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Documento BOE-A-2010-7954

Resolución de 26 de abril de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan ayudas para realizar estudios de Máster dentro del Programa Oficial de Posgrado del Consejo Superior de Investigaciones Científicas con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2010, páginas 43198 a 43201 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2010-7954

TEXTO ORIGINAL

El CSIC ha resuelto convocar 70 ayudas para favorecer la movilidad de los postgraduados que se matriculen en los estudios oficiales de Máster del programa de posgrado del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) dentro de las actividades contempladas en el Convenio Marco suscrito entre ambas instituciones.

Primera. Objeto de la convocatoria.–La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 70 becas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, para la realización de estudios de Máster del programa oficial de posgrado del CSIC y la UIMP. Los títulos oficiales de Máters a los que se asignan las citadas becas se relacionan en el Anexo

Se concederán dos tipos de becas: 5 becas para sufragar gastos de matrícula y 5 becas para gastos de matrícula y ayuda para la manutención durante la realización del Máster.

Segunda. Dotación económica y financiación.

2.1 Las becas para sufragar gastos de matrícula del Máster tendrán una dotación de 1300 euros cada una. Las becas destinadas a gastos de matrícula y ayuda para la manutención tendrán una dotación total de 6300 euros, de los cuales 1300 euros, se destinarán a sufragar gastos de matrícula del Máster.

2.2 La cuantía de las becas destinadas a gastos de matrícula del Máster será abonada al beneficiario en el mes de octubre de 2010. Los gastos de manutención serán abonados al beneficiario en dos plazos, 50% en octubre de 2010 y el 50% restante en el mes de febrero de 2011. Las becas no tendrán en ningún caso consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación.

Tercera. Requisitos de los solicitantes.–En la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud, los candidatos a ayudas para gastos de matrícula deberán:

a) Haber formalizado su preinscripción en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en uno de los Másters del Programa Oficial de Posgrado CSIC-UIMP, que aparecen listados en el Anexo.

Los solicitantes de las ayudas que incluyen gastos de manutención, además del requisito anterior, deberán:

b) Acreditar que la realización del Máster implica movilidad y cambio efectivo de residencia desde el lugar de su residencia habitual. Para ello, los candidatos con su solicitud, aportarán certificado de residencia o empadronamiento.

Además, los extranjeros no comunitarios deberán estar en posesión o en disposición de obtener, antes del inicio del Máster, el permiso de residencia o visado de estudios.

Cuarta. Plazo y presentación de solicitudes.–El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación en el «BOE», de esta resolución, hasta el 25 de junio de 2010.

La solicitud se hará únicamente por vía telemática utilizando los medios disponibles en los servidores de información del CSIC, www.csic.es (CSIC-UIMP).

En la solicitud telemática se hará constar el nombre y dirección profesional (postal y electrónica) de un Profesor Universitario, Investigador del CSIC o de Organismos Públicos de Investigación o responsable de empresas que pueda aportar referencias del solicitante.

Asimismo, y únicamente por vía telemática, deberán aportarse los siguientes documentos según modelos que podrán descargarse en la dirección de Internet antes indicada:

a) Currículum vitae del solicitante.

b) Impreso de declaración de la nota media de los estudios universitarios cursados, en el caso de que la nota media, en el baremo del 1-4, no figure en la certificación académica personal.

Los solicitantes deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso de los medios telemáticos y presentarlas firmadas, junto con:

– Documento acreditativo de identidad (fotocopia del DNI, NIE o pasaporte).

– Certificación académica personal completa y acreditativa de los correspondientes estudios, en original o fotocopia cotejada por cualquier autoridad competente.

En el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 117, 28006, Madrid). También se podrá remitir por correo certificado o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinta. Condiciones de disfrute.–Los beneficiarios de estas becas estarán obligados a seguir con aprovechamiento el programa del Máster en su totalidad, cursando los Módulos y asignaturas de que consta y realizando todas sus pruebas y evaluaciones.

Las becas de la presente convocatoria son incompatibles con las ayudas predoctorales de los Programas JAE Predoctoral, FPU y FPI.

Sexta. Evaluación y selección de candidatos.

6.1 La selección de los candidatos será realizada por una Comisión formada por los miembros del CSIC que ostenten la titularidad de la Vicepresidencia de Investigación Científica y Técnica, o persona en quien delegue, el Departamento de Postgrado y Especialización y los Directores de los Másters listados en el anexo. Los Directores de los Másters presentarán a esta Comisión una propuesta de selección para becas de matrícula y, otra propuesta para becas de matrícula y manutención, ordenada de mayor a menor puntuación, de los candidatos de cada uno de los Másters de acuerdo a sus méritos, según los baremos establecidos.

6.2 Para la selección se valorarán los apartados que se enumeran a continuación:

a) Los méritos académicos, científicos y profesionales del solicitante (hasta 8 puntos).

b) Si la realización del Máster implica movilidad y cambio efectivo de residencia del solicitante desde el lugar de su residencia habitual (hasta 2 puntos).

c) Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para poder ser beneficiario de una beca.

6.3 Finalizado el proceso selectivo, la Comisión hará una propuesta de acuerdo a las puntuaciones obtenidas, conteniendo la relación de candidatos a los que se deba conceder las ayudas, así como una relación de suplentes.

6.4 La relación provisional de candidatos seleccionados y la de suplentes se publicará en la dirección de Internet www.csic.es (CSIC-UIMP).

6.5 La concesión de las ayudas se hará mediante resolución del Presidente del CSIC y será notificada a los beneficiarios.

6.6 La resolución especificará los candidatos titulares a los que se les concede la beca de matrícula y la beca de matrícula y manutención y, los que en lista ordenada de acuerdo con los resultados de la selección, se consideran suplentes.

6.7 La resolución que acuerde o deniegue la concesión de la beca indicará y especificará el recurso que contra la misma proceda y el órgano ante el que habrá de interponerse.

Séptima. Obligaciones de los becarios e incumplimiento.

7.1 Aceptar las condiciones fijadas en la presente convocatoria.

7.2 Facilitar cuanta información sea requerida por la Intervención General de la Administración del Estado y por el Tribunal de Cuentas.

7.3 La ayuda podrá ser revocada en caso de inasistencia reiterada a las clases y actividades del programa del Máster o en caso de bajo rendimiento del alumno en las evaluaciones de los Módulos que lo componen.

La constatación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la beca, podrá dar lugar a la extinción del derecho a su disfrute o a la modificación de la resolución de concesión, al reintegro de las cantidades percibidas en su caso, a la incoación del correspondiente expediente sancionador, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General Subvenciones, así como a cuantas responsabilidades de todo orden pudieran derivarse.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en concepto de beca y la exigencia del interés de demora desde el momento del abono, en la cuantía fijada por el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 37 de dicho texto legal.

Octava. Régimen jurídico.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Real Decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

El Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, así como cuantas otras normas vigentes resulten de aplicación.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del CSIC, que podrá interponerse en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, 26 de abril de 2010.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rafael Rodrigo Montero.

ANEXO
Distribución de becas del CSIC para cursar estudios de Máster del Programa Oficial de Posgrado CSIC-UIMP

Máster en energías renovables, pilas de combustible e hidrógeno.

5 becas de matrícula (1.300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6.300 euros).

Máster de alta especialización en plásticos y caucho.

5 becas de matrícula (1.300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6.300 euros).

Máster en cambio global.

5 becas de matrícula (1.300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6.300 euros).

Máster en biodiversidad en áreas tropicales y gestión de su conservación.

5 becas de matrícula (1.300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6.300 euros).

Máster en estudios fónicos (Fonética y Fonología).

5 becas de matrícula (1.300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6.300 euros).

Máster en Cristalografía y Cristalización.

5 becas de matrícula (1.300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6.300 euros).

Máster en Igualdad de Género en Ciencias Humanas, Sociales y Jurídicas.

5 becas de matrícula (1.300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6.300 euros).

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