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Documento BOE-A-2010-16524

Resolución de 13 de octubre de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SAU, la ampliación de la subestación a 400/220 denominada "Catadau", en el término municipal de Catadau, en la provincia de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 29 de octubre de 2010, páginas 91221 a 91222 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-16524

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Valencia, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes nº 177, solicitando la autorización administrativa de la ampliación de la instalación que se cita.

Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de Red Eléctrica de España, S.A.U., no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Catadau el 14 de octubre de 2009, solicitando informe en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas; se reitera la petición de informe con fecha 04 de febrero de 2009, no se recibe informe por lo que se considera emitido en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que se remite separata del proyecto y se solicita informe a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; con fecha 28 de enero de 2010 se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Energía de la Consejería de Infraestructuras y Transportes de la Generalidad Valenciana, se solicita informe en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Con fecha 22 de octubre de 2009 se recibe respuesta indicando que «este Servicio Territorial no tiene bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación».

Resultando que con fecha 16 de septiembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe al Servicio Territorial de Ordenación del Territorio de la Generalidad Valenciana, en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, se recibe informe con condicionado técnico del que no se desprende oposición al proyecto.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana.

Visto el informe favorable emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 16 de septiembre de 2010.

Resultando que la citada instalación se encuentra incluida en el documento denominado «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016», aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 30 de mayo de 2008.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Red Eléctrica de España, S.A.U. la ampliación de la subestación a 400/220 de «Catadau», en el término municipal de Catadau, en la provincia de Valencia, cuyas características principales son:

Instalación de tres unidades monofásicas (400/220 kV) ubicadas en el parque de 400 kV.

Instalación de 3 autoválvulas de 400 kV y 3 transformadores capacitivos y un pórtico alineado con el seccionador existente.

Las características de la aparamenta a instalar en las calles equipadas será, en su caso, según se detalla en el proyecto de ejecución, interruptores, transformadores de intensidad y transformadores de tensión capacitivos.

La finalidad de la ampliación es fortalecer el mallado de la red de transporte, la evacuación de generación del Régimen Especial y el apoyo a la distribución.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 13 de octubre de 2010.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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