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Documento BOE-A-2010-18340

Resolución de 20 de octubre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio específico 2010, que desarrolla el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2010, páginas 99148 a 99156 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Igualdad
Referencia:
BOE-A-2010-18340

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio específico 2010, que desarrolla el Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de octubre de 2010.—El Secretario General Técnico del Ministerio de Igualdad, P. S. (Real Decreto 1135/2008, de 4 de julio), el Vicesecretario General Técnico, Javier Romera Alías.

ANEXO

Convenio específico 2010, que desarrolla el Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres

REUNIDOS

De una parte doña Laura Seara Sobrado, Directora General del Instituto de la Mujer, nombrada mediante Real Decreto 2039/2009, de 30 de diciembre (BOE núm. 3, de 4 de enero de 2010), en nombre y representación del citado Organismo Autónomo (Ley 16/1983, de 24 de octubre, Real Decreto 774/1997, 30 de mayo) y, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

Y, de otra, don Joaquín Bascuñana García, Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración, nombrado por Decreto de la Presidencia número 33/2007, de 2 de julio, en nombre y representación del Órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma, en uso de las facultades que le confiere el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en virtud del acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 4 de junio de 2010.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir.

EXPONEN

Primero.—Que, al Instituto de la Mujer, le corresponden, de acuerdo con los fines previstos en su Ley de Creación 16/1983, de 24 de octubre, y en el artículo segundo del Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo, por el que se establece la nueva regulación del citado Organismo, la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la igualdad social de ambos sexos y la participación de la mujer en la vida política, cultural, económica y social.

Que, para el cumplimiento de estos fines, el Instituto de la Mujer tiene atribuidas, entre sus funciones, la de fomentar la prestación de servicios en favor de las mujeres y, en particular, los dirigidos a aquéllas que tengan especial necesidad de ayuda, así como establecer relaciones con las instituciones de análoga naturaleza y similares de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local, según lo dispuesto en el artículo 2.10 y 11 de la citada Ley 16/1983.

Segundo.—Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ostenta competencias en materia de igualdad, de acuerdo con el artículo 10 Uno.20. de su Estatuto (Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio).

Que, en la actualidad, por Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma número 26/2008 de Reorganización de la Administración Regional se le atribuyen a la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración las competencias necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad de la mujer y el hombre, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia.

Por ello, corresponde a la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, ejercer las atribuciones que tiene conferidas, en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, para dar cumplimiento a los compromisos que se deriven de este convenio.

Tercero.—Que ambas entidades, para poder dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, dirigida a combatir todas las manifestaciones, aún subsistentes, de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y a promover la igualdad real entre mujeres y hombres, requieren de instrumentos de coordinación que permitan la colaboración en programas y actuaciones conjuntas para dar coherencia y homogeneidad a las políticas públicas, en esta materia.

Cuarto.—Que el presente convenio específico se fundamenta en el convenio-marco de colaboración suscrito, el día 27 de febrero de 1991, para llevar a cabo, conjuntamente, programas y actuaciones dirigidos a las mujeres entre el Instituto de la Mujer y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, como organismos competentes en materia de políticas para las mujeres, en el momento de la suscripción del citado convenio.

Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda del mencionado convenio, los programas que se llevarán a cabo, en el ejercicio de 2010, y que se reflejan en el presente convenio específico, son conformes con la propuesta elaborada por la Comisión de Seguimiento, en reunión celebrada el día 4 de noviembre de 2009.

Quinto.—Ambas partes declaran que, para el desarrollo de las actuaciones del objeto del presente convenio, existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del Instituto de la Mujer para el presente ejercicio económico 2010 y en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad.

Sexto.—Que el artículo 6, apartado uno, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habilita a la Administración General del Estado y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para celebrar convenios de colaboración entre sí, y en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que los convenios de colaboración en ningún caso suponen la renuncia a las competencias propias de las Administraciones intervinientes, según se recoge en el artículo 8, apartado uno, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Que asimismo, el artículo 4, apartado uno, letra c), de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público excluye, del ámbito de aplicación de la citada Ley, los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, Organismos Autónomos y restantes entidades públicas, o los que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esta Ley.

Consecuentemente, el Organismo Autónomo Instituto de la Mujer y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, están habilitados para la suscripción de este convenio específico, el cual quedará fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, excepto para la resolución de las dudas y de las lagunas que pudieran presentarse, en cuyo caso serán de aplicación los principios de dicha Ley, conforme establece la misma en su artículo 4, apartado dos.

Séptimo.—Que, para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Instituto de la Mujer tiene interés y se hace necesaria la colaboración con la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, para desarrollar los programas que más adelante se reseñan.

Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio específico, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.—El objeto del presente convenio específico es el de concretar la colaboración, en materia de igualdad de trato y de oportunidades, para el año 2010, entre el Instituto de la Mujer y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por medio del desarrollo de los programas reseñados en la cláusula segunda del presente convenio.

Segunda. Actuaciones.—Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior se podrán realizar los siguientes programas:

1. Formación en Igualdad:

Fundamentación.—Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer va a promover acciones formativas, dirigidas a colectivos de mujeres, sindicatos y a profesionales de diversos sectores, durante el presente ejercicio, para cuyo desarrollo se cuenta con la colaboración de los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluido el Instituto de la Mujer de la Región de Murcia.

Objetivos.—Los objetivos que se pretenden conseguir, con la realización de este programa, son, entre otros: mejorar la cualificación, adaptar la formación a las necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación y proporcionar formación especializada en género.

Actuaciones.—Dentro de este programa, se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

Cursos de formación on-line dirigidos a personal de los Sindicatos y a Responsables de recursos Humanos de Asociaciones Empresariales (Cámaras de Comercio, Asociaciones Empresariales, Asociaciones Agrarias, etc.).

Asesorías en la puesta en marcha de Planes de Igualdad, dirigidas a Asociaciones Empresariales, Agrarias, Sindicatos y otras entidades públicas y privadas.

Organización.—Ambas partes colaborarán con los medios personales y materiales necesarios para la celebración de los cursos.

El propio Instituto de la Mujer y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, colaborarán en la difusión de las acciones del programa, en la elección del procedimiento más adecuado para su realización y en el seguimiento de las acciones formativas que se ejecutan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Condiciones económicas.—Para la ejecución del programa, el presupuesto total asciende a la cantidad de veintiséis mil euros (26.000,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de quince mil seiscientos euros (15.600,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, aportará la cantidad de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 ).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del programa.

2. Empoderamiento. Programas para favorecer la participación política, social, económica, cultural y deportiva de las mujeres:

Fundamentación.—El Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tienen, entre sus fines, fomentar la participación de la mujer en la vida política, social, económica, cultural y deportiva.

Para llevar a cabo el trabajo de sensibilización y fomento de la participación y difusión del trabajo de las mujeres, ambos Organismos participarán en la realización de diversos actos dirigidos a las mujeres y/o a la población en general.

Objetivos.—Los objetivos que se pretenden conseguir, con el desarrollo de este programa, consisten, entre otros, en propiciar la participación de las mujeres en actos políticos, sociales, económicos, culturales y deportivos, sensibilizar a la población en general, divulgar los éxitos de las mujeres en todos estos ámbitos, facilitar el acceso a la información y documentación existente sobre mujer, informar y formar en temas de especial interés para la mujer.

Actuaciones.—Con el fin de conseguir estos objetivos está prevista la celebración de las siguientes actividades:

Apoyo a Universidades, mediante la creación de un espacio virtual de trabajo;

Asesoría on line y presencial, para la preparación de Planes de Igualdad;

Jornada sobre buenas prácticas en Planes de Igualdad, y

Campaña de difusión de programa de asesoramiento a empresas.

Organización.—El Instituto de la Mujer y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, planificarán, de mutuo acuerdo, las actividades para conseguir el cumplimiento de los objetivos del presente programa y cooperarán con los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para su realización.

El Instituto de la Mujer participará en la ejecución de las actuaciones comprendidas en el programa, mediante la aportación de estudios, de informes, de materiales metodológicos, así como con la participación de su personal técnico en el diseño y contenido de las actividades, en las reuniones de planificación, de evaluación y de seguimiento, que resulten necesarios/as para el desarrollo de las mismas.

La Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, realizará, además, la gestión de los expedientes de gasto pertinentes para la adecuada ejecución de las actividades que se pretenden realizar en el desarrollo del programa.

Condiciones económicas.—Para la ejecución del programa, el presupuesto total asciende a la cantidad de veintiocho mil ciento ochenta y tres euros (28.183,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de dieciséis mil novecientos diez euros (16.910,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia aportará la cantidad de once mil doscientos setenta y tres euros (11.273,00 €).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento de las actividades.

3. Programa para impulsar la innovación tecnológica:

Fundamentación.—El Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tienen, entre sus fines el promover la igualdad de oportunidades y el empoderamiento de las mujeres en el ámbito de la innovación tecnológica y la sociedad de la información contribuyendo con acciones a la desaparición de la brecha digital de género, por lo que ambas partes colaborarán en la realización de este programa dirigido a todas las mujeres.

Objetivos.—Los objetivos que se pretenden conseguir, con el desarrollo de este programa, consisten, entre otros, en propiciar la incorporación de la transversalidad de género como principio rector de las políticas desarrolladas en el ámbito de la innovación tecnológica, ampliando la participación de las mujeres en la innovación y la sociedad de la información y diseñando acciones que faciliten la adquisición de las capacidades necesarias, incluyendo a grupos vulnerables.

Actuaciones.—Con el fin de conseguir estos objetivos está prevista la realización de las siguientes actividades:

Web programa, para información sobre planes de igualdad;

Apoyo a las/los consultoras/es, mediante una unidad virtual de apoyo;

Taller de trabajo para la actualización, y

Mejora de la metodología y apoyo a las empresas y organizaciones comprometidas con la implantación de planes de igualdad, a través de un espacio virtual.

Organización.—El Instituto de la Mujer y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, planificarán, de mutuo acuerdo, las actividades para conseguir el cumplimiento de los objetivos del presente programa y cooperarán con los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para su realización.

El Instituto de la Mujer participará en la ejecución de las actuaciones comprendidas en el programa, mediante la aportación de estudios, de informes, de materiales metodológicos, así como con la participación de su personal técnico en el diseño y contenido de las actividades, en las reuniones de planificación, de evaluación y de seguimiento, que resulten necesarios para el desarrollo de las mismas.

La Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, realizará, además, la gestión de los expedientes de gasto pertinentes para la adecuada ejecución de las actividades que se pretenden realizar en el desarrollo del programa.

Condiciones económicas.—Para la ejecución del programa, el presupuesto total asciende a la cantidad de veintinueve mil ciento cincuenta euros (29.150,00 €) de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de diez y siete mil cuatrocientos noventa euros (17.490,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, aportará la cantidad de once mil seiscientos sesenta euros (11.660, 00 €).

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del programa.

Tercera. Financiación.—El presupuesto total para la realización de los programas anteriormente relacionados, objeto del presente convenio, asciende a la cantidad de ochenta y tres mil trescientos treinta y tres euros (83.333,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aporta la cantidad de cincuenta mil euros (50.000,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, aporta la cantidad de treinta y tres mil trescientos treinta y tres euros (33.333 €).

Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer serán abonadas a la firma del presente convenio.

En el caso de que el coste total de los programas números 1, 2 y 3 fuera superior al estipulado, el Instituto de la Mujer únicamente aportará la cantidad a que se obliga en cada programa o, si el coste total fuera inferior al estipulado, la baja repercutirá, proporcionalmente, en las cantidades que corresponde aportar a ambos Organismos.

La Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, deberá acreditar que el importe total de los programas números 1, 2 y 3, reseñados en la cláusula segunda, ha sido destinado al cumplimiento de su objeto, mediante certificado del/de la Interventor/a (o, en su caso, del órgano competente del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia) y reintegrar el sobrante, si procediera, antes del día 31 de diciembre de 2010. Dicho certificado deberá ir acompañado de un informe, en el que se recoja el desglose de los gastos realizados.

Además, la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, se compromete a entregar, al Instituto de la Mujer, una memoria de las actividades realizadas en la ejecución del convenio en la que consten el contenido y los objetivos de dichas actividades, características y número de mujeres a las que se han dirigido, localidades donde se realizan, tiempo de duración y valoración de resultados. También deberán adjuntar los soportes documentales utilizados para la difusión y/o realización de las actividades, en el caso de que hayan sido utilizados.

Las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer serán imputadas, con cargo al presupuesto de gastos del Organismo para 2010, a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Programas números 1, 2 y 3: 28. 101.232B.451.—Todas las cantidades que corresponde aportar a la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos del Organismo para 2010:

Programa números 1, 2 y 3, 56.00.00.323B.649.00.

Cuarta. Comisión de seguimiento.—El seguimiento de los programas corresponderá a la Comisión de Seguimiento. Dicha Comisión adoptará sus decisiones como órgano colegiado de acuerdo al Capítulo II del Título de la Ley 30/1992 y estará formada por las personas representantes que designe cada una de las partes, tal y como establece la cláusula cuarta del Convenio Marco vigente. También formará parte de la misma, una persona representante de la Delegación del Gobierno, en dicha Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.1.b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Quinta. Modificaciones.—Las actuaciones contenidas en los programas y los costes estimados para cada una de las actuaciones, incluidas en los distintos programas, se especificarán en un documento anexo y podrán ser modificados, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante la firma del oportuno acuerdo, entre las partes suscriptoras, siempre que dicha modificación no suponga una variación sustancial del programa ni un incremento del coste total establecido para el desarrollo del mismo y según el principio de mutuo acuerdo.

Sexta. Publicidad.—En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de los programas, deberá constar la colaboración de ambos Organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Séptima. Naturaleza jurídica.—El convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en estas estipulaciones, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, serán de aplicación los principios de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, conforme establece la misma en su artículo 4, apartado dos.

Octava. Resolución de conflictos.—Dada la naturaleza jurídico-administrativa de este Convenio, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, según se contempla en el artículo 8, apartado 3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Novena. Duración.—El presente convenio específico surtirá efectos a partir de su firma y hasta el cumplimiento de su objeto y, en cualquier caso, hasta el 31 de diciembre de 2010. No obstante, se entenderán comprendidas en el mismo las actuaciones preparatorias que se correspondan, claramente, con la ejecución de los programas establecidos para el año 2010 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte dispone para su financiación.

De realizarse alguna de estas actuaciones preparatorias, antes de la firma del convenio, deben encontrarse relacionadas de manera determinante e inmediata, con las actividades que constituyen los programas objeto del mismo.

Si fuera necesario, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, se podrá establecer un acuerdo de prórroga para el plazo de la acreditación económica de los programas.

Décima. Causas de extinción.—Serán causa de extinción de este Convenio el cumplimiento del objeto del mismo, su resolución y su denuncia expresa.

El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio, por cualquiera de las partes, será causa de su resolución, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente.

El incumplimiento, por parte del Instituto de la Mujer, determinará, para éste, el pago de los daños y perjuicios, que, por tal causa, se irroguen a la otra parte.

El incumplimiento, por parte de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia determinará, para éste, la obligación de restituir, al Instituto de la Mujer, las cantidades percibidas y la correspondiente indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. En este caso, el Instituto de la Mujer podrá utilizar, para su cobranza, los procedimientos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En ambos casos, se respetarán los derechos adquiridos, por terceros, de buena fe.

También será causa de extinción el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las actividades descritas.

Y, estando conformes ambas partes con el contenido del presente documento, lo firman por triplicado y a un solo efecto.—En Madrid a 30 de julio de 2010.—La Directora General del Instituto de la Mujer, Laura Seara Sobrado.—El Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Joaquín Bascuñana García.

ANEXO

Distribución estimativa del coste de actuaciones de los programas uno, dos y tres relacionados en el convenio con la comunidad autónoma de la región de Murcia

1. Formación en Igualdad.—El presupuesto total para la ejecución de este programa asciende a veintiséis mil euros (26.000,00 €) de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de quince mil seiscientos euros (15.600,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, la cantidad de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €). Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos derivados de la realización de las actividades a desarrollar.

El importe total de este programa se distribuye de la siguiente manera, de acuerdo con las actuaciones:

El coste total para la realización de los cursos de formación on-line dirigidos al personal de los Sindicatos y a Responsables de Recursos Humanos de Asociaciones empresariales asciende a nueve mil seiscientos euros (9.600,00 €), de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de cinco mil setecientos sesenta euros (5.760,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, la cantidad de tres mil ochocientos cuarenta euros (3.840,00 €). La formación será de cinco horas y se realizarán cuatro ediciones.

Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos derivados de la impartición de las acciones formativas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En cuanto a las asesorías para la puesta en marcha de Planes de igualdad estarán dirigidas prioritariamente a Asociaciones Empresariales, Agrarias, Sindicatos y otras entidades públicas y privadas, y consistirán en dar apoyo al personal de las empresas que quieran poner en marcha planes de igualdad a través de la Guía de metodología publicada. El coste total de la actuación asciende a dieciséis mil cuatrocientos euros (16.400,00 €) de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de nueve mil ochocientos cuarenta euros (9.840,00 €) y la Consejería de Política Social e Inmigración, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia aportará la cantidad de seis mil quinientos sesenta euros (6.560,00 €).

2. Empoderamiento.—Programas para favorecer la participación política, social, económica, cultural y deportiva de las mujeres.

El presupuesto total para la ejecución de este programa asciende a veintiocho mil ciento ochenta y tres euros (28.183,00 €) de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de dieciséis mil novecientos diez euros (16.910,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, la cantidad de once mil doscientos setenta y tres euros (11.273,00 €). Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos derivados de la realización de las actividades a desarrollar:

El coste total de la realización las actuaciones de apoyo a las Universidades es de ocho mil quinientos euros (8.500 euros), de los cuales el Instituto de la Mujer aportará cinco mil cien euros (5.100,00 €), y la Consejería de Política Social e Inmigración de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia aportará tres mil cuatrocientos euros (3.400,00 €), ambas cantidades servirán conjuntamente para hacer frente a los gastos derivados del espacio virtual con acceso personalizado y especializado en planes de igualdad en las Universidades que dispondrá de noticias, eventos, artículos, foros y asesoría on-line y presencial para apoyo a la elaboración de planes de igualdad según la fase en que se encuentren.

El coste total para las jornadas dirigidas a Buenas Prácticas asciende a seis mil quinientos sesenta y un euros (6.561,00 €); de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará tres mil novecientos treinta y siete euros (3.937,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, la cantidad de dos mil seiscientos veinticuatro euros (2.624,00 €). Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos de organización de una jornada enfocada a los responsables de los departamentos de recursos humanos en la que se desarrollen ponencias, mesas redondas en las que participen empresas de Murcia de distintos sectores y tamaños que tengan un Plan de Igualdad o estén e fase de preparación del mismo.

El coste total para la campaña de sensibilización asciende a trece mil ciento veintidós euros (13.122,00 €); de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de siete mil ochocientos setenta y tres euros (7.873,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, la cantidad de cinco mil doscientos cuarenta y nueve (5.249,00 €). Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos derivados de la realización de una campaña de sensibilización al empresariado para la realización e implantación de planes de igualdad en las empresas.

3. Programa para impulsar la innovación tecnológica.—El presupuesto total para la ejecución de este programa asciende a veintinueve mil ciento cincuenta euros (29.150,00 €) de los cuales, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de diecisiete mil cuatrocientos noventa euros (17.490,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, la cantidad de once mil seiscientos sesenta euros (11.660,00 €). Ambas cantidades servirán, conjuntamente, para hacer frente a los gastos derivados de la realización de las actividades a desarrollar:

De acuerdo con las actuaciones previstas el importe total de este programa se distribuye:

En relación a las actividades de la web www.igualdadenempresas.es, que incluye la incorporación de información actualizada, enlace a la guía metodológica de Planes, espacio con preguntas frecuentes, buzón de atención a dudas, etc. el coste total asciende a nueve mil ciento cincuenta euros (9.150,00 €) de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de cinco mil cuatrocientos noventa euros (5.490,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia aportará la cantidad de tres mil seiscientos sesenta euros (3.660,00 €). Ambas cantidades servirán conjuntamente para hacer frente a los gastos derivados de la realización de dichas actividades.

El coste total de las actividades de apoyo virtual a consultores asciende a doce mil euros (12.000,00 €) de los cuales siete mil doscientos euros (7.200,00 €) serán aportados por el Instituto de la Mujer y cuatro mil ochocientos euros (4,800,00 €) serán aportados por la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia. Ambas cantidades servirán conjuntamente para hacer frente a los gastos derivados de la creación de un espacio virtual de trabajo para la dinamización de la red de consultores y consultoras con certificado /homologación en la metodología del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia proporcionándoles asesoramiento y un espacio de trabajo privado al que podrán acceder con claves personales en el que dispondrán de un centro de documentación con herramientas para realizar planes de igualdad en empresas y documentos de interés (legislación, planes de igualdad publicados, etc.); noticias; foros: con el objetivo de fomentar la participación de las personas integrantes de la Comunidad; taller de trabajo en que se realizará una sesión para intercambio de experiencias entre profesionales y se realizará la actualización y mejoras de las metodologías.

En cuanto al espacio virtual para responsables de recursos humanos el coste total asciende a ocho mil euros (8.000,00 €) de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de cuatro mil ochocientos euros (4.800,00 €) y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia aportará la cantidad de tres mil doscientos euros (3.200,00 €). Ambas cantidades servirán conjuntamente para hacer frente a los gastos derivados de la creación de un espacio virtual de trabajo al que se accederá con claves personales y que dispondrá de noticias y eventos de interés; Centro de Documentación con Información sobre planes de igualdad de empresas, prioritariamente de Murcia, artículos, legislación y cuatro foros en el año, con el objetivo de ir consolidando una red de personas de recursos humanos de empresas y organizaciones comprometidas con la implantación de los Planes de Igualdad.

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