Visto el expediente de indulto de don Fabio Sánchez Acosta, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, en sentencia de 10 de junio de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de junio de 2011,
Vengo en conmutar a don Fabio Sánchez Acosta la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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