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Documento BOE-A-2011-11759

Resolución de 15 de junio de 2011, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se establecen los precios públicos correspondientes a la realización de trabajos de carácter científico o de asesoramiento técnico y otras actividades del organismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2011, páginas 73045 a 73062 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-11759
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/06/15/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, en su artículo 13, clasifica a varios Organismos, y entre ellos a este Instituto, como Organismo Público de Investigación.

El artículo 61 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, dispone que los Organismos Públicos de Investigación a que se refiere el artículo 13 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, así como el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), adoptarán la configuración de Organismo Autónomo, establecida en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, con determinadas peculiaridades en materia de personal, recursos económicos, régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y control financiero.

Por otra parte, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, establece en el Título III, las normas sobre concepto, cuantía, fijación y administración de los precios públicos. Los servicios que presta este Instituto y las actividades que desarrolla presentan las características exigidas por dicha Ley para que las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por los mismos hayan de ser consideradas como precios públicos, de acuerdo, igualmente, con los criterios fijados en tal sentido por el Tribunal Constitucional en la Sentencia 185/1995, de 14 de diciembre.

Asimismo, se aprecia la necesidad de actualizar los conceptos y cuantías vigentes al día de la fecha, previstos en la Resolución de 6 de febrero de 2009, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 104, de 29 de abril, por la que se establecen los precios correspondientes a la realización de trabajos de carácter científico o de asesoramiento técnico y otras actividades del Organismo.

En su virtud, y conforme a lo previsto en el artículo 26.1 b) de la Ley 8/1989, previa autorización de la Ministra de Ciencia e Innovación, de 23 de marzo de 2011, esta Dirección resuelve:

Primero.–La realización de trabajos de asesoramiento técnico, de carácter científico y otras actividades relacionadas en el Anexo estarán sujetos al pago de los precios públicos que figuran en aquél. La cuantía de dichos precios se incrementará con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que en cada caso proceda, a tenor de la normativa vigente en la materia.

Segundo.–Cuando se solicite a este Instituto la realización de trabajos de carácter científico o asesoramiento técnico, cuyo desarrollo requiera determinar específicamente la dedicación de personal investigador, la utilización de equipo científico u otros bienes inventariables, el uso de instalaciones y la realización de desplazamientos, el Centro de Investigación correspondiente formulará, con la aprobación de la Subdirección General de Investigación y Tecnología, un presupuesto dentro del protocolo para el desarrollo del trabajo, que será sometido a la Institución o Entidad demandante de la actividad.

Tercero.–A efectos de la formulación del presupuesto, las cuantías unitarias que se tomarán en consideración serán las siguientes:

1. Valoración económica del tiempo de un equipo de investigación, formado por dos funcionarios del Organismo, siendo uno de ellos un investigador y el otro miembro es una persona para desarrollar tareas de apoyo a aquél: 61,34 euros/hora efectiva de trabajo.

2. Valoración de tiempo de personal laboral de necesaria contratación. Se aplicarán las previsiones del III Convenio Colectivo Único de la Administración General del Estado, más la cuota patronal, de acuerdo con los importes siguientes:

Grupo profesional 1: 36.683,29.

Grupo profesional 2: 30.529,62.

Grupo profesional 3: 24.094,72.

Grupo profesional 4: 20.305,18.

Grupo profesional 5: 19.261,66.

3. Valoración del tiempo de utilización de equipos científicos y otros elementos inventariables: Según precio de adquisición del equipo a utilizar, correspondiendo un período de amortización de cinco años. En el caso de precisarse la adquisición de un equipo específico no disponible en el Organismo para la realización del trabajo, su coste de adquisición.

4. Valoración por uso de instalaciones:

Laboratorios y animalarios de P-III (CISA), para vacuno y equino: 9.000 euros/mes.

Laboratorios y animalarios de P-III (CISA), para otros animales: 6.000 euros/mes.

Otros laboratorios: 2.000 euros/mes.

5. Costes por la realización de viajes: Los resultantes de la aplicación de la actual normativa sobre comisiones de servicio fijada por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio (BOE del 30), y disposiciones complementarias y de desarrollo.

6. Valoración de productos consumibles: Por su coste de adquisición para el Organismo.

Cuarto.–Los precios públicos previstos en el anexo de esta Resolución se calculan, en general, de manera que cubran como mínimo los costes económicos del servicio realizado, tomando en cuenta el de cada uno de ellos de forma individualizada. No obstante lo anterior, se establece la siguiente salvedad:

Cursos internacionales de formación en determinadas especialidades: El Director del INIA, podrá exonerar total o parcialmente del pago de matrícula a los participantes que lo soliciten, justificando debidamente su petición.

Se establecen las siguientes categorías de exoneración:

Exoneración del 100% de la matrícula: becarios AECID e INIA, seleccionados para participar en los cursos.

Exoneración del 80% de la matrícula: personal funcionario y contratado de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades y Centros de Investigación adscritos a la Administración Pública de la UE y los países iberoamericanos.

De igual forma los Directores de los cursos internacionales en España, pueden proponer al Director del INIA, la exoneración total de la matrícula a un máximo de tres alumnos por curso, exclusivamente para aquellos alumnos que se encuentren realizando la tesis doctoral.

La selección de los candidatos se realizará para cada curso priorizando los siguientes criterios:

– Certificado de estudios y títulos universitarios, relacionados con las materias del curso.

– Experiencia profesional aplicada a los temas del curso.

– Conocimientos acreditados de castellano para alumnos extranjeros.

Quinto.–Quedan excluidos de esta Resolución los proyectos de investigación y otras actividades desarrolladas en el marco de convocatorias efectuadas por Instituciones nacionales e internacionales que se regirán por las normas que establezcan cada una de ellas.

Sexto.–El ingreso de las cantidades correspondientes se efectuará en el plazo de 30 días a partir de la fecha que figure en la oportuna factura, que será emitida una vez hayan concluido los trabajos, servicios o actividades requeridos al organismo, en la cuenta número 0182-2370-46-0200203535, que a tal efecto mantiene este Instituto en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, en el paseo de Recoletos, número 10, de Madrid. El ingreso de las cantidades que sean consecuencia de convenios de colaboración y/o contratos, se producirá en la misma cuenta, en la forma establecida en ellos.

Séptimo.–Los actos administrativos derivados de la gestión y recaudación de los precios públicos objeto de la presente Resolución podrán ser impugnados en la forma y plazos que establecen los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Octavo.–La presente Resolución deroga la anterior de 6 de febrero de 2009 y cuantos otros actos se opongan a ésta, surtiendo efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 15 de junio de 2011.–El Director del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Manuel Núñez Gutiérrez.

ANEXO
TRABAJOS DE ASESORAMIENTO TÉCNICO TIPIFICADOS

Subdirección General de Prospectiva y Coordinación de Programas

Relaciones Científicas Internacionales

Programa de Cursos Internacionales en España:

Coste de la matrícula: 445,17.

Subdirección General de Investigación y Tecnología

Centro de Investigación Forestal

Ensayos de estructuras de madera laminada o aserrada:

Determinación de densidad, tensión de rotura y módulo de elasticidad a flexión de vigas de masa unitaria inferior a 55 kg, según EN 408 (unidad). Máximo 7 m de longitud: 473,97.

Determinación de densidad, tensión de rotura y módulo de elasticidad a flexión de vigas de masa unitaria inferior a 55 kg, según EN 408 (por lote de 10 probetas de la misma sección). Máximo 7 m de longitud: 1.462,38.

Determinación de densidad, tensión de rotura y módulo de elactididad a flexión de vigas de masa unitaria superior a 55 kg, según EN 408 (unidad). Máximo 7 m de longitud: 568,77.

Determinación de densidad, tensión de rotura y módulo de elactididad a flexión de vigas de masa unitaria superior a 55 kg, según EN 408 (por lote de 10 probetas de la misma sección). Máximo 7 m de longitud: 2.087,85.

Ensayos de delaminación de línea de cola para Clase de Servicio 3, según UNE EN 391 (lote de 4 probetas): 944,59.

Ensayo de determinación de resistencia al esfuerzo cortante en línea de cola para Clases de Servicio 1 y 2, según UNE EN 392. Piezas de anchura inferior a 100 mm (una rebanada, 9 líneas máx.): 340,83.

Ensayo de determinación de resistencia al esfuerzo cortante en línea de cola para Clases de Servicio 1 y 2, según UNE EN 392. Piezas de anchura superior o igual a 160 mm (dos rebanadas, 9 líneas máx. por rebanada): 631,59.

Ensayo de determinación de resistencia al esfuerzo cortante en línea de cola para Clases de Servicio 1 y 2, según UNE EN 392. Piezas de anchura superior a 100 mm, pero inferior a 160 mm (tres rebanadas, 9 líneas máx. por rebanada): 905,64.

Determinación de resistencia a flexión de uniones dentadas en madera laminada de acuerdo con requisitos de EN 385 y EN 408, así como de vigas de masa unitaria inferior a 25 kg, según EN 408 (lote de 20 probetas de las mismas dimensiones): 722,42.

Control completo de calidad de encolado para Clase de Servicio 3 (flexión 18 laminas + 9 líneas de cortante + 4 probetas delaminación): 2.024,13.

Otros ensayos:

Medición de húmedad de la madera (método de estufa) según UNE-EN 13183-1 (*): 37,46.

Determinación de densidad, según norma UNE-EN 408 (*): 81,25.

Otros Ensayos estructurales:

Para lo no contemplado en la presente tarifa se establece el presente presupuesto (basado en la dedicación de dos investigadores+uso instalaciones) por dia de trabajo, considerando el tiempo necesario para el montaje, ensayo, desmontaje y redacción de acta de ensayo: 893,26.

Ensayos de identificación anatómica:

Identificación de maderas: 148,48.

Identificación de maderas con fotomicrografía (3 cortes): 194,77.

Identificación de maderas deterioradas: 275,31.

Identificación de maderas deterioradas con fotomicrofotografía: 334,92.

Toma de datos «in situ»:

Desplazamiento para toma de datos en obra, taller, fabrica etc. Media jornada (gastos aparte) (*): 121,94.

Desplazamiento para toma de datos en obra, taller, fabrica etc. Jornada completa (gastos aparte): 203,23.

Celulosa y papel.–Ensayos de pastas:

Ensayos preparativos:

Astillado: 148,83.

Clasificado de astillas (*): 86,18.

Obtención de pasta TMP y CTMP en planta piloto: 1.288,62.

Obtención de pasta química: 235,56.

Obtención de pasta semi-química: 282,75.

Obtención de pasta mecánica en desfibrador de discos (*): 99,80.

Obtención de pasta en pulper (*): 49,91.

Destintado de pasta (*): 79,77.

Depuración en ciclón (*): 79,77.

Refino en refinador de discos (*): 99,81.

Refino en refinador cónico (*): 99,81.

Refino en PFI (UNE-EN ISO 2564-2:2003) (*): 49,91.

Refino en molino Lampen (UNE 57024:1986) (*): 49,91.

Refino en pila holandesa (UNE 57017:1994): 123,21.

Blanqueo con ozono u oxígeno (*): 101,32.

Blanqueo con dióxido (*): 74,86.

Blanqueo con peróxido o hidrosulfito (*): 66,10.

Blanqueo enzimático (*): 66,10.

Extración alcalina (*): 66,10.

Desintegrado de pasta en laboratorio (UNE-EN ISO 5263:1997) (*): 33,70.

Formación de hojas de ensayo (UNE-EN ISO 5269: 2001) (*): 49,91.

Ensayos analíticos:

Humedad de pasta (UNE EN 20638:1994) (*): 35,68.

Determinación del desgote. Método Schopper-Riegler (UNE-EN ISO 5267-1:2001) (*): 40,58.

Grado de blancura en pasta (UNE 57061:2002) (*): 49,91.

Determinación de rechazos en Somerville (T UM 242) (*): 66,10.

Clasificación de fibras (Baüer-McNett) (UNE 57118:1986): 148,83.

Capacidad de retención de agua, WRV. (T UM 256): 148,83.

Indice Kappa o microkappa (UNE 57034: 1991, UNE 57089: 1974) (*): 49,91.

Viscosidad y grado de polimerización (UNE 57039-1:1992) (*): 66,10.

Determinación de AOX en pasta: 269,93.

Determinación de AOX en efluentes de blanqueo (UNE-EN 1485:1996): 269,93.

Determinación de DQO (UNE 77004): 125,52.

Determinaciones químicas en madera y pasta:

Preparación de la muestra; molienda y tamizado. (T 257 cm -85) (*): 47,26.

Humedad (UNE-EN 20638:1994) (*): 35,68.

Solubilidad en agua fría (UNE 57013:1982) (*): 47,26.

Solubilidad en agua caliente (UNE 57013:1982) (*): 47,26.

Solubilidad en sosa (UNE 57052;1992) (*): 47,26.

Extracto en acetona (UNE-EN ISO 14453:1999) (*): 66,95.

Determinación de cenizas (UNE 57050:2003) (*): 59,53.

Lignina (UNE 57100:1986): 147,08.

Holocelulosa (Metodo Wise): 147,08.

Pentosanos (UNE 57086:1974): 196,11.

αβγ-Celulosa (T 203 om 88) (*): 196,11.

Determinación de reserva alcalina (UNE 57174:1994) (*): 66,94.

Celulosa y papel.–Ensayos de papel y cartón:

Ensayos físico-mecánicos del papel:

Gramaje (UNE-EN ISO 536:1997) (*): 24,35.

Espesor (UNE-EN 20534:1994) (*): 24,35.

Peso Especifico. (UNE-EN 20534:1994) (*): 48,69.

Volúmen Especifico (mano) (UNE-EN ISO 536:1997+UNE-EN 20534:1994) (*): 48,69.

Resistencia a la tracción (UNE 57028-1:1989) (*): 40,58.

Alargamiento (UNE 57028-1:1989) (*): 40,58.

Resistencia al estallido (UNE-EN ISO 2758:2004) (*): 40,57.

Resistencia al desgarro. Método Elmendorf. (UNE-EN 21974:1996) (*): 40,58.

Resistencia al plegado. (UNE 57054:1978) (*): 40,58.

Resistencia a la tracción en húmedo (UNE 57030:1994) (*): 51,87.

Resistencia al estallido en húmedo (UNE 57072:1979) (*): 46,70.

Resistencia a la rigidez (UNE 57075:1995) (*): 40,58.

Resistencia de la adhesión interna (T 833pm-94) (*): 64,93.

Resistencia a la abrasión (UNE 57095:2003) (*): 47,34.

Porosidad Bendtsen (UNE 57066-2:1986) (*): 24,88.

Porosidad Gurley. (UNE 57066-3:2003) (*): 24,88.

Porosidad Bekk. (Método interno) (*): 24,88.

Ensayos físico-mecánicos del cartón:

Resistencia a la perforación (UNE 57076:1995) (*): 52,03.

FCT Compresión en plano (UNE-EN 23035:1996) (*): 40,58.

Estallido (UNE-EN ISO 2759:2004) (*): 40,58.

ECT Compresión en columnas (UNE-EN ISO 3037:1996) (*): 40,58.

ECT Acondicionamiento húmedo, 24 horas(UNE 57105:1991) (*): 68,67.

Resistencia del encolado:

Por inmersión en agua:

Doble cara (*): 57,80.

Doble-doble (*): 59,53.

En condiciones normales:

Doble cara (*): 57,80.

Doble –doble (*): 59,53.

Ensayos de papel para embalajes:

Gramaje de los papeles componentes del cartón (UNE 57107:1992):

Doble cara (*): 35,02.

Doble-doble (*): 39,43.

Triple (*): 55,21.

RCT. compresión en anillo (T818-om-87) (*): 34,48.

SCT. compresión en corto (T826-pm-92):

Acondicionamiento estandar (*): 34,48.

Acondicionamiento húmedo, 30 minutos (*): 51,85.

Acondicionamiento húmedo, 24 horas (*): 68,67.

CMT. (UNE-EN- ISO 7263-96):

CMT0 (*): 34,48.

CMT30 (*): 34,48.

CMT Acondicionamiento húmedo, 30 minutos (*): 51,85.

CMT Acondicionamiento húmedo, 24 horas (*): 68,67.

CCT. (T824-om-93):

CCT0 (*): 34,48.

CCT30 (*): 34,48.

CCT Acondicionamiento húmedo, 30 minutos (*): 51,85.

CCT Acondicionamiento húmedo, 24 horas (*): 68,67.

Ensayos Ópticos:

Determinación de la blancura (UNE 57061:1985) (*): 40,58.

Opacidad (UNE 57063:1974) (*): 40,58.

Brillo (UNE 57132:1986) (*): 40,58.

Color (*): 59,53.

Tendencia al amarilleo (*): 40,58.

Curva de reflectancia (UNE 57060:1979) (*): 46,43.

Densidad óptica (*): 40,58.

Ensayos superficiales:

Lisura Bendtsen (UNE 57080:1988) (*): 28,44.

Lisura Gurley (Método Gurley) (*): 28,44.

Lisura Bekk (UNE 57093:1990) (*): 28,42.

Ensayos de absorción:

Cobb (Papel) (UNE-EN 20535:1996) (*): 47,59.

Cobb (cartón ondulado) (UNE-EN 20535:1996) (*): 49,02.

Absorción a la gota (Drop Test) (UNE 57073:1974) (*): 29,77.

Ensayos de imprimibilidad:

Microcontour (*): 62,23.

Porométrico (*): 62,23.

Penetración al aceite (UNE 57119:1982) (*): 46,91.

Debil entintado (Método IGT) (*): 80,06.

Arrancado IGT (UNE 57152-1:1990) (*): 80,06.

Repintado (Método IGT) (*): 103,02.

Transferencia de tinta (Método IGT): 137,16.

Ensayo de huecograbado (Método IGT) (*): 69,36.

Arrancado con ceras Dennison (UNE 57088:1974) (*): 80,06.

Otros ensayos:

Tratamiento en cámara climática (24 horas) (*): 57,80.

Estabilidad dimensional. Por inmersión (UNE 57049:1992) (*): 27,59.

Permeabilidad al vapor de agua (*): 121,73.

Determinación de humedad (UNE-EN 20287:1996) (*): 35,68.

Determinación de cenizas (UNE 57050:2003) (*): 59,53.

pH superficial (UNE 57078:1974) (*): 20,60.

pH de los extractos acuosos (UNE 57032:1991) (*): 48,15.

Determinación de cloruros (T 256 cm-85) (*): 66,94.

Determinación de sulfatos (T 255 om-89) (*): 78,38.

Determinación de parafina (UNE 57121:1983) (*): 66,94.

Determinación de sílice (*): 78,37.

Papel y cartón para contacto alimentario:

Determinación de formaldehído en un extracto acuoso (UNE-EN 1541: 2001): 429,45.

Determinación de la transferencia de constituyentes antimicrobianos (UNE-EN 1104:1996): 429,45.

Determinación de ftalatos. Calibrado (hasta 15 muestras): 333,88.

Determinación de ftalatos. Análisis (por muestra) (*): 116,86.

Celulosa y papel.–Ensayos microscopicos:

Composición fibrosa de cartones (cada papel) (*): 52,03.

Composición fibrosa por estimación (*): 78,04.

Composición fibrosa por recuento: 195,10.

Determinación de superficies y perímetros (*): 52,03.

Análisis de tinta, incluyendo número de partículas y curva de distribución: 374,24.

Ensayos de biometría:

Longitud o anchura de fibra (madera): 197,69.

Espesor de la pared (madera): 222,78.

Longitud o anchura de fibra (pasta): 147,95.

Espesor de pared (pasta): 198,75.

Celulosa y papel.–Ensayos de materiales no fibrosos:

Pigmentos:

Blancura y amarillez (*): 43,75.

Curva de reflectancia (*): 43,75.

Pérdida por calcinación (*): 59,53.

Humedad (*): 35,68.

PH (*): 26,24.

Densidad (*): 87,54.

Residuo tamiz 50 (*): 43,75.

Estudio granulométrico (Sedigraph): 203,21.

Determinación granulométrica <1.0, 0.5y 0.25: 437,72.

Abrasión (Einlehner AT-100) (*): 87,54.

Concentración a 5 poises: 218,84.

Estudio demanda de dispersante: 875,45.

Análisis químico (Al, Fe, Ti, K y Na): 875,45.

Estudio de blanqueo: 875,45.

Curva de blancura: 656,57.

Masas de estucados:

Viscosidad Brookfield (por punto): 175,09.

Viscosidad Hércules (reograma): 175,09.

Viscosidad capilar, alto gradiente: 218,88.

Preparación de masa de estucado (aportando componentes): 218,88.

Aplicación de masa de estucado en máquina piloto: 437,72.

Calandrado de papeles estucados: 140,96.

Análisis de látex: 437,72.

Determinación gramos de estucos (papel): 140,96.

Análisis composición papel estucado: 1.311,94.

Minerales:

Rendimiento cuantitativo: 218,88.

Estudio de molienda (5 puntos): 437,72.

Cortes por ciclonado: 875,44.

Estudio características reológicas: 437,72.

Ensayos de embalajes:

Compresión: veinticuatro horas en cámara (*): 68,70.

Compresión: cuarenta y ocho horas en cámara (*): 78,37.

Compresión: sin acondicionamiento (*): 59,53.

Ensayos en corcho:

Corcho en plancha: (1).

Métodos de ensayo:

Normas: UNE 56911; UNE 56912; UNE 56913; UNE 56915; UNE 56930; ISO 1216;.

ISO 2386; Métodos de Laboratorio.

Ensayos:

Calibrado y clasificación (*): 21,44.

Contenido de humedad (*): 36,76.

Densidad volumétrica (*): 58,43.

Densidad Superficial (*): 58,43.

Expansión durante el hervido (*): 93,49.

Coeficiente de porosidad (*): 116,86.

Determinación de 2,4,6 Tricloroanisol (TCA).: 154,19.

Granulado de corcho (1):

Métodos de ensayo:

Normas:UNE 56916; UNE 56917; UNE 56918; UNE 56919; ISO 2030; ISO 2031; ISO 2067 ISO 2190.

Ensayos:

Muestreo (*): 36,75.

Contenido de humedad (*): 36,76.

Granulometría (*): 36,76.

Masa volumétrica (*): 36,76.

Determinación de 2,4,6 Tricloroanisol (TCA): 154,21.

Tapones de corcho: (1):

Métodos de ensayo:

Normas: UNE 56921; UNE 56922; UNE 56923; UNE 56924; UNE 56925; UNE 56926;.

UNE 56927; UNE 56929; UNE 56930; ISO 9727-1; ISO 9727-2; ISO 9727-3; ISO 9727-4; ISO 9727-5; ISO9727-6; IS0 9727-7; Métodos de Laboratorio.

Ensayos:

Dimensiones y ovalación (*): 40,28.

Longitud y ángulo de bisel (*): 40,28.

Contenido de humedad (*): 36,75.

Densidad y masa (*): 40,28.

Capilaridad (*): 53,84.

Estanqueidad a los líquidos (*): 80,98.

Recuperación diametral (*): 53,84.

Adhesión de los planos de encolado (*): 84,04.

Fuerzas de compresión y de relajación en el embotellado (*): 116,86.

Fuerza de extracción (*): 53,84.

Coeficiente de rozamiento en la extracción del tapón (*): 116,86.

Tensión de rotura por torsión (*): 53,84.

Comportamiento en agua hirviendo (*): 30,64.

Contenido de polvo (*): 35,02.

Contenido de residuos oxidantes (*): 58,43.

Determinación de 2, 4, 6 Tricloroanisol (TCA) (*): 80,98.

Envases de vidrio: (1).

Métodos de ensayo:

Normas: UNE-EN 12726; UNE 126406.

Ensayos:

Perfil de boca de botella para vino tranquilo (*): 39,09.

Perfii de boca de botella para cava (*): 39,09.

Aglomerados de corcho: (1):

Métodos de ensayo:

Normas: UNE 53037; UNE 92201; UNE-EN 427; UNE-EN 428; UNE-EN 430; UNE-EN 433; UNE-EN 434; UNE-EN 672; UNE-EN 822; UNE-EN 823, UNE-EN1602; UNE-EN 12105; EN 12089; EN 12149; ISO 2066; ISO 2077; ISO 2189; ISO 2219; ISO 2582; ISO 3867; ISO 4708; ISO 7322; ISO 8724; ISO 9148: ISO 9366; ISO 9986.

Ensayos:

Constitución y acabado (*): 21,44.

Rectitud y cuadratura de las losetas (*): 41,99.

Dimensiones (*): 32,82.

Contenido de humedad (*): 36,75.

Densidad aparente (*): 36,75.

Masa por unidad de superficie (*): 40,28.

Estabilidad dimensional y curvatura por exposición al calor (*): 53,84.

Coeficiente de conductividad térmica:: 469,00.

Huella residual tras la aplicación de una carga estática (*): 53,84.

Expansión trasversal (*): 73,10.

Comportamiento al agua hirviendo (*): 30,64.

Comportamiento al ácido clorhídrico (*): 33,23.

Comportamiento al fuel (*): 85,79.

Comportamiento después del envejecimiento artificial (*): 85,79.

Retención y pérdida de agua (*): 36,75.

Estanqueidad (*): 85,79.

Flexibilidad (*): 26,71.

Curvado (*): 26,71.

Tensión de rotura por tracción (*): 85,78.

Tensión de rotura por flexión (*): 85,78.

Resistencia al encolado (*): 84,04.

Resistencia a los mohos (*): 21,44.

Ensayos de lucha contra incendios forestales:

Espumas:

Coeficiente de expansión y tiempo de drenaje: 271,81.

Ensayo de eficacia ante el fuego: 2.161,85.

Retardantes de largo plazo:

Ensayo de eficacia ante el fuego: 883,44.

Nota: Todos los ensayos marcados con (*) tendrán un importe mínimo por informe de 110,20 euros.

Cuando el importe de los ensayos marcados con (*) sobrepase los 110,20 euros, el valor del informe corresponderá a la suma de los diferentes ensayos solicitados.

(1) Los precios corresponden a un solo ensayo con el número de repeticiones necesarias.

Si estas no están especificadas, se considerará un máximo de 10 repeticiones. Cuando se solicite un mayor número de ensayos se aplicará la tarifa según los tramos indicados en la tabla siguiente:

Tramo

Ensayos

Precio por ensayos

Euros

Ensayos realizados

Importe

Euros

I

1 a 10

P

n1 ⩽ 10

P.n1

II

11 a 25

0.8P

10 < n2 ⩽ 25

0.8P.n2

III

26 a 50

0.65P

25 < n3 ⩽ 50

0.65.P.n3

IV

Más de 50

0.5P

n4 > 50

0.5.P.n4

El valor (V) corresponderá a la suma de los importes de los distintos tramos tarifados.

V = P(n1 + 0.8n2 + 0.65n3 + 0.5n4).

P = Precio del ensayo reflejado en el BOE.

Centro de Investigación en Sanidad Animal

Virología y Serología

Concepto:

Determinación virológica «in vitro» (precio por determinación): 75,69.

Determinación virológica por PCR, 1 a 10 det. (precio por determinación): 35,58.

Determinación virológica por PCR, > 10 det. (precio por determinación): 29,45.

Determinación virológica por PCR a tiempo real (precio por determinación): 58,43.

Determinación virológica por inmunoensayo, 1 a 10 det. (precio por determinación): 17,08.

Determinación virológica por inmunoensayo, > 10 det. (precio por determinación): 15,34.

Determinación serológica por ELISA, 1 a 10 det. (precio por determinación): 20,52.

Determinación serológica por ELISA, > 10 det. (precio por determinación): 15,34.

Determinación serológica por immunoblotting de peste porcina africana, 1 a 10 det. (precio por determinación): 30,94.

Determinación serológica por immunoblotting de peste porcina africana, > 10 det. (precio por determinación): 25,79.

Determinación serológica de confirmación, 1 a 10 det. (precio por determinación): 25,79.

Determinación serológica de confirmación, > 10 det. (precio por determinación): 21,58.

Determinación serológica diferencial de pestivirus, 1 a 10 det. (precio por determinación): 77,36.

Determinación serológica diferencial de pestivirus, > 10 det. (precio por determinación): 64,76.

Evaluación/validación de kits de diagnóstico: 1.840,50.

Evaluación de la ausencia de carga viral en material comercial (precio por determinación): 494,40.

Verificación de lotes de material comercial: 736,20.

Evaluación «in vitro» de la actividad virucida de desinfectantes: 5.933,37.

Reactivos para Virología y Serología

Concepto:

Ácidos nucleicos virales (100 microlitros): 51,50.

Antígeno viral de enfermedad vesicular porcina (para 1.000 determinaciones): 713,04.

Antígeno viral semipurificado de peste porcina africana (para 8.000 determinaciones por ELISA): 678,10.

Antígeno viral semipurificado de peste porcina africana (para 16.000 determinaciones por ELISA): 1.356,22.

Aislados virales (1 ml): 79,59.

Cámaras de cultivo para IFI para la detección de anticuerpos frente al virus de la peste porcina africana: 48,14.

Conjugados monoclonales (0,5 ml): 262,63.

Control positivo de IFD de peste porcina africana (corte de tejido positivo a PPA).

Control negativo de IFD de peste porcina africana (corte de tejido negativo a PPA).

Suero positivo de referencia de peste porcina africana (1 ml): 141,38.

Suero límite de referencia peste porcina africana (1 ml): 97,39.

Suero negativo de referencia peste porcina africana (1 ml): 48,69.

Suero de referencia de enfermeded vesicular porcina, peste porcina clásica y peste equina africana (1 ml): 115,36.

Sueros policlonales anti-virus (1 ml): 146,18.

Suero porcino negativo (1 ml): 48,69.

Suero policlonal conjugado FITC anti-VPPA (para 400 determinaciones): 198,13.

Tiras immunoblottingantigenadas con el virus de la peste porcina africana (precio por unidad): 5,71.

Reactivos de ELISA para la detección de anticuerpos frente al virus de la enfermedad vesicular porcina (antígeno, anticuerpos y controles) (precio por determinación): 0,58.

Reactivos de ELISA para la detección de anticuerpos frente al virus de la peste equina africana (proteína recombinante y controles) (precio por determinación): 0,58.

Reactivos de ELISA sándwich para la detección de antígeno del virus de la peste equina africana (anticuerpos y controles) (precio por determinación): 0,58.

Reactivos de ELISA para la detección de anticuerpos frente al virus de la peste porcina africana (antígeno, sueros de referencia positivo, negativo y límite, conjugado y placas) → 16.000 determinaciones: 2.335,91.

Reactivos de ELISA para la detección de anticuerpos frente al virus de la peste porcina africana (antígeno, sueros de referencia positivo, negativo y límite, conjugado y placas) → 8.000 determinaciones: 1.180,47.

Reactivos de immunoblotting para la detección de anticuerpos frente al virus de la peste porcina africana (tiras, conjugado, sueros de referencia positivo y negativo) → 50 determinaciones: 635,50.

Reactivos de IFD para la detección de virus de la peste porcina africana (control positivo FITC, controles positivo y negativo para IFD) → 400 determinaciones: 353,66.

Bacteriología

Concepto:

Análisis bacteriológicos (precio por determinación): 35,06.

Hematología

Concepto:

Análisis hematológicos (precio por determinación): 23,38.

Histopatología

Concepto:

Estudio histopatológico convencional: 40,00.

Estudio inmunohistoquímico: 60,00.

Secuenciación

Concepto:

Secuenciación estándar (precio por unidad): 10,00.

Purificación de productos de PCR (precio por unidad): 3,00.

Cuantificación de ADN (precio por unidad): 1,20.

Análisis de fragmentos (precio por unidad): 1,20.

Asesoría y estudios científico-técnicos

Concepto:

Asesoría científico-técnica (€/hora): 117,05.

Informes epidemiológicos y sanitarios básicos: 1.840,48.

Estudios epidemiológicos y sanitarios específicos: 6.134,99.

Estudios de caracterización molecular: 1.539,05.

Formación cientifico-técnica por persona y día: 123,60.

Uso de instalaciones

Concepto:

Estancia por persona y semana o fracción: 250,00.

Boxes de animalario de P-III (CISA) para vacuno y equino (€/mes): 9.000,00.

Boxes de animalario del P-III (CISA) para otros animales (€/mes): 6.000,00.

Laboratorios de alta seguridad biológica (CISA) (€/mes): 4.000,00.

Otros laboratorios (€/mes): 2.000,00.

Dirección Técnica de Evaluación de Variedades y Laboratorios

Concepto:

Ensayo DHE (por cada ciclo de ensayo).

Algodón, judía, lechuga, melón, pepino, pimiento, tomate e híbridos interespecíficos: 939,50.

Resto de especies (en caso de híbridos de especies agrícolas, se cobrará una tasa por el híbrido y otra por cada componente del mismo): 563,68.

Comprobación de la identidad y pureza varietal de una muestra.

Especies de cultivo extensivo (no híbridos): 132,61.

Especies de cultivo extensivo (híbridos): 256,24.

Especies de cultivo intensivo: 136,66.

Ensayos de conservación:

Ensayos de conservación de una variedad: 265,23.

Otros ensayos de campo:

Supervisión y apoyo de ensayo DUS realizado por el obtentor con valor oficial, de una variedad para la que haya sido solicitada su inclusión en la correspondiente Lista de Variedades Comerciales: 245,40.

Siembra y análisis de proteína, gluten, índice de amarillo, y peso específico de variedades de trigo duro.: 582,83.

Calidad:

Determinación de calidad harino‐panadera (proteína, índice de sedimentación, ensayo alveográfico, peso específico) en trigo: 111,02.

Determinación en contenido de betacarotenos y calibración en trigo duro: 46,97.

Determinación de la proteína por técnica NIRA, peso 100 gr., color y forma de grano en leguminosas: 19,20.

Determinación del contenido graso por resonancia magnética en oleaginosas: 12,81.

Determinación de la proteína total de S.S.S. En soja por técnica NIRA en oleaginosas: 12,81.

Determinación de la calidad culinaria e industrial en patata: 93,95.

Análisis gluten índex: 26,34.

Obtención de la muestra de trabajo a partir de la muestra remitida:

Ensayos sobre muestras de semillas en laboratorio: 2,13.

Análisis de pureza especifica:

Semillas de cereales y leguminosas: 12,81.

Semillas de pratenses: 41,01.

Semillas de otras especies: 17,08.

Mezcla de especies (con información de la composición de la mezcla): 145,88.

Mezcla de especies (sin información de la composición de la mezcla): 212,19.

Peso de mil semillas.

Todas la especies: 11,50.

Determinación de otra semillas en numero.

Semillas de alfalfa y trébol: 34,19.

Semillas de otras especies: 12,81.

Ensayo de germinación.

Semillas de leguminosas de grano grueso: 51,24.

Semillas de otras especies: 25,62.

Mezclas (por componente): 25,62.

Determinación del contenido de humedad.

Ensayo de contenido en agua (muestra en envase hermético): 9,30.

Ensayo de calibración de medidores digitales de humedad (por especie): 278,23.

Determinación de la viabilidad por el ensayo topográfico al tetrazolio.

Semillas de especies agrícolas y hortícolas: 42,71.

Semillas de árboles y arbustos: 85,39.

Ensayo de resistencia a enfermedades.

Guisante: Fusarium oxysporum f. sp. pisi raza 1: 82,63.

Judía: BCMNV (Bean Common Mosaic Necrotic Virus): 73,45.

Judía: Colletotrichum lindemuthianum raza lambda, kappa, 6 gamma, delta (por raza): 55,09.

Judía: Pseudomonas savastanoi pv. phaseolicola raza 2, 6, 7 (por raza): 85,70.

Lechuga: Bremia lactucae raza BL2, 5, 12, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 25, 26 (por raza): 24,48.

Melón: Fusarium oxysporum f. sp. melonis raza 0, 1, 2 (por raza): 82,09.

Melón: MNSV (Melon Necrotic Spot Virus): 88,40.

Melón: Podosphaera (Sphaeorotheca) fuliginea raza 1: 61,22.

Pepino: CMV (Cucumis Mosaic Virus): 85,97.

Pepino: Corynespora casiicola: 80,00.

Pepino: CVYV (Cucumber Vein Yellowing Virus): 80,68.

Pepino: Podosphaera (Sphaeorotheca) fuliginea: 61,22.

Pimiento: PVY (Potato Virus Y) patotipo 0: 89,59.

Pimiento: Tobamovirus patotipo 0, 1-2, 1-2-3 (por patotipo): 83,47.

Tomate: Fusarium oxysporum f. sp. lycopersici razas 0 ex 1,1 ex 2 (por raza): 82,09.

Tomate: Fusarium oxysporum f.sp. radicis lycopersici: 90,00.

Tomate: Meloidogyne incognita: 113,67.

Tomate: Pseudomonas syringae pv. Tomato: 90,00.

Tomate: ToMV (Tomato Mosaic Virus) raza 0: 61,22.

Ensayos de sanidad de semillas.

Determinación serológica, DAS-ELISA, según enfermedad: 61,22.

Detección de Ustilago nuda en cebada.

Detección de Botrytis cinerea en girasol: 58,43.

Detección de Xanthomonas campestris pv. campestris en Brásicas: 139,12.

Detección de Colletotrichum lindemuthianum en judía: 53,25.

Detección de Tobamovirus en pimiento: 91,00.

Detección de Xanthomonas campestris pv. vesicatoria en pimiento: 125,00.

Detección de Xanthomonas axonopodis pv phaseoli: 165,00.

Detección de Pseudomonas savastanoi pv phaseolicola: 165,00.

Electroforesis.

Determinación de la pureza varietal y/o comprobación de la identidad de un lote (26 semillas). Trigo, avena y cebada: 202,35.

Descripción de líneas (4 semillas por línea). Girasol y maíz (isoenzimas) de 1 a 8 líneas: 186,38.

Descripción de líneas (4 semillas por línea). Girasol y maíz (insoenzimas) de 9 a 16 líneas: 372,75.

Control de la identidad de un hibrido (facilitando la descripción de sus progenitores por el solicitante) (10 semillas). De 1 a 3 híbridos: 186,38.

Control de la identidad de un hibrido (facilitando la descripción de sus progenitores por el solicitante) (10 semillas). De 4 a 6 híbridos: 372,75.

Control de la identidad de un hibrido (estudiando la descripción de sus progenitores) (10 semillas). De 1 a 2 híbridos más progenitores: 186,38.

Control de la identidad de un hibrido (estudiando la descripción de sus progenitores) (10 semillas). De 3 a 4 híbridos más progenitores: 372,75.

Análisis de homogeneidad por isoenzimas.

Ensayos biomoleculares.

Pimiento: detección del gen Tsw de resistencia a TSMWV (Tomato Spotted Wilt Virus): 111,29.

Estudio de la homogeneidad. (100 semillas): 559,13.

Expedición de documentos y/o resultados.

Descripciones varietales: 42,71.

Cd-rom de estudio de la distinguibilidad, homogeneidad y estabilidad (maíz, girasol, colza, garbanzo, arroz, algodón, sorgo, altramuz, cártamo y soja): 40,65.

Informe técnico de resultados del examen técnico de una variedad incluyendo descripción: 111,29.

Boletín de ensayos internacionales (sin incluir el precio de la realización de ensayos): 3,97.

Duplicado del boletín de ensayos internacionales (sin incluir el precio de la realización de los ensayos) expedición de documentos y/o resultados: 3,97.

Boletín de ensayos internacionales provisional (sin incluir el precio de la realización de los ensayos): 3,97.

Nota:

Los precios que se detallan no incluyen la toma de muestras ni el IVA.

Los ensayos sobre muestras de semillas, se realizarán siempre que sea posible de acuerdo con las normas internacionales de ensayos de semillas de la asociación internacional de ensayos de semillas (ISTA). En el caso de llevarse a cabo ensayos no incluidos en las normas ISTA (especies no incluidas o métodos de análisis no especificados), los resultados se indicarán en los impresos normalizados de la estación de ensayos de semillas y plantas de vivero para estos ensayos.

En el caso de semillas tratadas deberán proporcionarse obligatoriamente todas las informaciones necesarias acerca del producto y dosis utilizados de acuerdo con la legislación vigente; caso de que no estén tratadas deberá hacerse figurar en la muestra la ausencia de tratamiento. No se aceptará ninguna muestra para ensayo sin las mencionadas informaciones.

Cuando se trate de muestras de semillas de variedades modificadas genéticamente, deberá indicarse claramente este extremo en el envase de las muestras y en el escrito de remisión de las mismas. Los precios de la realización de los ensayos a estas muestras podrán sufrir incrementos sobre los establecidos anteriormente.

Departamento de Reproduccion Animal

Trabajo técnico.

Ensayos de manipulación de embriones:

Recogida de embriones de cerda: 162,35.

Recogida y transferencia de embriones de cerda: 243,62.

Conservación de estirpes de ratón en heterocigosis: 2.601,24.

Detección de animal transgénico: 17,98.

Superovulación y obtención embrión de bovino: 576,67.

Transferencia embriones bovino: 69,62.

Congelación de embriones bovino: 87,13.

Superovulación y obtención embriones ovino y caprino: 333,29.

Congelación de embriones ovino, caprino (por embrión): 44,67.

Transferencia de embriones ovino, caprino (por embrión): 44,67.

Obtención de ovocitos de matadero, fecundación y desarrollo de embriones bovinos: 605,25.

Congelación de embriones PIV: 128,55.

Ensayos de contrastación de semen:

Seminograma cuantitativo del semen de bovino: 12,20.

Seminograma cualitativo del semen de bovino: 32,53.

Seminograma completo del semen de bovino: 51,67.

Pajuela congelada de semen de bovino: 1,63.

Procesado de semen de epidídimo: 121,94.

Almacenamiento de dosis seminal semanal c/toro: 2,43.

Seminograma cuantitativo del semen de cerdo: 12,22.

Seminograma cualitativo del semen de cerdo: 13,57.

Seminograma completo del semen de cerdo: 20,45.

Test de Resistencia Osmótica: 20,45.

Test HOST corto: 20,45.

Test de viabilidad espermática porcina: 17,53.

Fraccionamiento del ADN espermático porcino: 20,45.

Pajuela de 0.5 congelada de semen porcino: 0,70.

Dosis refrigerada de semen porcino: 0,59.

Identificación de cerdos hipoprolíficos por cariotipo: 70,12.

Test de penetración heterólogo: 515,94.

Congelación de semen de cerdo (un eyaculado): 40,74.

Refrigeración de semen de cerdo (un eyaculado): 8,18.

Diálisis de semen de cerdo (un eyaculado): 241,48.

Vasectomía ratón: 69,30.

Ensayos de bioquímica:

Análisis morfológico completo: 241,48.

Fosfolípidos de membrana (HPLC): 69,30.

Zinc en plasma seminal: 54,17.

Cobre en plasma seminal: 54,17.

Hierro en plasma seminal: 54,17.

Manganeso en plasma seminal: 54,17.

Calcio libre en plasma seminal: 54,17.

Calcio combinado en plasma seminal: 54,17.

Liberación de aspartato amino transferasa en células: 74,41.

Proteína total en plasma seminal: 58,55.

Niveles de proteínas hidroprecipitables en plasma seminal: 73,54.

Fosfatasa ácida en semen o plasma seminal: 73,54.

Lactato deshidrogenasa en semen o plasma seminal: 75,24.

Fructosa y ácido cítrico en plasma seminal: 2,45.

Determinación en plasma sanguíneo de Cortisol, por ELISA: 4,48.

Determinación en plasma sanguíneo de CK, por UV: 3,68.

Determinación en plasma sanguíneo de LDH, por UV: 3,68.

Determinación en plasma sanguíneo de AST, por UV: 3,68.

Determinación en plasma sanguíneo de ALAT, por UV: 3,68.

Control bioquímico de medio de conservación seminal de porcino (análisis): 23,92.

Determinación en plasma sanguíneo de hormonas esteroides (ELISA): 40,00.

Determinación en heces de hormonas esteroides (ELISA): 45,00.

Ensayos de RIA:

Valoración hormonas esteroides (100 muestras Progesterona).: 445,64.

Valoración hormonas esteroides (100 muestras Testosterona).: 465,00.

Mamíferos no domésticos:

Obtención de material espermático: 198,26.

Seminograma: 72,78.

Congelación de muestra espermática: 135,25.

Pajuela congelada: 2,03.

Almacenamiento anual de dosis espermática: 368,4.

Obtención de embriones: 638,93.

Congelación: 96,53.

Transferencia: 77,13.

Departamento de Tecnología de los Alimentos

Ensayos en leguminosas:

Alcaloides: 191,70.

Inositol fosfatos: 191,70.

Alfa-galactosidos: 191,70.

Lectinas: 234,30.

Vicina, convicina y L-DOPA: 191,70.

Inhibidores de proteasas: 191,70.

Ensayos de la calidad de la carne:

Ácidos grasos totales en carne o grasa: 228,98.

Departamento de Medio Ambiente

Ensayo multiespecífico de comportamiento y toxicidad en suelo: 2.784,86.

Valoración ecotoxicológica de contaminantes en el medio acuático: 2.387,02.

Valoración de riesgos medioambientales de residuos ganaderos, o efluentes agroalimentarios: 1.365,91.

Diagnóstico de procesos ambientales: 4.386,81.

Ensayos en el suelo, materia vegetal y residuos ganaderos y urbanos:

Amonio (N-NH4+): 6,50.

Nitrato (N-NO3-): 6,50.

pH y Conductividad Eléctrica (CE): 8,00.

Nitrógeno Kjeldahl (NK): 6,00.

Materia Orgánica (MO): 4,50.

Humedad: 4,50.

Unidad de Productos Fitosanitarios

Evaluación de documentación de sustancia activa: 39.522,15.

Estudio parcial de sustancia activa: 26.092,50.

Estudio del perfil analítico de sustancia activa: 7.881,00.

Evaluación, como ponente, de la documentación científico-técnica de sustancia activa para su aprobación o renovación de la aprobación: 182.000,00.

Evaluación, como co-ponente, de la documentación científico-técnica de sustancia activa para su aprobación o renovación de la aprobación: 70.290,00.

Evaluación de documentación científico-técnica confirmatoria de sustancia activa: 41.002,50.

Evaluación de documentación cientifico-técnica de un producto fitosanitario: 41.002,50.

Revisión del informe de evaluación de un producto fitosanitario realizado por país ponente zonal: 9.915,00.

Evaluación de documentación cientifico-técnica de residuos de productos fitosanitarios:

Estudio a evaluar.

1.a Estabilidad de los residuos en productos vegetales por categoria o grupo de cultivo: 426,00.

1.b Metabolismo y distribución de los residuos en los vegetales por categoria o grupo de cultivo: 2.343,00.

1.c Ensayos de residuos en cultivos por categoria o grupo de cultivo: 1.384,50.

1.d Efectos de transformación industrial y de la preparación domestica por categoria o grupo de cultivo: 692,25.

2.a Metabolismo en rumiante lactante: 2.343,00.

2.b Metabolismo en ave de corral: 2.343,00.

2.c Metabolismo en cerdo: 2.343,00.

2.d Otros estudios de metabolismo en ganado: 2.343,00.

2.e Estabilidad de los residuos en productos animales: 426,00.

3.a Estudio de nutrición en rumiante lactante: 2.343,00.

3.b Estudio de nutrición en ave de corral: 2.343,00.

3.c Estudio de nutrición en cerdo: 2.343,00.

4. Determinación de residuos en cultivos sucesivos: 1.757,25.

5. Otros datos relativos a residuos: 692,25.

Departamento de Mejora Genética Animal

Suministro de Pollitos de 1 día de razas autóctonas españolas: 1,11.

Secretaría General

Servicio de Documentación, Biblioteca y Publicaciones

Biblioteca:

Sala de Lectura (fotocopias en sala), precio por página: 0,12.

Documentación:

Fotocopias Doc. (envío por correo), hasta 40 copias: 5,85.

Cada bloque de diez copias adicionales: 0,47.

Préstamo Interbibliotecario:

Cada volúmen original prestado: 8,18.

Publicaciones (sin IVA);

Spanish Journal of Agricultural Research (5 números):

España: 133,13.

Unión Europea: 149,10.

Otros países: 202,35.

Forest Systems (4 números):

España: 112,89.

Unión Europea: 127,80.

Otros países: 170,40.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/06/2011
  • Fecha de publicación: 08/07/2011
  • Efectos desde el 9 de julio de 2011.
  • Fecha de derogación: 07/02/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 29 de diciembre de 2016 (Ref. BOE-A-2017-1199).
  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 15 de julio de 2011 (Ref. BOE-A-2011-13292).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 6 de febrero de 2009 (Ref. BOE-A-2009-7189).
  • DE CONFORMIDAD con art. 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria
  • Investigación agraria
  • Precios

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