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Documento BOE-A-2010-3315

Resolución de 16 de febrero de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial correspondiente al año 2010 del Convenio colectivo para el sector de comercio al por mayor e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2010, páginas 19964 a 19965 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-3315
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2010/02/16/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial correspondiente al año 2010 del Convenio colectivo para el sector de comercio al por mayor e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos publicado en el BOE de 13-8-2008 (código de Convenio número 9901095), que fue suscrito con fecha 25 de enero de 2010, por la Comisión Mixta del Convenio de la que forman parte la Federación Española de Mayoristas de Perfumería, Droguería y Anexos y FEDEQUIM en representación de las empresas del sector, y las Organizaciones sindicales FITEQA-CC.OO. y FETCHTJ-UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE COMERCIO AL POR MAYOR E IMPORTADORES DE PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES, Y DE DROGUERÍA, PERFUMERÍA Y ANEXOS

En Madrid, siendo las 17:00 horas del día 25 de enero de 2010, en los locales de FITEQA-CC.OO., sitos en la plaza de Cristino Martos, número 4, 5.ª planta. De una parte los representantes de las Centrales Sindicales, y de otra, los representantes de la Federacion Española de Mayoristas de Perfumería, Droguería y Anexos y FEDEQUIM, como partes firmantes del Convenio, reconociéndose ambas partes capacidad suficiente para este acto.

Miembros por parte de la representación sindical:

FITEQA-CC.OO.: Don Manuel Patiño Iglesias y don Jacinto López Fernández.

FETCHTJ-UGT: Don Santos Nogales Aguilar y don Iván Redondo de la Viuda.

Miembros por parte de la representación empresarial: Don Juan José Meca Saavedra, don Antonio Manzanares Noguera, don Gabriel Rivera Rodríguez y don José Luis Peñalver Pérez.

Se reúnen todos los miembros arriba mencionados con el siguiente

Orden del día

Revisión salarial del año 2009, incremento salarial 2010 y revisión salarial para los contratos para la formación.

Revisión salarial 2009

Una vez constatada oficialmente por el INE la inflación correspondiente al año 2009, y quedando establecida en el 0,8%, se ha producido un decremento del 1,2% respecto del IPC previsto por el Gobierno para el 2009 y, por tanto, procede efectuar la revisión salarial prevista en el artículo 46 del Convenio. En consecuencia la revisión salarial será de un 1,2% (1,2 % negativo) a aplicar sobre las tablas que resultaron de aplicar el IPC previsto por el Gobierno para el año 2009 (2% + 0,4%).

Esta revisión salarial negativa se realiza a los únicos efectos de obtener las bases de cálculo para la aplicación de los incrementos del 2010 ya que, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 46, no procede la devolución de salarios, pero si afecta esta circunstancia a efectos del cálculo del incremento salarial correspondiente al año 2010.

Incremento salarial 2010

Una vez constatado que la inflación prevista por el Gobierno para el año 2010 es el 1 por 100, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 del Convenio Colectivo procede un incremento salarial para el año 2010 del 1,3 por 100 (1% + 0,3%), una vez efectuada la revisión salarial negativa según lo dispuesto en el apartado anterior.

Tablas provisionales 2010

Grupo I: 13.546,00.

Grupo II: 14.067,00.

Grupo III: 14.458,00.

Grupo IV: 14.848,00.

Grupo V: 15.499,00.

Grupo VI: 17.323,00.

Grupo 0: 19.147,00.

Revisión de los salarios para los contratos de formación

Según el contenido del artículo 23.5 contratos para la formación del vigente Convenio, se procede a la revisión de las cantidades contenidas en el mencionado Artículo, pasando a ser de 8.862,00 euros año, cuando el trabajador dedique el 15% de su jornada laboral recibir la formación teórica, y en caso de jornada completa será de 10.427,00 euros al año.

Se aprueba por unanimidad la presente acta y se acuerda remitir la misma a la autoridad laboral, a los efectos de su registro, homologación y publicación en el B.O.E., facultando expresamente para ello a don Antonio Manzanares Noguera.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión extraordinaria de la Comisión Mixta, y de ella el correspondiente acta, la cual una vez leída y encontrada conforme por las partes, firman los asistentes, ratificando el contenido de la misma.–FITEQA-CC.OO.–FETCHTJ-UGT.–Parte empresarial.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2010
  • Fecha de publicación: 01/03/2010
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de julio de 2008 (Ref. BOE-A-2008-13826).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria química
  • Perfumería

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