Plata como Itinerario Cultural

En Madrid, a 23 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, doña Ángeles González-Sinde Reig, Ministra de Cultura.

De otra, doña Manuela Holgado Flores, Consejera de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

INTERVIENEN

La primera, en nombre y representación del Ministerio de Cultura, conforme a las facultades conferidas en virtud de su nombramiento por Real Decreto 558/2009, de 7 abril, y en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), y el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La segunda, en nombre y representación de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a las facultades conferidas en virtud de su nombramiento por Decreto del Presidente 2/2010, de 27 de mayo de 2010, en virtud de la delegación de firma otorgada por Resolución del Presidente de la Junta de Extremadura de 10 de septiembre de 2010, por la que se delega en el titular de la Consejería de Cultura y Turismo la firma de los convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con la Administración General del Estado, en el ámbito de las competencias de dicho departamento.

EXPONEN

1. Que con fecha 26 de octubre de 2010 fue suscrito un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la promoción y consolidación de la Vía de la Plata como Itinerario Cultural.

2. Que en la cláusula cuarta, apartado 1, la Comunidad Autónoma de Extremadura acuerda acometer durante el año 2010 la restauración de la alcantarilla de la Vía de la Plata en el término municipal de Cañaveral (Cáceres), adecuación de la calzada en este tramo y consolidación de elementos estructurales de la Vía de la Plata en diversos puntos de la misma.

3. Que sin embargo, dado lo avanzado del ejercicio presupuestario, resulta imposible que dé tiempo a contratar las actuaciones y ejecutarlas totalmente en el plazo otorgado en el clausulado del convenio. Además, de lo anterior, hay otros motivos de menor importancia que, de no existir el anterior, dificultarían igualmente la ejecución de la actuación como son:

La complejidad de la actuación, dado que se interviene en tres elementos distintos, aunque relacionados, (camino, alcantarilla y miliario).

Debido a que una de las actuaciones es en un camino y hay que desdoblar para permitir el paso durante la obra, el tiempo de ejecución es mayor.

4. Que el Convenio establece en su cláusula séptima que estará vigente desde el momento de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2010, salvo que las partes aprueben por mutuo acuerdo prorrogar mediante addenda el plazo de ejecución de la actuación objeto de este convenio.

5. Que la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha solicitado con fecha 10 de noviembre de 2010 la prórroga del plazo de vigencia del mencionado Convenio por un periodo de siete meses.

Por lo expuesto, las partes firmantes

ACUERDAN

Primero.–Aprobar la prórroga del plazo de vigencia del Convenio de colaboración suscrito el 26 de octubre de 2010 entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la promoción y consolidación de la Vía de la Plata como Itinerario Cultural, hasta el día 30 de julio de 2011.

Segundo.–En consecuencia, la cláusula séptima del citado Convenio queda modificada, siendo el periodo de vigencia del mismo hasta el 30 de julio del 2011.

Y para que conste, las partes suscriben por duplicado el presente acuerdo de prórroga en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde Reig.–La Consejera de Cultura y Turismo, Manuela Holgado Flores.

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