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Documento BOE-A-2011-10539

Orden TAP/1672/2011, de 7 de junio, de ordenación de los registros de los servicios periféricos del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2011, páginas 62460 a 62465 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-10539
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/06/07/tap1672

TEXTO ORIGINAL

El artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los órganos administrativos llevarán un registro general y podrán crear otros registros con el fin de facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, que tendrán la consideración de registros auxiliares, en los que los ciudadanos podrán presentar solicitudes, escritos y comunicaciones que se dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas.

Por su parte, el artículo 12 de Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro, define lo que ha de entenderse por registros generales y auxiliares. Así, son oficinas de registro general las que ejercen funciones de recepción y remisión de solicitudes escritos y comunicaciones para uno o varios órganos administrativos. Por otro lado, son oficinas de registro auxiliares, las que ejerciendo idénticas funciones y para los mismos órganos administrativos que la oficina de registro general, se encuentran situadas en dependencias diferentes de aquélla.

A su vez, el artículo 11 del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, señala que las oficinas de registro, por tener atribuidas funciones con efectos jurídicos frente a terceros, tienen la consideración de órganos administrativos. Por consiguiente, su creación, modificación y supresión habrá de hacerse mediante orden ministerial, según prevé el artículo 67.1.b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

El Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, modificó la estructura ministerial y atribuyó al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública la coordinación de la Administración General del Estado en el territorio nacional. A su vez, el Real Decreto 393/2011, de 18 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública dispuso la adscripción a este Departamento, de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla.

Por lo tanto, al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública le corresponde la organización no sólo de los registros de los servicios centrales, que ha sido abordada por Orden TAP/481/2011, de 2 de marzo, de ordenación de los registros de los servicios centrales del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, sino también la de los registros ubicados en las sedes de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.

En consecuencia, al objeto de ordenar los registros generales y auxiliares de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, con arreglo a criterios de eficacia, eficiencia y servicio al ciudadano, dispongo:

Artículo 1. Registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares.

Los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, se relacionan en el Anexo de esta Orden, indicando el órgano en el que se integran, así como el carácter general o auxiliar.

Las oficinas de registro de carácter general y auxiliar desarrollarán las funciones previstas en el artículo 13 del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.

Artículo 2. Interconexión e integración de los registros.

Todas las oficinas de registro de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares estarán plenamente interconectadas e integradas, en los términos establecidos en el artículo 12.4 del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo.

Artículo 3. Actualización y difusión.

El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública mantendrá actualizada la relación de oficinas de registro de los servicios periféricos del Departamento.

Dicha relación podrá consultarse a través de Internet en la siguiente dirección: http://www.060.es, que establecerá los sistemas de acceso y comunicación, así como los horarios de funcionamiento.

Disposición adicional única. No incremento del gasto público.

La aprobación de la presente orden no supondrá, en ningún caso, aumento de gasto público.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se autoriza al Subsecretario de Política Territorial y Administración Pública para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de junio de 2011.–El Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, Manuel Chaves González.

ANEXO
Oficinas de Registro General y Auxiliar de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Almería: registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Cádiz:

Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Oficina de Coordinación de la Administración General del Estado en el Campo de Gibraltar.

Córdoba: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Granada: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Huelva:

Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Oficina extranjeros.

Jaén: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Málaga: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Sevilla:

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registros auxiliares:

Área funcional de Fomento.

Área funcional de Trabajo e Inmigración.

Área funcional de Sanidad y Política Social.

Delegación territorial del Parque Móvil del Estado.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón

Huesca: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Teruel: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Zaragoza:

Registro general de la Delegación del Gobierno/Subdelegación del Gobierno.

Registros auxiliares:

Delegación del Gobierno (Registro 2).

Delegación del Gobierno (Registro 3).

Delegación del Gobierno (Registro 4).

Delegación del Gobierno en el Principado de Asturias

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias

Las Palmas:

Lanzarote: Registro general de la Dirección Insular.

Gran Canaria: Registro general de la Delegación del Gobierno.

Fuerteventura: Registro general de la Dirección Insular.

Santa Cruz de Tenerife:

La Gomera: Registro general de la Dirección Insular.

La Palma: Registro general de la Dirección Insular.

El Hierro: Registro general de la Dirección Insular.

Tenerife: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cantabria

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla y León

Ávila: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Burgos: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

León: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Palencia: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Salamanca: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Segovia: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Soria: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Valladolid: Registro general de la Delegación del Gobierno.

Zamora: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Albacete: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Ciudad Real: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Cuenca: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Guadalajara: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Toledo: Registro general de la Delegación del Gobierno del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña

Barcelona:

Registro general de la Delegación del Gobierno/Subdelegación del Gobierno en Barcelona.

Registro auxiliar de la Subdelegación del Gobierno.

Girona: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Lleida: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Tarragona: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Extremadura

Badajoz: Registro general de la Delegación del Gobierno.

Cáceres: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Galicia

A Coruña:

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registro general de la Subdelegación del Gobierno en A Coruña.

Lugo: registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Ourense: registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Pontevedra:

Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Dependencia del Área Funcional de Trabajo e Inmigración de Vigo.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Ibiza y Formentera: Registro general de la Dirección Insular.

Menorca: Registro general de la Dirección Insular.

Mallorca:

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Edificio de servicios múltiples.

Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registros auxiliares:

Oficina de Extranjeros.

Área Funcional de Sanidad y Política Social.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Foral de Navarra

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Área Funcional de Trabajo e Inmigración.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Álava: Registro general de la Delegación/ Subdelegación del Gobierno.

Guipúzcoa: Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Vizcaya:

Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Oficina de extranjeros.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana

Alacant/Alicante:

Registro general de la Subdelegación del Gobierno.

Registro auxiliar de la oficina de extranjeros de Alicante.

Registro auxiliar de la oficina de extranjeros de Altea.

Castelló/Castellón:

Registro general de Subdelegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Edificio administrativo.

València/Valencia:

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registro auxiliar de la Subdelegación del Gobierno.

Delegación del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Ceuta

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registros auxiliares:

Oficina de extranjeros.

Área Funcional de Sanidad y Política Social.

Área Funcional de Fomento.

Delegación del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Melilla

Registro general de la Delegación del Gobierno.

Registro auxiliar: Oficina de extranjeros.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/06/2011
  • Fecha de publicación: 17/06/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 18/06/2011
Referencias anteriores
Materias
  • Administración General del Estado
  • Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas
  • Direcciones Insulares
  • Organización de la Administración del Estado
  • Registros administrativos
  • Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas

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