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Documento BOE-A-2010-5782

Resolución de 22 de marzo de 2010, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se publica el Convenio específico de colaboración, entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Generalitat de Cataluña, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de la Terra Alta, Garrigues-Segriá sur, Segarra, Pallars Sobirá y zonas Zepa Esteparias de la Plana de Lleida.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2010, páginas 32511 a 32527 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-5782

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio específico de colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y la Generalitat de Catalunya para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de la Terra Alta, Garrigues-Segriá sur, Segarra, Pallars Sobirá y zonas Zepa Esteparias de la Plana de Lleida., que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de marzo de 2010.–El Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, Jesús Casas Grande.

ANEXO
Convenio específico de colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Generalitat de Cataluña, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de la Terra Alta, Garrigues-Segrià sur, Segarra, Pallars Sobirà y zonas Zepa Esteparias de la Plana de Lleida

En Madrid, a 11 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, don Josep Puxeu Rocamora, Secretario de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real Decreto 574/2008, de 21 de abril, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, según el apartado primero 2.a) del Capítulo I de la Orden ARM/499/2009, de 24 de febrero, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Y de otra, don Joaquim Llena i Cortina, Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en virtud del Decreto 423/2006, de 28 de noviembre por el que se dispone su nombramiento, facultado para este acto por el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, actuando en nombre y representación de la Generalitat de Cataluña.

Los comparecientes, que actúan en función de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio específico, y a tal efecto, libremente,

EXPONEN

1. La Administración General del Estado, en lo sucesivo AGE, a través del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en lo sucesivo MARM, tiene la responsabilidad de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno, entre otras, en materia de desarrollo rural. Asimismo, le corresponde colaborar y cooperar con las comunidades autónomas en relación con el logro de un medio rural coherente, armónico, y sostenible. Todo ello, en el marco de las competencias atribuidas al Estado por la Constitución y, en particular, en su artículo 149.1.13ª, sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

2. Que la Generalitat de Cataluña tiene atribuidas, entre otras, la competencia en las materias de desarrollo integral y la protección del mundo rural, de conformidad con lo establecido en el artículo 116.1.g) de su Estatuto de Autonomía.

Dentro de la administración de la Generalitat de Cataluña, a la Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural le compete promover, planificar, dirigir y ejecutar la política en materia de desarrollo rural de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.11 del Decreto 421/2006, de 28 de noviembre.

3. Que las Cortes Generales han aprobado la Ley 45/2007 de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. La citada Ley tiene por objeto establecer medidas para favorecer el desarrollo sostenible del medio rural, en tanto que condiciones básicas para garantizar la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos constitucionales y en cuanto que tienen el carácter de bases para la ordenación general de la actividad económica en dicho medio.

4. Que la citada Ley establece que su aplicación práctica se planifique mediante el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, auspiciando la ejecución de un plan de actuaciones en cada zona rural seleccionada al efecto. Estos programas de actuación se formularán y ejecutarán en base a criterios de cooperación y colaboración entre administraciones y, en particular, mediante convenios de colaboración entre la AGE con las comunidades autónomas, en los que han de participar diferentes departamentos autonómicos con competencias sectoriales que inciden sobre el territorio.

5. Que este modelo de acción multisectorial, planificada y dirigida territorialmente será concertada entre la AGE y las comunidades autónomas, y presidida por un enfoque de sostenibilidad. Esta apuesta requiere de experiencias piloto, especialmente en lo relativo a la concertación y coordinación.

6. Que el MARM y las comunidades autónomas, en el marco de los acuerdos alcanzados en el seno del Consejo del Medio Rural, están desarrollando los instrumentos técnicos, jurídicos, y normativos necesarios para la plena aplicación de la ley. Una plena aplicación que será muy favorecida si, con carácter previo y horizonte temporal limitado, se establecen determinadas experiencias piloto que puedan servir de referencia para la aplicación ulterior generalizada.

7. Que la organización de estas experiencias piloto, para cada una de las actuaciones reales que contemple, tiene que pasar por las fases de diseño, concertación, proyecto, adjudicación, ejecución y finalizar con la puesta en servicio, lo que normalmente va a requerir que la actuación se prolongue a lo largo de varios ejercicios para que pueda verse completamente finalizada, de manera que puedan obtenerse conclusiones aplicables a las fases de elaboración, desarrollo, ejecución, seguimiento y evaluación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, así como especialmente de los planes de zona que posteriormente deben desarrollarlo en todos estos aspectos y fases a escala de zona.

8. Que para la planificación de las actuaciones incluidas en las experiencias piloto se ha realizado un diagnóstico, de cada una de las zonas de actuación, sobre aspectos sociales, económicos y ambientales, mediante un proceso de participación dirigido a las entidades locales y a los agentes sociales, que motive y justifique con claridad las actuaciones que se planteen.

9. Que la necesidad de experimentar y poner a punto los complejos mecanismos de acción de la Ley, particularmente en lo que se refiere a la elaboración y ejecución de los planes de zona rural, motivó que ya en 2008 el MARM suscribiese con seis comunidades autónomas los primeros convenios de colaboración para la realización de programas piloto de desarrollo rural sostenible. Actuación que durante 2009 debe prolongarse, perfeccionarse y extenderse al conjunto de comunidades autónomas, de manera que la elaboración y ejecución de los planes de zona que se deriven del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible, previsto para su implementación a lo largo del año 2010, vaya precedida en todas estas comunidades autónomas de una experiencia previa.

10. Que a estos efectos la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2009 ha incluido en el presupuesto de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural (Servicio 18 de la Sección 23), el programa presupuestario 414C, partidas presupuestarias para la celebración de convenios con comunidades autónomas (concepto 751) para el desarrollo de experiencias piloto en el medio rural.

11. Que la Generalitat de Cataluña está cooperando con la AGE en la elaboración del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible y que considera necesario avanzar el ensayo y la puesta en práctica de los mecanismos de acción de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, en algunas de sus zonas rurales, seleccionadas a tal fin.

12. Que las zonas seleccionadas, constituyen áreas predominantemente rurales, con escasa densidad de población, elevada significación de la actividad agraria, bajos niveles de renta, aislamiento geográfico y dificultades de vertebración territorial, conformando por ello un escenario privilegiado para servir como referencia experimental en la implantación de nuevas estrategias, acciones y programas capaces de aunar la mejora de la calidad de vida de sus habitantes, la conservación de valores naturales y el uso racional del territorio. A tal fin, la Generalitat de Cataluña, de acuerdo con la AGE ha elaborado un programa piloto de actuaciones sobre el que se articula el presente Convenio.

13. Que con fecha de 11 de noviembre de 2009, don Josep Puxeu Rocamora, Secretario de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio rural y Marino como representante de la Administración General del Estado, y don Joaquim Llena Cortina, Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, como representante de la Generalitat de Cataluña suscribieron el Convenio marco entre las dos administraciones para el desarrollo del programa piloto 2009 de desarrollo rural sostenible, en adelante Convenio marco.

14. Que la cláusula segunda del Convenio marco establece la necesidad de suscribir un Convenio específico de colaboración para las actuaciones fijadas en el Anexo II del mismo, que contenga como mínimo el objeto del convenio, los compromisos que asumen las partes, la financiación y la forma de pago, duración, resolución, régimen jurídico y resolución de conflictos.

15. Que de conformidad con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de celebrar el presente Convenio específico de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.–El presente Convenio específico tiene por objeto fijar y detallar en el ámbito del Convenio marco de colaboración entre la AGE, a través del MARM, y la Generalitat de Cataluña, mediante la Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural para la ejecución de un programa piloto de desarrollo sostenible en las zonas rurales que se describen y relacionan en el anexo I, del Convenio marco y del presente convenio, así como determinar las actuaciones concretas que deben realizarse, que se detallan y relacionan en el anexo II del presente convenio.

El Convenio específico, tal y como también se establecía en el Convenio marco, pretende servir de referencia y orientación a la puesta en marcha ulterior de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, tanto en lo que se refiere a la elaboración y desarrollo del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible, como para la posterior elaboración y ejecución de los planes de zona rural mediante los que aquél debe desarrollarse.

El objetivo del convenio específico es servir como laboratorio a escala real donde simular estrategias de colaboración y cooperación, de las que se deriven modelos de acción, pautas de comportamiento, y directrices de aplicación para la referida Ley, objetivo también establecido en el Convenio marco. Todo ello desde la óptica de compatibilizar los objetivos de conservación y respeto del patrimonio natural con los de desarrollo socioeconómico sostenible del conjunto del territorio concernido.

Segunda. Actuaciones a desarrollar.–Las actuaciones que deben desarrollarse al amparo del convenio marco de colaboración y del presente convenio específico se especifican en el anexo II del presente convenio y se desarrollarán en las zonas rurales de la plana de LLeida, Terra Alta, zona Garriques-Segriá Sud, Segarra y Pallars Sobirá que constan en el anexo I.

Las actuaciones incluidas en el anexo II del Convenio marco, concretadas en el anexo II del presente convenio, se orientan al cumplimiento de los objetivos generales y específicos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, Tienen carácter multisectorial, con intervención coordinada de varias Consejerías, tanto en su diseño como en su ejecución.

La programación de las actuaciones específicas cubre los tres ejes principales de la sostenibilidad, con enfoques y actuaciones dirigidos a sus tres pilares básicos: ambiental, social y económico, actuando sobre alguno de los problemas o necesidades más importantes y urgentes para cada una las zonas.

Las actuaciones específicas a desarrollar y sus correspondientes presupuestos, para cada una de las zonas de intervención, se relacionan en el anexo II del presente Convenio.

En todos los casos, las actuaciones serán posteriores a la firma del convenio, y tendrán el carácter de inversión real o de transferencia de capital para la Comunidad Autónoma.

Tercera. Obligaciones de la Administración General del Estado.–A efectos del debido cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración, tal y como se establece en la cláusula tercera del convenio marco, la Administración General del Estado, a través del MARM (Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural), se compromete a:

Prestar el asesoramiento preciso para la ejecución del Programa piloto dentro del marco de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre.

Contribuir a la difusión de las actuaciones contempladas en el Convenio específico, y a su proyección exterior.

Facilitar un protocolo común con el resto de programas piloto para su evaluación y seguimiento.

Aportar a la Generalitat de Cataluña la dotación presupuestaria señalada en la cláusula sexta del presente Convenio para el ejercicio de las actuaciones derivadas del mismo.

Realizar aquellas actuaciones que le correspondan en virtud de su competencia ejecutiva.

Asegurarse que las actuaciones a realizar son distintas de otras actuaciones ejecutadas o en ejecución.

Otras que fueran necesarias para el buen fin de las actuaciones de este Convenio específico.

Cuarta. Obligaciones de la Generalitat de Cataluña.–A efectos del debido cumplimiento del presente Convenio específico, tal y como se establece en la cláusula cuarta del Convenio marco, la Generalitat de Cataluña, a través de la Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural se compromete a:

En el caso de actuaciones contenidas en el presente convenio cuya ejecución le corresponde, asumir la realización y costes de los correspondientes proyectos y la ejecución de los mismos que incluidos todos los trámites que fueran necesarios, las autorizaciones e informes preceptivos, los procedimientos derivados de la legislación ambiental y del patrimonio cultural, la obtención de la plena disponibilidad de los terrenos u otros bienes particulares.

Disponer de los medios técnicos y humanos necesarios para la ejecución de las actuaciones, cuya ejecución le competa, y, en su caso, la financiación adicional de las obras que por encima del presupuesto aprobado fuera necesaria para la culminación total de las mismas.

Para las actuaciones de fomento a ejecutar por terceros, dictar las bases reguladoras con las condiciones específicas para el otorgamiento de las correspondientes ayudas dentro del marco de las bases reguladoras estatales, y realizar y resolver las oportunas convocatorias públicas. Dichas convocatorias preverán que cuando concurran sobre la misma actividad otras ayudas compatibles de organismos públicos o privados, el conjunto de las ayudas otorgadas no pueda rebasar el coste de las actuaciones. Igualmente, preverán que las ayudas no rebasen otros umbrales legalmente establecidos.

Ejecutar el plan de trabajo y entregar en plazo los informes previstos, y las correspondientes certificaciones y justificaciones de las actuaciones realizadas y pagos efectuados.

Establecer el mecanismo administrativo que corresponda para que quede asegurado el cumplimiento de la finalidad y el funcionamiento de las infraestructuras y demás bienes derivados de las actuaciones del presente Convenio, asumiendo cuando ello le corresponda los costes de conservación y mantenimiento.

Asegurarse que las actuaciones a realizar son distintas de otras actuaciones ejecutadas, en ejecución o previstas en planes, programas o proyectos de otras entidades públicas o privadas.

Otras que fueran necesarias para el buen fin de las actuaciones de este Convenio.

Quinta. Comisión de Seguimiento.–La composición y funciones de la Comisión de Seguimiento es la contenida en la cláusula quinta del Convenio marco que determina la creación de una Comisión de Seguimiento para la realización del seguimiento, ejecución e interpretación del Convenio y que también será la encargada del seguimiento, ejecución e interpretación del presente Convenio.

Sexta. Financiación.–De acuerdo con la cláusula sexta del Convenio marco, el presupuesto total para la realización de las actuaciones relacionadas en el anexo II del Convenio marco asciende como máximo a diez millones de euros (10.000.000 euros). Las actuaciones contempladas en el presente Convenio específico de Colaboración asciende a la cantidad de nueve millones seiscientos cincuenta mil euros (9.650.000 de euros).

La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del MARM aportará el cincuenta por cien de dicho presupuesto, cifrado en cuatro millones ochocientos veinticinco mil euros (4.825.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 23.18.414C.751 de los Presupuestos Generales del Estado dentro de la dotación correspondiente al año 2009. La citada aportación se hará efectiva a la Generalitat en concepto de anticipo tras haberse suscrito el presente Convenio de Colaboración, y en todo caso dentro del ejercicio presupuestario 2009.

La Generalitat de Cataluña financiará las actuaciones y los trabajos por valor del cincuenta por cien restante del presupuesto, cifrado en cuatro millones ochocientos veinticinco mil euros (4.825.000 euros), de los cuales un millón setecientos cuarenta mil euros (1.740.000 euros) con cargo a los Presupuestos del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural para el año 2010. El importe restante se aportará bien con cargo a la tramitación de convenios desde otros fondos públicos gestionados por administraciones, organismos, institutos o empresas de carácter público o bien a través del presupuesto del 2011.

Ambas partes se comprometen a no solicitar ni aplicar cofinanciación comunitaria para las acciones objeto del presente convenio. Cada parte firmante se compromete a mantener informada a la otra parte, tanto de los trabajos realizados como de cualquier extremo relevante para el desarrollo de los mismos.

Séptima. Seguimiento y control.–Previamente a la celebración de las reuniones ordinarias de la Comisión de Seguimiento, la Comunidad Autónoma remitirá al MARM, según proceda, el proyecto de programa específico de actuaciones o el correspondiente informe parcial de ejecución, así como la certificación de los gastos realizados en el periodo anterior, mediante la presentación de las cuentas justificativas, incluyendo la declaración de las actividades realizadas y los gastos asociados, que se acreditarán mediante certificaciones, facturas o documentos de valor probatorio equivalente. Las cuentas estarán adveradas por la Intervención de la Comunidad Autónoma.

Previamente a la celebración de la última reunión ordinaria, a más tardar el 30 de noviembre de 2011, la Comunidad Autónoma remitirá al MARM el informe final sobre la ejecución de las actuaciones, así como la certificación final, en la forma especificada para el caso anterior.

En caso de que no se haya justificado el gasto de la totalidad del presupuesto del Convenio, se realizará una liquidación del Convenio para que la Comunidad Autónoma proceda a reintegrar al Ministerio la parte correspondiente al 50% del presupuesto no gastado.

Octava. Publicidad, identificación y presentación pública.–Tal y como se determina en la cláusula séptima del Convenio marco, en la publicidad que se realice en relación con las actuaciones objeto del presente Convenio, será obligatoria la referencia a las administraciones intervinientes de acuerdo con sus respectivas normas de identidad corporativa. En particular se hará referencia al carácter singular de la actuación, como programa piloto en relación con la puesta en marcha de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

La Comunidad Autónoma señalizará debidamente las obras, de acuerdo con los modelos de carteles que se establezcan y en las condiciones que ambas Administraciones acuerden en relación con la colocación de logotipos, banderas, escudos o anagramas de las Administraciones que financian las obras, y de acuerdo con las normas de identidad gráfica que establezca la Comisión de Seguimiento.

Ambas partes firmantes participarán en términos de equivalencia en los actos de presentación, recepción o inauguración derivados de actuaciones contempladas en el presente convenio, a cuyo efecto se mantendrán informados, con la antelación suficiente a la celebración de los mismos.

Novena. Modificación y resolución.–El presente Convenio específico de colaboración podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes, previa propuesta de la Comisión de Seguimiento. La modificación se efectuará mediante la suscripción del Acuerdo de modificación y siempre dentro de su plazo de vigencia.

Se podrá resolver este Convenio por mutuo acuerdo, por el incumplimiento de alguna de sus cláusulas por cualquiera de las partes firmantes, que podrá dar lugar a la denuncia motivada o por concurrencia de cualquier otra causa legal de resolución. En tal caso, de común acuerdo, se adoptarán las decisiones precisas para la adecuada liquidación del mismo.

La Comisión de Seguimiento será la encargada de resolver las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso, en caso de producirse la resolución anticipada del presente Convenio.

La Comisión de Seguimiento continuará en funciones y será la encargada de resolver las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso o derivadas del Convenio y, asimismo, para el caso de producirse la extinción, hasta que resuelvan las cuestiones pendientes.

Décima. Efectos y duración.–El presente Convenio surtirá efectos desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2011. Las actuaciones contempladas en el anexo II del Convenio marco deberán estar finalizadas y justificadas antes del 30 de noviembre de 2011.

El Convenio específico podrá, no obstante, prorrogarse, de forma justificada por acuerdo de las partes, por el tiempo mínimo imprescindible para la finalización de las actuaciones programadas en el mismo. La prórroga deberá formalizarse con anterioridad a la expiración del plazo de duración del mismo, mediante la suscripción del oportuno Acuerdo de prórroga.

Undécima. Naturaleza y jurisdicción.–El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole, de aplicación lo expresado en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Este Convenio queda excluído del ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la citada Ley, siéndole, no obstante, aplicables los principios de ésta para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

La resolución de las diferencias de interpretación y cumplimiento que pudieran surgir en su ejecución corresponderá a la Comisión de Seguimiento. En defecto de acuerdo serán resueltas conforme a lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cláusula adicional.–En caso de que el Programa de Desarrollo Rural Sostenible sea aprobado con anterioridad a la finalización del presente Convenio, ambas partes se comprometen a adaptar su contenido al marco que dicho Programa establezca para los convenios de colaboración entre la AGE y las comunidades autónomas, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto que lo apruebe.

Y en prueba de conformidad con sus términos, ambas partes suscriben el presente Convenio, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados, rubricando cada una de las páginas de las que consta.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P.D. (Orden ARM/499/2009, de 24 de febrero), el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.–El Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, Joaquim Llena i Cortina.

ANEXO I

Zonas rurales de aplicación del programa piloto

Tal como se establece en el anexo I del Convenio marco las zonas rurales de aplicación del programa piloto son las siguientes:

Zonas Zepa Esteparias de la Plana de Lleida

Municipio o Entidad Local

Población
(padrón 2008)

Superficie (km2)

Densidad de población (habitantes/km2)

El Cogul

211

17,5

12,1

Castelldans

1.029

65,1

15,8

L’Albagès

476

25,7

18,5

Arbeca

2.472

58,3

42,4

Camarasa

948

157,1

6

Os de Balaguer

998

136

7,3

Les Avellanes i Santa Linya

470

103

4,6

Ivars de Noguera

348

27,1

12,8

Algerri

473

54,3

8,7

Castelló de Farfanya

584

52,6

11,1

Balaguer

16.341

57,3

285,1

Menàrguens

843

20,2

41,6

Preixens

505

28,7

17,6

Cubells

397

39,2

10,1

Montgai

731

28,9

25,3

La Sentiu de Sió

512

29,6

17,3

Bellcaire d’Urgell

1.269

31,4

40,4

Bellmunt d’Urgell

215

5,1

42,1

Penelles

551

25,5

21,6

Oliola

262

86,3

3

Barbens

890

7,6

117,7

Vilanova de Bellpuig

1.157

14

82,8

Cervera

9.247

55,2

167,5

Granyanella

178

24,4

7,3

Granyena de Segarra

144

16,3

8,8

Ribera d’Ondara

466

54,5

8,6

Montoliu de Segarra

188

29,5

6,4

Montornès de Segarra

107

12,3

8,7

Torrefeta i Forejacs

633

88,9

7,1

Els Plans de Sió

595

55,9

10,6

Tarroja de Segarra

180

7,6

23,7

Alfès

323

31,9

10,1

Aspa

262

10,2

25,7

Lleida

131.731

212,3

620,5

Albatàrrec

1.749

10,5

167,2

Artesa de Lleida

1.503

23,9

62,8

Puigverd de Lleida

1.356

12,5

108,4

Almenar

3.665

66,6

55

Alguaire

3.129

50,1

62,4

Torres de Segre

2.055

50,6

40,6

Aitona

2.345

66,9

35,1

Sarroca de Lleida

438

42,2

10,4

Serós

1.876

85,8

21,9

Llardecans

545

66

8,3

La Granja d’Escarp

1.024

38,5

26,6

Seròs

1.876

85,8

21,9

Tàrrega

16.149

88,4

182,8

Anglesola

1.332

23,5

56,6

Vilagrassa

449

19,9

22,6

Verdú

1.029

35,8

28,8

Guimerà

341

25,8

13,2

Agramunt

5.577

79,6

70

Castellserà

1.123

15,8

70,9

Puigverd d’Agramunt

284

17

16,7

Ossó de Sió

227

26,3

8,6

Tornabous

847

24,2

35

Bellpuig

4.798

35

137,2

Preixana

413

21,5

19,2

Belianes

584

15,7

37,2

Sant Martí de Riucorb

697

34,9

20

Maldà

273

31,4

8,7

Total

231.276

2.763,7

83,68

Zona de la Terra Alta

Municipio o Entidad Local

Población
(padrón 2008)

Superficie (km2)

Densidad de población (habitantes/km2)

Gandesa

3.173

71,15

44,60

Pinell de Brai

1.132

56,99

19,86

Arnes

497

42,97

11,57

Batea

2.169

128,41

16,89

Total

6.971

299,52

23,27

Zona Garrigues – Segrià sur

Municipio o Entidad Local

Población
(padrón 2008)

Superficie (km2)

Densidad de población (habitantes/km2)

Arbeca

2.472

58,34

42,37

Seròs

1.876

85,75

21,88

Total

4.348

144,09

30,18

Zona de la Segarra

Municipio o Entidad Local

Población
(padrón 2008)

Superficie (km2)

Densidad de población (habitantes/km2)

Cervera

9.247

55,19

167,55

Sanaüja

458

32,99

13,88

Total

9.705

88,18

110,06

Zona del Pallars Sobirà

Municipio o Entidad Local

Población
(padrón 2008)

Superficie (km2)

Densidad de población (habitantes/km2)

Baix Pallars (Gerri de la Sal)

407

129,41

3,15

Sort

2.373

105,05

22,59

Alt Àneu

439

217,76

2,02

Total

3.219

452,22

7,12

ANEXO II
Programa piloto de actuaciones por zonas

Actuaciones zona 1: Zepa Esteparias de la Plana de Lleida

Actuación

Medida de referencia
(apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Euros

Zona ZEPA plana de Lleida.

Apartados c) y d) del artículo 21, sobre conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

4.000.000

Total zona 1

4.000.000

Actuaciones zona 2: de la Terra Alta

Actuación

Medida de referencia
(apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Euros

Bodega Gandesa.

Apartado d) del artículo 29, sobre cultura.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

432.403

Bodega Pinell del Brai.

Apartado d) del artículo 29, sobre cultura.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

466.876

Mercado Municipal de Arnes.

Apartado d) del artículo 20, sobre diversificación económica.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

221.689

Planta de Biomasa 1.ª fase en Batea.

Apartado c) del artículo 24, sobre energías renovables.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

640.000

Total zona 2

1.760.968

Actuaciones zona 3: Garrigues–Segrià sur

Actuación

Medida de referencia
(apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Euros

Yacimiento Els Vilars d’Arbeca.

Apartado d) del artículo 29, sobre cultura

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

332.496

Albergue Seròs.

Apartado e) del artículo 20, sobre diversificación económica.
Apartado d) del artículo 21, sobre conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

256.123

Total zona 3

588.620

Actuaciones zona 4: La Segarra

Actuación

Medida de referencia
(apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Euros

Centro para la innovación y producción agroalimentaria de la Farinera en Cervera.

Apartado a) del artículo 20, sobre diversificación económica
Apartado d) del artículo 29, sobre cultura.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

532.000

Castillo de Sanaüja.

Apartado b) del artículo 29, sobre cultura.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

981.544

Total zona 4

1.513.544

Actuaciones zona 5: Pallars Sobirà

Actuación

Medida de referencia
(apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Euros

Fabrica de sal en Gerri de la Sal.

Apartado a) del artículo 20, sobre diversificación económica.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

486.868

Sala de despiece en Sort.

Apartado a) del artículo 20, sobre diversificación económica.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

550.000

Astillado de madera en Alt Aneu.

Apartado b) del artículo 21, sobre conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales.

Consejería de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

750.000

Total zona 5

1.786.868

Presupuesto desglosado

Zona 1: Zepa Esteparias de la Plana de Lleida

Actuaciones

Presupuesto

Euros

Actuación 1: Mejora del conocimiento

 

Incidencia de diferentes situaciones de riego en cultivos de cereal sobre la fauna y flora asociada.

90.000

Estudio de rentabilidad agronómica y ganadera de los actuales cultivos de secano.

300.000

Actuación 1

390.000

Actuación 2: Definición y fomento de alternativas económicas

 

Estudio de alternativas económicas reales para cada una de las ZEPA de la plana de Lleida (Caracterización técnica y económica).

290.000

Implantación de 2 proyectos piloto de gestión activa en zonas ZEPA (Proyectos SECANS).

1.285.000

Constitución de una mesa de expertos.

100.000

Proyecto piloto de dinamización del turismo naturalista.

100.000

Creación de centros de interpretación, observatorios asociados y otras actuaciones.

1.000.000

Actuación 2

2.775.000

Actuación 3: Sensibilización y concienciación

 

Programa de sensibilización y difusión.

290.000

Actuación 3

290.000

Actuación 4: Elaboración y participación de planes de gestión

 

Tareas previas a la redacción (preparación de la memoria).

185.000

Redacción y participación de los PPGG.

300.000

Actuación 4

485.000

Actuaciones transversales

60.000

Total zona 1

4.000.000

Zona 2: de la Terra Alta

Actuaciones

Presupuesto

Euros

Actuación 1: Bodega Gandesa

 

Rehabilitación estructural porche de descarga.

60.629,34

Limpieza y saneamiento de fachadas exteriores.

61.503,80

Limpieza y saneamiento y terminado superficial paramentos interiores.

78.503,80

Saneamiento y reconstrucción pavimento continuo interior.

78.752,07

Adecuación del espacio transitable debajo del porche de descarga.

16.076,79

Control de calidad.

2.985,00

Total presupuestos de ejecución material

298.450,80

Partidas de obra de seguridad y salud

7.091,18

Subtotal

305.541,98

Gastos generales 16%

48.886,72

Beneficio industrial 6%

18.332,51

Total presupuesto de obra

372.761,21

Impuestos IVA 16%

59.641,79

Actuación 1

432.403

Actuación 2: Bodega Pinell del Brai

 

Rehabilitación paramentos interiores

78.561,30

Rehabilitación estructura y cubiertas

113.656,61

Rehabilitación funcional visitas

139.100,00

Medidas seguridad y salud

6.900,00

Total P.E.M

338.217,91

DG+BI (19%)

64.261,40

Total P.C.

402.479,31

I.V.A. (16%)

64.396,69

Actuación 2

466.876

Actuación 3: Planta de biomasa 1.ª fase en batea

 

Compra de parcela en polígono industrial, con capacidad para secado.

80.000

Construcción planta recepción.

100.000

4 equipos tractor-trituradora (tractor 125 CV, trituradora, pluma).

190.000

2 equipos transporte (vehículos, remolques, pluma).

110.000

Pala auxiliar.

30.000

Material auxiliar (motosierras, equipos bosque).

30.000

Trituradora planta.

100.000

Actuación 3

640.000

Actuación 4: Mercado municipal de Arnes

 

Derribos y movimientos de tierra.

11.303,02

Cimientos y desagües.

21.061,60

Estructura metálica.

13.853,85

Estructura de madera y cubierta.

86.693,86

Trabajos de albañil.

718,03

Pavimentos.

10.655,08

Instalaciones eléctricas y alumbrado.

10.009,55

Varios

1.390,86

Seguridad, salud

4.911,81

Total ejecución material

160.597,66

13,00 % Gastos Generales

20.877,70

6,00% Beneficio industrial

9.635,85

Total

191.111,21

16,00% IVA

30.577,79

Actuación 4

221.689

Total zona 2

1.760.968

Zona 3: Garrigues–Segrià sur

Actuaciones

Presupuesto

Euros

Actuación 1: Albergue Serós

 

Trabajos de implantación.

18.313,86

Cimentación.

2.037,52

Estructuras.

18.178,85

Red de saneamiento.

3.309,08

Cerramientos exteriores fijos y practicables

11.909,38

Cubiertas.

3.786,54

Impermeabilización y aislamientos.

3.242,54

Revestimientos y falsos techos.

17.656,53

Cerramientos interiores.

7.241,97

Mobiliario interior.

1.869,22

Pavimentos.

9.329,39

Instalaciones de evacuación.

4.090,00

Instalaciones eléctricas / iluminación.

35.563,00

Instalaciones de fontanería y sanitarios.

19.471,96

Instalaciones contra incendios.

264,28

Instalaciones audiovisuales y de comunicaciones.

985,30

Varios (ayudas albañilería, etc.).

5.154,20

Trabajos de seguridad y salud.

7.908,80

Aparatos elevadores.

15.230,18

Presupuesto de ejecución material.

185.542,60

13% gastos generales + 6% beneficio industrial

35.253,09

Subtotal

220.795,69

16% IVA

35.327,31

Actuación 1

256.123,00

Actuación 2: Yacimiento Els Vilars de Arbeca

 

Excavación arqueológica y protección base del fosado.

53.900,00

Pasarela-puente del fosado para acceso a puerta ciudadela.

27.900,00

Escalera acceso al fosado desde pasarela.

1.400,00

Pavimento de circulación calle interior Testimonio

5.040,00

Pasarela acceso para la observación de la cisterna central

2.800,00

Escaleras y plataformas acceso a coronación Testimonio

3.360,00

Pavimento de circulación calle exterior Testimonio

4.050,00

Corte del Testimonio para formación de paso (excavación arqueológica).

60.000,00

Contención paredes corte de paso del Testimonio.

6.000,00

Pavimento circulación paso corte de Testimonio.

720,00

Perfil guía del recorrido y soporte infraestructural.

16.900,00

Barandas de protección de pasarelas.

16.800,00

Punto de luz de balizamiento en recorrido.

4.000,00

Toma línea eléctrica y cuadros protección.

18.000,00

Señalización informativa y de recorrido.

20.000,00

Suma presupuesto ejecución material.

240.870,00

13 % gastos generales

31.313,10

6 % beneficio industrial

14.452,20

Suma

286.635,30

IVA 16 %

45.861,65

Total presupuesto contrato

332.496,95

Actuación 2

332.496,95

Total zona 3

588.620

Zona 4: La Segarra

Actuaciones

Presupuesto

Euros

Actuación 1: Centro para innovación y producción agroalimentaria de la harinera en Cervera

 

1-A. Obras de remodelación interior plantas.

220.620,69

Derribo de elementos sobrantes, limpieza general de las plantas para el inicio de las obras, ejecución de zanjas para desguaces y transporte de ruinas al vertedero mas cercano.

5.500,00

Distribuciones en la planta baja a base de tabaquería cerámica de 7 cm y pared separadora de 15 cm en la zona de entrada, baños y conserjería.

3.500,00

Colocación de pavimentos en planta baja y primera a base de baldosas cerámicas de gres de 40 x 40 cm con previa capa de nivelación.

5.500,00

Colocación de alicatados en baños con baldosa cerámica blanca de 20x20 cm.

5.000,00

Colocación de revestimientos en paredes en zona de planta baja y planta primera a base de yeso reglado a buena vista.

8.000,00

Pintura de paredes de planta baja y planta primera.

4.500,00

Colocación de falso techo en planta baja y planta primera.

7.500,00

Colocación de sanitarios en baños de planta baja y planta primera.

3.500,00

Partida alzada a justificar de adecuación de escalera a planta primera, con sustitución de pavimentos y peldaños, revestimiento y pintura.

7.000,00

Instalación eléctrica de planta baja y primera, acometida general y derechos de embrancamiento.

40.000,00

Instalación de agua fría y caliente de planta baja y primera, acometida general y derechos de conexión.

18.000,00

Instalación de climatización con bombas de calor y sistema de ventilación forzada.

28.000,00

Instalación de desguace con tuberías de PVC de pluviales y sanitarios con red. Separativa y posterior conexión al alcantarillado general.

19.000,00

Instalaciones de seguridad con detección de incendios, alarma y extinción de incendios.

15.000,00

Instalación previa para posterior colocación de medios audiovisuales y comunicación.

14.000,00

Instalación de ascensor de dos paradas (planta baja y planta primera) incluye obra civil de agujero en forjado.

15.000,00

Partida alzada a justificar de seguridad y salud en la obra.

5.000,00

Imprevistos y varios a justificar en la obra.

16.620,69

1-B. Equipamiento.

202.000,00

Equipamientos específicos de restauración consistentes en cocina profesional, completamente equipada, espacio de conservación de alimentos, extractor de humos.

120.000,00

Equipamientos audiovisuales e informáticos para la sala de trabajo de planta baja y equipamientos informáticos para oficinas planta primera.

57.000,00

Mobiliario para sala audiovisual y conserjería en planta baja y zona de oficinas de planta primera.

25.000,00

1-C. Puesta en marcha del centro

36.000,00

Asesoramiento para la constitución de los órganos de gestión y grupos de trabajo

8.000,00

Publicidad y comunicación

7.000,00

Redacción del proyecto de la obra

10.000,00

Dirección técnica de la obra

3.000,00

Legalización y tramitación de la actividad

8.000,00

Total

458.620,69

16% IVA

73.379,31

Actuación 1

532.000,00

Actuación 2: Castillo de Sanauja

 

Derribos y movimiento de tierras.

Cimientos y estructura.

Estructura.

78.896,75

Cubierta.

32.764,81

Cerramientos y divisorias.

62.563,84

Impermeabilización y aislamientos.

8.125,28

Revestimientos.

95.670,93

Pavimentos.

56.024,78

Carpintería.

103.041,25

Protección y señalización.

6.324,50

Saneamiento.

6.740,30

Instalaciones (fontanería, electricidad, climatización…).

127.531,70

Ascensor.

23.569,00

Seguridad y salud.

15.350,00

Jardinería.

12.320,00

Cerramiento parcela y accesos.

28.789,60

Equipamiento interior y exterior.

39.809,72

Control de calidad.

9.535,20

Ayudas albañilería.

4.000,00

Total presupuesto ejecución material

711.057,66

19 % Gastos Generales y Beneficio Industrial

135.100,96

Total

846.158,62

16 % IVA

135.385,38

Actuación 2

981.544,00

Total zona 4

1.513.544

Zona 5: Pallars Sobirà

Actuaciones

Presupuesto

Euros

Actuación 1: Fábrica de sal en Gerri de la Sal

 

Obra civil: Accesos y equipamiento: Accesos en el espacio desde la carretera N-260; construcción de un puente sobre la acequia; equipamientos de agua, electricidad y desagües; adecuación del espacio a construir.

60.000

Construcción: Adecuación de un charco de agua salada como depósito de salmera; Construcción de un edificio con materiales adecuados y naturales (madera y vidrio) de 250 m2; Cubierta por el charco y por la zona de almacenamiento de astillas de madera.

140.000

Instalación industrial: Todo el equipamiento y maquinaria de pequeña industria necesarias para la producción, almacenamiento y envasado de la sal de invierno y de verano, y su puesta en marcha.

219.713,79

Total

419.713,79

IVA 16%

67.154,21

Actuación 1

486.868

Actuación 2: Sala de despiece en Sort

 

Movimiento de tierras - pavimentos - pavimentación exterior-demolición.

15.120,00

Ramo de albañilería.

60.996,00

Estructura metálica-hormigón.

24.192,00

Cubierta - impermeabilización. Cierres (opción panel: cubierta gris - fachada marrón).

54.000,00

Aislamiento y puertas aislantes.

93.600,00

Carpintería metálica.

9.000,00

Carpintería de aluminio-vidrio.

4.536,00

Carpintería- falsos techos.

2.856,00

Revestimientos de suelos especiales.

20.304,00

Suelos y pavimentos corrientes.

2.100,00

Pintura.

0,00

Mobiliario de oficina.

0,00

Subtotal obra civil.

286.704,00

Refrigeración-clima y aire acondicionado.

73.267,20

Calefacción -fontanería- ventilación ac.acs.af.desc.vapor.

28.980,00

Electricidad.

39.412,80

Grupo electrógeno.

0,00

Telefonía, voz y datos, megafonía, circuito tv.

0,00

Sistemas de alarma y seguridad, videoportero, control accesos. Detección incendios.

0,00

Subtotal instalaciones técnicas.

141.660,00

Manutención aérea básica.

20.400,00

Material de matanza.

0,00

Material de acero inoxidable – despiece.

0,00

Maquinaria triperia.

0,00

Material higiénico (lm, lb taquillas,...) y sanitario.

5.400,00

Equipamiento establos, carros inox.

0,00

Equipos de pesaje.

5.500,00

Maquinaria de elaboración.

0,00

Maquinaria de envasado y acondicionado.

0,00

Sistemas de almacenaje.

0,00

Equipamiento de muelles.

14.473,93

Informática industrial.

0,00

Carros - contenedores estancos.

0,00

Subtotal equipos de producción.

45.773,93

Pre-tratamiento de aguas usadas.

Estación depuradora.

Subtotal tratamiento aguas residuales.

Total

474.137,93

16% IVA

75.862,07

Actuación 2

550.000

Actuación 3: Planta de astillado de madera en Alt Aneu

 

Trabajos preparatorios previos.

3.150,00

Estudio geotécnico.

1.400,00

Estudio medioambiental.

1.750,00

Adecuación de terrenos, urbanización, jardinería, etc.

12.480,00

Adecuación terreno y movimiento de tierras.

1.980,00

Viales de acceso.

8.700,00

Urbanización y jardinería.

1.800,00

Obra civil y edificación.

17.497,50

Solera de hormigón para playa de recepción.

4.080,00

Cubierta almacén recepción y secado.

11.340,00

Adecuación almacén.

2.077,50

Recepción y tratamiento. Equipos.

16.900,00

Alimentador de placas con motor reductor de 2 cv de potencia.

16.900,00

Línea de astillado primario y producción de finos, compuesta por:

129.485,87

Maquinaria astilladora mod. AST-500/120 con motor 75 cv.

48.000,00

Cinta de alimentación de 500 x 4000 mm accionada por un motor reductor de 2 cv, con chapa en forma de U.

4.500,00

Molino de martillos para refinar RM 100/400 con base metálica.

62.000,00

Tolva de almacenaje de 4 m3 construida en chapa de 2 mm, con doble sinfín y detectores rotatius control de nivel.

11.500,00

Panel de control eléctrico.

3.485,87

Línea de secado.

136.675,00

Equipo quemador de biomasa de 1.125.000 kcal/h, con ventilador de 1000 W y cuadro eléctrico adaptable.

Sinfín de alimentación de pellets.

Cámara térmica giratoria.

Ciclón decantador, ventilador y válvula estelar.

Sistema de aspiración con batería de filtros de alto rendimiento.

39.361,00

Batería de filtros de alto rendimiento LPA 2,5.

10.416,00

Cuerpo central separador de partículas.

7.500,00

Panel de ventilación por explosión.

1.012,00

Silo de almacenaje.

5.215,00

Descargador automático con palas deslizantes.

9.481,00

Aspirador MIZ de 15 cv de potencia.

3.361,00

Tuberías de conducción de 350 mm con dos líneas de aspiración.

2.376,00

Línea de granulación compuesta por:

87.713

Acondicionador.

Granuladora.

Matriz especial para serrín.

Motor eléctrico de 220 cv.

Línea de refrigeración compuesta por:

35.974,00

Enfriadora vertical contracorriente.

Ventilador centrífugo aspiración enfriadora.

Ciclón recolector.

Esclusa rotativa.

Tamizador rotativo de gránulos.

Línea de ensacado de pellets.

9.000,00

Ensacadora de sacos de 15 kg con sistema de pesado.

Tratamiento aguas residuales.

4.500,00

Depuradora compacta de aguas residuales.

Captación de aire y desodorización.

3.150,00

Sistema primario de captación y transporte aire contaminado.

Instalaciones auxiliares y varios.

24.090,00

Sistema eléctrico de media y baja tensión.

9.600,00

Sistema de protección contra incendios.

3.600,00

Instalación de agua sanitaria y de proceso.

4.000,00

Instalación de telefonía, comunicaciones, etc.

390,00

Equipos auxiliares de taller.

6.500,00

Total construcción.

519.976,37

Variación de gastos por transporte e instalación.

10.399,53

Presupuesto ejecución material.

530.375,90

Gastos Generales y beneficio industrial.

79.556,38

Precio compuesto de contrato de obras.

609.955,78

Proyectos y licencias.

36.595,94

Presupuesto total de las obras

646.551,72

IVA 16 %

103.448,28

Presupuesto total

750.000

Actuación 3

750.000

Total zona 5

1.786.868

Total todas las zonas

9.650.000

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