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Documento BOE-A-2011-15114

Acuerdo 197/2011, de 18 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el Castro de Zarranzano en Cubo de la Sierra, Almarza (Soria), bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 2011, páginas 101117 a 101118 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2011-15114

TEXTO ORIGINAL

El castro de Zarranzano, situado en una ubicación estratégica natural, sobre un espigón fluvial entre la confluencia de los ríos Tera y Zarranzano y delimitado por escarpes naturales y una potente muralla en su flanco noreste, constituye un singular ejemplo de asentamiento castreño, que permite reconstruir la Edad del Hierro en el norte de la provincia de Soria.

La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, por Resolución de 24 de noviembre de 1980, acordó incoar procedimiento de declaración de monumento histórico artístico y arqueológico de carácter nacional del castro de Zarranzano en Cubo de la Sierra, Almarza (Soria).

La resolución del citado expediente conforme a los criterios y exigencias de la vigente Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, requiere para su mejor protección la inclusión de este bien dentro de la categoría de zona arqueológica, entendiendo que esta categoría es la más adecuada para la protección de los valores que concurren en este bien.

En fecha 17 de marzo de 2010, la Universidad de Burgos, informó favorablemente la pretendida declaración. Por otra parte, cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentan alegaciones al expediente.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar el castro de Zarranzano en Cubo de la Sierra, Almarza (Soria), como bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de agosto de 2011, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Declarar el castro de Zarranzano en Cubo de la Sierra, Almarza (Soria), bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por la declaración:

La zona arqueológica comprende un área de 17,86 hectáreas y 1,9 km de perímetro, delimitado por las siguientes coordenadas correspondientes en UTM (Datum europeo 1950).

Punto número

Longitud UTM

Latitud UTM

Bien

544.156

4.638.922

1

544.370

4.639.249

2

544.399

4.639.061

3

544.224

4.638.908

4

544.034

4.638.599

5

543.938

4.638.602

6

543.914

4.638.933

7

543.963

4.639.195

Motivación: Se delimita como zona arqueológica el ámbito espacial necesario para encauzar jurídica y materialmente la protección de este yacimiento, en una dimensión que supera los estrictos límites del mismo, a fin de prevenir la posible degradación de los valores que concurren en el bien y sus condiciones de percepción.

La zona afectada por la declaración, es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 18 de agosto de 2011.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

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