Visto el expediente de indulto de doña Paula Alexandra Batista Da Nova, condenada por la Audiencia Provincial de Las Palmas, sección sexta, en sentencia de 31 de julio de 2007, como autora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, a la pena de dos años y seis meses de prisión y multa de once meses con una cuota diaria de seis euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de junio de 2011,
Vengo en indultar a doña Paula Alexandra Batista Da Nova la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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