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Documento BOE-A-2011-13730

Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria, durante el curso 2011-2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 2011, páginas 91339 a 91340 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-13730

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 8 de marzo de 2011 de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 29 de marzo, se convocaron subvenciones dirigidas a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria durante el curso 2011-2012.

Constituida la Comisión de Valoración establecida en el apartado sexto de la mencionada Resolución, que regula la instrucción del procedimiento, y realizadas las acciones previstas en la misma, se formula propuesta definitiva de concesión de las subvenciones que se relacionan a continuación.

De conformidad con dicha propuesta, he resuelto:

Primero.

Conceder, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322G.480.02 de los Presupuestos Generales del Estado, y por un total de 220.000 euros, subvenciones a las empresas circenses que se relacionan, por la cuantía que se expresa y para el número de aulas indicado:

«Circo Italiano» (Hermanos Rossi, S.L.) de Barcelona. 22.000 euros. Dos aulas.

«Circo Quirós» (Luis Quirós Varela) de Corvera (Murcia). 22.000 euros. Dos aulas.

«Circo-Teatro Alaska, S.L.» de Pepino (Toledo). 22.000 euros. Dos aulas.

«Circo Alegría» (Eventos y Espectáculos Alegría, S.L.) de Barcelona. 11.000 euros. Un aula.

«Circo Alemán Berlín, S.L.» de Málaga. 11.000 euros. Un aula.

«Circo Alex Zavatta» (Alessandro Ramírez Zavatta) de Mora la Nova (Tarragona). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Alves, S.C.P.» de Puigcerdá (Gerona). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Coliseo, S.L.» de Mislata (Valencia). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Holiday» (Trinidad Antolín Basurto) de Alcanadre (La Rioja). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Italia» (Nazaret Romera Álvarez) de Huétor Tájar (Granada). 11.000 euros. Un aula.

«Gran Circo Mundial» (CULTESPA, S.L.) de Madrid. 11.000 euros. Un aula.

«Circo Piraña Show» (Fabio Leandro Zavatta) de Mora la Nova (Tarragona). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Piruleta» (Liza Aneghini) de Lliria (Valencia). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Richards Bros» (Romana Vasallo in Monteiro) de Fuenlabrada (Madrid). 11.000 euros. Un aula.

»Circo Roma» (Circo Giulio, S.L.) de Torremolinos (Málaga). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Sensaciones» (Espectáculos Hermanos Álvarez, S.L.) de Alcalá de Henares (Madrid). 11.000 euros. Un aula.

«Circo Wonderland» (Macaggi y Cortés Cirkus, S.L) de Orense. 11.000 euros. Un aula.

Segundo.

Excluir o denegar el resto de las solicitudes.

Tercero.

Para la justificación de la correcta inversión de la subvención recibida, las empresas circenses deberán atenerse a lo dispuesto en los apartados undécimo, duodécimo y decimotercero de la resolución de convocatoria.

Cuarto.

El Ministerio de Educación podrá establecer cuantas acciones de inspección y control considere oportunas para asegurar el correcto cumplimiento, durante el curso escolar 2011-2012, de todas las obligaciones asumidas por las empresas circenses subvencionadas, respecto a las condiciones de seguridad, dotación, limpieza y conservación de las instalaciones en las caravanas dedicadas al aula itinerante y en las dedicadas a vivienda para los maestros, así como para verificar el proceso de escolarización.

Quinto.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y a lo que establecen los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 28 de julio de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

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