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Documento BOE-A-2011-17445

Resolución de 18 de octubre de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SAU, la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de "Carmonita" de la línea "Almaraz- San Serván", en la provincia de Badajoz, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2011, páginas 115783 a 115784 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-17445

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz, a instancia de Red Eléctrica de España, SAU, con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitando Autorización Administrativa, Declaración de Utilidad Pública y Aprobación del Proyecto de Ejecución de la instalación que se cita.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, SA ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose recibido alegaciones.

Resultando que se remite separata del proyecto al Ayuntamiento de Mérida y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. No habiéndose recibido contestación alguna tras la reglamentaria reiteración, se entiende la conformidad del mismo en virtud del artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que se remite separata del proyecto a la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta de Extremadura y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la mencionada Ley 13/2003, de 23 de mayo. Se recibe informe en el que se manifiesta que a efectos de ordenación del territorio no se detecta afección sobre ningún plan territorial aprobado, del que se da traslado al peticionario que toma razón de lo manifestado por el Organismo.

Resultando que se remite separata del proyecto a Endesa Distribución Eléctrica, SL y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe contestación manifestando su conformidad al proyecto. Se da traslado al peticionario que manifiesta que toma razón del informe de conformidad a lo solicitado al no haber afección con las redes de distribución.

Resultando que se remite separata del proyecto a la Jefatura de Mantenimiento de Mérida de la Dirección ejecutiva de Red Convencional del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Tras recibir la información solicitada, el Organismo manifiesta su conformidad al proyecto, al cumplir con la Ley 39/2003, del Sector Ferroviario. Se da traslado al peticionario que manifiesta que toma razón del informe de conformidad del proyecto.

Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz.

Visto el informe favorable emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2011.

Visto la Resolución de 25 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto «Subestación a 400 kV de Carmonita y de la línea eléctrica a 400 kV de entrada y salida en dicha subestación desde la línea de Almaraz-San Serván en la provincia de Badajoz.»

Considerando que la instalación se encuentra incluida en «la «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016», aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de mayo de 2008 y en la Orden ITC/2906/2010, de 8 de noviembre, por la que se aprueba el programa anual de instalaciones y actuaciones de carácter excepcional de las redes de transporte de energía eléctrica y gas natural. En esta última, la Subestación de Carmonita 400 kV, sustituye a la Subestación de Alcuéscar 400 kV, debido a la reubicación de la subestación de tracción del tren.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en la Ley 13/2003, de 23 de mayo y en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, SA, la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de «Carmonita» de la línea «Almaraz- San Serván», en la provincia de Badajoz, cuyas características son:

▪ Sistema: corriente alterna trifásica.

▪ Tensión nominal: 400 kV.

▪ Frecuencia: 50 Hz.

▪ Capacidad térmica de transporte por circuito: 2.441 MVA.

▪ Número de circuitos: Dos.

▪ Número de conductores por fase: Tres.

▪ Conductores: Cóndor (AW).

▪ Cables de tierra: Dos, OPGW tipo I.

▪ Apoyos: Torres metálicas de celosía.

▪ Cimentaciones: De zapatas individuales.

▪ Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

▪ Longitud aproximada: 1.114 m.

▪ Término municipal afectado: Mérida, en la provincia de Badajoz.

La finalidad de la línea es la de alimentar la futura subestación de tracción perteneciente al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 18 de octubre de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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