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Documento BOE-A-2010-18322

Resolución de 12 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Electra del Maestrazgo, S.A., la línea eléctrica aérea a 110 kV, denominada "Montsiá-Maestrazgo", en las provincias de Tarragona y Castellón, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2010, páginas 98987 a 98989 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-18322

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en las Dependencias de las Áreas de Industria y Energía de las Subdelegaciones del Gobierno en Tarragona y Castellón, a instancia de Electra del Maestrazgo, S.A., con domicilio en Castellón de la Plana, calle Ximénez n.º 15, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación que se cita.

Resultando que a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de Electra del Maestrazgo, S.A., recibiéndose dos alegaciones, las cuales han sido respondidas por el promotor, con razones que se estiman correctas.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de San Rafael del Río y al Ayuntamiento de Traiguera el 14 de agosto de 2009, y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se reitera la petición de informe con fecha 17 de septiembre de 2009; no se reciben informes por lo que se considera emitidos en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de San Jorge el 14 de agosto de 2009 y al Ayuntamiento de Ulldecona el 10 de julio de 2009, a los efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, estos Ayuntamientos emiten informes con condicionado técnico. Una vez trasladados dichos informes a Electra del Maestrazgo, S.A., ésta responde manifestando su conformidad a los mismos.

Resultando que se remite separata del proyecto a la Confederación Hidrográfica del Júcar, a la Agencia Catalana del Agua, a la Comunidad de Regantes de Ulldecona, al Servicio Territorial de Carreteras de la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Infraestructura y Transportes perteneciente a la Generalidad Valenciana, a Red Eléctrica de España, S.A., a Telefónica de España, y al Servicio Territorial de Movilidad del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe informe favorable, en el que se establece un condicionado técnico. Una vez trasladado dicho informe a Electra del Maestrazgo, S.A., ésta responde aceptando el condicionado indicado.

Resultando que se remite separata del proyecto a Endesa Distribución Eléctrica, S.A. y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto.

Vista la Resolución de 7 de septiembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto «Línea a 110 kV S.E. Montsiá-S.E. Maestrazgo».

Vistos los informes favorables emitidos por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Castellón y por la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Tarragona.

Visto el informe favorable emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 14 de octubre de 2010.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Electra del Maestrazgo, S.A., la línea eléctrica aérea a 110 kV, denominada «Montsiá-Maestrazgo», en los términos municipales de Ulldecona, en la provincia de Tarragona, y San Rafael del Río, Traiguera y San Jorge, en la provincia de Castellón, cuyas características principales son:

Tramo 1:

Origen: SE Montsiá (Tarragona).

Final: apoyo n.º 25.

Términos municipales afectados: Ulldecona (Tarragona) y San Rafael del Río y Traiguera (Castellón).

Tensión: 110 kV.

Longitud: 5,583 km.

Número de circuitos: 1 trifásico.

Conductores: la fase está formada por conductores de aluminio-acero de 180 mm2 de sección.

Cables de tierra: de fibra óptica del tipo OPGW.

Apoyos: se utilizarán apoyos metálicos constituidos por torres metálicas de celosía, con perfiles metálicos galvanizados, según se especifica en el proyecto de ejecución.

Cimentaciones: diferentes en función de cada tipo de apoyo, constituidas por anclajes de perfil de acero, embebidos en bloques de hormigón en masa, según se especifica en el proyecto de ejecución.

Tramo 2:

Origen: apoyo n.º 25.

Final: SE Maestrazgo (Castellón).

Términos municipales afectados: San Jorge y Traiguera (Castellón).

Tensión: 110 kV.

Longitud: 2,459 km.

Número de circuitos: 2 trifásico.

Conductores: la fase está formada por conductores de aluminio-acero de 180 mm2 de sección.

Cables de tierra: de fibra óptica del tipo OPGW.

Apoyos: se utilizarán apoyos metálicos constituidos por torres metálicas de celosía, con perfiles metálicos galvanizados, según se especifica en el proyecto de ejecución.

Cimentaciones: diferentes en función de cada tipo de apoyo, constituidas por anclajes de perfil de acero galvanizado, embebidos en bloques de hormigón en masa, según se especifica en el proyecto de ejecución.

La finalidad de la instalación es la alimentación de la S.E. Maestrazgo mediante un circuito aéreo a 110 kV desde la S.E. de Montsiá.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el Título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 12 de noviembre de 2010.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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