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Documento BOE-A-2010-9701

Resolución de 26 de mayo de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Ciudad de Melilla, para la realización de la exposición "Al Senegal en aeroplano".

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 18 de junio de 2010, páginas 52910 a 52912 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-9701

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y la Ciudad de Melilla han suscrito un Convenio de colaboración para la realización de la exposición «Al Senegal en aeroplano. Fotografías de Alfonso», por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 26 de mayo de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Cultura, Francisco de Asís Javier Rodríguez Mañas.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Ciudad de Melilla para la realización de la exposición «Al Senegal en aeroplano»

En Madrid, a 7 de mayo de 2010.

REUNIDOS

De una parte: Dña. Ángeles González-Sinde Reig, Ministra de Cultura, en virtud del nombramiento efectuado mediante Real Decreto 558/2009, de 7 de abril, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte: Dña. Simi Chocrón Chocrón, Consejera de Cultura de la Ciudad de Melilla, nombrada por Decreto de la Presidencia de la Ciudad de Melilla, de 16 de julio de 2007, registrado al número 33, publicado en BOME extraordinario n.º 13, de 16 de julio de 2007, en nombre y representación de la Ciudad de Melilla, en virtud de las competencias otorgadas por Real Decreto 1383/1997, de 29 de agosto.

Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad legal necesaria y suficiente para suscribir el presente Convenio.

EXPONEN

I. Conforme a lo dispuesto en el art. 149.1.28. de la Constitución Española, el estado ostenta competencia exclusiva sobre las siguientes materias: «Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas».

Asimismo, conforme al art. 62 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. «La Administración del Estado garantizará el acceso de todos los ciudadanos españoles a los Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal, sin perjuicio de las restricciones que, por razón de la conservación de los bienes en ellos custodiados o de la función de la propia institución, puedan establecerse.»

El Ministerio de Cultura tiene atribuida, dentro de la Administración General del Estado, esa función o competencia para el acceso y difusión de los bienes del patrimonio histórico español de titularidad estatal, sin perjuicio de las competencias y colaboraciones específicas que se acuerden con otras Administraciones Públicas y demás personas o entidades publicas o privadas que acrediten un interés cultural. (Art. 6 b de la citada LPHE, en relación con el Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura).

II. Es competencia de la Ciudad de Melilla el fomento de la Cultura (art. 21.1.15), el patrimonio cultural de interés para la ciudad (art. 21.1.14) y los archivos de interés para la ciudad (art. 21.1.13), según se desprende de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo. El Real Decreto 1383/1997, de 29 de agosto, se refiere a la competencia específica en materia de la promoción del acceso a la cultura, en general.

III. El Estado, el Ministerio de Cultura, es titular de los soportes materiales de las fotografías custodiadas en los citados archivos y, conforme a la legislación sobre propiedad intelectual, el Ministerio de Cultura puede realizar la reproducción de los mismos para posibilitar su investigación y conservación, así como para ejercer el derecho de exposición pública, por propia iniciativa o a instancia y colaboración (previa firma de convenios) con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas (Art. 37.1 y 56.2 del TRLPI en relación con los Arts. 2 y 49.2 de la LPHE).

Por lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración para la organización de la citada exposición conforme a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.–Es objeto del presente convenio la exhibición de la exposición «Al Senegal en aeroplano. Fotografías de Alfonso», organizada por el Ministerio de Cultura, en colaboración con la Ciudad de Melilla, con el fin de hacer la mayor difusión posible de este importante fondo fotográfico conservado en el Archivo General de la Administración.

Segunda. Compromisos del Ministerio de Cultura.–El Ministerio de Cultura, como co-organizador de la exposición, a través de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, en cumplimiento de sus objetivos de difusión, promoción y fomento de la conservación del patrimonio documental, participa en la organización de esta exposición y se compromete a prestar temporalmente, durante un tiempo de treinta días, las reproducciones fotográficas que se exhiben en la muestra, así como los textos y el material gráfico que acompañan a la exposición.

Asimismo, se compromete a enviar un total de 20 ejemplares del catálogo de la exposición para su distribución institucional gratuita.

Cualquier contratación que surja como consecuencia del Convenio, debe ajustarse a lo dispuesto en la Legislación de Contratos del Sector Público.

Tercera. Compromisos de la Ciudad de Melilla.–Por su parte, la Ciudad de Melilla, como co-organizador de la exposición, se encargará de los aspectos organizativos de la exposición y de su financiación, así como de los costes derivados del transporte y seguros, montaje, producción de textos y cartelería, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente.

Asimismo, se encargará de los gastos derivados del desplazamiento del comisario de la muestra a la supervisión e inauguración de la exposición.

Cualquier contratación que surja como consecuencia del convenio, debe ajustarse a lo dispuesto en la Legislación de Contratos del Sector Público.

Cuarta. Contenido y difusión de la exposición.–La Ciudad de Melilla deberá respetar íntegramente la concepción y contenido de la exposición, cualquier cambio debe ser consultado y aprobado por el Ministerio de Cultura.

En cualquier forma de difusión de la exposición, la Ciudad de Melilla se compromete a respetar los derechos de propiedad intelectual que correspondan a los autores de las obras o que puedan corresponder a terceros.

Asimismo, la Ciudad de Melilla se responsabilizará de todas las actuaciones concernientes a la información y difusión de la exposición. En todos los medios que se utilicen para la difusión de la exposición figurarán los logotipos o símbolos de ambas partes de acuerdo con sus respectivas normas de identidad gráfica, así como la procedencia de los documentos.

Quinta. Lugar y fecha de la exposición.–La exposición se celebrará en el Hospital del Rey (Melilla) durante el mes de mayo de 2010, sin perjuicio, en su caso, de posibles traslados itinerantes de la exposición, que acordarán ambas partes en las mismas condiciones suscritas en este convenio.

Sexta. Vigencia del Convenio.–La vigencia del presente convenio se iniciará en el momento de su firma y su duración está supeditada a la realización de su objeto o finalización de la exposición, sin perjuicio de prórroga automática si el calendario de itinerancias de la exposición lo permitiese y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2010.

Séptima. Comisión de seguimiento.–Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de este convenio, se crea una comisión mixta de seguimiento y control, integrada por dos representantes del Ministerio de Cultura y dos representantes de la Consejería de Cultura de la Ciudad de Melilla. De los dos representantes de la Administración General del Estado, uno será designado por la Delegación del Gobierno en la Ciudad de Melilla.

Esta comisión resolverá las dudas relativas al cumplimiento, siendo los acuerdos adoptados en este sentido inmediatamente ejecutivos.

Octava. Causas de resolución.–Será motivo de resolución el mutuo acuerdo entre las partes, el incumplimiento por cualquiera de las partes de lo dispuesto en este convenio o la entrada en vigor de acuerdos internacionales o disposiciones legales o reglamentarias internas que determinen la extinción. En estos casos se establecerá en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas, estándose a lo dispuesto en la ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

Novena. Jurisdicción aplicable.–Este convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que si existiera algún desacuerdo entre las partes en cuanto a lo pactado en él, o a la ejecución del mismo, será solucionado, en primer lugar, mediante negociaciones, en un ambiente de mutuo respeto, pero si persistieran las discrepancias, deberán dirimirse ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En prueba de conformidad, lo firman las partes en el lugar y fecha «ut supra».–Por el Ministerio de Cultura, Ángeles González-Sinde Reig.–Por la Ciudad de Melilla, Simi Chocrón Chocrón.

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