Por Resolución de 4 de enero de 2011 (Boletín Oficial del Estado de 15 de enero) se convocaron las ayudas para la elaboración de guiones para películas de largometraje, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine; en la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, y en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos, reservándose a tales efectos la cantidad de 600.000 euros, con cargo al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 24.101.470 «Fondo de Protección a la Cinematografía», del programa 335 C, del presupuesto de gasto del organismo para 2011.
De conformidad con los criterios de valoración establecidos en el punto séptimo de la citada Resolución, el Comité creado al efecto, en su reunión del día 5 de julio de 2011 informó las solicitudes presentadas, que reunieran los requisitos exigidos.
Teniendo en cuenta el informe del citado Comité, vista la propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre y los procedimientos establecidos por la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por Resolución de esta Dirección General de 21 de julio de 2010, se resolvió la concesión de ayudas a la elaboración de guiones para películas de largometraje, en la convocatoria del año 2011.
Por ello, y como garantía del principio de publicidad establecido por el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta Dirección General ha resuelto:
Hacer público el extracto de la Resolución de 21 de julio por la que se conceden con cargo a la aplicación 24-101-470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 335C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del Organismo para 2011 las siguientes ayudas a los guionistas que se relacionan, por una cuantía de 40.000,00 euros por proyecto:
Título |
Guionista |
DNI |
---|---|---|
43-0. |
Jorge Juan Martínez Sánchez. |
25401217V |
Analisis de Sangre Azul. |
Blanca Torres Miguel. |
25478428V |
Di que no estoy. |
María Hervera Iglesias. |
33328081T |
Don`t cry, fly (No lloras, vuela). |
Claudia Llosa. |
X3801510R |
Dos mujeres. |
María Cristina Campos Mercader. |
36518404Q |
Elevated. |
Adán Aliaga Pastor. |
21480777L |
Alfonso Amador Viqueira. |
24346493G |
|
Espera, La. |
Daniela Fejerman Ferro. |
5403523H |
Frontera Sur. |
Alberto Sánchez-Cabezudo Blasco. |
04845012Q |
Jorge Sánchez-Cabezudo Blasco. |
02533940F |
|
Mal, El. |
Juan Manuel Bajo Ulloa. |
16283259H |
Objetos. |
Ignacio López Muro. |
44631834N |
Punishment. |
Carlos Martín Ferrera. |
52308415K |
Rondo. |
Igor Legarreta Gómez. |
14608122V |
Sorbeltz. |
Asier Guerricaechebarria Lopez. |
30616938M |
Oskar Santos Gómez. |
20171393W |
|
Terapia. |
Susana López Rubio. |
51074431X |
Yo, mi mujer y mi mujer muerta. |
Santiago Amodeo Ojeda. |
28891018M |
Aquellos solicitantes que no figuren en la relación anterior se entenderá que su solicitud ha sido desestimada o excluida.
La resolución de 21 de julio de 2011, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el Tablón de anuncios del Ministerio de Cultura, plaza del Rey, 1 de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Se informa que la presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la mencionada Ley 30/1992, a través de la Oficina Virtual –Registro Telemático– del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez. En caso de interponerse el recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá interponerse hasta que el de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse desestimado a los efectos de interponer el recurso contencioso-administrativo.
Madrid, 26 de julio de 2011.–El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Carlos Cuadros Soto.
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