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Documento BOE-A-2010-3142

Resolución de 7 de enero de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 26 de febrero de 2010, páginas 18993 a 19006 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-3142

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, han suscrito un Convenio de colaboración para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE. Año 2009, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.

Madrid, 7 de enero de 2010.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA EL PLAN DE APOYO A LA IMPLANTACIÓN DE LA LOE. AÑO 2009

En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Gabilondo Pujol, como Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, don José Luis Iglesias Riopedre, Consejero de Educación y Ciencia, en virtud del Decreto 15/2007 (BOPA de 13 de julio de 2007), en representación del Principado del Principado de Asturias, facultado para la firma del presente Convenio, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2009.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.–Que el artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho de todos a la educación y asigna a los poderes públicos la obligación de garantizar este derecho. Actualmente este derecho a la educación solo puede entenderse en el sentido de que la educación que reciben los niños y jóvenes ha de alcanzar unos niveles altos de calidad, independientemente de las condiciones sociales, culturales y económicas de la familia y del entorno.

Segundo.–Que el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, dispone en su artículo 18, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía

Tercero.–Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE) establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial, con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general y reforzar las competencias básicas, mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autónomas.

Cuarto.–Que la Memoria económica de la LOE prevé que a lo largo del período de implantación de la Ley se dispondrá de asignaciones específicas para el apoyo a actuaciones directamente derivadas de las nuevas previsiones normativas.

Quinto.–Que en los Presupuestos Generales del Estado para 2006, 2007 y 2008 se recogen partidas presupuestarias específicas para la suscripción de convenios con las administraciones educativas autonómicas. En el año 2006 esta partida, de 14.834.000 euros, se destinó a la puesta en marcha del programa PALE, para el apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras. En el año 2007, año en el que comienza la implantación de las previsiones contempladas en la Ley, se puso en marcha el Plan de Apoyo a la implantación de la LOE con una partida presupuestaria de 56.963.800 euros para cuatro ámbitos de actuación: la formación, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, la mejora del éxito y la lucha contra el abandono escolar prematuro. Y en el año 2008, la partida presupuestaria fue de 95.094.000 euros para cinco ámbitos de actuación: la formación, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, la mejora del éxito escolar, la reducción del abandono escolar temprano del sistema educativo y la extensión o modificación del tiempo escolar.

Sexto.–Que el Consejo de Ministros celebrado el día 19 de junio de 2009 adopta el Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas así como la distribución resultante para el año 2009, acordados en el seno de la Comisión General de Educación de la Conferencia Sectorial de Educación, de un crédito de 106.866.630 euros para programas del plan de apoyo a la implantación de la LOE.

Séptimo.–Que la fórmula general contemplada en el ordenamiento jurídico para articular las actuaciones de cooperación entre la Administración General del Estado y los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas es el convenio de colaboración regulado en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Consecuentemente, el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.–Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Educación y Ciencia, para apoyar actuaciones de la Comunidad Autónoma que tengan por objeto:

Aplicar las nuevas disposiciones que contiene la LOE y que requieren acciones que no necesariamente se llevaban a cabo con anterioridad.

Preparar el sistema para hacer frente a las nuevas necesidades, derivadas de la nueva normativa básica.

Apoyar la puesta en marcha de programas tendentes al logro de los principio y fines del sistema educativo establecidos por la LOE y para cuya consecución se requiere un decidido impulso a partir de la situación actual.

Segunda. Descripción de las actuaciones.–Las actuaciones acogidas al presente Convenio deberán estar finalizadas antes del 31 de agosto de 2010, de acuerdo con la descripción de los programas que se incluye en el anexo del mismo.

Tercera. Aportaciones económicas.–El Ministerio de Educación aportará en el año 2009 a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias la cantidad total de 1.801.317 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE en dicha Comunidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.322B.451 del vigente presupuesto del Ministerio de Educación.

La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias aportará la cantidad total de 2.701.977 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, distribuida entre los ejercicios presupuestarios de 2009 y 2010 con cargo a las aplicaciones presupuestarias que, para cada Programa, se detallan en el anexo del presente Convenio.

Cuarta. Destino y distribución de los fondos económicos.–La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias destinará los fondos económicos de este Plan desglosados según los siguientes programas:

416.288 euros para programas de formación del profesorado en aspectos generales de la LOE, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 166.515 euros.

788.598 euros para programas de apoyo a la implantación de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE), de los cuales el Ministerio de Educación aportará 315.439 euros.

1.633.178 euros para programas de mejora del éxito escolar, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 653.271 euros.

1.200.120 euros para programas dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 480.048 euros.

465.110 euros para programas dirigidos para la extensión y modificación del tiempo escolar, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 186.044 euros.

Quinta. Instrumentación del pago justificación del gasto.–El Ministerio de Educación procederá a transferir a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias la aportación económica señalada en la cláusula tercera, a la firma del presente Convenio.

A los efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de las actuaciones objeto de este Convenio y a la justificación del gasto. En todo caso, de acuerdo con lo establecido para las comunidades autónomas en la regla sexta del apartado 2 del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, finalizado cada ejercicio económico, y no más tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias remitirá al Ministerio de Educación un estado de ejecución del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año detallado por cada una de las partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito.

Sexta. Financiación por el Fondo Social Europeo.–Dado que los programas de mejora del éxito escolar y los dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, dirigidos al alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación desarrolla, la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió el Convenio en los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria obligatoria, así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo.

De acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, y el Reglamento n.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria obligatoria objeto de este Convenio (relación de actuaciones, listados de alumnos, de Profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, etc.), con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo.

Séptima. Información y difusión.–La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias hará constar la aportación del Estado en todas las manifestaciones públicas relacionadas con estos programas. En particular, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación».

Octava. Comisión Mixta de Seguimiento.–A fin de realizar el seguimiento y evaluación de los resultados del programa de apoyo a la implantación de la LOE derivados de las aportaciones del Estado en el año 2009, así como la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión mixta paritaria, compuesta por seis miembros, dos de los cuales serán designados por el Ministerio de Educación, uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y tres por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

En el seno de la Comisión de Seguimiento, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias informará de la puesta en marcha de las actuaciones recogidas en el presente Convenio en dicha Comunidad Autónoma y proporcionará al Ministerio de Educación documentación que justifique el destino de los fondos y los criterios de su distribución, la relación de actuaciones que han sido financiadas con las aportaciones económicas señaladas en la cláusula tercera de este Convenio, los indicadores señalados en cada uno de los programas que se describen en el anexo y todo lo relacionado sobre el cumplimiento del resto de las cláusulas de este Convenio.

Novena. Vigencia y resolución.–El presente Convenio tendrá vigencia desde el día de la firma hasta el 31 de diciembre de 2010, pudiendo ser renovado o modificado, con carácter expreso, mediante documento al efecto.

No obstante, a los efectos de las aportaciones económicas de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias previstas para el ejercicio 2009 en la cláusula tercera, y de las actuaciones que de las mismas se deriven entre las descritas en el anexo al Convenio, la vigencia del presente Convenio será con carácter retroactivo desde el día 1 de julio de 2009.

Además de la expiración de su plazo de vigencia, serán causas de extinción del Convenio:

a) El mutuo acuerdo de las partes.

b) La denuncia del Convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del incumplimiento de sus cláusulas por la otra parte.

En el caso de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente se deberá garantizar por ambas partes la finalización de las actuaciones en curso, sin que suponga agravio para los participantes en las mismas.

Décima. Naturaleza y jurisdicción.–El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente Convenio, que no queden solventadas por la Comisión mixta de Seguimiento prevista en la cláusula octava, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha antes indicados.–Por el Ministerio de Educación, el Ministro, Ángel Gabilondo Puyol.–Por la Consejería de Educación y Ciencia, el Consejero, José Luis Iglesias Riopedre.

ANEXO
Programa: Formación del Profesorado (2009/2010)

CC.AA.: Principado de Asturias

Descripción de las actuaciones:

1. Formación del profesorado en aspectos generales de la LOE.

2. Formación en estrategias de didácticas, de orientación y de planificación dirigidas a evitar el abandono escolar temprano.

3. Formación del profesorado en áreas que se han incorporado al currículo o que sufren modificaciones significativas.

4. Formación del profesorado de educadores y maestros del primer ciclo de Educación Infantil.

5. Formación del profesorado de nuevo acceso.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

1. Formar al profesorado para la respuesta a los retos que el proceso de implantación de la LOE en cada una de las enseñanzas plantea.

2. Garantizar la formación del profesorado en aspectos básicos derivados del proceso de implantación de la LOE: Las competencias básicas y la evaluación de diagnóstico.

3. Apoyar al profesorado que imparte las nuevas materias o aquellas que presentan modificaciones de mayor envergadura.

Actividades que se han de desarrollar:

a) 154 actividades de formación en aspectos generales de la LOE:

90 actividades sobre competencias básicas.

15 actividades de evaluación, en particular formación asociada a las evaluaciones de diagnóstico.

49 actividades referidas a la convivencia en los centros educativos.

b) 30 actividades de formación en estrategias de didácticas, de orientación y de planificación dirigidas a evitar el abandono escolar temprano.

c) 48 actividades de formación en programas o áreas específicas que se han incorporado al currículo o que sufren modificaciones de mayor envergadura:

Áreas específicas

Actividades

Ciencias para el mundo contemporáneo

7

Educación para la ciudadanía

12

Lengua castellana Primaria y Secundaria

20

Música Secundaria

6

Programas cualificación profesional inicial

2

Materias de la vía de música del bachillerato de artes

1

d) 46 actividades de formación para educadores y maestros del primer ciclo de Educación infantil que trabajen en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de las diferentes administraciones.

e) 8 cursos de formación destinados a la tutoría de prácticas y del colectivo de funcionarios y funcionarias, que corresponde a los procesos ordinarios de acceso a la función pública docente.

Población a la que se dirige:

1. Asesores técnicos docentes de la red de formación del profesorado.

2. Maestros y Maestras.

3. Profesorado de Educación Secundaria.

4. Docentes del Primer Ciclo de Educación Infantil.

Distribución territorial: Se distribuirán las actividades por toda Asturias, respetando los ámbitos geográficos de los siete Centros del Profesorado y de Recursos existentes.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2009/2010.

Coste: 416.288 euros.

Financiación:

ME: 166.515 euros. Aplicación presupuestaria: 18.06.322B.451.

CCAA: 249.773 euros. Aplicación presupuestaria: 15.03.421B.229.000.

Entidad ejecutora (unidad administrativa, universidad, organización privada, etc.):

Servicio de Formación de Ordenación Académica, Formación del Profesorado y Tecnologías Educativas.

Centros del profesorado y de recursos:

Unidad administrativa responsable: Servicio de Formación de Ordenación Académica, Formación del Profesorado y Tecnologías Educativas.

Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

Número de actividades de formación planificadas por cada uno de los ámbitos o materias propuestas:

Aspectos generales LOE

Abandono escolar temprano

Programas/áreas específicas

Educación Infantil

Acceso a docencia

154

30

48

46

8

Número de solicitudes de formación de cada uno de los ámbitos o materias propuestas:

Aspectos generales LOE

Abandono escolar temprano

Programas/áreas específicas

Educación Infantil

Acceso a docencia

3.850

850

1.350

1.380

450

Número de horas de formación ofrecidas para cada uno de los ámbitos o materias propuestas:

Aspectos generales LOE

Abandono escolar temprano

Programas/áreas específicas

Educación Infantil

Acceso a docencia

2.289

707

1.273

1.244

160

Número de Profesores de Educación Primaria formados en cada una de las materias propuestas:

Aspectos generales LOE

Abandono escolar temprano

Programas/áreas específicas

Educación Infantil

Acceso a docencia

1.925

320

480

1.110

403

Número de Profesores de Educación Secundaria formados en cada una de las materias propuestas:

Aspectos generales LOE

Abandono escolar temprano

Programas/áreas específicas

Educación Infantil

Acceso a docencia

1.575

510

770

47

Número de profesionales formados en cada uno de los ámbitos propuestos:

Aspectos generales LOE

Abandono escolar temprano

Programas/áreas específicas

Educación Infantil

Acceso a docencia

3500

830

1250

1110

450

PALE: Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras.

CC.AA.: Principado de Asturias

Descripción de las actuaciones:

1. Formación del profesorado ante la necesidad de mejora de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras ordenada en el marco curricular de la LOE

2. Mantenimiento de auxiliares de conversación en centros educativos, priorizando la adjudicación entre aquéllos que impartan enseñanza bilingüe, tanto en Primaria como en Secundaria.

3. En Secundaria Obligatoria, desdobles de grupos con más de 20 alumnos/as.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

1. Mejorar la competencia lingüística (inglés) del profesorado especialista de Primaria.

2. Mejorar la competencia lingüística en una lengua extranjera (inglés/francés) del profesorado de materia no lingüística y participante en el programa bilingüe.

3. Proporcionar apoyos lingüísticos al profesorado y al alumnado con colaboradores nativos.

4. Mejorar la competencia comunicativa del alumnado, en una lengua extranjera, desdoblando grupos con más de 20 alumnos/as.

Actividades que se han de desarrollar: Se proponen:

a) Dos itinerarios formativos para 30 maestros especialistas en lenguas extranjeras, con las mismas características que tuvieron en 2008, dirigidos a la formación de los Profesores especialistas o que van a impartir lengua extranjera. En todo caso, y para garantizar su eficacia, estas actividades tendrán una duración mínima de 200 horas e incluyen un periodo de estancia mínima de dos semanas en un país cuya lengua sea la de la especialidad. Estos programas se dirigen también a maestros de Educación infantil que vayan a hacerse cargo de la lengua extranjera en esta etapa.

b) Un itinerario formativo para el perfeccionamiento en lengua extranjera de 25 profesores/as que trabaja en programas de enseñanza de contenidos en lengua extranjera o está en condiciones de hacerlo. Dirigidos a Profesores de cualquier especialidad con nivel alto de lengua extranjera (nivel B2 del Marco Europeo de Referencia de las Lenguas) y orientados a garantizar la calidad de su enseñanza, tanto por el uso adecuado de la lengua como por su utilización al impartir su materia.

c) Mantenimiento de la dotación de 59 auxiliares de conversación en los centros (32 en Convenio Ministerio de Educación y 27 estudiantes extranjeros en colaboración con la Universidad de Oviedo).

d) Desdoble de grupos de lenguas extranjeras en Educación Secundaria Obligatoria, cuando estos tengan más de de 20 alumnos/as.

e) 52 actividades específicas de formación del profesorado en materia de perfeccionamiento lingüístico y actualización didáctica con relación a las lenguas extranjeras.

Población a la que se dirige:

Profesorado del programa bilingüe:

1. Profesorado de Primaria especialista en inglés.

2. Profesorado de Secundaria de materias no lingüísticas.

3. Profesorado de Infantil que imparten inglés en esta etapa.

Alumnado de Secundaria (desdobles de grupos).

Distribución territorial:

Se distribuirán las actividades por toda Asturias, respetando los ámbitos geográficos de los siete Centros del Profesorado y de Recursos existentes.

Auxiliares de conversación y desdobles de grupos en toda la Comunidad Autónoma.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2009/2010.

Coste: 788.598 euros.

Financiación:

ME: 315.439 euros. Aplicación presupuestaria: 18.06.322B.451

CC.AA.: 473.159 euros:

15.03.421B.229.000.

15.02.422P.482.065.

15.02.422P.224.009.

15.03.421B.450.002.

Entidad ejecutora:

Servicio de Ordenación Académica, Formación del Profesorado y Tecnologías Educativas.

Centros del Profesorado y de Recursos

Universidad Oviedo.

Unidad administrativa responsable: Servicio de Ordenación Académica, Formación del Profesorado y Tecnologías Educativas Indicadores cuantitativos.

Entre otros, se pueden considerar:

Número de actividades de formación planificadas: 55.

Número de horas de formación ofrecidas: 2.144.

Número de Profesores de Educación Primaria formados: 488.

Número de Profesores de Educación Secundaria: 632.

Número de Profesores de Educación Infantil formados: 35.

Número de Auxiliares de Conversación: 59.

Programa para la mejora del éxito escolar

CC.AA.: Principado de Asturias

Descripción de las actuaciones: Este programa se dirige al apoyo a la aplicación de medidas recogidas en la LOE y orientadas a incrementar el número de alumnos que progresan adecuadamente a lo largo de su escolarización. Se financiarán programas cuya finalidad sea la aplicación de diferentes medidas educativas de atención al alumnado de Primaria y Secundaria obligatoria (según actividades propuestas).

A lo largo de estos tres cursos seguimos considerando importante trabajar la implicación familiar y la participación de esta en el rendimiento escolar de sus hijos e hijas. Desde las tutorías poder incidir tanto el centro como la familia teniendo como objetivo mejorar el rendimiento, la convivencia e inclusión de todo el alumnado. Teniendo como eje dinamizador la orientación en centro (unidades de orientación) y la acción tutorial individualizada para posibilitar un aprendizaje personalizado facilitando al profesorado herramientas de comunicación y seguimiento.

Por todo ello cuando hablamos de atención a la diversidad nos referimos al hecho de que todo el alumnado presenta diferentes necesidades educativas, a las que debe dar respuesta el conjunto del profesorado. Resaltando, la importancia que se otorga a la atención a la diversidad como una vía para avanzar hacia un objetivo ambicioso pero irrenunciable: el éxito educativo de todo el alumnado.

Esta perspectiva de la atención a la diversidad implica a todo el centro, alumnado, profesorado y familias.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

a) Actuar sobre el refuerzo de las capacidades básicas para el alumnado, en virtud del informe final de Educación Primaria, que así lo requieran para poder seguir con aprovechamiento la Educación Secundaria (artículo 24.8).

b) Programas de refuerzo dirigido a los alumnos que promocionen en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria sin haber superado todas las áreas o materias (artículos 20.3 y 28.5), así como a la recuperación de aprendizajes no adquiridos.

c) Acciones dirigidas a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje en la Educación Primaria (artículo 19.1, inciso final y artículo 20.3).

d) Mejorar los índices de éxito en las áreas y materias de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria con menores índices de éxito:

e) Modificaciones organizativas en los centros de Primaria y Secundaria asociadas a agrupamientos flexibles, desdobles y segundo profesor en aula.

f) Impulsar y reforzar la tutoría, especialmente en Educación Secundaria, a través de la acción orientadora.

g) Impulsar programas de desarrollo de capacidades, dirigidos a apoyar la evolución y la integración de alumnos con más facultades en algún campo de actividad o, en general, con mayores posibilidades de aprendizaje.

Actividades que se han de desarrollar: Se propone:

Agrupamientos por ámbitos. 71 IES, 9 CPEB, 1 IESO (iniciada en 2007).

Agrupamientos flexibles en lengua y matemáticas en la ESO. 71 IES (iniciada en 2007).

Agrupamientos flexibles misma franja horaria AFF* en 1.º ESO.

Refuerzo educativo ESO. Optativa 1.º ESO (iniciada en 2007).

Docencia para prácticas de refuerzo, en Secundaria. 71 IES, 9 CPEB, 1 IESO (DPRI *SAUCE) (2007).

Recuperación de materias pendientes en Primaria y Secundaria (REC* SAUCE)(2007).

Grupos flexibles aula ordinaria en Primaria (AFA *SAUCE) (2007).

Desdobles en Secundaria (2007).

Tercera hora de tutoría en la ESO para atención de alumnado y sus familias (2007).

Estudio de las variables emocionales en el rendimiento académico, aplicación práctica (primaria), en colaboración con la Facultad de Psicología. Universidad de Oviedo. (Iniciado Convenio 2007).

Plan Experimental de Orientación. Incremento de las Unidades de Orientación en Primaria. De las 6 en funcionamiento durante el curso 2007-2008 pasar a 18 en el curso 2008-2009 a 30 en el curso 2009.

Programa Avanza 1, de actividades de refuerzo fuera del horario escolar, a desarrollar en 28 centros de Primaria (alumnado con materias pendientes en el curso o pendientes del curso anterior).

Programa cuaderno de orientación y tutoría: Plan de comunicación y desarrollo fase aplicación (Iniciado convenio 2007 como tutoría on line).

Programa de espacios de participación en 35 centros de Primaria y/o Secundaria (Implicación y formación de las familias).

Desarrollo de Equipo Específico Regional de Altas Capacidades.

Programa en 5 centros de Primaria y Secundaria: Buenas prácticas (altas capacidades: Enriquecimiento)

Otras iniciativas:

Herramienta web «medidas de atención a la diversidad» (iniciado Convenio 2007) lo completamos esta fase para el 2009 con curso regional de programas para el éxito escolar.

Jornadas de buenas prácticas innovadoras para el éxito escolar Jornadas de intercambio y difusión de medidas de atención a la diversidad (iniciado Convenio 2007).

Encuentro por la convivencia para alumnado de Educación Secundaria Obligatoria. (Encuentrastur). Desarrollado en colaboración con 15 IES. Y acciones formativa del alumnado y del profesorado en materia de mediación y resolución de conflictos.

Población a la que se dirige: Prioritariamente a:

Alumnado de Secundaria: Primero y segundo de la ESO con necesidad de refuerzo de capacidades básicas, a través de agrupamientos flexibles y medidas de atención a la diversidad, refuerzo educativo ESO. Optativa (1 º ESO).

Alumnado de toda la ESO que promociona al curso siguiente con evaluación negativa en las materias de Lengua Castellana y Matemáticas. 1.º de ESO con dificultades de aprendizaje que hicieron necesaria la adopción de medidas de atención a la diversidad en E. Primaria para desarrollar las capacidades básicas de la etapa o aquellos que promocionan a 1.º de ESO con evaluación negativa en esas materias (2.000 alumnos/as).

Alumnado con necesidad de recuperación en materias pendientes Primaria y Secundaria.

Alumnado de Primaria con dificultades de aprendizaje derivadas de su contexto sociocultural o familiar (28 centros).

Alumnado de ESO con necesidad de mejora de las competencias y habilidades sociales, que mejorando la convivencia incida positivamente en su desarrollo integral y académico (15 centros).

Alumnado de Primaria con dificultades y/o con variables emocionales negativas. Actuación temprana: en 18 centros de primaria. 8.000 alumnos/as de primaria.

Alumnado con altas capacidades y/o que pueden presentar desajustes en su integración escolar tanto de Primaria como de Secundaria (5 centros).

Familias del alumnado de 30 centros donde se desarrollan los espacios de participación.

Distribución territorial: En centros, alumnado y familias de toda la comunidad del Principado de Asturias. Priorizando aquellos centros de Primaria y Secundaria con población con dificultades socioeducativas.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2009-2010.

Coste: 1.633.178 euros.

Financiación:

ME: 653.271 euros. Aplicación presupuestaria: 18.06.322B.451.

CC.AA.: 979.907 euros. Aplicaciones presupuestarias:

15.02.422E.229.000.

15.02.422E.227.006.

15.02.422C.120.010.

15.02.422C.166.010.

Entidad ejecutora: Consejería de Educación y Ciencia.

Unidad administrativa responsable: Dirección General de Políticas Educativas y Ordenación Académica, FP.

Servicio de Participación y Orientación Educativa.

Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

Número de centros de Educación Primaria y Secundaria en los que se desarrollan actuaciones: 81 de Secundaria, 56 C. Primaria.

Número de alumnos beneficiarios de Educación Primaria: 10.000 aprox.

Número de alumnos beneficiarios de Educación Secundaria: 10.000 aprox.

Número de acciones planificadas para el refuerzo de las capacidades básicas (artículo 24.8): 3.

Número de acciones planificadas para el refuerzo a los alumnos que promocionen en Educación Primaria o Secundaria sin haber superado todas las áreas o materias (artículo 20.3 y 28.5) 4.

Número de acciones dirigidas a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje en le Educación Primaria: 8.

Número de acciones dirigidas al apoyo a actuaciones en las áreas y materias de Primaria y Secundaria con menores índices de éxito: 1.

Número acciones de apoyo y tutoría (familias y alumnado): 3.

Programa dirigido a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización

CCAA: Principado de Asturias

Descripción de las actuaciones: Este programa está dirigido al apoyo a programas cuyo objetivo sea la disminución del impacto de los factores que inciden en el abandono del sistema educativo sin la titulación correspondiente. Se incluyen aquí tanto las actuaciones orientadas a la retención de los estudiantes en el sistema como los programas de segunda oportunidad, orientados a la reincorporación de jóvenes, con actividad laboral o sin ella, que abandonaron su formación sin cualificación ni titulación. La aplicación de estos programas puede exigir el establecimiento de convenios de colaboración con entidades locales y entidades sin fines de lucro para la prevención, seguimiento y erradicación del abandono escolar prematuro y temprano para promover el reingreso al sistema educativo de nuestros jóvenes.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Disminución del impacto de los factores que inciden en el abandono de nuestros jóvenes del sistema educativo sin la titulación correspondiente.

Implicación de todos los componentes de la comunidad educativa de los centros en Proyectos educativos de mejora con la inclusión de toda la comunidad educativa.

Establecimiento de redes de apoyo para la inclusión educativa y social de los colectivos diana de nuestra Comunidad.

Actividades que se han de desarrollar:

a) Medidas de análisis, sensibilización y difusión.

Campaña de sensibilización, iniciada en 2007 con el lema DKepasas, dirigida a alumnado de Secundaria obligatoria con dificultades escolares y a su profesorado como agente fundamental de la toma de decisiones.

Proyecto no te cortes. Ayuntamiento de Mieres.

b) Medidas preventivas dirigidas a reducir el número de alumnos y alumnas con riesgo de exclusión en un contexto inclusivo en la ESO:

1. Refuerzo de las actuaciones de los Departamentos de Orientación para evitar el abandono por parte de los jóvenes del sistema educativo, a través del seguimiento y acompañamiento al alumnado en riesgo de abandono y del trabajo con sus familias:

Acciones dentro del Plan Integral de Absentismo Escolar (colaboración con Consejería de Bienestar Social y Ayuntamientos)

Herramienta de itinerario de acompañamiento y apoyo a la acción tutorial: Rutas laborales (en la Secundaria Obligatoria).

Programa de Rutas Laborales (para estancias en empresas para alumnado de 4.º de la ESO) en colaboración con las Cámaras de Comercio de Asturias.

Herramientas de comunicación y seguimiento de actividades escolares en Primaria y Secundaria: Agenda escolar del P. Asturias.

Potenciación de la cultura emprendedora en colaboración con el marco empresarial (Ciudad industrial Valle del Nalón: Valnalón)

2. Programas específicos para evitar el abandono del alumnado con alteraciones del comportamiento, graves problemas de conducta y otras dificultades específicas de aprendizaje:

Desarrollo de los equipos específicos de conducta y trastornos generalizados del desarrollo (continuidad desde el 2007).

Programa trampolín: Plan de comunicación y apoyo (atención al alumnado con alteraciones del comportamiento), continuidad desde 2007.

Programa de comunicación para alumnado con dificultades expresivas.

c) Medidas para la orientación y seguimiento dirigidas a recuperar al alumnado que ha abandonado el sistema educativo:

1. Unidades de orientación, internas o externas al sistema, para seguimiento y apoyo a jóvenes trabajadores y en paro.

Programa de refuerzo en competencias básica para el alumnado en desventaja social (minorías étnicas, inmigrantes) que acceden a los PCPIS sin habilidades lingüísticas y comunicativas básicas para el acceso al currículo.

2. Establecimiento de redes de apoyo al estudio y/o tutorías para jóvenes con dificultades de incorporación a los regímenes ordinarios.

Plan Avanza 2, en 5 centros de Secundaria (para alumnado con materias pendientes o pendientes del curso anterior) (iniciado en Convenio 2008).

d) Ofertas educativas para jóvenes que han abandonado el sistema:

1. Cursos preparatorios de acceso a la Educación Secundaria para Personas Adultas y de pruebas de acceso a los ciclos formativos, para colectivos de jóvenes entre 18 y 25 años con especiales dificultades de reintegración en el ámbito escolar:

15 cursos preparatorios para la obtención de la titulación de Secundaria Obligatoria

8 cursos preparatorios para el acceso a los ciclos formativos Grado Superior.

7 cursos de acceso a la Universidad.

2. Organización y planificación de pruebas de obtención directa del título de Bachillerato y de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional:

Organización y planificación de las pruebas para la obtención del título de la ESO.

3. Formación a distancia para jóvenes trabajadores o sin titulación en bachiller

4. Programas para determinados colectivos de jóvenes en los que está extendido el abandono escolar prematuro.

Subvenciones a entidades para el desarrollo de proyectos específicos que contribuyan a la permanencia en el sistema educativo: Convocatoria de acciones de compensación educativa en colaboración con ONGs que desarrollen proyectos en centros docentes (iniciado Convenio 2007).

Población a la que se dirige: Los programas propuestos parten de la identificación de bolsas de abandono y plantean propuestas de acción expresamente dirigidas a su reducción. Se incluyen aquí tanto las actuaciones orientadas a la prevención como a la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo así como a programas de retorno al sistema educativo o formativo.

Aunque se dirige a todo el alumnado, de forma singular, destacamos población diana por ámbitos en los que se han identificado bolsas de abandono en el Principado de Asturias:

a) Zonas dónde residen colectivos marginales o colectivos con escasa valoración cultural de la educación y formación.

b) Inmigrantes de tardía incorporación al sistema educativo.

c) Alumnado con graves problemas de conducta y con necesidades especiales sin cualificación (asperger, autistas, entre otros).

d) Minorías étnicas. Principalmente gitanos (especialmente en chicas).

e) Alumnado que abandona sus estudios tempranamente por desmotivación «en zonas con altos índices de paro por declive en el sector industrial (cuencas).

7. Distribución territorial: Toda la Comunidad y especialmente en zonas dónde residen colectivos marginales o colectivos con escasa valoración cultural de la educación y formación.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2009-2010.

Coste: 1.200.120 euros.

Financiación:

ME: 480.048 euros. Aplicación presupuestaria: 18.06.322B.451.

CC.AA.: 720.072 euros. Aplicación presupuestaria: 15.02.422E 229.000.

15.02.422E 482.059.

15.02.422E 422.604.

Entidad ejecutora (unidad administrativa, ayuntamiento, universidad, organización privada, etc): Consejería de Educación, ONGs.

Unidad administrativa responsable: Dirección General de Políticas Educativas, Ordenación Académica, y Formación Profesional:

Servicio de Alumnado, Participación y Orientación Escolar.

Servicio de Formación Profesional Inicial y Aprendizaje Permanente.

Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

Número de acciones planificadas: 18

Número de alumnos apoyados o que han participado en el programa: 17.000 aprox.

Número de centros donde se desarrollan las actuaciones: 81 centro de Secundaria, Plan Avanza II: 6 centros de Secundaria

Número de acuerdos o convenios de colaboración con otras instituciones: 6, Convocatoria ONGs (30 entidades), 5 Ayuntamientos, Con las 3 Cámaras de Comercio de Asturias.

Material específico de apoyo distribuido: Material de campaña DKepasas y agenda escolar.

Programas piloto para la extensión o modificación del tiempo escolar

CC.AA.: Principado de Asturias

Descripción de las actuaciones: Programa en el que se incluyen actuaciones que planeen la modificación de los parámetros habituales de calendario y horario escolar o de duración de la jornada en las etapas de escolaridad obligatoria, como modo de obtención de mejores resultados.

Estas actividades podrán referirse a:

a) Prolongación de la jornada escolar en centros de primaria.

b) Implantación de jornada partida en Educación Primaria y en Educación Secundaria Obligatoria.

c) Realización de actividades fuera del calendario escolar ordinario, dirigidas a alumnos con desfase o con materias no superadas.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

a) Prolongación de la jornada escolar en centros de Primaria en zona con escasa oferta cultural (Zona Rural).

b) Realización de actividades fuera del calendario escolar ordinario, dirigidas preferentemente a alumnado con desfase o con materias no superadas.

c) Desarrollan en horario no escolar, actividades dirigidas a completar la educación y formación integral del alumnado en aspectos culturales, artísticos, que potencien el trabajo de las competencias básicas.

d) Favorecen la colaboración con agentes externos al propio centro y conseguir mejorar la formación integral e inclusiva de todo nuestro alumnado, en aspectos motivantes.

Actividades que se han de desarrollar:

a) Programa de Campus de Verano (dirigido preferentemente a poblaciones desfavorecidas con dificultades de aprendizaje especialmente en la lengua extranjera):

Campus idiomas Primaria.

Campus idiomas Secundaria.

b) Programas de carácter singular: Proyectos zona rural (Teverga): Proyecto «La opera», una propuesta de aprendizaje cooperativo.

c) Programa de Apertura de centros a la Comunidad: Actividades extraescolares y complementarias en 280 centros de Primaria y Secundaria, a sí como en centros de enseñanzas de Régimen Especial.

Población a la que se dirige: Todo el alumnado Asturiano escolarizado en centros públicos en las etapas obligatorias, y singularmente en la zona rural asturiana.

Distribución territorial: Toda la Comunidad y especialmente en zonas dónde residen colectivos con escasa oferta cultural o con pocos medios para acceder a formación no formal.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2009-2010.

Coste: 465.110 euros.

Financiación:

ME: 186.044 euros. Aplicación presupuestaria: 18.06.322B.451.

CCAA: 279.066 euros. Aplicación presupuestaria: 15.02.422E 229.000.

15.02.422P.229.000.

Entidad ejecutora (unidad administrativa, etc.): Consejería de Educación y Ciencia.

Unidad administrativa responsable: Dirección General de Políticas Educativas, Ordenación Académica, y Formación Profesional:

Servicio de Participación y Orientación Escolar.

Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

Número de acciones planificadas: 4 programas.

Número de alumnos apoyados o que han participado en el programa: 56.000 aprox.

Número de centros donde se desarrollan las actuaciones: 280.

Número de acuerdos o convenios de colaboración con otras instituciones: 1.

Material específico de apoyo distribuido: Material facilitado en los campus al alumnado, así como el que se distribuye en las actividades complementarias y extraescolares.

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