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Documento BOE-A-2011-11421

Resolución de 16 de junio de 2011, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Gestifondo, SGIIC, SA y a su Presidente y Consejero Delegado.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2011, páginas 70662 a 70662 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2011-11421

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a la entidad «Gestifondo, SGIIC, S.A.» por la comisión de dos infracciones muy graves tipificadas en las letras q) y d) del artículo 80 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 94, apartado 3, de la LIIC, las sanciones impuestas mediante Orden Ministerial de fecha 9 de diciembre de 2009 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

«1. Imponer a ‘‘Gestifondo, SGIIC, S.A.’’, por la comisión de una infracción muy grave del artículo 80, letra q), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, al haber mantenido durante un periodo de 6 meses un nivel de recursos propios inferior al exigido legalmente, una multa por importe de 3.000 euros (tres mil euros).

(…)

3. Imponer a ‘‘Gestifondo, SGIlC, S.A.’’, por la comisión de una infracción muy grave del artículo 80, letra d), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, al haber incumplido la prohibición de pignorar los activos en que se materialicen los recursos propios mínimos de las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, una multa por importe de 3.000 euros (tres mil euros).»

Asimismo, habiendo recaído Sentencia, de fecha 27 de abril de 2011, en el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por don Francisco Javier Guinovart Llagostera contra la Orden Ministerial de 9 de diciembre de 2009, cuyo fallo estima parcialmente el recurso interpuesto, anulando la sanción impuesta por la comisión de una infracción muy grave de la letra q) del artículo 80 de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 94.3 de dicho texto legal, la sanción impuesta por Orden Ministerial de 9 de diciembre de 2009, en relación con la infracción muy grave tipificada en la letra d) del artículo 80 de la citada norma, que tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

«4. Imponer a don Francisco Javier Guinovart Llagostera, en su condición de Presidente y Consejero Delegado de la entidad ‘‘Gestifondo, SGIIC, S.A.’’, por la comisión de una infracción muy grave del artículo 80, letra d), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, al haber incumplido la prohibición de pignorar los activos en que se materialicen los recursos propios mínimos de las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, una multa por importe de 20.000 euros (veinte mil euros), y una sanción de suspensión en su cargo por plazo de tres meses.»

Madrid, 16 de junio de 2011.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.

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